Universitat Jaume I (UJI)

Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI

Becas de alojamiento o residenciaBecas de matrículaBecas para refugiadosBecas de manutenciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

03/10/202417/10/2024
Finalizada

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Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI están diseñadas para brindar apoyo a aquellos que han llegado a la Universitat Jaume I. Estas becas permiten a los estudiantes ucranianos continuar su formación académica en un entorno propicio y accesible.

Estas ayudas requieren que los beneficiarios cumplan con ciertos requisitos. Es necesario haberse visto abligado a expatriarse de Ucrania por la guerra, y haber realizado las pruebas de acceso a la universidad en España, o estar cursando estudios universitarios en Ucrania.

La cuantía individual de las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI será de 1.583, 60. Con esta cuantía se sufragarán gastos de matrícula de estudios, matrícula como estudiante visitante, gastos de manutención y gastos derivados del seguimiento de estudios. Además estas becas podrán compatibilizarse con otras financiadas por organismos públicos o privados, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada.

La comisión de valoración valorará las solicitudes de 0 a 10 puntos atendiendo a criterios como el expediente académico de los estudios previos a la universidad, y la carta de motivación.

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Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • Ucrania
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Ucraniana

Requisitos

Podrá solicitar las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI objeto de la presente convocatoria el estudiantado de nacionalidad ucraniana que desee cursar estudios de grado, máster oficial, doctorado o como estudiante visitante en la UJI cuya residencia habitual era Ucrania hasta febrero de 2022.

Además, las y los solicitantes de esta ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • a. Haberse visto obligada u obligado a expatriarse de Ucrania a consecuencia de la guerra.
  • b. Tener nacionalidad ucraniana.
  • c. Haber realizado las pruebas de acceso a la universidad en España o estar cursando estudios universitarios en Ucrania.
  • d. Estar matriculada o matriculado en estudios de grado, máster oficial, doctorado o haber obtenido la condición de estudiante visitante en la UJI.
  • e. Cumplir, en el momento de la solicitud de la ayuda, con alguno de los siguientes requisitos:
    • Tener permiso de residencia temporal en España o en la UE.
    • Tener el estatuto de persona refugiada o estar en trámite de obtenerlo.
    • Tener tarjeta roja en vigor como solicitante de asilo / protección internacional o apátrida en espera de resolución.

La adjudicación de las ayudas se realizará conforme al procedimiento de concurrencia competitiva. La comisión de evaluación elaborará un listado con un orden de prelación de mayor a menor puntuación, una vez aplicados los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, y adjudicará aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la anonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas tienen que formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo de Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género (Instrucción de 6 de febrero de 2024, de la vicerrectora de Responsabilidad Social, Políticas Inclusivas e Igualdad, por la cual se establecen las medidas de protección de las mujeres víctimas de violencia de género en la creación y gestión de listas en los procedimientos administrativos de la Universitat Jaume I).

Dotación

La cuantía total de las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI será de 4.750,80 €. La cuantía individual de las ayudas será de 1.583,60 € que podrá destinarse a sufragar gastos de los reflejados en el punto 4 de esta convocatoria hasta agotar el crédito.

Estas ayudas se consignan al siguiente centro de gasto: centro VRSPII/DS proyecto 22G153/01 programa 422-C LF 22537 aplicación 4711, por un importe de 4.750,80€.

Características de las ayudas

Las ayudas incluirán los siguientes conceptos:

  • a. matrícula de estudios de grado, máster o doctorado.
  • b. matrícula como estudiante visitante.
  • c. gastos de alojamiento y manutención.
  • d. gastos derivados del seguimiento de los estudios.

Las ayudas son financiadas por el Ministerio de Universidades por la Orden UNI/1271/2022, de 13 de diciembre, por la que se conceden universidades públicas y a la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas las subvenciones previstas en el Real Decreto 985/2022, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito del Plan de Acción Universidad – Refugio. 5. Incompatibilidades Esta ayuda es compatible con cualquier otra ayuda financiada con fondos públicos o privados, siempre y cuando no supere el coste de la actividad subvencionada.

Presentación

Las solicitudes de las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI, se podrán presentar en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I (https://www.uji.es/seu/), dirigidas al Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Políticas Inclusivas e Igualdad. También podrán presentarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con la presentación, la persona solicitante manifiesta conocer íntegramente y aceptar voluntariamente las bases de la presente convocatoria.

Más información

Objeto

El objeto de la presente convocatoria es facilitar la matrícula en la Universitat Jaume I de estudiantado procedente de Ucrania a consecuencia de la guerra, mediante un programa de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, de manera que se contribuya a su integración en el ámbito universitario.

Resolución

El Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Políticas Inclusivas e Igualdad, una vez recibida la propuesta de concesión formulada por la Comisión de Evaluación, dictará la resolución de concesión de las ayudas.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castelló en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat (TAO-UJI) (http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/). No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se dicte una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago de las ayudas

La concesión de la ayuda estará condicionada a no estar el interesado o interesada incursa en procedimiento de reintegro en cualquier administración, así como estar al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Seguridad Social, o bien presentar una declaración responsable.

Una vez publicada la resolución de adjudicación de las ayudas, y tras haber comprobado que las personas solicitantes han presentado la correspondiente documentación, se efectuará el pago de la ayuda concedida en la cuenta bancaria de la que la persona beneficiaria deberá ser titular.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas que resulten beneficiarias de estas ayudas se comprometen a proporcionar la información que se solicite desde la UJI.

Las personas beneficiarias de estas ayudas deberán asistir a las clases de las que estén matriculadas, cumplir los requisitos académicos y presentarse a los exámenes, llegando a superar un 60% de los créditos matriculados.

Son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • a. Aceptar la ayuda mediante la presentación por Registro Electrónico de la UJI o por cualquier otro medio establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dirigido a la Oficina de Cooperación al Desarrollo y Solidaridad, en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de la resolución. No presentar la aceptación en tiempo y forma comporta la pérdida del derecho de la ayuda.
  • b. Dar de alta una cuenta bancaria como tercero en la Universitat Jaume I accediendo a https://e-ujier.uji.es/pls/www/!gri_www.euji23728
  • c. Presentar la persona beneficiaria la declaración responsable como beneficiaria de subvenciones UJI disponible en https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/808527f0-1949-416da46fbe0bedfd5d5b?g
  • d. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • e. Justificar ante el órgano competente de la UJI la ayuda en los términos y plazos previstos en la correspondiente convocatoria.
  • f. Conservar los documentos justificativos de la subvención recibida, incluyendo los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de comprobación y control.
  • g. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y en el artículo 172 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (LHIS).

La ayuda quedará sin efecto por incumplimiento de las obligaciones por parte de la persona beneficiaria que fija el punto anterior.

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, cualquier solicitante podrá renunciar a la ayuda antes del libramiento de los fondos, de manera expresa y por escrito, en el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la resolución de concesión de la ayuda, a través del Registro Electrónico de la Universitat Jaume I (https://www.uji.es/seu/) dirigido al Vicerrectorado de Responsabilidad Social, Políticas Inclusivas e Igualdad. Si la renuncia se produce después de haber percibido la ayuda concedida, se deberá reintegrar la cantidad percibida sumada a los intereses legales correspondientes.

Incumplimiento

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la presente convocatoria dará lugar, previo el correspondiente expediente de incumplimiento, a la revocación de la ayuda y a la obligación de reintegrarla.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/RTZBSJ1PUGD4KQNW8WLB4WW9D5IIHPCX

Documentación a adjuntar

La documentación que deberá acompañar la solicitud será la siguiente:

  • a. Copia del pasaporte.
  • b. Declaración responsable de cumplir los requisitos de residencia.
  • c. Documento acreditativo de estar matriculada o matriculado en una universidad ucraniana en el curso 2022-2023 o de haberse matriculado en la UJI en el curso 2023-2024.
  • d. Permiso de residencia temporal en España o UE. e) Concesión del estatus de persona refugiada, o solicitud del mismo.
  • f. Carta de motivación que incluya presentación, estudios previos y expectativas sobre los futuros estudios.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI

Las Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI están diseñadas para brindar apoyo a aquellos que han llegado a la Universitat Jaume I. Estas becas permiten a los estudiantes ucranianos continuar su formación académica en un entorno propicio y accesible.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI" es: desde 03/10/2024 hasta 17/10/2024.

La Beca "Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Estudiantes Procedentes de Ucrania UJI" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes