Becas Personal Bibliotecario UPO
INSCRIPCIONES
Becas Personal Bibliotecario UPO: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Pablo Olavide convoca las Becas Personal Bibliotecario UPO con el objetivo de contribuir a la formación de personal cualificado de biblioteca, especialmente en las bibliotecas universitarias y de investigación. Los becarios seleccionados llevarán a cabo una colaboración en las en las actividades propias de la biblioteca.
Las Becas Personal Bibliotecario UPO se destinan a titulados universitarios, dándole preferencia a los graduados en Documentación. Estos estudiantes deberán haber terminado los estudios de grado en el 2020 o posteriormente.
Las becas durarán un año que se prodrá prorrogar otra más. La dedicación será de 30 horas semanales, con un horario de 08:30 a 14:30 y se desarrollará en la biblioteca. Los titulados que hayan disfrutado de esta misma beca o alguna similar, no podrán optar a la beca.
Para baremar las solicitudes se tendrá en cuenta expediente académico, adecuación de la titulación universitaria y nivel de conocimiento de idiomas, preferentemente inglés.
Los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones previstas, como realizar las actividades que se contemplan en el plan formativo o comunicar la existencia de cualquier causa de incompatibilidad.
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Datos básicos
- Nº de becas
- 6
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Información y Documentación
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Las Becas Personal Bibliotecario UPO están destinadas a titulados y tituladas universitarios, preferentemente, a Graduados o Graduadas en Documentación. Podrán acceder a ellas los estudiantes que hayan terminado los estudios de grado por primera vez (en el caso de haber cursado más de un grado) en el año 2020 o con posterioridad. No se entenderá como fecha de finalización de estudios la de finalización de los estudios de máster. La concesión se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
Las becas tendrán una duración de 1 año, prorrogable por otro más. Su concesión y sus posibles prórrogas quedarán condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los ejercicios correspondientes.
Dada la amplitud del contenido del Plan de Formación detallado en el Anexo | de esta convocatoria, y a efectos de una eficaz implantación del mismo, se establece una dedicación de 30 horas semanales, en horario de 8:30 a 14:30, a desarrollar en las dependencias de la Biblioteca.
Podrá contemplarse la posibilidad de suspender, en determinados periodos, el disfrute de la beca, bien, motivadamente, a instancia del interesado, que requerirá de autorización expresa, o porque así lo determine la Universidad por causas operativas u organizativas. El periodo máximo por el que se puede suspender el desarrollo de la formación será de tres meses. Los efectos de la suspensión serán en todo caso administrativos y económicos. Dicho periodo de suspensión no computará a efectos de la duración total de la beca.
Dotación
La cuantía a percibir por las personas seleccionadas para las Becas Personal Bibliotecario UPO será de 750 € mensuales que se abonarán mensualmente una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota de la Seguridad Social).
Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe desfavorable del órgano proponente de la beca.
Las personas beneficiarias de esta beca estarán incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE n” 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de quienes participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre actualización y modernización de la Seguridad Social.
Presentación
Quienes concurran a las Becas Personal Bibliotecario UPO deberán formalizar su solicitud utilizando el modelo de impreso recogido en el Anexo ll de esta Resolución.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOJA.
Más información
Selección
El estudio de las solicitudes presentadas y la selección de las personas beneficiarias, serán efectuados por una Comisión que estará compuesta por:
- Presidente: Vicerrector de Transformación Digital o persona en quien delegue.
- Vocales:
- Directora de la Biblioteca.
- Funcionario/a de la Biblioteca.
- Funcionario/a de la Biblioteca
- Secretario/a:
- Funcionario/a de la Biblioteca
- Expediente académico, máximo 4. puntos, según la nota media del expediente académico de Grado del candidato.
- Adecuación de la titulación universitaria, máximo 2,5 puntos, con la siguiente asignación:
- Grado en Documentación más Máster en Documentación: 2,5 puntos.
- Grado en Documentación: 2 puntos.
- Grado más Máster en Documentación: 1,5 puntos.
- Hasta un máximo de 1,5 puntos por el nivel de conocimiento en un único idioma:
- Idiomas (preferentemente inglés). Nivel C1 o superior 1,5 puntos.
- Idiomas (preferentemente inglés). Nivel B2 1 punto.
- Idiomas (preferentemente inglés). Nivel B1 0,5 puntos.
- Solo se valorarán los certificados oficiales de nivel.
Baremo aplicable Para la Resolución de esta convocatoria, la Comisión de Selección aplicará el siguiente baremo (mínimo de 2 y máximo de 8 puntos):
Resolución
Examinadas las solicitudes y aplicado el baremo, la Comisión de Selección resolverá estas becas de manera que formulará al Sr, Vicerrector de Transformación Digital, la propuesta de Resolución, en la que figurarán los candidatos y candidatas seleccionados, que serán aquellos que acrediten mayor puntuación. Asimismo, la Resolución incluirá una relación ordenada de suplentes en el número que considere la Comisión, para el caso de que se produzcan bajas o renuncias.
La Resolución se publicará en un plazo no superior a tres meses en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide y surtirá los efectos de notificación individual a las personas interesadas.
Contra la resolución, se podrá interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de adjudicación.
Adjudicación
Las personas beneficiarias de esta beca dispondrán de un plazo de 7 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, para comunicar su aceptación. Transcurrido dicho plazo sin que ésta se produzca, se entenderá que renuncia a la beca.
Ningún becario o becaria podrá comenzar su actividad hasta que la Administración haya realizado efectivamente los nombramientos y se haya producido el alta en la Seguridad Social.
La condición de becario o becaria de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad Pablo de Olavide y el becario o becaria, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.
Obligaciones de las personas beneficiarias
- Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria y en su marco normativo, así como en el Plan de Formación previsto.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de esta beca.
- Realizar las actividades contempladas en el Plan de Formación previsto en el Anexo | de esta convocatoria.
- Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en el Plan de Formación.
- Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de esta beca, y a no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad Pablo de Olavide.
- Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
- Cualesquiera otra fijadas en esta convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
Revocación
El incumplimiento por el beneficiario o beneficiaria de esta beca de las actividades especificadas en el Plan de Formación será objeto de apertura de expediente de revocación por parte de la Biblioteca, que deberá emitir informe, previa audiencia del beneficiario o la beneficiaria, y elevar propuesta de revocación al Sr. Vicerrector de Transformación Digital de la Universidad Pablo de Olavide
Son causa de revocación:
- No cumplir con las obligaciones establecidas en esta convocatoria y en el correspondiente Plan de Formación.
- Descubrirse que en su concesión se produjo ocultación o falseamiento de datos.
- Disfrutar de otra beca o ayuda incompatible.
El beneficiario o la beneficiaria que incurra en alguna causa de revocación de la beca, estará obligado a reintegrar a la Universidad Pablo de Olavide las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran iniciar.
Incompatibilidad
El disfrute de la beca regulada por esta convocatoria es incompatible con el de cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Centro de la Universidad Pablo de Olavide o cualquier otra Administración pública, así como con cualquier relación laboral.
Documentación a adjuntar
Según lo dispuesto en el artículo 4.1.f del Reglamento de uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, la presentación de la documentación deberá hacerse por la sede electrónica de la Universidad Pablo de Olavide a través de “Instancia Genérica” https://sede.upo.es/openems/system/modules/sede/contents/pages/registro_electronico, o bien de forma electrónica por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Con el impreso que se relaciona como Anexo ll de esta Resolución y que estará a disposición de los interesados en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad, además deberán de presentar la documentación que se relaciona en los siguientes apartados:
- Fotocopia del DNI. En el caso de poseer nacionalidad extranjera será obligatoria la presentación del NIE.
- Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que se solicita.
- Certificación académica del expediente de Grado de quienes no hayan estudiado en la UPO, cuando sea el caso.
- Otros títulos valorados en la convocatoria.
- Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
Las personas beneficiarias de las ayudas deberán presentar los originales de los citados documentos cuando la administración universitaria los reclame y previamente a la realización del nombramiento de becario o becaria.
En caso de que no se presenten o estos discrepen de los adjuntados junto con la solicitud inicial, el solicitante será excluido de forma inmediata de la selección.




