Becas Complementarias Erasmus+ Castilla y León
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Becas Complementarias Erasmus+ Castilla y León: solicitud y plazos
Descripción
La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León convoca las Becas Universitarias Complementarias Erasmus+ Castilla y León para aquellos alumnos que se encuentran cursando estudios oficiales de educación universitaria de grado, máster o doctorado en alguna de las universidades de Castilla y León y que además son beneficiarios de una beca Erasmus+.
Así, mediante las Becas Complementarias Erasmus+ Castilla y León, los beneficiarios reciben una cuantía económica dirigida a sufragar parte de los gastos de estancia en el país de destino durante el curso académico.
La Junta de Castilla y León a través de las Consejería de Educación concede varias becas y ayudas destinadas a impulsar y promover el desarrollo de estudios universitarios y la obtención de la formación académica necesaria para la incorporación de los alumnos al mundo laboral. Un ejemplo de ello son las Becas Complementarias Erasmus+ Castilla y León.
Si eres beneficiario del programa de movilidad Erasmus+ y estudias un Grado, Máster o Doctorado en alguna de las universidades de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, seguro que te interesa toda la información que te mostramos a continuación .
Aquí te facilitamos todos los datos sobre las Becas Complementarias Erasmus+ Castilla y León que seguro serán de tu interés como requisitos, plazos de presentación de solicitudes y otros datos relacionados con las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- País de destino
- Suiza
- Portugal
- Italia
- Polonia
- Lituania
- Chipre
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos de las universidades de Castilla y León que, cursando estudios oficiales de educación superior de grado, máster o doctorado, sean beneficiarios de una beca Erasmus+, de movilidad de estudiantes en instituciones de educación superior que pertenezcan a alguno de los países determinados en el anexo, con las que las universidades de Castilla y León tengan firmados los correspondientes acuerdos interinstitucionales, con fines de estudio, para el curso académico 2023/2024.
Dotación
- El importe mensual de las ayudas será el resultado de dividir el crédito total asignado para esta convocatoria entre el número total de meses de estancia prevista delos beneficiarios.
- La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenido según el punto 1, por el número de mes, o fracción, de la estancia prevista.
Presentación
- La solicitud se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática cuyo enlace estará disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad) y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
- Las solicitudes irán dirigidas a la Consejera de Educación, y podrán presentarse por uno de los medios siguientes:
- a. De forma presencial. Una vez cumplimentada la solicitud, se deberá imprimir el modelo de solicitud generado por la aplicación en formato pdf y presentarlo con la firma del solicitante en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.Si, en uso de este derecho, la solicitud y documentación complementaria fueran remitidas a través de una oficina de correos, será necesaria su presentación ensobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes deque se proceda a su certificación.
- b. De forma electrónica. Para ello, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o de cualquier certificado electrónico expedido por entidad prestadora del servicio de certificación que haya sido previamente reconocida por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.
Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Más información
Objeto de la convocatoria
- La presente orden tiene por objeto convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, destinadas a los estudiantes universitarios de la Comunidad de Castilla y León que hayan resultado beneficiarios de las becas del Programa Erasmus+, de movilidad con fines de estudios, para el curso académico 2023/2024.
- Las ayudas irán destinadas a complementar la financiación de los gastos de estancia en el país de destino, derivados de la participación de los estudiantes de las universidades de Castilla y León en el programa de movilidad anteriormente indicado, por una duración mínima de dos meses y máxima de doce meses, por ciclo de estudios.
Resolución
- La convocatoria será resuelta por orden de la Consejera de Educación, será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León y será objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/universidad) por tiempo no inferior a un mes desde dicha publicación. Asimismo, se remitirá la debida información sobre la resolución de concesión recaída a la base de Datos Nacional de Subvenciones conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20.8.b) de la ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y publicado la resolución, los solicitantes podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
- Contra la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León. A los efectos de interponer recurso potestativo de reposición, se podrá cumplimentar el formulario denominado “Recurso Administrativo” que estará disponible en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es) y en la sede de la administración electrónica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es).
Compatibilidad con otras ayudas
Documentación a adjuntar
- Los solicitantes deberán presentar, junto con la solicitud, la siguiente documentación:
- a. Copia del DNI/NIE del solicitante y/o de su representante, en aquellos casos en los que se haya manifestado oposición a que la Administración acceda directamente y/o por medios telemáticos a dichos datos.
- b. Documento o documentos oficiales expedidos por la universidad competente, como certificado, nombramiento oficial de becario Erasmus + con fines de estudio, carta de confirmación, si se ha manifestado oposición a que la Administración solicite dichos datos a la Universidad. En el documento o documentos a presentar deben figurar los siguientes datos:
- 1º Que el solicitante está matriculado en la misma como alumno de grado, máster o doctorado, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- 2º Que el solicitante ha resultado beneficiario de una de las becas Erasmus+ de Educación Superior con fines de estudio en el curso académico 2023/2024.
- 3º La universidad de destino y país en el que se encuentra.
- 4º La duración prevista de la estancia en dicha universidad.
- Si en la comprobación por la Consejería de Educación de los datos mencionados en los puntos anteriores, se constatase que las administraciones carecen de datos del solicitante o si existen dificultades técnicas que impidan su comprobación, se requerirá al solicitante que aporte dicha información.