Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas
INSCRIPCIONES
Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas: solicitud y plazos
Descripción
La Xunta de Galicia convoca las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas para fomentar una formación práctica dirigida a los titulados universitarios indicados en la convocatoria, que los situará en una posición mejor de cara a una futura inserción en el mercado laboral. El programa de formación contemplará actividades de naturaleza teórica y práctica, diseñadas por la Secretaría General de Política Lingüística en exclusiva para el colectivo de lectores y lectoras de lengua, literatura y cultura gallegas. Las actividades a realizar se relacionarán con la difusión y la promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas.
En la presente convocatoria se ofrecerán 9 becas en los centros de estudios indicados en la presente convocatoria, situados en Portugal, España, Italia, Brasil y Croacia.
La cuantía de estas becas dependerá del país, estableciéndose por tanto una dotación económica de 1.225 euros para los lectorados que se localicen en universidades de España, y de 1.378 euros para los lectorados que se localicen en universidades del extranjero.
Para poder solicitar una de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas se deberá tener una de las titulaciones indicadas, y cumplir con el resto de requisitos que determina el convocante.
Consulta en nuestra web toda la información que necesitas para solicitar una de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 9
- Nivel de estudio
- Grado
- Licenciatura
- Rama
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Lenguas Modernas - Lenguas Clásicas - Filologías
- Lengua y Literatura Gallegas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán participar en esta convocatoria de Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas las personas que reúnan los siguientes requisitos:
- Estar en posesión de la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
- No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.
- No encontrarse incluidas en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
- Titulación académica:
- a. Podrá solicitar las plazas ofertadas quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
- Licenciatura en Filología Gallega.
- Licenciatura en Filología Románica.
- Grado en Lengua y Literatura Gallegas.
- Grado en Estudios de Gallego y Español.
- Grado en Ciencias del Lenguaje y Estudios Literarios.
- Grado en Filología Aplicada Gallega y Española.
- Grado en Gallego y Portugués: Estudios Lingüísticos y Literarios.
- b. También se podrá presentar quien esté en posesión de alguna de las titulaciones del área de Humanidades o del área de Ciencias Sociales y Jurídicas, siempre que posea el Celga 5 o 18 créditos de lengua gallega y el Celga 4. Para las universidades de fuera de España, deberá acreditar 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se localice el lectorado solicitado o, en vez de estos, 21 créditos en materias de inglés.
- También podrán participar los lectores o lectoras que, antes de terminar el período máximo de estancia, se hayan visto obligados a cesar en su condición por causas ajenas a su voluntad, siempre que esta circunstancia no derive de la resolución de un procedimiento de tipo disciplinario.
- Quedan excluidas aquellas personas que sean lectoras becarias de lengua, literatura y cultura gallegas, o que lo hayan sido en su momento, excepto en los supuestos de cobertura provisional previstos en el artículo 20.
Dotación
- El importe íntegro mensual de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas objeto de esta convocatoria es el siguiente:
- 1.225,00 €, para aquellos lectorados localizados en universidades españolas.
- 1.378,00 €, para aquellos lectorados localizados en universidades extranjeras.
- En este importe se consideran incluidos todos los conceptos, es decir, las personas beneficiarias asumirán, con cargo a la beca adjudicada, los gastos de tipo profesional o personal que se puedan derivar de su condición, tales como: impuestos, cotizaciones a la Seguridad Social, gastos de locomoción, mantenimiento y residencia, costes de matrícula y gastos de inscripción en actividades formativas, trámites burocráticos, etc.
- Las personas adjudicatarias percibirán el importe de su beca mediante liquidaciones mensuales, previa certificación de la persona titular de la Secretaría General de Política Lingüística que acredite que cumplió, en el período indicado, con las actividades estipuladas en el artículo 5.
- Estas personas, de acuerdo con lo establecido en su artículo 1, están incluidas en el ámbito de aplicación del Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, y quedan asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social.
Presentación
- Las solicitudes de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal.
- De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
- Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365: https://sede.xunta.gal/chave365.
- Las personas interesadas podrán solicitar, como máximo, tres destinos que deberán relacionar en el anexo I por orden de preferencia.
- Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se le notificará a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane los errores o aporte los documentos preceptivos. Una vez que transcurra este plazo sin que se produzca la subsanación, se considerará que desiste de su petición.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Objeto
Se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y con sometimiento a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de nueve becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para 2026 (código de procedimiento PL500E) en los centros de estudios gallegos localizados en las universidades que se relacionan en la tabla siguiente:
- Universidade do Algarve - Faro - Portugal.
- Universitat Autónoma de Barcelona - Barcelona - España.
- Universitat de Barcelona - Barcelona - España.
- Universidade de Extremadura - Extremadura - España.
- Universidade Nova de Lisboa - Lisboa - España.
- Università degli Studi di Padova - Pádua - Italia.
- Universidade do Estado do Río de Janeriro - Río de Janeiro - Brasil.
- Universidade de Sâo Paulo - Sâo Paulo - Brasil.
- Sveuciliste u Zadru - Zadar - Croacia.
Programa de formación
- El programa de formación, que tendrá un marcado carácter práctico, estará integrado por actividades relacionadas con la docencia, la programación y organización de tareas, la investigación, la difusión y la promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas. Las personas adjudicatarias desarrollarán estas actividades, en el marco del convenio firmado con las universidades de destino, bajo la dirección de la persona responsable del centro de estudios gallegos y en permanente coordinación con esta.
