Universidad de Vigo (UVigo)

Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia

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INSCRIPCIONES

Inicio25/06/2026 Fin01/09/2026
Abierta

Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia son una oportunidad académica diseñada para estudiantes del Máster en Biotecnología Avanzada de la Universidad de Vigo. Estas ayudas buscan reforzar la formación práctica, impulsar competencias digitales y facilitar el acceso a recursos de aprendizaje innovadores dentro del entorno universitario.

El programa está orientado a mejorar la empleabilidad y la capacitación en biotecnología avanzada mediante actividades de apoyo a la plataforma digital universitaria, el uso de microcredenciales y el desarrollo de habilidades en inteligencia artificial y ética profesional. Además, permite a los beneficiarios compaginar la beca con sus estudios de máster sin interferir en su rendimiento académico, favoreciendo una experiencia formativa completa y aplicada al entorno científico actual.

Estas ayudas ofrecen una convocatoria vigente para estudiantes que cumplan los requisitos de nacionalidad, titulación en Biología y matrícula en el máster correspondiente en la Universidad de Vigo. La solicitud para las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia se realiza de forma online mediante formulario oficial, aportando la documentación requerida y respetando los plazos establecidos en la convocatoria. 

Las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia son una excelente opción para mejorar tu aprendizaje. ¿Te gustaría solicitarlas?, pues nosotros te damos toda la información.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España
  • Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Pueden solicitar las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:

Encontrarse en alguno de los siguientes casos:

  • Poseer nacionalidad española.
  • Poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
  • Poseer nacionalidad fuera de la UE y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (no es suficiente el permiso de estancia por estudios).

Estar en posesión del título de graduado/a en Biología.

Estar matriculada en el curso 2026/2027 en la Universidad de Vigo en el Máster universitario en Biotecnología avanzada.

No haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación complementaria de la Universidad de Vigo durante más de doce meses, de forma consecutiva o discontinua. El cómputo del tiempo se realizará de fecha a fecha.

No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dotación

Los fondos destinados a las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia irán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 0000 121D 482.11 y ascienden a un máximo de 6.150 € (6.000 € por la dotación bruta de las becas y 150 € en concepto de cuota patronal), para lo que se adjunta el correspondiente certificado de existencia de crédito.

La cuantía individual será como máximo de 600 €/mes. Estará sujeta a la retención estipulada por la normativa tributaria aplicable y a las obligaciones de cotización a la Seguridad Social (cuota obrera) que establezca la normativa vigente en estas materias.

El pago se realizará por meses vencidos mediante una transferencia a la cuenta bancaria en España que indique la persona becaria en su solicitud y de la que deberá ser titular.

En caso de que no se llegue a completar el período de la beca, solo se abonará la cuantía proporcional de la beca correspondiente al período realizado, siempre y cuando este sea superior a 15 días; en caso contrario no se percibirá ninguna ayuda.

Si la actividad desarrollada por la persona becaria en cada mes no se corresponde con las condiciones fijadas en esta convocatoria, con el fin de adecuar el pago a la actividad real realizada en ese mes, la persona tutora deberá emitir un informe en el que constará la actividad realizada y lo remitirá a la Sección de Ayudas y Becas antes del día 25 del mes en curso. En caso de no haber realizado ninguna de las horas de dedicación en una semana deberá notificárselo inmediatamente a la Sección de Ayudas y Becas.

Presentación

Las personas solicitantes de las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia deberán emplear el formulario en línea en el siguiente enlace https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/formularios/encuesta/cubrir_paso1/15488 descargarlo y presentarlo en la sede electrónica de la Universidad de Vigo (https://sede.uvigo.gal) a través de la Instancia Genérica (SXER) existente en la sede, indicando en el asunto “Becas de formación en el Máster en Biotecnología avanzada” y adjuntando únicamente el archivo con la solicitud.

El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial se le requerirá que la presente de forma electrónica.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y finaliza el 1 de septiembre de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).

Más información

Objeto

El objeto de las becas es fomentar una mejor formación teórica y práctica del estudiantado, colaborando, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en actividades vinculadas a la titulación en la que se matricula.

El máster en Biotecnología Avanzada cuenta con financiación de la Xunta de Galicia a través de la Mención de Excelencia, que permite la incorporación de becarios siempre que contribuya a la mejora de la excelencia del máster. En este sentido, se propone convocar una beca de formación complementaria para fomentar el uso de la plataforma digital universitaria que da acceso a cursos de competencias digitales, IA y ética profesional y de microcredenciales, entre las personas matriculadas en el máster.

La presente convocatoria no está prevista en el plan de subvenciones vigente debido a que en el momento de su aprobación no existía la certeza de la publicación de la convocatoria durante el presente curso académico.

Plan Formativo

a. Objetivos:

  • Asesorar en la formación de rutas de aprendizaje que se acomoden a las necesidades del estudiantado, personas egresadas y profesorado. Apoyo en los métodos de autenticación y consideraciones de seguridad para acceder a la plataforma. Contestar las dudas de los matriculados en la plataforma de microcredenciales. Poner en práctica conocimientos adquiridos durante los estudios.
  • Desarrollar competencias y habilidades relacionadas para el fomento y uso de la plataforma digital universitaria que da acceso a cursos de competencias digitales, IA y ética profesional y de microcredenciales, entre las personas matriculadas en el máster.

b. Tutor/a responsable:

La persona becaria estará bajo la tutoría de Pedro Pablo Gallego Veigas, catedrático de universidad, quien se responsabiliza de la formación impartida, del desempeño de la actividad de colaboración y de la orientación en el desarrollo del plan formativo.

c. Seguimiento y evaluación de la formación:

La persona becaria deberá entregar a la persona tutora una memoria trimestral de las actividades realizadas y una memoria final de acuerdo con lo establecido en la base 10.c) de esta convocatoria. Asimismo, deberá cubrir al final del período formativo un cuestionario de satisfacción con el programa realizado.

Incompatibilidades

El disfrute de la beca de formación complementaria es incompatible con cualquier relación laboral o administrativa por la que se perciban retribuciones a cargo de alguna entidad pública o privada. Asimismo, es incompatible con la prestación o el subsidio por desempleo.

También será incompatible con cualquier otra beca de formación complementaria convocada por cualquier entidad pública o privada para el mismo período, y entre ellas con la beca de colaboración con los departamentos universitarios del MEFP.

Duración y desarrollo del periodo formativo

La duración máxima del período formativo será de 10 meses, y no se iniciará antes del 1 de octubre de 2026 y finalizará no más tarde del 31 de julio de 2027.

El número de horas de colaboración será de 20 horas semanales. Se realizarán teniendo en cuenta los períodos lectivos y no lectivos del curso académico y la carga lectiva del becario/a, quien podrá distribuir y compensar hasta un 20% de las horas de dedicación de un mes entre distintas semanas dentro del mismo mes.

El disfrute de la beca supondrá la aceptación de lo previsto en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

Las personas becarias no adquieren ninguna relación contractual, administrativa o estatutaria con la Universidad de Vigo. La beca no supone ningún compromiso de cara a la posterior incorporación del becario o becaria a los cuadros de personal de la universidad.

El período de prestación de estas becas podrá ser objeto de reconocimiento de créditos en virtud de lo dispuesto en la normativa propia de la Universidad de Vigo.

Selección y resolución

La Sección de Ayudas y Becas, tras finalizar el plazo de presentación de solicitudes y una vez examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con la mención de la causa de exclusión.

Las personas interesadas dispondrán de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores, las causas de exclusión y la falta de documentación. Para tal fin deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual. De no presentar subsanación se entenderá que desiste de su solicitud previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Nota media del expediente académico calculada según lo dispuesto en el Real Decreto 1125/2003: máximo 50 puntos.
  • Cursos acreditativos de formación relacionados con el plan formativo: máximo 20 puntos.
  • Acreditación del nivel de idiomas (inglés), solo puntúa el nivel superior: máximo 10 puntos.

    B1: 2,5 puntos
    • B2: 5 puntos
    • C1: 7,5 puntos
    • C2: 10 puntos
  • Entrevista: la Comisión de Valoración podrá formular preguntas relacionadas con el objeto de la beca y conocimientos generales relacionados con la formación académica y la motivación del candidato, así como comprobar el nivel oral en idiomas alegado por la persona interesada: máximo 20 puntos.

La Sección de Ayudas y Becas consultará los méritos referidos al expediente académico de la propia universidad. De los restantes méritos solo se tendrán en cuenta los que se acrediten con documentación junto con la solicitud o en el plazo de subsanación.

La comisión de evaluación está compuesta por:

  • Presidente: Pedro Pablo Gallego Veigas, profesor de la Uvigo y coordinador del Máster en Biotecnología avanzada.
  • Vocales: Raúl Iglesias Blanco, profesor de la Uvigo y secretario de la comisión académica del Máster.
  • María Esther Barreal Modroño, profesora de la Uvigo y coordinadora del Programa de doctorado en Biotecnología Avanzada.

Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con la mención de la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación. Para tal fin deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la Secretaría Virtual.

Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará la beca mediante la correspondiente resolución.

Las personas interesadas podrán entender desestimadas las solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de 3 meses contados desde el día siguiente al del fin del plazo de presentación de solicitudes.

La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, la lista de personas con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.

Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica sede.uvigo.gal/ y en el portal de becas de la web de la universidad, para producir los efectos de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las comunicaciones individuales que resulten necesarias se realizarán al correo electrónico señalado en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.

Aceptación y renuncia

Las personas con beca concedida deberán aceptar la beca en el plazo de cinco días desde el siguiente al de la publicación de adjudicación, utilizando el formulario existente en la secretaría virtual para tal efecto (formulario aceptacion).

La no aceptación se entenderá como renuncia a la beca previa resolución, con la consiguiente pérdida del derecho de cobro y concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera previa resolución.

La persona becaria se presentará en el lugar, día y hora que le indique la persona tutora mediante una comunicación al correo electrónico indicado en la solicitud.

La renuncia voluntaria deberá realizarse mediante el formulario de renuncia existente en la Secretaría Virtual (formulario renuncia) y presentado en la sede electrónica de la Universidad de Vigo.

Obligaciones

Son obligaciones de las personas becarias:

  • Realizar, bajo la supervisión del tutor/a, la actividad formativa y el plan formativo conforme a lo establecido en la convocatoria.
  • Estar matriculada en la Universidad de Vigo durante todo el período de duración de la beca.
  • Aportar a la Sección de Becas y Ayudas al Estudio, dentro del mes siguiente a la finalización de la beca, una memoria final de las actividades realizadas durante todo el período de la beca. Esta memoria debe estar informada favorablemente por la persona tutora.

Además, la persona beneficiaria debe cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sean de aplicación.

Reintegro de las ayudas y pérdida del derecho de cobro total o parcial

Son causas de reintegro y pérdida del derecho de cobro de estas becas:

  • No cumplir los requisitos y obligaciones recogidas en la convocatoria.
  • Ocultar datos, alterarlos o manipular la información solicitada.
  • Incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad establecidas en esta convocatoria.

La persona beneficiaria que incurra en alguna de estas causas está obligada a reintegrar a la universidad la cantidad indebidamente percibida.

Documentación a adjuntar

En su caso, se adjuntará la siguiente documentación al formulario en línea (no es necesario subir la documentación a la sede electrónica):

  • El estudiantado que no tenga nacionalidad española:
    • Documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea, o
    • Tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia (no es suficiente el permiso de estancia por estudios) de ciudadano/a extracomunitario.
  • Documentación acreditativa de estar en posesión del título de graduado/a en Biología, salvo que sea de la Universidad de Vigo.
  • Documentación acreditativa de los méritos alegados.
También se podrá requerir que se aporte otra documentación que sea necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y méritos alegados.
El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia

Las Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia son una oportunidad académica diseñada para estudiantes del Máster en Biotecnología Avanzada de la Universidad de Vigo. Estas ayudas buscan reforzar la formación práctica, impulsar competencias digitales y facilitar el acceso a recursos de aprendizaje innovadores dentro del entorno universitario.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia" es: desde 25/06/2026 hasta 01/09/2026.

La Beca "Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Máster Biotecnología Avanzada Mención Excelencia Xunta Galicia" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de formación práctica