Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas
INSCRIPCIONES
Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Pública de Navarra (UPNA) es el organismo convocante de las Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas, mediante las que se pretende ayudar a los alumnos que han sido seleccionados para disfrutar de algunos de los programas de movilidad internacional de la UPNA.
De esta manera, los alumnos que cumplan los requisitos establecidos para las Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas, se beneficiarán de ayudas económicas que cubran los gastos generados con motivo del desarrollo de dicha movilidad internacional como pueden ser gastos de viaje, alojamiento y manutención, ofreciendo así igualdad de oportunidades entre los alumnos.
Con iniciativas como estas, la Universidad Pública de Navarra (UPNA) pretende ayudar económicamente a los alumnos que más lo necesiten para que puedan llevar a cabo un normal desarrollo en sus estudios. A la vez que promueve y facilita la movilidad entre estudiantes, logrando así una comunidad universitaria más plural, diversificada y multicultural.
Para determinar a los alumnos que se beneficiarán de las Becas Ayudas de Movilidad Internacional para Estudiantes con Graves Dificultades Económicas, se tendrán en cuenta una serie de requisitos generales, así como económicos y patrimoniales, además se establecerán una serie de criterios de selección y unas determinadas obligaciones con las que los estudiantes becados deben cumplir.
Si necesitas conocer más datos sobre las Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas, en esta web te lo contamos todo.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Argentina
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas los estudiantes matriculados en el curso 2025/2026 en la Universidad Pública de Navarra en enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado o Máster que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber presentado solicitud para participar en la convocatoria para la selección de estudiantes de Grado o Máster para programas internacionales de movilidad en los plazos marcados en la convocatoria general de movilidad internacional de octubre de 2025.
- Estar al corriente en el pago de los correspondientes precios públicos de matrícula del curso 2025/2026. Los estudiantes que hayan solicitado las ayudas de matrícula convocadas por la Universidad Pública de Navarra para estudiantes con dificultades económicas en el curso 2025/2026 deberán estar al corriente en el pago de estos precios públicos en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la resolución definitiva de la respectiva convocatoria de ayudas.
- Cumplir los requisitos económicos y patrimoniales establecidos en la base 3.
- Haber solicitado beca para el curso 2025/2026 en las convocatorias de ayudas del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Gobierno de Navarra o Gobierno Vasco, siempre que se reúnan los requisitos exigidos en cada una de ellas o se justifique su no petición por no cumplir los requerimientos académicos y económicos necesarios para solicitarlas o, en su caso, por la concurrencia de circunstancias personales.
- No estar ya en posesión de una titulación universitaria, salvo en el caso de estudiantes de Máster, en cuyo caso podrán estar en posesión de una titulación universitaria de Grado.
- No haber disfrutado de ayudas para la movilidad internacional en la titulación de Grado o Máster en la que estén matriculados en cursos académicos anteriores.
Requisitos económicos y patrimoniales
- Solo serán admitidos en la presente convocatoria de ayudas los estudiantes en los que LA RENTA DE SU UNIDAD FAMILIAR Y PATRIMONIO no excedan de los criterios establecidos por la Secretaría de Estado de Educación en la convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2025-2026, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 68, de 20 de marzo de 2025). Familia de 1 miembro 14.818 € Familia de 2 miembros 25.293 € Familia de 3 miembros 34.332 € Familia de 4 miembros 40.773 € Familia de 5 miembros 45.572 € Familia de 6 miembros 49.196 € Familia de 7 miembros 52.780 € Familia de 8 miembros 56.348 € A partir del octavo miembro se añadirán 3.561 € por cada nuevo integrante computable de la familia.
- La determinación de la renta de la unidad familiar se realizará aplicando los criterios establecidos por la Secretaría de Estado de Educación en la convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2025-2026, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 68, de 20 de marzo de 2025).
Dotación
- La presente convocatoria de Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas tiene por objeto la concesión de ayudas económicas para la movilidad internacional a los estudiantes de Grado y Máster con graves dificultades económicas, seleccionados en la convocatoria general de movilidad internacional Grado/Máster publicada en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.
- Estas ayudas están destinadas a financiar todos los gastos que implique la movilidad internacional, incluidos seguros, viajes de ida y vuelta a la institución de destino, alojamiento y manutención, que no estén cubiertos en su totalidad con otras becas o ayudas al estudiante.
- Las ayudas se calcularán en función de la distancia (dentro o fuera del continente europeo) y del nivel de vida del país de destino (países grupos 1, 2, y 3) acorde a las categorías que se establecen en el Anexo I de la presente Resolución.
- Estas ayudas son compatibles con las que se reciban en el marco de la convocatoria de movilidad internacional Grado y Máster.
- Asimismo, son compatibles con cualesquiera otras becas y ayudas que el estudiante haya podido obtener o esté pendiente de recibir, siempre que estas no sufraguen el 100 % de los gastos que pueda implicar la movilidad internacional y solo por la cuantía que reste hasta la financiación total de esos gastos, con un tope de financiación especificado en el Anexo I de esta convocatoria.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes y documentación para participar en la presente convocatoria de Becas Movilidad Internacional Estudiantes Graves Dificultades Económicas será de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.
Para presentar las solicitudes será necesario seguir el procedimiento que aparece descrito en: Procedimiento de solicitud ayudas dificultades económicas movilidad
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria. Las solicitudes presentadas fuera de este plazo quedarán excluidas.
Más información
Criterios de selección
Para resultar beneficiados, los estudiantes deberán haber sido seleccionados para realizar una movilidad internacional en la convocatoria general de movilidad internacional de Grado/Máster.
La selección de los estudiantes que cumplan el requisito de la base 5.1 se realizará en aplicación de los siguientes criterios, por los que se podrá obtener un máximo de 6 puntos:
- a. -Situación económica: hasta 4 puntos Se asignarán de 1 a 4 puntos según los umbrales de renta familiar y que se detallan en el Anexo IIde esta convocatoria. La determinación de la renta y patrimonio de la unidad familiar se realizará aplicando los criterios establecidos por la Secretaría de Estado de Educación en la convocatoria de becas de carácter general para el curso académico 2025/2026, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE 68, de 20 de marzo de 2025). Se denegará la beca, cualquiera que sea la renta familiar calculada según lo dispuesto en lo recogido en el Anexo II de esta convocatoria, cuando el valor de los elementos indicativos del patrimonio a 31 de diciembre de 2024 del conjunto de miembros computables de la familia supere alguno o algunos de los umbrales especificados en dicho Anexo II.
- b. Además de la renta familiar, se valorarán con un máximo de 2 puntos otras circunstancias sociales que supongan un agravante en la situación personal y socioeconómica de la unidad de convivencia del alumnado, entre ellas: situaciones de desempleo de larga duración, situaciones de orfandad, hogares monoparentales, problemas de salud, desahucios de vivienda, perceptores de renta garantizada o cualquier otra situación o circunstancia que agrave sus dificultades económicas.
En caso de empate entre dos o más estudiantes, tendrá preferencia para la concesión de la ayuda el que tenga la media del expediente académico más alta de conformidad con la fórmula de valoración de la convocatoria de Programas Internacionalesde Movilidad. Para el cálculo de la media del expediente académico, se utilizará la siguiente fórmula:
Nota: media del estudiante Nota media de su titulación A estos efectos, la nota media de cada una de las titulaciones y la nota media de cada estudiante, se calcularán a fecha de inicio de presentación de las solicitudes, conforme a la siguiente fórmula:
∑ (calificación x nº de créditos de la asignatura) ∑ (nº de veces que aparece la asignatura calificada x nº de créditos de la asignatura)
No se tendrán en cuenta: - Calificaciones de no presentados, - CalificacionesdeApto/NoApto.
Si ninguno de los solicitantes cumple los requisitos de esta convocatoria, se podrá declarar desierta.
Selección y adjudicación de ayudas
La Sección de Internacionalización y Cooperación enviará a la Unidad de Diversidad e Inclusión el listado definitivo de estudiantes admitidos a participar en la Convocatoria de Movilidad Internacional de Grado y Máster 2026-2027, que se publicará en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra. También se enviarán los listados provisionales y definitivos de estudiantes admitidos en el marco de dicha convocatoria, que se publicarán el 21 de noviembre y el 18 de diciembre de 2025, respectivamente, en el Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra.
La Unidad de Diversidad e Inclusión, vistos los listados de estudiantes a los que se refiere el punto 6.1 y la documentación aportada a la que se refieren las bases 4 y 5, emitirá un informe con fecha tope 27 de enero de 2026 en el que indicarán las puntuaciones de los solicitantes seleccionados y en lista de espera, conforme a los criterios señalados en la base 5, y lo remitirá a la Comisión de Selección.
La Comisión de Selección estará integrada por el Director del Servicio de Enseñanzas, la Jefa de Sección de Internacionalización y Cooperación y la Directora del Área de Relaciones Internacionales y Cooperación, o personas en quienes deleguen cada uno de ellos.
Esta Comisión, en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción del informe de la Unidad de Diversidad e Inclusión, previa su comprobación y estudio, aprobará la relación de estudiantes admitidos y excluidos, así como las puntuaciones que correspondan a cada candidato por los criterios de selección establecidos en la base 5. También determinará las ayudas económicas asignadas, de conformidad con lo señalado en la base l. Con fecha tope 4 de febrero de 2026 se aprobará por Resolución del Vicerrector de Internacionalización y Cooperación la asignación de las ayudas al amparo de la presente convocatoria, determinando su importe y autorizando su pago. Tanto la resolución de adjudicación de ayudas como su denegación se notificarán personalmente a cada solicitante a través de la carpeta ciudadana. Los avisos de estas notificaciones se remitirán al correo electrónico de cada uno de ellos.
En el plazo máximo de 5días hábiles desde la finalización del plazo de aceptación y renuncia de la convocatoria general de movilidad, previa comprobación y estudio del informe emitido por la Unidad de Diversidad e Inclusión, la Comisión de Selección aprobará, en su caso, la relación de nuevos beneficiarios de ayuda especial, así como las puntuaciones que correspondan a cada candidato por los criterios de selección establecidos en la base 5. Con fecha tope 25 de febrero de 2026 se aprobará por Resolución del vicerrector de Internacionalización y Cooperación la asignación de las ayudas vacantes, que se notificará personalmente a cada solicitante a través de la carpeta ciudadana. Los avisos de estas notificaciones se remitirán al correo electrónico de cada uno de ellos. Contra las resoluciones de adjudicación y denegación de las ayudas, los interesados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad PúblicadeNavarra, en el plazo de unmes, o recurso contencioso administrativo ante losjuzgados del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses. Estos plazos se computarán desde el día siguiente al de la notificación.
Abono de las ayudas
El pago de las ayudas a los beneficiarios se ordenará en un solo abono, tras la presentación de la carta de aceptación de la institución de destino por el estudiante.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria a los beneficiarios, a través de la Sección de Contabilidad.
Obligaciones de los beneficiarios. Revocación y reintegro
Quienes resulten beneficiarios de estas ayudas tendrán las siguientes obligaciones:
- a. Deberán acreditar la residencia fiscal en España aportando NlF o NIE.
- b. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda.
- c. Informar a la Sección de Internacionalización y Cooperación de otras becas y ayudas que hayan podido obtener o estén pendientes de recibir dentro de la convocatoria general de movilidad internacional, así como su importe.
- d. Cumplir las obligaciones establecidas en la convocatoria para la selección de programas internacionales de movilidad, tanto antes de salir al extranjero, como durante y después de la estancia.
