Universidad Politécnica de Madrid (UPM)

Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster

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INSCRIPCIONES

Inicio12/02/2026 Fin09/03/2026
Abierta

Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad Politécnica de Madrid (UPM) cuenta con un amplio programa de becas, ayudas y premios para los estudiantes que estén realizando sus estudios de grado o máster en esta universidad. En esta ocasión, la UPM quiere apoyar estas situaciones desfavorables abriendo la convocatoria para solicitar una de las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster.

Estas becas van destinadas a los estudiantes residentes en España que se encuentren matriculados en la UPM realizando sus estudios de titulación oficial de grado a máster.

Las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster ayudarán al estudiante a cubrir el pago total o parcial de la matricula.

Para ser beneficiario de una de estas becas, el solicitante tendrá que reunir los requisitos generales que se indican en la convocatoria, así como demostrar no haber superado los umbrales máximos de renta familiar exigidos en la misma.

Estas becas tienen además un importante componente social, ya que están orientadas al alumnado cuya situación económica, social o familiar haya podido repercutir negativamente en su rendimiento académico.

Si estas interesado en solicitar una de las becas que ofrece la Universidad Politécnica de Madrid (UPM), aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber.

Te ofrecemos además toda la información relacionada con las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster, como requisitos, plazos y medios para realizar la solicitud.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos de carácter general para optar a las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster

  • a. Poseer nacionalidad española o la de otro país de la Unión Europea. Los/las extranjeros/as no comunitarios deberán acreditar la condición de residente en España, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia (permiso de estudiante). No se exigirá este requisito a los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre,reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
  • b. Haber formalizado la matrícula del curso 2025-2026 en estudios universitarios conducentes a títulos oficiales de grado o máster presenciales en centros de la UPM, y no haber abandonado dichos estudios antes de su finalización. Se entiende abandono de estudios, no presentarse al menos al 25% de los créditos matriculados en el primer semestre del curso 2025-2026. Solo se tendrán en cuenta los créditos matriculados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • c. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas, estudiantes de otras universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la Universidad Politécnica de Madrid o estudiantes visitantes.
  • d. No tener derecho a exención total de las tasas de matrícula por cualquier otro concepto. En el caso de que el solicitante tenga derecho a exención parcial del coste de la matrícula, el importe de la ayuda sólo cubrirá la parte no exenta del pago que en ningún caso podrá superar los importes establecidos en el artículo 3.1 de esta convocatoria.
  • e. No haber obtenido o estar en disposición de obtener ninguna ayuda económica para la misma finalidad de otras entidades o personas públicas o privadas, para el curso académico para el que se conceda esta ayuda. No obstante, los/las beneficiarios/as de becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte podrán solicitar las ayudas de matrícula (no las de compensación al estudio), que podrán cubrir los precios públicos de matrícula que no hayan sido cubiertos por la convocatoria del Ministerio. En ningún caso la suma de estas ayudas excederá el importe de los créditos de los que se haya matriculado el/la estudiante en el curso 2025-2026.
  • f. No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios cursados.

Requisitos económicos


  • No superar los umbrales máximos de renta familiar para la obtención de la beca de matrícula establecidos y calculados conforme a los artículos 16 a 19 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2025-26 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, aprobada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
  • Una vez atendidas las becas de matrícula en las condiciones que se establecen en el artículo 3.1 de la presente convocatoria, si existiera remanente no aplicado, se utilizará un umbral 4 de renta, resultado de incrementar en un 8 por ciento el umbral 3 de la citada Resolución del Ministerio Educación, Formación Profesional y Deporte.
  • A efectos de la determinación de la renta se computará la información del ejercicio 2024. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la universidad podrá determinar la información de la renta necesaria respecto del ejercicio 2025, siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica de la/el estudiante, a cuyos efectos la Comisión de Valoración hará una evaluación personalizada de los/las potenciales beneficiarios/as.
  • Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a los/las estudiantes que, habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial, alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos/as estudiantes que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los/las solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición, conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Respecto de estos últimos (solicitantes de protección internacional con autorización de estancia ), no será exigible el requisito previsto en el artículo 4.1a).
  • Renta familiar: la renta de la unidad familiar del año 2024 de los/las solicitantes no podrá exceder, en función del número de miembros computables de la unidad familiar, la cuantía establecida en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, para el umbral 3, o la cuantía establecida en el umbral 4, en su caso. * Consultar tabla en las bases de la convocatoria.
  • A partir del octavo miembro se añadirán 3.561,00 €, por cada nuevo miembro computable.
  • Las rentas exentas de tributar se incluirán en las rentas de la unidad familiar.Se considerarán miembros computables:
    • a. El solicitante, los padres, los/las hermanos/as solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2024 y los ascendientes de los padres que acrediten su convivencia con carácter permanente.
    • b. Cuando se trate de solicitantes que constituyan una unidad familiar independiente, se considerarán miembros computables principales el solicitante y su cónyuge, su pareja registrada o no que se halle unida por análoga relación.
    • c. En caso de divorcio, separación legal o de hecho, no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. Sí será miembro computable el nuevo cónyuge o persona con la que conviva, computándose también sus rentas. Cuando la custodia sea compartida, se considerarán miembros computables el padre y la madre del solicitante de la beca.
    • d. Los/las estudiantes que se declaren independientes deberán demostrar su independencia, tanto económica como familiar y acreditar la titularidad de la vivienda o el contrato de alquiler. En estos casos, se considerará que su domicilio familiar es el que habita durante el curso. En caso de que, los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia.
A efectos de esta convocatoria, la declaración de independencia del solicitante no podrá considerarse por sí misma como una situación sobrevenida.

Dotación

Las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster ofrecerán la siguiente dotación:

  • Ayudas de matrícula: 
    • Estas ayudas se cubrirán con los fondos aportados por la Comunidad de Madrid.
    • El importe de la ayuda se destinará a cubrir total o parcialmente la matrícula de un único curso académico y titulación de la/el estudiante.
    • Los beneficiarios de becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte podrán solicitar estas ayudas para cubrir los precios públicos de matrícula que no hayan sido cubiertos por la convocatoria del Ministerio.
    • En el caso del estudiantado de Grado la cuantía máxima de esta ayuda se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya matriculado el/la estudiante en el curso 2025-2026, dentro del periodo de presentación de estas becas, sin que dicho importe pueda superar el de los precios públicos de segunda matriculación correspondiente a un curso completo de los estudios cursados.
      • Nivel experimentalidad - Crédito segunda matrícula - Curso completo:
        • 1 - 48,03 - 2.881,80 €
        • 2 - 45,25 - 2.715 €
        • 3 - 40,02 - 2.401,20 €
    • En el caso del estudiantado Máster, la cuantía máxima de esta ayuda se corresponderá con el importe de los créditos en los que se haya matriculado el/la estudiante en el curso 2025-2026, dentro del periodo de presentación de estas becas, el importe de la ayuda en ningún caso podrá superar los 2.100 €.
    • La cuantía de la ayuda se calculará una vez aplicados otros descuentos a los que el/la estudiante pueda tener derecho.
    • Si tras efectuar la compensación de precios públicos de matrícula correspondientes al curso 2025-2026 existiese remanente no aplicado de los fondos transferidos por la Comunidad de Madrid, la universidad podrá destinar el mismo a financiar las líneas de ayudas propias que se indican el siguiente apartado.
  • Ayuda de compensación por dedicación al estudio:
    • Las ayudas de compensación por dedicación al estudio se financiarán con cargo a la partida presupuestaria indicada en la base segunda, y podrán ver incrementada su financiación con cargo a los fondos transferidos por la Comunidad de Madrid si, tras efectuar la compensación de precios públicos de matrícula correspondientes al curso 2025-2026, existiese remanente no aplicado.
    • Se concederán un mínimo de 50 ayudas cuya cuantía será de 400 euros, por cada una de ellas.
    • Los beneficiarios de becas del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deporte no podrán optar a este tipo de ayuda de compensación por dedicación al estudio.

Presentación

  • La solicitud de las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster se realizará de forma telemática, accediendo al siguiente formulario electrónico: https://www.upm.es/Estudiantes/Tramites.
  • En el momento de realizar la solicitud deberán adjuntarse los archivos en formato electrónico (PDF) con los documentos exigidos en esta convocatoria para acreditar el cumplimiento de los requisitos. Los documentos deberán ser claros y legibles.

Más información

Objeto

Estas ayudas van dirigidas al estudiantado de Grado o Máster oficiales de la UPM, cuya situación económica, social o familiar haya podido repercutir negativamente en su rendimiento académico poniendo en riesgo su permanencia en la titulación, con el fin, por un lado, de cubrir los precios públicos de primera y segunda matrícula, así como, por otro lado, ofrecerles apoyo económico con una ayuda de compensación por dedicación al estudio.

Resolución

  • El órgano competente para conceder o denegar las ayudas de esta convocatoria es el Rector que podrá delegar la competencia en el Vicerrector de Estudiantes y Extensión Universitaria. La Resolución será dictada previa y preceptiva propuesta de la Comisión de Valoración.
  • El Vicerrectorado de Estudiantes y Extensión Universitaria hará pública la resolución definitiva en: http://www.upm.es/Estudiantes/BecasAyudasPremios/Becas/BecasSocioeconomicasUPM.
  • La publicación surtirá efectos de notificación individual a los interesados.

Incompatibilidades

Las ayudas que contempla esta convocatoria son incompatibles con cualquier otra ayuda o beca que, con la misma finalidad, sea convocada por cualquier entidad o persona pública o privada. 

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las ayudas deberán observar en su totalidad las disposiciones de la convocatoria y cumplir sus requisitos a lo largo de todo el período en que perciban las ayudas, quedando además obligados a someterse a las actuaciones de comprobación y a facilitar la información que les sea solicitada.

Enlaces de interés

https://www.upm.es/gsfs/SFS44672

Documentación a adjuntar

La presentación de todos los documentos exigibles es obligatoria y se deberá adjuntaren el momento en que el interesado cumplimente la solicitud electrónica.

  • a. Fotocopia del DNI o NIE de todos los miembros computables de la unidad familiar.
  • b. Certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2024, o en su defecto, certificado de imputaciones, expedido por la Agencia Tributaria, de todos los miembros computables de la unidad familiar (solicitante, hermanos, padres…). Los/las solicitantes con ingresos en el extranjero deberán aportar obligatoriamente la declaración de la renta de su país de origen traducida. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentarse el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez, subsidio o prestaciones no contributivas. En caso de alegar una situación sobrevenida que suponga una disminución de los ingresos de la unidad familiar, se deberá aportar la documentación referida a los ingresos de 2025, que deberá justificar suficientemente la situación económica. Documentación que acredite suficientemente que el/la solicitante se encuentra en una o en varias de las situaciones de vulnerabilidad personal o familiar descritas en el artículo 9.2 b).
  • c. En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera que sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los medios económicos con que cuenta: certificado resumen de la declaración anual de IRPF correspondiente al ejercicio 2024 o en su defecto, certificado de imputaciones; titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre, certificado de empadronamiento del año 2024, y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el solicitante será excluido del proceso de selección.
  • d. En caso de divorcio o separación, copia del convenio regulador y/o sentencia judicial en el que se especifiquen las condiciones económicas del mismo.
  • e. Certificación académica en la que figuren las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media del curso 2024-25, si dicho curso no se realizó en la UPM. En el caso de titulaciones realizadas en España, las calificaciones deberán estar expresadas en la escala 0 a 10 establecida en el RD 1125/2003. En el caso de titulaciones realizadas en otros países se deberá adjuntar la equivalencia de las calificaciones obtenidas con la escala española realizada por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA). Los documentos que no hayan sido expedidos en lengua española deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial.
  • f. Fotocopia de impreso emitido por la entidad bancaria donde figure la cuenta de la que sea titular el solicitante y a la que deban transferirse las ayudas que se le concedan, debiendo aportar código IBAN, entidad bancaria, sucursal, dígito de control y número de cuenta.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster

La Universidad Politécnica de Madrid (UPM) cuenta con un amplio programa de becas, ayudas y premios para los estudiantes que estén realizando sus estudios de grado o máster en esta universidad. En esta ocasión, la UPM quiere apoyar estas situaciones desfavorables abriendo la convocatoria para solicitar una de las Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster" es: desde 12/02/2026 hasta 09/03/2026.

La Beca "Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías
  • Grado

La Beca "Becas UPM Matrícula Estudios de Grado y Máster" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula
  • Becas sociales