Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte
INSCRIPCIONES
Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte: solicitud y plazos
Descripción
El Programa Fulbright en colaboración con el Ministerio de Cultura y Deporte, convoca las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte. El objetivo de estas becas es otorgar la oportunidad de ampliar estudios artísticos en universidades y centros situados en los Estados Unidos.
Las disciplinas, para las que son otorgadas estas Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte, comprenden Artes cinematográficas y audiovisuales, Artes escénicas, Artes plásticas y visuales, Música y musicología, además de la Gestión Cultural, Museología y Gestión del Patrimonio.
Todas estas disciplinas podrán ser desarrolladas en algunos de los centros adscritos a estas ayudas situados en Estados Unidos. Esto permitirá además de ampliar los estudios artísticos de los beneficiarios, ampliar sus horizontes, viajar a un país extranjero y tener la oportunidad de perfeccionar el idioma inglés a la vez que vive nuevas experiencias y conoce de primera mano una nueva cultura.
La Beca Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte, está convocada por el Programa Fulbright cuya comisión administrativa fue fundada en el año 1958 y de la que se han beneficiado más de 9.000 becarios tanto españoles como estadounidenses. Estas ayudas, están destinadas a personas que cuentan con un alto nivel de excelencia académica y con las aptitudes necesarias para cumplir los objetivos marcados.
Aquí, podrás disponer de toda la información necesaria para poder solicitar las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Estados Unidos
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes e incompatibilidades para las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte:
Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- a. Poseer la nacionalidad española.
- b. Poseer un título superior expedido por una universidad española, o de no serlo, reconocido u homologado por el ministerio competente. Excepcionalmente, se aceptarán los títulos expedidos por otras instituciones, aunque no estén homologados por dicho ministerio. También podrán optar a beca quienes, no teniendo estudios de grado, acrediten la formación o experiencia que les permita el acceso a estudios de postgrado en centros de Estados Unidos.
- c. Tener una carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria de estudios presentada con carácter previo a la concesión de la beca. Si los candidatos propuestos no aportan este documento en el plazo indicado en la Base 4.3.C, no podrán disfrutar de la beca.
- d. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o sean deudores por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- e. Cada solicitante sólo podrá presentar una única solicitud, en la que indicará a qué especialidad, de las previstas en el apartado 1.
De conformidad con lo establecido en artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el período de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación al órgano instructor.
Incompatibilidades:
- a. Tener doble nacionalidad, española y estadounidense, derecho automático a adquirirla (por ejemplo, por ser hijo o cónyuge de un nacional estadounidense), o disponer del permiso de residencia permanente en EE. UU.
- b. Disfrutar simultáneamente de cualquier otro tipo de beca o de ayuda económica concedida por conceptos iguales o similares, sin la autorización previa de la Comisión, que se reserva el derecho de analizar caso por caso las circunstancias específicas de los candidatos que reciban otras ayudas y de ajustar la dotación de la beca en consecuencia, tras consultarlo con el Ministerio de Cultura.
- c. Haber realizado más de dos cursos de estudios de grado en EE. UU., estar residiendo, estudiando o investigando en EE. UU. –de forma presencial o a distancia– durante el periodo comprendido entre la selección y la incorporación a EE. UU. como becario Fulbright, o haber residido en EE. UU. durante cinco años en el periodo de seis años inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la beca.
- d. Haber iniciado o realizado estudios de postgrado o proyectos de ampliación de estudios artísticos o de gestión cultural en EE. UU. en cualquier momento antes del comienzo de la beca.
- e. Haber terminado un doctorado antes del inicio de la beca o finalizarlo durante el período de disfrute de esta.
- f. Haber disfrutado previamente de una beca Fulbright de ampliación de estudios de postgrado.
- g. Haber sido titular de un tipo de visado incompatible con el visado J-1 con el que deben viajar a EE. UU. todos los becarios Fulbright.
- h. Ser empleado o tener relación de parentesco de primer grado con algún vocal o directivo de la Comisión o de otra institución patrocinadora de estas becas Fulbright.
Dotación
Las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte incluyen financiación para los siguientes conceptos:
Las becas incluyen financiación para los siguientes conceptos:
- a. Billete de ida y vuelta, compra de materiales y gastos varios: 1.300 dólares.
- b. Asignación mensual de hasta 4.300 dólares, según universidad o centro de destino, en concepto de alojamiento, manutención y gastos adicionales durante el período autorizado de estancia en los Estados Unidos de América.
- c. Gastos de matrícula, tasas y seguro médico obligatorios de la universidad o centro especializado de destino(máximo de 34.000 dólares).
- d. Cuando el objetivo de la beca no implique gastos de matrícula, una cantidad para gastos de proyecto, incluidos viajes de investigación y, en su caso, seguro médico obligatorio (máximo de 5.000 dólares).
Estas cantidades son brutas y sobre ellas deberán aplicarse las retenciones que en cada momento establezca la normativa tributaria.
