Universidad de Vigo (UVigo)

Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

28/06/202426/07/2024
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Vigo (UVigo) convoca las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo con la finalidad de mejorar la formación teórica y práctica de los alumnos lo que además les ayuda para adquirir nuevas capacidades relacionadas con los estudios de Grado o Máster que estos están cursando.

En esta convocatoria de las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo se ofrecen un total de 11 becas, 1 de ellas para desarrollar en el Campus de Orense, en el Centro de Investigación, Transferencia e Innovación, y 10 para desarrollar en el Campus de Vigo.

El desarrollo de las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo tendrá un periodo de formación de nueve meses y medio. Durante este periodo, los alumnos becados deberán dedicar a sus prácticas un total de 20 horas semanales en las que tendrán la oportunidad de participar en los proyectos de investigación relacionados con los estudios que estén desarrollando.

Para poder optar a las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo, los candidatos deben reunir los requisitos indicados por el convocante, en este caso, la Universidad de Vigo (UVigo) así como cumplir con las obligaciones que se describen en las bases.

No dejes escapar esta oportunidad de mejorar tus conocimientos y aprovecha las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo.

Conoce toda la información sobre las mismas aquí.

Datos básicos

Nº de becas
11
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Pueden solicitar las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  • a. Poseer nacionalidad española, de algún otro país de la Unión Europea, o de países no comunitarios acreditando la condición de residente en España a 31 de diciembre de 2023 (no es suficiente el permiso de estancia por estudios).
  • b. Estar matriculado en centros propios en el curso 2024/2025 y durante todo el período de duración de la beca, en las titulaciones de grado o máster universitario señaladas en el anexo II, en el campus en que se opta a la beca. Para estos efectos se tendrá en cuenta el estado de la matrícula a día 16 de septiembre de 2024.
  • c. En el caso de matrícula en Grado tener superado el 50% de los créditos de los estudios de Grado en los que se matricula. Para estos efectos se tendrá en cuenta el último día establecido por la universidad para presentar las actas de julio que según el calendario académico es el 22 de julio.
  • d. Cumplir los demás requisitos específicos señalados en el anexo II. Para estos efectos se tendrá en cuenta que el último día establecido por la universidad para presentar las actas de julio según el calendario académico es el 22 de julio.
  • e. No haber disfrutado anteriormente de una beca de formación complementaria de la Universidad de Vigo durante más de doce meses, de forma consecutiva o discontinua. El cómputo del tiempo se hará de fecha a fecha.

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003 del 17 de noviembre, general de subvenciones.

Dotación

Los fondos destinados a las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo ascienden a un máximo de 55.508,22 € (a expensas de los posibles incrementos de la cuota patronal que se puedan producir a lo largo del período de ejecución de las becas), por cuenta de las aplicaciones presupuestarias:

  • CITI
    • 2024 CITI 131H 482.11: 1.237,92€ (1.207,74€ por la dotación bruta de las becas y 30,18€ en concepto de cuota patronal)
    • 2025 CITI 131H 482.11: 3.808,28 € (3.360,00 € por la dotación bruta de las becas y 448,28 € en concepto de cuota patronal)
  • CINBIO
    • 2024 CIB1 131H 482.11: 8.665,45 € (8.454,19€ por la dotación bruta de las becas y de 211,26 € en concepto de cuota patronal)
    • 2025 CIB1 131H 482.11: 26.657,96 € (23.520,00€ por la dotación bruta de las becas y de 3.137,96 € en concepto de cuota patronal)
  • CIM
    • 2024 CIM1 131H 482.11: 3.713,77€ (3.623,23 € por la dotación bruta de las becas y 90,54 € en concepto de cuota patronal)
    • 2025 CIM1 131H 482.11: 11.424,84€ (10.080,00€ por la dotación bruta de las becas y 1.344,84 € en concepto de cuota patronal).  para lo que se adjunta el correspondiente certificado de existencia de crédito.

La dotación económica bruta será como máximo 480 €/mes. Estará sujeta a la retención del IRPF y a las obligaciones de cotización a la Seguridad Social (cuota obrera) establecidas en la normativa vigente en estas materias.

El pago se realizará por meses vencidos mediante una transferencia a la cuenta bancaria que señale la persona becada en su solicitud y de la que deberá ser titular. En el caso de que no se llegase a completar el período de la beca solo se abonará la cantidad proporcional de la beca correspondiente al período realizado, siempre y cuando este sea superior a 15 días; en caso contrario no se percibirá cantidad alguna.

Si la actividad desarrollada por la persona becada en cada mes no se corresponde con las condiciones fijadas en esta convocatoria, y con el fin de adecuar el pago a la actividad real realizada en ese mes, el tutor deberá emitir un informe en el que constará la actividad realizada y lo remitirá a la Sección de Ayudas y Becas antes del día 25 del mes en curso. En el caso de no haber realizado ninguna de las horas de dedicación en una semana deberá notificarlo inmediatamente a la Sección de Ayudas y Becas.

Presentación

Los solicitantes de las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo, deberán emplear el formulario en línea en el siguiente enlace https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/13575, descargarlo y presentarlo en la sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal) a través de la instancia genérica (SXER) existente en la sede. En el asunto indicará “Becas formación Centros de Investigación” y adjuntará únicamente el formulario con la solicitud. Solo se podrá presentar una solicitud por persona.

Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Universidad de Vigo dispone de instrucciones de ayuda que deberán observar en todo momento los solicitantes https://www.uvigo.gal/sites/uvigo.gal/files/contents/paragraph-file/2020-06/Guia_rexistro_instancia_xenerica_gl.docx.pdf. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de presentación de los formularios, podrán dirigirse a la dirección electrónica sede@uvigo.gal

El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le solicitará que la presente de forma electrónica.

Las personas solicitantes establecerán un orden de prioridad en las becas que será vinculante.

Más información

Objeto

El objeto de la beca es fomentar una mejor formación teórica y práctica del alumnado, colaborando, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en actividades con una fuerte componente de aprendizaje y adquisición de nuevas capacidades y destrezas directamente vinculadas a la titulación en que se matricula. Se convocan 11 becas distribuidas de la siguiente manera:

  • Campus de Ourense:
    • 1 beca en el Centro de Investigación, Transferencia e Innovación (CITI).
  • Campus de Vigo:
    • 3 becas en el Centro de Investigación Marina (CIM-ECIMAT).
    • 7 becas en el Centro de Investigaciones en Nanomateriales y Biomedicina (CINBIO).

Plan formativo

  • a. Objetivos y competencias que se adquirirán: conforme a lo señalado en el anexo II.
  • b. Tutores/as responsables:
    • Las personas becadas estarán bajo la tutoría de las personas señaladas en el anexo II, quienes se responsabilizarán de la formación impartida, del desempeño de la actividad de colaboración y de la orientación en el desarrollo del plan formativo.
  • c. Seguimiento y evaluación de la formación:
    • La persona becada deberá entregar al tutor una memoria trimestral de las actividades realizadas y una memoria final de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de esta convocatoria. Asimismo, deberá completar al final del período formativo un cuestionario de satisfacción con el programa realizado.
Incompatibilidades

Esta beca es incompatible con cualquier relación laboral o administrativa por la que se perciban retribuciones a cargo de alguna entidad pública o privada. Asimismo, es incompatible con la prestación o el subsidio por desempleo.

También será incompatible con cualquier otra beca de formación complementaria convocada por cualquier entidad pública o privada para el mismo período, y entre ellas con la beca de colaboración con los departamentos universitarios del MEFP.

Duración y desarrollo del periodo formativo

La duración máxima del período formativo será de 9 meses y 16 días. No se iniciará antes del 16 de octubre de 2024 y finalizará el 31 de julio de 2025.

El número de horas de colaboración será de 20 horas semanales. Se realizarán teniendo en cuenta los períodos lectivos y no lectivos del curso académico y la carga lectiva de la persona becada, quien podrá distribuir y compensar hasta un 20% de las horas de dedicación de un mes entre distintas semanas dentro del mismo mes.

El disfrute de la beca supondrá la aceptación de lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, del 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Las personas becadas no adquieren ninguna relación contractual, administrativa o estatutaria con la Universidad de Vigo. La beca no supone ningún compromiso de cara a la posterior incorporación de las personas becadas a las plantillas de personal de la universidad.

El período de prestación de estas becas podrá ser objeto de reconocimiento de créditos en virtud de lo dispuesto en la Universidad de Vigo.

Selección y resolución

La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con la mención de la causa de exclusión.

Las personas interesadas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores, la falta de documentación y las causas de exclusión. Para tal fin deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la secretaría virtual. De no presentar la subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud tras resolución dictada conforme a la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:
  • a. Nota media del expediente académico calculada según el Real decreto 1125/2003 de 5 de septiembre en el caso de estudios de grado o continuación de máster universitario de más de 60 créditos. Para el estudiantado que inicia estudios de máster universitario se tendrá en cuenta la nota de acceso al mismo, salvo cambio de estudios del mismo nivel o adaptación al nuevo plan de estudios, en este caso se tendrá en cuenta la nota media del expediente (RD 1125/2003): máximo 6 puntos.
  • b. Nivel de inglés (solo puntúa el superior): máximo 2 puntos:
    • A2: 0,5.
    • B1: 0,75.
    • B2: 1.
    • C1: 1,5.
    • C2: 2.
  • c. Cursos de formación relacionados con el plan formativo: máximo de 2 puntos.
  • d. Al estudiantado que tenga concedida en el curso 2023/2024 una beca de carácter general del MEFP o ayudas propias de la Uvigo, se le concederá 1 punto adicional.
La comisión podrá convocar con voz y sin voto a otras personas expertas que considere conveniente para la adecuada evaluación de las solicitudes.

Si, por cualquier causa, en el momento en que la comisión evaluadora tenga que examinar las solicitudes, alguno/a de los/as componentes no puede asistir, se sustituirá por la persona que para el efecto se nombre. Este nombramiento deberá recaer en otra persona de la misma unidad, órgano, entidad o colectivo.

Una vez que la comisión efectuara la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con la mención de la causa de denegación, y la lista de espera en caso de existir renuncias.

En caso de no adjudicarse ninguna de las opciones solicitadas pasará a formar parte de la lista de espera con la puntuación que le corresponda.

Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación. Para tal fin deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la secretaría virtual.

Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Investigación, Transferencia e Innovación, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.

Las personas interesadas podrán entender desestimadas las solicitudes de no dictarse una resolución expresa en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al del término del plazo de presentación de solicitudes.

La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, la lista de personas con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera en caso de existir renuncias.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998 del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Las personas interesadas podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de apelación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, según lo previsto en el artículo 123.2 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las listas a las que se refiere este punto así como la resolución de adjudicación se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica sede.uvigo.gal/ y en el portal de becas de la web de la universidad, produciendo los efectos de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las comunicaciones individuales que resulten necesarias se realizarán a la dirección electrónica señalada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.

Aceptación y renuncia

El estudiantado con beca concedida deberá entregar a través de la Sede Electrónica (y enviar una copia a bolsasformacion@uvigo.es) en el plazo de tres días desde la publicación de la resolución definitiva la siguiente documentación para los efectos del alta en la Seguridad Social:
  • Modelo TA2 (Seguridad Social) en el que debe constar el número de afiliación a la Seguridad Social del/a estudiante.
  • Modelo 145 (IRPF).
En caso de no hacerlo o no presentar la documentación necesaria se entenderá que renuncia a la beca tras resolución.

La persona becaria se presentará en el lugar, día y hora que se indique en la resolución de adjudicación.

La renuncia voluntaria deberá realizarse mediante el formulario de renuncia existente en la secretaría virtual y presentado en la sede electrónica de la Universidad de Vigo https://sede.uvigo.gal dirigido a la Sección de Ayudas y Becas y al tutor/a, con un mínimo de 15 días de antelación a la fecha en que se efectúe la renuncia.

La renuncia dará lugar a la pérdida de los derechos económicos correspondientes a la parte de la beca no realizada y a la concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera.

Documentación a adjuntar

Junto con la solicitud deberán subir, en su caso, la siguiente documentación al formulario en línea (no es necesario subir la documentación a la sede electrónica):

  • Certificación académica de los estudios realizados en caso de que se hayan realizado en una universidad distinta a la de Vigo.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados.

También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y de los méritos alegados.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo

La Universidad de Vigo (UVigo) convoca las Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo con la finalidad de mejorar la formación teórica y práctica de los alumnos lo que además les ayuda para adquirir nuevas capacidades relacionadas con los estudios de Grado o Máster que estos están cursando.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo" es: desde 28/06/2024 hasta 26/07/2024.

La Beca "Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

None

La Beca "Becas de Formación en Centros de Investigación - UVigo" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes