Xunta de Galicia

Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

13/05/202312/06/2023
Finalizada

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Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas: solicitud y plazos

Descripción

La Xunta de Galicia convoca las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas para fomentar una formación práctica dirigida a los titulados universitarios indicados en la convocatoria, que los situará en una posición mejor de cara a una futura inserción en el mercado laboral. El programa de formación contemplará actividades de naturaleza teórica y práctica, diseñadas por la Secretaría General de Política Lingüística en exclusiva para el colectivo de lectores y lectoras de lengua,literatura y cultura gallegas. Las actividades a realizar se relacionarán con la difusión y la promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas.

En la presente convocatoria se ofrecerán 11 becas en los centros de estudios indicados en la presente convocatoria, situados en Portugal, España, Alemania, Italia, Brasil y Croacia.

La cuantía de estas becas dependerá del país, estableciéndose por tanto una dotación económica de 1.225 euros para los lectorados que se localicen en universidades de España, y de 1.378 euros para los lectorados que se localicen en universidades del extranjero. 

Para poder solicitar una de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas se deberá tener una de las titulaciones indicadas, y cumplir con el resto de requisitos que determina el convocante.

Consulta en nuestra web toda la información que necesitas para solicitar una de las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas.

Datos básicos

Nº de becas
11
Nivel de estudio
  • Grado
  • Licenciatura
Rama
  • Turismo, Ciencias Sociales y Educación
  • Artes y Humanidades
  • Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
Carrera
  • Lenguas Modernas - Lenguas Clásicas - Filologías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de la nacionalidad española o de cualquiera de los países miembros de la Unión Europea.
  • No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desarrollo de las actividades objeto de esta convocatoria.
  • No superar los 35 años de edad en la fecha final de la presentación de solicitudes.
  • No encontrarse incluidas en ninguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 10.2de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  • Titulación académica:
    • a. Podrá solicitar las plazas ofertadas quien esté en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
    • Licenciatura en Filología Gallega.
    • Licenciatura en Filología Románica.
    • Grado en Lengua y Literatura Gallegas.
    • Grado en Estudios de Gallego y Español.
    • Grado en Ciencias del Lenguaje y Estudios Literarios.
    • Grado en Filología Aplicada Gallega y Española.
    • Grado en Gallego y Portugués: Estudios Lingüísticos y Literarios.
  • b. También se podrá presentar quien esté en posesión de alguna de las titulaciones del área de Humanidades o del área de Ciencias Sociales y Jurídicas, siempre que, como mínimo, acredite 18 créditos de lengua gallega y esté en posesión del Celga 4 y, en el caso de universidades de fuera de España, 21 créditos en materias de la lengua oficial del país en el que se localice el lectorado solicitado o, en vez de estos, 21 créditos en materias de inglés.
  • También podrán participar los lectores o lectoras que, antes de finalizar el período máximo de estancia, se hayan visto obligados a cesar en su condición por causas ajenas a su voluntad, siempre que esta circunstancia no derive de la resolución de un procedimiento de tipo disciplinario.
  • Quedan excluidas aquellas personas que sean lectoras de lengua, literatura y cultura gallegas, o que lo hayan sido en su momento, excepto en los supuestos de cobertura provisional previstos en el artículo 19.

Dotación

  1. El importe íntegro mensual de las becas objeto de esta convocatoria es el siguiente:
    • 1.225,00 €, para aquellos lectorados localizados en universidades españolas.
    • 1.378,00 €, para aquellos lectorados localizados en universidades extranjeras.
  2. En este importe se consideran incluidos todos los conceptos, es decir, las personas beneficiarias asumirán, con cargo a la beca adjudicada, los gastos de tipo profesional o personal que se puedan derivar de su condición, tales como: impuestos, cotizaciones a la Seguridad Social, gastos de locomoción, mantenimiento y residencia, costes de matrícula y gastos de inscripción en actividades formativas, trámites burocráticos, etc.
  3. Las personas adjudicatarias percibirán el importe de su beca mediante liquidaciones mensuales, previa certificación de la persona titular de la Secretaría General de Política Lingüística que acredite que cumplió, en el período indicado, con las actividades estipuladas en el artículo 5.
  4. Estas personas, de acuerdo con lo establecido en su artículo 1, están incluidas en el ámbito de aplicación del Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, y quedan asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social.

Presentación

  1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través delformulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal)
  2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
  3. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
  4. Las personas interesadas podrán solicitar, como máximo, tres destinos que deberán relacionar en el anexo I por orden de preferencia.3. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se le notificará a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane los errores o aporte los documentos preceptivos. Una vez que transcurra este plazo sin que se produzca la subsanación, se considerará que desiste de su petición.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Más información

Objeto

Se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva y con sometimiento a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, mérito y capacidad, de once becas de formación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas para 2023 (código de procedimiento PL500E) en los centros de estudios gallegos localizados en las universidades que se relacionan en la tabla siguiente:

  • Universidade do Algarve - Algarve - Portugal.
  • Universitat de Barcelona - Barcelona - España.
  • Universität Berlin - Berlín - Alemaña. 
  • Universidade de Extremadura - Extremadura - España.
  • Universidade de Granada - Granada - España.
  • Universidade Nova de Lisboa - Lisboa - Portugal. 
  • Università degli Studi di Padova - Padua - Italia.
  • Universidade do Estado do Río de Janeiro - Río de Janeiro - Brasil.
  • Sapienza Università di Roma - Roma - Italia. 
  • Universidade de São Paulo - São Paulo - Brasil.
  • Sveučilište u Zadru - Zadar - Croacia.

Programa de formación

El programa de formación, que tendrá un marcado carácter práctico, estará integrado por actividades relacionadas con la docencia, la programación y organización de tareas,la investigación, la difusión y la promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas. Las personas adjudicatarias desarrollarán estas actividades, en el marco del convenio firmado con las universidades de destino, bajo la dirección de la persona responsable del centro de estudios gallegos y en permanente coordinación con esta.Las referidas actividades no se limitarán al ámbito académico universitario, sino que también abarcarán su área de influencia.

Notificaciones

  1. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
  2. De conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las notificaciones electrónicas se practicarán mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal. Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos dela puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o al teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
  3. De conformidad con el artículo 47 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las personas interesadas deberán crear y mantener su dirección electrónica habilitada única a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal para todos los procedimientos administrativos tramitados por la Administración general y las entidades instrumentales del sector público autonómico. En todo caso, la Administración general y las entidades del sector público autonómico de Galicia podrán crear la indicada dirección de oficio, a los efectos de asegurar el cumplimiento por parte de las personas interesadas de su obligación de relacionarse por medios electrónicos.
  4. Las notificaciones se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido, y se entenderá rechazada cuando transcurran diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.5. Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, se practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Valoración de méritos

  1. La comisión se reunirá para valorar los méritos debidamente acreditados de cada una de las solicitudes admitidas, de acuerdo con los criterios que se indican en el anexo II de esta orden.
  2. Cuando el número de solicitudes admitidas para un mismo destino supere la cuantía de 12, se limitará el acceso a la fase de exposición y defensa del proyecto didáctico a los 12 candidatos y candidatas que alcancen las mayores puntuaciones en los méritos indicados en los apartados 1, 2, 3 y 4 del anexo II. En cualquier caso, no accederán a la fase anterior aquellas personas candidatas que no hayan presentado el proyecto didáctico en plazo.
  3. La Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web institucional y les comunicará a las personas solicitantes, a través del correo electrónico facilitado, la relación de las candidatas y candidatos seleccionados para la fase de exposición y defensa del proyecto didáctico, así como el lugar, fecha y hora de realización.
  4. Será causa específica de desistimiento no presentarse a la exposición y a la defensa del proyecto didáctico.
  5. Una vez finalizada la valoración de méritos, la comisión remitirá a la persona titular del órgano instructor del procedimiento el acta de la reunión. Esta acta recogerá, ordenados de mayor a menor puntuación total y por cada destino solicitado, la relación de candidatas y candidatos valorados e indicará detalladamente las puntuaciones obtenidas en cada apartado y las incidencias que puedan influir en la resolución de esta convocatoria.
  6. En caso de empate, el orden vendrá dado por la puntuación total obtenida en cada apartado del anexo II, conforme al orden establecido en dicho anexo.

Propuesta de resolución


  1. El órgano instructor, teniendo en cuenta el acta de la Comisión de Valoración y el expediente de cada una de las solicitudes presentadas, formulará una propuesta de resolución provisional basada en las mayores puntuaciones obtenidas.La adjudicación no podrá recaer sobre aquellas personas candidatas con una valoración total inferior a 5 puntos.
  2. Esta propuesta de resolución provisional se expondrá a información pública, en la página web de la Secretaría General de Política Lingüística y en su tablón de anuncios, por un plazo de 10 días contados a partir del siguiente a la fecha de publicación. Durante este plazo, las personas interesadas podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes en los lugares y formas indicados en el artículo 7.
  3. Si alguna o alguno de los candidatos propuestos tuviese la intención de no aceptarla adjudicación de la beca, deberá comunicarlo expresamente dentro del plazo de alegaciones y se propondrá al siguiente con mayor puntuación. Ante el rechazo de este, se le ofrecerá a la persona situada a continuación, y así sucesivamente hasta su cobertura.
  4. Después de finalizar el plazo de alegaciones y examinadas estas, si las hubiese, se formulará la propuesta de resolución definitiva.
Resolución

  1. El plazo máximo para resolver la convocatoria será de cuatro meses, contados a partir de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. De no resolverse en este plazo, las solicitudes se entenderán desestimadas.
  2. La persona titular del órgano instructor remitirá a la persona que dirige la Secretaría General de Política Lingüística la propuesta de resolución definitiva.
  3. Con base en la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la Secretaría General de Política Lingüística dictará la resolución por la que se adjudican las becas deformación en los lectorados de lengua, literatura y cultura gallegas convocadas por medio de esta orden. Esta resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia, se expondrá en la web institucional de la Secretaría General de Política Lingüística y se les notificará a las correspondientes universidades de destino.
  4. En el caso de funcionarias o funcionarios en servicio activo, la adjudicación de la beca dependerá de que obtengan el pase a la situación administrativa correspondiente, ya que es incompatible con el desempeño de un puesto de trabajo en la Administración pública.
  5. A los efectos de lo estipulado en los artículos 19 y 20 y para cada destino ofertado,integrarán una lista de suplentes aquellas solicitudes que, respetando el orden de prelación por puntuación, estén situadas a continuación de la persona adjudicataria y que alcancen,como mínimo, una puntuación total igual a 5.
  6. No se adjudicarán las becas de aquellos destinos que no cuenten, en el momento de dictar la resolución, con el correspondiente convenio de colaboración firmado entre la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades y la respectiva universidad. No obstante, esta adjudicación podrá demorarse si existe la certeza de que el convenio será suscrito dentro de los dos meses siguientes a la adjudicación de las restantes becas.
  7. La concesión y la percepción de la beca no implica ningún tipo de relación laboral, o de naturaleza similar, entre la Xunta de Galicia y las personas beneficiarias.8. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la beca y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.
Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas adjudicatarias quedan obligadas a:
  • a. Comunicar a la Secretaría General de Política Lingüística el desarrollo de actividades ajenas al objeto de esta convocatoria que puedan influir o comprometer su actuación.
  • b. Reintegrar los importes de las becas indebidamente percibidos.
  • c. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las subvenciones.
  • d. Obtener, en su caso, los permisos pertinentes para una estancia legal en el país de destino, para lo cual deben realizar los trámites oportunos y asumir los gastos correspondientes.
  • e. Asistir a las actividades de formación a que sean convocadas por la Secretaría General de Política Lingüística.
  • f. Cumplir las obligaciones de publicidad que se establecen en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, modificado por el artículo 30.2 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa.Las personas adjudicatarias destinadas en universidades extranjeras ubicadas en ciudades en las que haya centros del Instituto Cervantes podrán desarrollar cursos de lengua y cultura gallegas en dichos centros, bajo la supervisión y la coordinación de estos, así como colaborar en otras actividades conjuntas a favor de la promoción de la lengua y la cultura gallegas.
Enlaces de interés

