Becas Santander Progreso - UPO
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Santander Progreso - UPO: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Pablo de Olavide, junto con el Banco Santander, convocan las Becas Santander Progreso - UPO, que se destinarán a ayudar a aquellos estudiantes con los mejores expedientes académicos que se matriculen en uno de los estudios de grado de dicha universidad.
Con las Becas Santander Progreso - UPO, se pretende ayudar a los jóvenes al correcto desarrollo de sus estudios en la universidad. Para esta convocatoria se ofrecerán 6 becas que dotarán a cada uno de los beneficiarios de una cantidad de 1000 euros.
Para ser beneficiario de las Becas Santander Progreso - UPO, el solicitante debe cumplir con los requisitos especificados en la convocatoria, entre los que se encuentra no haber sido beneficiario de esta beca en convocatorias anteriores, o estar matriculado en un mínimo de 60 créditos en cualquiera de los estudios oficiales de grado. Al ser una beca que se ofrece para aquellos estudiantes que tienen las mejores notas, la nota media de quien quiera solicitar la beca no debe ser inferior a 8 puntos en el expediente del curso anterior.
Si cumples los requisitos indicados por la convocatoria, te recomendamos solicitar una de las Becas Santander Progreso - UPO. Nosotros ofrecemos toda la información en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 6
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
Las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos generales:
- Ser beneficiario/a de la beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el curso 2022/2023.
- Haber estado matriculado, en el curso académico 2021/2022, en estudios oficiales de Grado en un centro propio de la UPO, y que esta matriculación no suponga la totalidad de los créditos que le restan por cursar al o a la estudiante para finalizar dichos estudios de Grado.
- La concesión de la beca quedará condicionada a que el/la estudiante se matricule en el curso 2022/2023 en estudios oficiales de Grado en un centro propio de la UPO, de un mínimo de 60 créditos.
- No haber sido beneficiario/a de esta beca en cursos anteriores.
En el caso de cursar un Doble Grado, el/la estudiante deberá estar matriculado/a,como mínimo, del número de créditos que integren el curso completo de esa doble titulación conforme al plan de estudios establecido, o del número que resulte de dividir el total de los créditos que integran el plan de estudios por el número de años que lo componen.
En el caso de que al o a la estudiante le resten para terminar sus estudios un número de créditos inferior al exigido en los párrafos anteriores, deberá estar matriculado/a de todos ellos.
Requisitos académicos
- Los/as estudiantes deberán tener una nota media igual o superior a 8,00 puntos en el expediente académico del curso 2021/2022, incluyendo las calificaciones correspondientes a asignaturas o créditos no superados, si los hubiera. Para los/as estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes, una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 33% se relaja este requisito en el sentido de que la nota media sea igual o superior a 5,00 puntos enel expediente académico del curso 2021/2022.
- En el curso académico 2021/2022 el/la estudiante debió haber cursado un mínimo de 60 créditos.El cálculo de la nota media se realizará conforme a los criterios establecidos en el artículo 22 de la Resolución, de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2022/2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.
Dotación
Cada beca consistirá en una ayuda económica de 1.000€ para cada estudiante beneficiario/a.
Presentación
- La solicitud de la beca se realizará de manera online, mediante la inscripción del o de la estudiante en el Programa “Becas Santander Estudios - Progreso”, a través dela aplicación habilitada a tal efecto en la página web https://www.becassantander.com/.
- a) En primer lugar, la persona interesada deberá inscribirse en la plataforma electrónica habilitada por el Banco Santander en el siguiente enlace: www.becassantander.com
- b) A continuación, presentará su solicitud a través del Registro electrónico https://upo.gob.es/registro-electronico/ o a través del Registro general de la Universidad, sito en el edificio 18 planta baja, mediante solicitud genérica La inscripción en la plataforma electrónica del Banco Santander es un requisito necesario para poder participar en esta convocatoria. La falta de presentación de la solicitud por Registro en el plazo establecido no es subsanable.Asimismo, la presentación de la solicitud comporta la aceptación de las bases establecidas en la presente convocatoria.El plazo para realizar dicha inscripción finalizará el 11 de octubre de 2022.
Convocantes Asociados
Más información
Puntuación de los/as candidatos/as
La puntuación de los/as candidatos/as vendrá determinada por la nota media de su expediente académico del curso 2021/2022 según los criterios establecidos en el artículo 3 de esta convocatoria, a la que, en su caso, se aplicarán los siguientescoeficientes de ponderación:
- a) Estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes, ser víctimas de violencia por razón de género, así como hijos/as descendientes menores de 25 años que sean dependientes económicamente, multiplicarán su nota media por el coeficiente 1,2.
- b) Estudiantes matriculados/as en el Grado en Ingeniería Informática en Sistemas de Información multiplicarán su nota media por el coeficiente 1,17.Dentro del cupo de discapacidad se aplicarán los siguientes coeficientes de ponderación:
- a) Estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes, una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 65%multiplicarán su nota media por el coeficiente 1,01.
- b) Estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes, una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 33% e inferior al 65% multiplicarán su nota media por el coeficiente 1,005.
Reparto de becas
- 1 beca para estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes,una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 33%.
- 5 becas para el resto de estudiantes.
- Si quedase alguna beca vacante en alguno de los apartados anteriores, se asignará al otro apartado.
- La instrucción del procedimiento será competencia del Área de Acceso y Asistencia al Estudiante de Grado, que establecerá los procedimientos adecuados y dará las instrucciones necesarias para la tramitación y gestión de la convocatoria.
- El procedimiento se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
- El procedimiento de concesión de estas becas se considera iniciado de oficio por la presente convocatoria.
- El proceso de selección se efectuará en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de valoración y requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- La Comisión hará pública en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la UPO la relación de solicitantes que van a ser propuestos para la concesión o denegación de la beca. Las personas interesadas podrán presentar alegaciones, aportar documentos u otros elementos de juicio que estimen convenientes, en el plazo de 10 días hábiles, ante la propia Comisión.
- La concesión o denegación de las becas se llevará a cabo mediante resolución por delegación del Rector por la Vicerrectora de Estudiantes, en los términos establecidos en la propuesta realizada por la Comisión de Selección y en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del día siguiente a la finalización del periodo de presentación de solicitudes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 21.2 y 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de no llevarse a cabo la resolución de la concesión en el plazo señalado o en su prórroga, las solicitudes se entenderán desestimadas por silencio administrativo.
- La Resolución del Sr. Rector Magnífico se publicará en el TEO de la UPO. Con independencia de lo anterior, la información podrá consultarse en la página web del Área de Acceso y Asistencia al Estudiante de Grado.
- Contra la Resolución del Sr. Rector Magnífico, que pone fin a la vía administrativa,cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativa, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
- El sometimiento a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca.
- Comunicar en el plazo de 10 días hábiles la concesión de otras becas o ayudas no declaradas compatibles con estas becas.
- Aceptar expresamente la concesión de la beca en el plazo establecido, a través del sistema habilitado al efecto en la página web del Santander: https://www.becassantander.com/.
Personas con discapacidad
Se asignará 1 beca para estudiantes que acrediten, a último día de presentación de solicitudes, una discapacidad legalmente calificada de grado igual o superior al 33%.