Universitat Jaume I (UJI)

Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones

Becas de alojamiento o residenciaBecas transporteBecas de matrículaBecas de manutenciónUniversitarios

INSCRIPCIONES

20/05/202502/06/2025
Abierta

Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones: solicitud y plazos

Descripción

La Universitat Jaume I ha lanzado la convocatoria de Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones. Está dirigida a estudiantes y asociaciones universitarias que representen a la UJI en actividades de interés institucional. 

La solicitud debe realizarse mediante el formulario oficial disponible en la web de la universidad. Se presentará a través del Registro Electrónico o mediante los canales establecidos. Es obligatorio designar un representante del grupo y adjuntar documentación como el aval del profesorado, el compromiso del grupo y la ficha de datos bancarios.

Para las Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones, se valoran criterios como el número de participantes, las características de la actividad, la financiación, la proyección institucional y la relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Para optar a la ayuda, se debe alcanzar una puntuación mínima. El importe se calcula en función de la puntuación obtenida y no superará los 2000 euros por solicitud.

Las personas beneficiarias deben aceptar la ayuda y justificar los gastos con facturas y documentación específica. La ayuda se abona tras la realización de la actividad y la entrega de la memoria justificativa. 

Las Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones es una oportunidad única para representar a la UJI y obtener apoyo económico. Si quieres más información puedes consultarla aquí.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Personas beneficiarias y requisitos para las Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones:

Pueden beneficiarse de estas ayudas:

  • a. Las asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la Universitat Jaume I.
  • b. Grupos de alumnado de estudios oficiales de la Universitat Jaume I (formados por un mínimo de 5 personas). En este caso la propuesta de actividad tiene que estar avalada académicamente por el profesorado de la Universitat Jaume I y se tiene que orientar a proyectos o actividades (competiciones, concursos, debates, ferias, etc.) con contenido relacionado con las áreas de conocimiento que se imparten en las diferentes titulaciones. La propuesta de la actividad no tiene que entrar en contradicción con los principios y finalidades de la Universitat Jaume I contenidos en el título preliminar de sus Estatutos.

No son subvencionables los programas y actividades que incluyan alguna de las acciones siguientes:

  • Las actividades que forman parte del funcionamiento habitual de las asociaciones.
  • La participación a título individual en congresos, seminarios o presentación de trabajos.

Las actividades y los proyectos presentados se tienen que realizar antes del 31 de agosto de 2025.

Dotación

El importe global de esta convocatoria es de 10.000 €.

La cuantía máxima de las Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones será una aportación económica hasta un importe máximo de 2.000 € por actividad y asociación o grupo. Se otorgarán las ayudas siguiendo un orden descendente hasta el agotamiento del presupuesto global. En todo caso, y si no se agota el crédito, se puede prorratear entre los grupos participantes. El eventual prorrateo del crédito entre las entidades solicitantes requerirá acuerdo previo a la adjudicación y su publicación.

La ayuda puede financiar:

  • a. Gastos de inscripción y matrícula.
  • b. Gastos de manutención, hospedaje, dietas y transporte de las personas participantes.
  • c. Gastos de materiales de las personas participantes, necesarios para participar en el proyecto.
  • d. La compra de material inventariable, siempre que esté relacionado con el objeto de la convocatoria.

En el supuesto de que el proyecto exija la contratación de empresas de servicios se tiene que justificar:

  • Que la acción no pueda ser realizada por los medios propios de la asociación.
  • Que sea conveniente para el desarrollo del proyecto.

Cuando el proyecto requiera el acceso temporal en un espacio de trabajo en la Universitat Jaume I se podrá solicitar en el marco de esta convocatoria y de acuerdo con la normativa propia de cesión de espacios aprobada por la Universitat Jaume I.

Presentación

Las personas interesadas en participar en esta convocatoria de Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones deberán rellenar el formulario de solicitud que figura en el anexo II de esta convocatoria y que también podrán descargar en la siguiente dirección:

https://www.uji.es/institucional/ajudes-premis/associacionisme/orgcongressos/

Las solicitudes, debidamente rellenadas y dirigidas al Vicerrectorado de Estudiantado y Vida Saludable, se tienen que presentar por Registro Electrónico http://www.uji.es/seu/, o bien por cualquier otro medio que recoge el artículo 16.4 de la ley 39/2015 del procedimiento administrativo común.

En los grupos de estudiantado a los cuales hace referencia la base 2.1, b), la solicitud expresará los compromisos de ejecución de cada miembro de la agrupación, y especificará el importe de la ayuda que corresponderá a cada uno de ellos.

Así mismo, tendrá que designarse un representante del grupo, a fin de que actúe como representante del mismo en la tramitación de las obligaciones previstas en esta convocatoria.

Más información

Objeto

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas para promover la participación del estudiantado y de las asociaciones universitarias en concursos, ferias y competiciones de interés institucional para la Universitat Jaume I.

Esta acción se enmarca dentro del Pla Estratégico de Subvenciones 2023/2025, en concreto en el apartado 8.9.b Ayudas para la participación del estudiantado en ferias, concursos o competiciones en las cuales representan la Universitat Jaume I.

Procedimiento de selección

El procedimiento de selección será el de concurrencia competitiva, procedimiento según el cual la concesión se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en estas bases, adjudicando aquellas que obtengan una mayor valoración en aplicación de los mencionados criterios.

Criterios de valoración

Para la concesión de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración para obtener un máximo de 11 puntos. Para poder ser beneficiaria de esta ayuda hay que obtener un mínimo de 5 puntos:

Número de personas que participan en la competición, concurso o feria (hasta 2 puntos):

  • Hasta 5 estudiantes (1 punto).
  • 5 o más estudiantes (2 puntos).

Financiación del proyecto (hasta 3 puntos):

  • Si la ayuda subvenciona el 100% (1 punto).
  • Si la ayuda subvenciona entre el 99% y el 51% (2 puntos).
  • Si la ayuda subvenciona el 50% o menos (3 puntos).

Proyección de la Universitat Jaume I (hasta 3 puntos):

  • Si la actividad es de ámbito local/provincial (1 punto).
  • Si la actividad es de ámbito nacional (2 puntos). Si la actividad es de ámbito internacional (3 puntos).

Características de la actividad (hasta 2 puntos):

  • Si se trata de un congreso científico-académico (organizado por un grupo de investigación o una universidad) (1 punto).
  • Si se trata de una actividad tecnológica (1 punto).
  • Si se trata de una actividad de carácter creativo o artístico (1 punto).
  • Si se trata de una actividad con impacto social (1 punto).

El programa de la actividad propuesta contempla y responde a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) siguientes (máximo 1 punto):

  • Objetivo 3, Salud y bienestar: 0,25 punto.
  • Objetivo 4, Educación de calidad: 0,25 punto.
  • Objetivo 5, Igualdad de género: 0,25 punto.
  • Cualquier otro objetivo: 0,25 punto.

Con las puntuaciones obtenidas se confeccionará una lista en orden descendente que conformará la propuesta de resolución.

En caso de empate se resolverá añadiendo 0,5 punto extra (hasta un máximo de 1 punto) a aquellas solicitudes que participan en actividades que dan respuesta a los objetivos del Plan de Salud Integral de la Universitat Jaume I.

La puntuación obtenida determina el importe máximo de la ayuda que puede recibir una asociación. De manera que el importe de la ayuda será directamente proporcional a la puntuación obtenida sin superar nunca el importe máximo de la ayuda, previsto en el punto 3.2 de estas bases. Para su cálculo se usará la fórmula siguiente:

Puntuación obtenida x cantidad global de la subvención dividido por las puntuaciones totales.

  • La puntuación obtenida es la suma total de las puntuaciones obtenidas por una entidad o grupo según cada criterio de valoración.
  • La cantidad global es el importe total a repartir entre todas las solicitudes.
  • La puntuación total es la suma de las puntuaciones de todos los solicitantes.

Si la cuantía de la subvención resultante de la aplicación de la fórmula, supera lo solicitado, el máximo a conceder será la cantidad solicitada y nunca superando la cantidad máxima a conceder de 2000 € por cada solicitante.

En todo caso, la adjudicación se efectuará hasta agotar el crédito previsto y sin superar, para cada caso, los límites establecidos en el punto 3.2 de estas bases. En todo caso, si no hay proyectos suficientes, o no se agota el crédito, la Comisión puede valorar la posibilidad de asignar un importe superior al Proyecto, sin que en ningún caso pueda superarse el coste de este.

Así mismo se creará una lista de suplentes para su aplicación en caso de renuncias o anulaciones de concesiones, de forma que se continúe con la lista de acuerdo con la orden de la misma y se generan nuevas concesiones de ayudas, según lo previsto en el arte. 8.2 o) del Reglamento regulador del procedimiento de tramitación de ayudas, subvenciones y premios de la Universitat Jaume I de Castelló.

Abono de las ayudas y justificación

La entidad o grupo de alumnado beneficiario tendrá que presentar la siguiente documentación de aceptación en el plazo de 10 días desde la publicación de la resolución de concesión:

  • Aceptación de la ayuda concedida según documento normalizado de la Universitat Jaume I
  • Declaración de beneficiarios y beneficiarias de subvenciones y ayudas de la UJI, https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/808527f0-1949-416d-a46fbe0bedfd5d5b?guest=true
  • Alta de la ficha de terceros siguiendo el siguiente procedimiento: https://eujier.uji.es/pls/www/!gri_www.euji23728
  • Si se supera la cantidad subvencionada de 1800 € se tendrá que acreditar previamente estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales, de la Seguridad Social y de la Conselleria d’Economia i Hisenda. En cualquier caso, la asociación o el grupo de estudiantes que integran el grupo beneficiario tendrán que estar al corriente de pagos con la Universitat Jaume I al realizar la solicitud de esta convocatoria, y hasta el momento del pago de la ayuda.

En el caso de no presentar esta documentación en el plazo establecido, se entenderá que la asociación o grupo de estudiantes beneficiario, renuncia a la ayuda concedida y por tanto se procederá a una nueva adjudicación siguiendo la orden de la lista de espera.

La ayuda se abonará después de la realización de la actividad por la cual se solicita la ayuda y de la justificación de los gastos. Una vez realizada la actividad subvencionada, la entidad beneficiaria tendrá que presentar la siguiente documentación:

  • Memoria justificativa de acuerdo con el modelo que se puede descargar de la siguiente dirección https://www.uji.es/institucional/ajudes-premis/associacionisme/instituc/
  • Certificado del tesorero/a de la asociación o, en su caso, del representante del grupo de estudiantes, con la relación de gastos ordenados por fecha, indicando en cada gasto el nombre del proveedor, la cantidad facturada, y la cantidad que se imputa a la ayuda si procede. Esta relación aparece como anexo II en la plantilla de la memoria justificativa que se puede descargar en la siguiente dirección https://www.uji.es/institucional/ajudes-premis/associacionisme/instituc/
  • Facturas originales de los gastos realizados para ser confrontadas por el Vicerrectorado de Estudiantado y Vida Saludable, por el importe total concedido. Estas facturas tienen que cumplir los requisitos que establece la normativa vigente. Se adjuntará también las correspondientes justificaciones de los gastos mediante la documentación que sea necesaria. Las facturas y los justificantes de pago de estas se presentarán en un solo archivo pdf de manera ordenada según la relación del certificado del tesorero.

Cuando las actividades hayan sido financiadas con la subvención, y además con fondos propios u otras subvenciones o recursos, tendrá que acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de estos fondos a las actividades subvencionadas.

El plazo máximo para presentar la memoria justificativa y toda la documentación para el pago, será el 15 de octubre de 2025. La documentación para la justificación se puede presentar en cualquier momento antes de esta fecha siempre y cuando la actividad que haya sido objeto de financiación, haya sido realizada, y se pueda presentar toda la documentación necesaria.

Incompatibilidad con otras ayudas

Las personas o entidades beneficiarias no podrán disfrutar otras ayudas del mismo órgano destinadas a cubrir conceptos o gastos similares a las previstas en esta convocatoria.

Las personas beneficiarias deberán optar por una de ellas en el plazo de máximo de 15 días. En caso de incumplimiento, las personas beneficiarias estarán obligadas a revolver las cantidades recibidas en virtud de esta convocatoria.

Obligaciones de les persones beneficiarias

Son obligaciones de las personas y entidades beneficiarias las siguientes:

  • Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda.
  • Aceptar la ayuda concedida.
  • Acreditar ante el órgano que concede la realización de la actividad y cumplir los requisitos y condiciones que determinan la concesión o goce de la ayuda.
  • Someterse a las actuaciones de control financiero que corresponden al órgano que concede en relación con la subvención concedida.
  • Comunicar a la entidad que concede la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos, tan pronto como se conozcan, y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social con anterioridad a la propuesta de resolución de la concesión.
  • No alterar la finalidad de las subvenciones y cumplir las obligaciones que establece la legislación vigente para la percepción de fondos públicos.
  • Facilitar la inspección y el control del órgano competente a fin de conocer cualquier aspecto de la actividad objeto de la subvención.
  • Justificar ante el órgano competente de la UJI la ayuda en los términos y plazos previstos en la correspondiente convocatoria.
  • Conservar los documentos justificativos de la subvención recibida, incluyendo los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de comprobación y control.
  • Dejar constancia exprés de la condición del programa subvencionado por la UJI en cualquier relación con terceros. En este caso y si se tiene que hacer uso de marca corporativa de la Universidad en actividades externas se tendrá que pedir autorización exprés a la Secretaría General.
  • Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el artículo 37 LGS, y en el artículo 172 LHIS.
  • No estar incursos en las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2, y, en su caso, en el artículo 13.3 LGS.
  • Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases o en la normativa aplicable, en particular, a la Ley 38/2003, General de subvenciones.
  • Cumplir con las recomendaciones, disposiciones y autorizaciones de la Universidad en cuanto a la realización de actividades al Campus, así como la anulación de la concesión de la ayuda y proceder al reintegro de la misma.

El incumplimiento de las anteriores obligaciones dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que correspondan de acuerdo con la legislación vigente.

Las asociaciones no podrán disolverse hasta que no haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en el artículo 39 de la Ley General de Subvenciones. Los grupos de estudiantes que participan según se refiere la base 2.1, b) responderán personalmente de las obligaciones previstas en esta convocatoria, limitándose su responsabilidad a la cuantía de la ayuda percibida.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/BSISRAWSZK0JW9ZL4UHMWNMVIESIM0RR

Documentación a adjuntar

Hay que adjuntar también:

  • Escrito de la persona responsable en representación del grupo para cumplir las obligaciones que, como grupo beneficiario, le corresponden. No se podrá disolver el grupo hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de subvenciones. En todo caso, si se actúa como asociación este requisito no se tendrá en cuenta.
  • Aval del profesorado si procede.
  • Para hacer efectivo el pago de las ayudas concedidas, las personas beneficiarias tienen que aportar la ficha de datos bancarios, rellenada por la entidad bancaria en que se solicita que se haga el ingreso de la subvención para cada una de las personas o grupos beneficiarios.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el DOGV.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones

La Universitat Jaume I ha lanzado la convocatoria de Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones. Está dirigida a estudiantes y asociaciones universitarias que representen a la UJI en actividades de interés institucional. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones" es: desde 20/05/2025 hasta 02/06/2025.

La Beca "Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas Ayudas Promover Participación Concursos Ferias y Competiciones" es un tipo de beca: 

  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas transporte
  • Becas de matrícula
  • Becas de manutención