- Las referidas actividades no se limitarán al ámbito académico universitario, sino que también abarcarán su área de influencia.
Notificaciones
- Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- De conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las notificaciones electrónicas se practicarán mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal. Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o al teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
- De conformidad con el artículo 47 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las personas interesadas deberán crear y mantener su dirección electrónica habilitada única a través del Sistema de notificación electrónica de: Galicia-Notifica.gal, para todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico. En todo caso, la Administración general y las entidades del sector público autonómico de Galicia podrán crear la indicada dirección de oficio, a los efectos de asegurar el cumplimiento por parte de las personas interesadas de su obligación de relacionarse por medios electrónicos.
- Las notificaciones se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, y se entenderá rechazada cuando transcurran diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
- Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, se practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Valoración de méritos
- La comisión se reunirá para valorar los méritos debidamente acreditados de cada una de las solicitudes admitidas, de acuerdo con los criterios que se indican en el anexo II de esta orden.
- Cuando el número de solicitudes admitidas para un mismo destino supere la cuantía de 12, se limitará el acceso a la fase de exposición y defensa del proyecto didáctico a los 12 candidatos y candidatas que alcancen las mayores puntuaciones en los méritos indicados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del anexo II. En cualquier caso, no accederán a la fase anterior aquellas personas candidatas que no hayan presentado el proyecto didáctico en plazo.
- La Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web institucional y les comunicará a las personas solicitantes, a través del correo electrónico facilitado, la relación de las candidatas y candidatos seleccionados para la fase de exposición y defensa del proyecto didáctico, así como el lugar, fecha y hora de realización.
- Será causa específica de desistimiento no presentarse a la exposición y a la defensa del proyecto didáctico.
- Una vez finalizada la valoración de méritos, la comisión remitirá a la persona titular del órgano instructor del procedimiento el acta de la reunión. Esta acta recogerá, ordenados de mayor a menor puntuación total y por cada destino solicitado, la relación de candidatas y candidatos valorados e indicará detalladamente las puntuaciones obtenidas en cada apartado y las incidencias que puedan influir en la resolución de esta convocatoria.
- En caso de empate, el orden vendrá dado por la puntuación total obtenida en cada apartado del anexo II, conforme al orden establecido en dicho anexo.
Resolución
- El plazo máximo para resolver la convocatoria será de cuatro meses, contados a partir de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. De no resolverse en este plazo, las solicitudes se entenderán desestimadas.
- La persona titular del órgano instructor remitirá a la persona que dirige la Secretaría General de Política Lingüística la propuesta de resolución definitiva.
- Con base en la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la Secretaría General de Política Lingüística dictará la resolución por la que se adjudican las becas deformación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas convocadas por medio de esta orden. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia, se expondrá en la web institucional de la Secretaría General de Política Lingüística y se les notificará a las correspondientes universidades de destino.
- El personal funcionario en servicio activo no podrá resultar adjudicatario de la beca sin obtener previamente el pase a la situación administrativa correspondiente, por ser incompatible con el desempeño de un puesto de trabajo en la Administración pública.
- A efectos de lo estipulado en los artículos 20 y 21, y para cada destino ofertado, se elaborará una lista de suplentes con aquellas solicitudes que, respetando el orden de prelación por puntuación, estén situadas a continuación de la persona adjudicataria y que alcancen, como mínimo, una puntuación total igual a 5.
- No se adjudicarán las becas de aquellos destinos que no cuenten, en el momento de dictar la resolución, con el correspondiente convenio de colaboración firmado entre la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud y la respectiva universidad. No obstante, esta adjudicación podrá demorarse si existe la certeza de que el convenio será subscrito dentro de los dos meses siguientes a la adjudicación de las restantes becas.
- La concesión y percepción de la beca tiene carácter estrictamente formativo y no implicará, en ningún caso, la existencia de relación laboral ni de naturaleza similar entre la Xunta de Galicia y las personas beneficiarias.
- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Documentación a adjuntar
Las personas interesadas deberán aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
- a. Documento acreditativo de su identidad (en el caso de personas solicitantes extranjeras).
- b. Currículo, en el que deben figurar todos los méritos alegados.
- c. Justificantes de los méritos alegados en el currículo (en el mismo orden en el que aparezcan relacionados en este).
- d. Para cada destino solicitado, el proyecto didáctico de docencia en prácticas aplicable a la universidad solicitada, que incluirá como primer punto la explicación de los motivos de su solicitud. No se tendrá en cuenta ningún proyecto que se presente fuera del plazo de presentación de solicitudes. La extensión del proyecto didáctico no deberá superar las 25 páginas, redactadas en soporte digital con un interlineado de espacio y medio, tipo de letra no superior a 14 puntos y en formato A4.
- e. En el caso de titulaciones de universidades extranjeras, una copia de la titulación universitaria exigida en el artículo 7 o de la acreditación de que ha sido solicitada.
- f. En relación con la titulación exigida (personas nacionales o extranjeras), una copia de la certificación académica personal o la acreditación de que ha sido solicitada, en la cual debe constar la nota media del expediente académico, calculada en función de lo dispuesto en la Resolución de 15 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Diario Oficial de Galicia núm. 188, de 30 de septiembre).
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó estos documentos, que serán obtenidos electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.