Revocación de la ayuda
En caso de no llevarse a efecto la estancia o de no poder justificarla mediante la presentación del certificado de estancia en la universidad de destino, el estudiante estará obligado a reintegrar cualquier cantidad que haya podido percibir al amparo de la presente convocatoria en concepto de ayuda. Si la estancia fuera inferior a la acordada, o se hubiesen percibido otras becas o ayudas que impliquen una financiación superior al 100% del gasto que implique la movilidad, se deberá reintegrar la parte proporcional de la cantidad percibida. Asimismo, procederá al reintegro de las ayudas percibidas en caso de descubrirse que concurrió ocultación o falseamiento de datos, o si se resuelve el proceso de movilidad por cualquiera de las causas previstas en el artículo 45 de la Normativa Reguladora de la Movilidad de Estudiantes de la Universidad Pública de Navarra, sin perjuicio de la responsabilidad que se pueda exigir en su caso. De no llevarse a cabo el reintegro, la Universidad Pública de Navarra se reserva la potestad de bloquear el expediente académico del alumno hasta que este regularice su situación. El bloqueo del expediente tendrá las consecuencias y efectos establecidos en el artículo 25 de las Normas Reguladoras de los estudios de Grado y Máster de la Universidad Pública de Navarra. La revocación, el reintegro y, en su caso, bloqueo de expediente, requerirá informe razonado de la Comisión de Selección y deberá ser aprobado por Resolución del Rector.
Enlaces de interés
https://www2.unavarra.es/gesadj/sede/RS2352_2025_ayudas_especiales_2026_2027.pdf
Documentación a adjuntar
Junto con la solicitud de participación, los estudiantes deberán presentar en formato electrónico la siguiente documentación:
- a. Documento que acredite la solicitud de beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Gobierno de Navarra o Gobierno Vasco, en caso de cumplir los requisitos para solicitarlas. Una vez resueltas estas convocatorias de ayudas, los estudiantes deberán presentar copia electrónica de la resolución de beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Gobierno de Navarra o Gobierno Vasco a través del registro electrónico de la Universidad Pública de Navarra, dirigida a la Unidad de Diversidad e Inclusión de la UPNA. Los estudiantes que no hayan solicitado beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional, Gobierno de Navarra o Gobierno Vasco deberán aportar la documentación que acredite las circunstancias académicas, económicas o personales que justifiquen esta circunstancia.
- b. Fotocopia completa de la última Declaración de la Renta de la unidad familiar. Si en la actualidad se han producido situaciones sobrevenidas que no se reflejen en la última Declaración de la Renta se deberán presentar los siguientes documentos, según proceda, que acrediten los ingresos actuales: Certificado de ingresos, según corresponda, expedido por la empresa o empresas en que haya trabajado la persona o personas de la unidad familiar que generen los recursos económicos computables. - Certificado de ingresos por pensión o subsidio de incapacidad temporal del padre o madre del solicitante, según corresponda. - Certificado de situación socio-económica de la unidad familiar, expedido por Servicios Sociales. - Certificado del INEM en el que se especifique la prestación concedida, el tiempo y la cuantía. - Vida laboral, completa y actualizada, de todos los miembros computables de la unidad familiar expedida por la Seguridad Social.
- c. Documentos que justifiquen la concurrencia de otras circunstancias sociales previstas en la base 5.
- d. Sin perjuicio de la documentación citada en los apartados anteriores, los estudiantes deberán aportar cualquier otro documento acreditativo, que estime necesaria la Unidad de Diversidad e Inclusión, para la evaluación de cada solicitud en el plazo que indique esta Unidad.
- Los estudiantes que hayan solicitado las ayudas de matrícula convocadas por la Universidad Pública de Navarra para estudiantes con dificultades económicas para el curso 2025/2026 no deberán presentar la documentación acreditativa si ya la han presentado en la Unidad de Diversidad e Inclusión. Será suficiente con que indiquen este punto en la solicitud.