Presentación
El formulario de solicitud electrónica para las Becas Ampliación de Estudios Artísticos - Ministerio de Cultura y Deporte está disponible en https://fulbright.es/programas-y-becas/becas-paraespanoles/. A este enlace se podrá acceder directamente y también desde la página web del Ministerio de Cultura.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Las personas solicitantes deberán rellenar y enviar electrónicamente la solicitud disponible en http://www.fulbright.es, junto con la documentación adjunta correspondiente.
Más información
Objeto
Esta Orden tiene por objeto la convocatoria de cinco becas en régimen de concurrencia competitiva para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América para el curso 2026/2027, en las siguientes áreas de actividad:
- Artes Cinematográficas y Audiovisuales
- Artes Escénicas
- Artes Plásticas y Visuales
- Música y Musicología
- Gestión Cultural, Museología y Gestión del Patrimonio
La finalidad de las becas del Ministerio de Cultura/Fulbright para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América es contribuir a la formación de los/las españoles/las que deseen ampliar estudios artísticos en universidades y centros de dicho país y especializarse en una de las áreas de actividad citadas anteriormente.
Estas becas permiten cursar estudios con o sin objetivo de titulación, realizar investigación y desarrollar proyectos.
En este sentido, se concederá una beca por cada área. En el supuesto de que en alguna de ellas no hubiera candidato por no obtener ninguno la puntuación mínima exigida, la plaza podrá acumularse a cualquiera de las demás especialidades. La especialidad concreta a la que se acumulará vendrá determinada por el procedimiento previsto en el apartado 5.4. de la presente convocatoria.
Las becas se convocan por trigésimo primer año, en régimen de concurrencia competitiva, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América.
La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, en adelante "la Comisión", se encargará de la gestión de las becas de acuerdo con el convenio suscrito al efecto.
Este programa de becas se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026. Su objetivo es favorecer la ampliación de estudios artísticos en universidades y centros de Estados Unidos, en coherencia con la estrategia de impulso a la proyección internacional de la cultura y al fortalecimiento de la formación especializada en el ámbito artístico.
Proceso de selección, valoración de solicitudes, criterio de selección
De conformidad con lo previsto en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, si la documentación aportada durante el período de presentación de solicitudes fuera incompleta o contuviese errores subsanables, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de 5 días hábiles subsane la falta a través del registro electrónico.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Unión Europea del Ministerio de Cultura.
El proceso de selección se realizará en dos fases:
- 1ª fase: valoración de las solicitudes admitidas.
- 2ª fase: realización de una entrevista a los/las candidatos/as que hayan superado la fase anterior.
La evaluación se llevará a cabo por un Comité de Estudio y Valoración que, según el artículo 6.3 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, estará compuesto por seis miembros: el Presidente, que será la persona titular de la Subdirección General de Relaciones Internacionales y UE del Ministerio de Cultura, o persona en quien delegue, y por cinco vocales que serán el Director Ejecutivo y el Jefe de Programa de la Comisión Fulbright, o personas en quienes delegue, un ex becario del programa Fulbright y dos funcionarios del Ministerio, uno de los cuales actuará como Secretario. El Comité quedará constituido con la asistencia de, al menos, cuatro de sus miembros.
El Comité de Estudio y Valoración deberá asegurarse de que los candidatos cumplen los requisitos de la convocatoria y que no incurren en incompatibilidades.
Para la evaluación técnica de las candidaturas, el Comité de Estudio y Valoración nombrará un Comité Técnico Interdisciplinar. Dicho Comité Técnico Interdisciplinar estará compuesto por un máximo de diez personas expertas en las cinco áreas de actividad ofertadas.
Durante la primera fase, su misión será evaluar técnicamente las candidaturas en base a los criterios siguientes:
- a. Proyecto de estudios: Exposición y motivación. Hasta 10 puntos
- b. Conocimientos y méritos del aspirante: Expediente académico, estudios complementarios, seminarios, becas, premios, publicaciones. Hasta 5 puntos
- c. Experiencia profesional: Capacidad laboral o de investigación. Hasta 5 puntos
- d. Capacidad creativa según material de apoyo: enlaces a webs y otros soportes. Hasta 5 puntos
- e. Relevancia académica y artística de los centros de preferencia del solicitante: Justificación del centro de destino. Hasta 5 puntos
- f. Interés del proyecto para España y los Estados Unidos de América y sus instituciones: Proyección futura del aspirante, repercusión del proyecto. Hasta 5 puntos
- g. Cartas de referencia: Apoyos profesionales y académicos. Hasta 5 puntos
Durante el proceso de evaluación, el Comité Técnico Interdisciplinar podrá recabar información complementaria.
El Comité elaborará un acta con el resultado de las evaluaciones, ordenadas por área de actividad y puntuación obtenida.