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20230512/AnuncioG0655-020523-0001_es.pdf

Documentación a adjuntar

  1. Las personas interesadas deberán aportar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
    • a. Documento acreditativo de su identidad (en el caso de personas solicitantes extranjeras).
    • b. Currículo, en el que deben figurar todos los méritos alegados.
    • c. Justificantes de los méritos alegados en el currículo (en el mismo orden en el que aparezcan relacionados en este).
    • d. Para cada destino solicitado, un proyecto didáctico de docencia en prácticas aplicable a la universidad solicitada, que incluirá como primer apartado la explicación de los motivos de su solicitud.La extensión del proyecto didáctico no deberá superar las 25 páginas, mecanografiadas con un interlineado de espacio y medio, con un tipo de letra no superior a 14 puntos y presentadas en formato A4.
    • e. En el caso de titulaciones de universidades extranjeras, una copia de la titulación universitaria exigida en el artículo 6 o la acreditación de que ha sido solicitada.
    • f. En relación con la titulación exigida (personas nacionales o extranjeras), una copiade la certificación académica personal o acreditación de que ha sido solicitada, en la cual debe constar la nota media del expediente académico, calculada en función de lo dispuesto en la Resolución de 15 de septiembre de 2011, de la Secretaría General Técnica, de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria (Diario Oficial de Galicia núm. 188,de 30 de septiembre).
  2. Los méritos alegados en el currículo se justificarán en la forma indicada para la documentación complementaria. Los justificantes se dispondrán a continuación del currículo, en el mismo orden en que aparezcan relacionados en este.No se valorará ningún mérito que no conste explícitamente en el currículo o que, encaso de figurar, no se justifique adecuadamente o se haga fuera del plazo de presentación de solicitudes.En el caso de publicaciones, se justificarán mediante el envío digital de la obra, a la cual se añadirán, en su caso, la portada, la contraportada, la hoja que contenga el ISBN, ISSNo depósito legal y el índice. De tratarse de publicaciones extensas, se permitirá la presentación de estas de forma presencial dentro de los plazos previstos. Se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de las olicitud y el número de expediente, si se dispone de él.Los justificantes de los méritos redactados en un idioma distinto a los oficiales en Galicia, para ser valorados, deberán acompañarse de una traducción a alguno de estos, e incluirán en el pie una declaración responsable firmada con una leyenda que haga constar que se trata de una traducción fiel del documento.De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó estos documentos, que serán obtenidos electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.De forma excepcional, si no se han podido obtener los citados documentos, podrán solicitársele nuevamente a la persona interesada.
  3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
  4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
  5. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
  6. En la presentación de la documentación se guardará el siguiente orden: solicitud,documento acreditativo de la identidad (en su caso), titulación académica, certificación académica personal, currículo, justificantes de los méritos alegados en este (en el mismo orden en que aparezcan relacionados en él) y proyecto o proyectos didácticos.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Xunta de Galicia convoca las Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas para fomentar una formación práctica dirigida a los titulados universitarios indicados en la convocatoria, que los situará en una posición mejor de cara a una futura inserción en el mercado laboral. El programa de formación contemplará actividades de naturaleza teórica y práctica, diseñadas por la Secretaría General de Política Lingüística en exclusiva para el colectivo de lectores y lectoras de lengua,literatura y cultura gallegas. Las actividades a realizar se relacionarán con la difusión y la promoción de la lengua, literatura y cultura gallegas.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas" es: desde 13/05/2023 hasta 12/06/2023.

La Beca "Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Lectorados de Lengua, Literatura y Cultura Gallegas" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes