Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte
INSCRIPCIONES
Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte: solicitud y plazos
Descripción
El Programa Fulbright en colaboración con el Ministerio de Cultura y Deporte, convoca las Becas Ampliación de Estudios Artísticos.
El objetivo de estas becas es otorgar la oportunidad de ampliar estudios artísticos en universidades y centros situados en los Estados Unidos.
Las disciplinas, para las que son otorgadas estas Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte, comprenden Artes cinematográficas y audiovisuales, Artes escénicas, Artes plásticas y visuales, Música y musicología.
Todas estas disciplinas podrán ser desarrolladas en algunos de los centros adscritos a estas ayudas situados en Estados Unidos. Esto permitirá además de ampliar los estudios artísticos de los beneficiarios, ampliar sus horizontes, viajar a un país extranjero y tener la oportunidad de perfeccionar el idioma inglés a la vez que vive nuevas experiencias y conoce de primera mano una nueva cultura.
La Beca Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte, está convocada por el Programa Fulbright cuya comisión administrativa fue fundada en el año 1958 y de la que se han beneficiado más de 9.000 becarios tanto españoles como estadounidenses. Estas ayudas, están destinadas a personas que cuentan con un alto nivel de excelencia académica y con las aptitudes necesarias para cumplir los objetivos marcados.
Aquí, podrás disponer de toda la información necesaria para poder solicitar las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Estados Unidos
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes e incompatibilidades de las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte:
- 1. Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- a. Poseer la nacionalidad española.
- b. Poseer un título superior expedido por una universidad española, o de no serlo, reconocido u homologado por el ministerio competente. Excepcionalmente, se aceptarán los títulos expedidos por otras instituciones, aunque no estén homologados por dicho ministerio. También podrán optar a beca quienes, no teniendo estudios de grado, acrediten la formación o experiencia que les permita el acceso a estudios de postgrado en centros de Estados Unidos.
- c. Tener una carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria de estudios presentada con carácter previo a la concesión de la beca. Si los candidatos propuestos no aportan este documento en el plazo indicado en la Base 4.3.C, no podrán disfrutar de la beca.
- d. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o sean deudores por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- e. Cada solicitante sólo podrá presentar una única solicitud, en la que indicará a qué especialidad, de las previstas en el apartado 1.
- De conformidad con lo establecido en artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el período de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación al órgano instructor.
Incompatibilidades:
- a. Tener doble nacionalidad, española y estadounidense, derecho automático a adquirirla (por ejemplo, por ser hijo o cónyuge de un nacional estadounidense), o disponer del permiso de residencia permanente en EE. UU.
- b. Disfrutar simultáneamente de cualquier otro tipo de beca o de ayuda económica concedida por conceptos iguales o similares, sin la autorización previa de la Comisión, que se reserva el derecho de analizar caso por caso las circunstancias específicas de los candidatos que reciban otras ayudas y de ajustar la dotación de la beca en consecuencia, tras consultarlo con el Ministerio de Cultura.
- c. Haber realizado más de dos cursos de estudios de grado en EE. UU., estar residiendo, estudiando o investigando en EE. UU. —de forma presencial o a distancia— durante el periodo comprendido entre la selección y la incorporación a EE. UU. como becario Fulbright, o haber residido en EE. UU. durante cinco años en el periodo de seis años inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la beca.
- d. Haber iniciado o realizado estudios de postgrado o proyectos de ampliación de estudios artísticos o de gestión cultural en EE. UU. en cualquier momento antes del comienzo de la beca.
- e. Haber terminado un doctorado antes del inicio de la beca o finalizarlo durante el período de disfrute de esta.
- f. Haber disfrutado previamente de una beca Fulbright de ampliación de estudios de postgrado.
Dotación
Las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte incluyen financiación para los siguientes conceptos:
- a. Billete de ida y vuelta, compra de materiales y gastos varios: 2.300 dólares. En el caso de que el becario asistiera a un curso preacadémico: 2.600 dólares.
- Asignación mensual de 1.484 a 2.925 dólares, según universidad o centro de destino,en concepto de alojamiento, manutención y gastos adicionales durante el período autorizado de estancia en los Estados Unidos de América.
- Gastos de matrícula y tasas obligatorias de la universidad o centro especializado de destino (máximo de 34.000 dólares).
- Cuando el objetivo de la beca no implique gastos de matrícula, una cantidad para gastos de proyecto, incluidos viajes de investigación (máximo de 5.000 dólares).
El período de disfrute de estas becas se establecerá según el calendario de la universidad o centro especializado de destino. La duración mínima es de seis meses y la máxima de doce. Dicho período deberá estar comprendido entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de diciembre de 2025 y no podrán posponerse a otro año académico sin la autorización expresa del Ministerio y de la Comisión. Las becas no son renovables para un segundo año de estudios.
Presentación
Forma y plazo de presentación de solicitudes para las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte.
El formulario de solicitud electrónica está disponible en https://fulbright.es/programas-y-becas/becas-para-espanoles/. A este enlace se podrá acceder directamente y también desde la página web del Ministerio de Cultura.
- 1. Una vez publicada la convocatoria, los interesados que deseen solicitar la subvención deberán presentar la correspondiente solicitud en modelo normalizado, así como la documentación requerida en las correspondientes convocatorias en el Registro General del Ministerio de Cultura, plaza del Rey, 1, Madrid, o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.
- 2. La solicitud también podrá presentarse electrónicamente, a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), siempre que se posea un sistema de firma electrónica con plena validez y esté previsto en la norma reguladora del citado registro.
- 3. El plazo de presentación de solicitudes será el que se establezca en la convocatoria, no pudiendo ser inferior a quince días a contar desde el día siguiente a la publicación de la respectiva convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
- 4. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- 5. La convocatoria podrá establecer un número máximo de actividades o proyectos a presentar por un mismo solicitante.
- 6. En la convocatoria se podrá admitir la sustitución de la presentación de determinados documentos por una declaración responsable del solicitante. En este supuesto, el órgano instructor, con anterioridad a efectuar la propuesta de resolución de concesión de la subvención, deberá requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración en un plazo no superior a quince días
Más información
Objeto
Esta Orden tiene por objeto la convocatoria de cuatro becas en régimen de concurrencia competitiva para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América para el curso 2025/2026, en las siguientes áreas de actividad:
- Artes Cinematográficas y Audiovisuales
- Artes Escénicas
- Artes Plásticas y Visuales
- Música y Musicología
La finalidad de las becas del Ministerio de Cultura/Fulbright para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América es contribuir a la formación de los/las españoles/las que deseen ampliar estudios artísticos en universidades y centros de dicho país y especializarse en una de las áreas de actividad citadas anteriormente.
Estas becas permiten cursar estudios con o sin objetivo de titulación, realizar investigación y desarrollar proyectos. En este sentido, se concederá una beca por cada área. En el supuesto de que en alguna de ellas no hubiera candidato por no obtener ninguno la puntuación mínima exigida, la plaza podrá acumularse a cualquiera de las demás especialidades. La especialidad concreta a la que se acumulará vendrá determinada por el procedimiento previsto en el apartado 5.4. de la presente convocatoria.
Las becas se convocan por trigésimo año, en régimen de concurrencia competitiva, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América.
La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, en adelante "la Comisión", se encargará de la gestión de las becas de acuerdo con el convenio suscrito al efecto.
Procedimiento de concesión
Las subvenciones serán concedidas, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, pudiendo llevarse a cabo por convocatoria y procedimiento selectivo único o mediante convocatoria abierta con varios procedimientos selectivos a lo largo del año para una misma línea de subvenciones.
La convocatoria abierta, además de los requisitos generales establecidos en estas bases, deberá establecer el número de resoluciones sucesivas, y para cada una de ellas concretar los extremos que exige el artículo 59 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido subvenciones y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, la cantidad no aplicada podrá trasladarse a resoluciones de concesión posteriores distribuyéndose el remanente a partes iguales entre el número de periodos restantes.
El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente y publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Los criterios objetivos de otorgamiento de las subvenciones vendrán referidos a: la calidad técnica del proyecto presentado o de la actividad realizada, la experiencia, trayectoria desempeñada o especialización, la innovación artística, las condiciones de viabilidad económica, la incidencia social, así como las actuaciones ya iniciadas.
Los criterios objetivos de otorgamiento de las subvenciones vendrán referidos a: la calidad técnica del proyecto presentado o de la actividad realizada, la experiencia, trayectoria desempeñada o especialización, la innovación artística, las condiciones de viabilidad económica, la incidencia social, así como las actuaciones ya iniciadas.
Duración
De 6 a 12 meses. Las becas no son renovables por un segundo año de estudios.
Periodo de disfrute
Entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2026 según convocatoria.
Debido a la fecha de publicación de la convocatoria, no podrán iniciarse las estancias antes de mediados de septiembre de 2025.
Enlaces de interés
https://fulbright.es/files/ConvocatoriaAttachments/attachments_67f797a1-ec44-4249-add7-44812e697a2b.pdf
https://fulbright.es/files/ConvocatoriaAttachments/attachments_67fdf786-9fa4-4132-848f-45752e697a2b.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud debe incluir:
- A. Formulario de solicitud electrónica, que incluye:
- Datos personales.
- Datos académicos.
- Datos profesionales.
- Proyecto de estudios que quiere desarrollar en EE. UU. (en español, 500 palabras como mínimo y 1.500 palabras como máximo). La explicación debe seguir el esquema siguiente:
- Objetivo: Descripción del proyecto, especialidad elegida y titulación académica a la que aspira, si procede.
- Importancia: Explicación de la importancia del proyecto en sí mismo, para su propio desarrollo académico y profesional, y para España.
- Motivación: Motivo que le induce a estudiar en EE. UL.
- Universidades o centros de preferencia en las que podría seguir los estudios de su elección (máximo tres).
- B. Documentación escaneada a adjuntar a la solicitud electrónica:
- Fotografía reciente.
- Documento Nacional de Identidad o pasaporte, en el caso de no autorizar a la Administración para su consulta u obtención, en los términos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La no autorización se deberá reflejar en el formulario de solicitud.
- Certificado académico de estudios.
- Título universitario o justificante de haberlo solicitado, si procede.
- Currículum Vitae en español (máximo 2 páginas).
- Documentación que acredite que se ha solicitado acceso, invitación o admisión a las universidades o centros de preferencia mencionados en la solicitud.
- Declaración responsable acreditativa de no encontrarse incurso en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Declaración responsable acreditativa de no tener obligaciones por reintegro de subvenciones, artículo 25 del reglamento de la mencionada ley.
- C. Otra documentación a presentar:
- Se podrá requerir a todo solicitante, en cualquier momento del proceso, la presentación de los originales de los documentos acreditativos que hubiese adjuntado escaneados en su solicitud.
- Los/las candidatos/as seleccionados deberán presentar o enviar a la Comisión copias compulsadas del título y del certificado académico cuando se les comunique esta circunstancia, en el plazo que se señale.
- Tres cartas de referencia. En la solicitud debe indicar el nombre completo y correo electrónico de los firmantes que recibirán un mensaje con instrucciones para que completen dicha carta.
- En el plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la “Propuesta de concesión provisional” mencionada en la base 5.4 el/la candidato/a deberá presentar la carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria presentada.