El acta será elevada al Comité de Estudio y Valoración, que la ratificará.
Se entenderá que los candidatos superan el proceso cuando obtengan una puntuación igual o superior a 30 puntos.
Los candidatos que superen la fase anterior serán convocados a una entrevista personal obligatoria y eliminatoria.
La entrevista valorará:
- Cualidades personales, madurez, motivación, iniciativa, capacidad creativa y de comunicación (hasta 5 puntos)
- Proyecto: Defensa, motivación, viabilidad e importancia para la proyección futura (hasta 5 puntos)
Se considerará superada la entrevista con al menos 6 puntos.
Concluido el proceso, el Comité elevará el acta de entrevistas para su ratificación. El órgano instructor formulará la Propuesta de Resolución Provisional con los seleccionados y suplentes.
En caso de empate se aplicará el orden de criterios establecidos en la convocatoria.
Si no hay candidatos en una especialidad, podrá proponerse otro suplente con mayor puntuación general.
Antes de la resolución definitiva, los seleccionados deberán aceptar la beca y presentar la carta de admisión en tres días hábiles.
Si no aceptan, se pasará a suplentes.
Si el solicitante se opuso a la consulta de datos, deberá aportar certificaciones tributarias y de Seguridad Social.
En lo no previsto, se aplicará la Ley 40/2015 y la normativa de igualdad de género vigente.
Cumplimiento de los objetivos y de las obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias por el solo hecho de solicitar estas ayudas se comprometen a:
- Aceptar el contenido de esta convocatoria y su resultado.
- Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir de la publicación de la propuesta de resolución provisional. De no aceptarse la beca dentro del plazo propuesto se entenderá que renuncia a la misma y se concederá a la persona suplente que figure en primer lugar en la orden de concesión.
- A las personas finalistas se les facilitará un impreso de solicitud que deberán cumplimentar en inglés, que se utilizará para formalizar su condición de becario Fulbright en Estados Unidos de América.
- Las personas que no faciliten este impreso en el plazo y forma requeridos perderán su condición de finalistas. Asimismo, la Comisión solicitará cualquier documentación adicional que considere necesaria o que exijan las instituciones estadounidenses.
- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de las becas.
- Acreditar mediante documento de la Universidad o centro especializado la realización del curso o estancia en dicha Institución que será presentado ante la Comisión Fulbright.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y control que pudieran llevar a cabo la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
- Comunicar la obtención de otra beca o ayuda para la misma finalidad.
Enlaces de interés
https://fulbright.es/files/ConvocatoriaAttachments/attachments_69d75924-3150-46cb-8d5a-41522e697a2b.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud debe incluir:
A. Formulario de solicitud electrónica, que incluye:
- 1. Datos personales
- 2. Datos académicos
- 3. Datos profesionales
- 4. Proyecto de estudios que quiere desarrollar en EE. UU. (en español, 500 palabras como mínimo y 1.500 palabras como máximo). La explicación debe seguir el esquema siguiente:
- Objetivo: Descripción del proyecto, especialidad elegida y titulación académica a la que aspira, si procede.
- Importancia: Explicación de la importancia del proyecto en sí mismo, para su propio desarrollo académico y profesional, y para España.
- Motivación: Motivo que le induce a estudiar en EE. UU.
- 5. Universidades o centros de preferencia en las que podría seguir los estudios de su elección (máximo tres).
B. Documentación escaneada a adjuntar a la solicitud electrónica:
- 1. Fotografía reciente
- 2. Documento Nacional de Identidad o pasaporte, en el caso de no autorizar a la Administración para su consulta u obtención, en los términos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La no autorización se deberá reflejar en el formulario de solicitud
- 3. Certificado académico de estudios
- 4. Título universitario o justificante de haberlo solicitado, si procede
- 5. Currículum Vitae en español (máximo 2 páginas)
- 6. Documentación que acredite que se ha solicitado acceso, invitación o admisión a las universidades o centros de preferencia mencionados en la solicitud
- 7. Declaración responsable acreditativa de no encontrarse incurso en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- 8. Declaración responsable acreditativa de no tener obligaciones por reintegro de subvenciones, artículo 25 del reglamento de la mencionada ley.
C. Otra documentación que presentar:
Se podrá requerir a todo solicitante, en cualquier momento del proceso, la presentación de los originales de los documentos acreditativos que hubiese adjuntado escaneados en su solicitud.
Los/las candidatos/as seleccionados deberán presentar o enviar a la Comisión copias compulsadas del título y del certificado académico cuando se les comunique esta circunstancia, en el plazo que se señale.
Tres cartas de referencia. En la solicitud debe indicar el nombre completo y correo electrónico de los firmantes que recibirán un mensaje con instrucciones para que completen dicha carta.
En el plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la “Propuesta de concesión provisional” mencionada en la base 5.4 el/la candidato/a deberá presentar la carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria presentada.




