Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas
INSCRIPCIONES
Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas ofrecen una interesante oportunidad para que el estudiantado de la Universidad de Vigo conecte su formación académica con retos reales planteados por empresas, proyectos emprendedores e iniciativas empresariales de Galicia. El objetivo de esta convocatoria es fomentar la elaboración de Trabajos Fin de Grado (TFG) y Trabajos Fin de Máster (TFM) que aporten soluciones prácticas a necesidades concretas del entorno empresarial, favoreciendo al mismo tiempo la empleabilidad de los participantes.
Las ayudas se dividen en dos modalidades: una destinada a proyectos emprendedores e iniciativas empresariales emergentes y otra dirigida a empresas o entidades ya consolidadas. En total podrán concederse hasta 18 becas, con una dotación económica máxima de 800 euros por beneficiario.
Para solicitar las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas es necesario estar matriculado en la asignatura de TFG o TFM de la Universidad de Vigo durante el curso 2026/2027, estar registrado en la plataforma Colmea de Ideas y haber sido seleccionado por la entidad promotora del proyecto en el que se desarrollará el trabajo académico. También podrán participar estudiantes españoles, ciudadanos de la Unión Europea con residencia legal y estudiantes extracomunitarios que dispongan de autorización de residencia en España.
La solicitud debe presentarse de forma online a través de la Secretaría Virtual de la Universidad de Vigo. Además de la ayuda económica, las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas permiten adquirir experiencia práctica, trabajar junto a profesionales y mejorar la preparación para la incorporación al mercado laboral. En nuestra web puedes encontrar todos los datos necesarios si quieres solicitarlas.
Datos básicos
- Nº de becas
- 18
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Pueden solicitar las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:
Encontrarse en alguno de los siguientes casos dentro del plazo de presentación de solicitudes:
- Poseer nacionalidad española.
- Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
- Poseer nacionalidad fuera de la UE y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (no es suficiente el permiso de estancia por estudios).
Estar matriculado en la Universidad de Vigo en la asignatura de TFG/TFM en el curso 2026/2027 en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Estar registrado como estudiante en la plataforma Colmea de Ideas https://colmeadeideas.webs.uvigo.es/register?profile=student y haber sido seleccionado/a por la empresa promotora del proyecto elegido para desarrollarlo en el marco de su TFG/TFM a lo largo del curso académico 2026/2027.
No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación
Los fondos destinados a las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas irán con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 0000 121S 482.99 con un importe presupuestario máximo de 14.400 € para lo que se aporta el correspondiente certificado de existencia de crédito.
La cuantía individual máxima será de 800 €. Esta cuantía estará sujeta a la retención establecida en la normativa tributaria aplicable.
El pago se realizará, en el plazo de 1 mes desde la adjudicación, mediante transferencia a la cuenta bancaria en España indicada por la persona beneficiaria en su solicitud y de la que deberá ser titular.
Presentación
La solicitud para las Becas Ayudas para Estancias en Entidades Vinculadas Programa Colmena Ideas se realizará a través del formulario en línea disponible en la Secretaría Virtual de la Universidad de Vigo https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/bolsas/convocatorias/index, en la que deberá registrarse y seleccionar “TFG/TFM Colmea de ideas”.
El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le solicitará que la presente de forma electrónica.
2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, finalizando el 15 de septiembre de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).
Más información
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer una conexión entre el TFG/TFM del estudiantado de la Universidad de Vigo y los retos reales propuestos por empresas, proyectos de emprendimiento o iniciativas empresariales emergentes de nuestra comunidad autónoma.
La presente convocatoria no está prevista en el plan de subvenciones vigente debido a que en el momento de su aprobación no estaba prevista la firma del convenio.
A través del Programa Colmea de Ideas, se busca que el estudiantado desarrolle, aplique y demuestre los conocimientos, capacidades y competencias adquiridas a lo largo de su formación académica mediante la elaboración de su TFG o TFM, contribuyendo con soluciones o mejoras a necesidades concretas de las entidades participantes.
La colaboración tendrá un carácter formativo y deberá cumplir con la normativa interna de la Universidad de Vigo sobre trabajos de fin de estudios, así como con las cláusulas del convenio específico de colaboración firmado para tal fin.
Se establecen dos modalidades en función de las características de las entidades, con un máximo de 9 becas en cada una de ellas:
- Modalidad A: becas que se desarrollen en iniciativas empresariales emergentes o proyectos emprendedores, tanto los vinculados a la Red de Polos de Emprendimiento y Apoyo al Empleo de la Xunta de Galicia como aquellos nacidos en el seno de la Universidad de Vigo.
- Modalidad B: becas que se desarrollen en empresas o entidades ya consolidadas.
Características de la colaboración
El estudiantado beneficiario estará bajo la dirección conjunta y coordinada de la universidad y de la propia entidad colaboradora, en los términos recogidos tanto en las normativas para elaborar el TFG https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/normativa/public/show/550 y el TFM https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/normativa/public/show/549 de la universidad, así como en los reglamentos propios del centro y los convenios específicos para la realización de TFG y TFM en empresas https://www.uvigo.gal/es/estudiar/empleabilidad/tfg-tfm-empresas
Incompatibilidades
La beca es incompatible con cualquier otra ayuda concedida por cualquier institución pública o privada de la misma naturaleza y para la misma finalidad.
Comprobación
El Área de Empleo y Emprendimiento comprobará el cumplimiento del requisito establecido en la base 2.c) de esta convocatoria y comunicará el resultado a la Sección de Becas y Ayudas.
Selección y resolución
La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación de la causa de exclusión.
Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores, las causas de exclusión y la falta de documentación. Para ello, presentarán el formulario de alegaciones en la secretaría virtual. De no presentar subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de selección de acuerdo con los siguientes criterios:
- Nota del expediente académico:
- Para estudiantado de grado y de máster universitario de más de 60 créditos, la nota media del expediente académico según se recoge en el RD 1125/2003.
- Para el estudiantado de inicio de estudios de máster universitario, la nota de acceso según se recoge en el RD 1125/2003.
- Al estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán dos puntos a su nota.
En caso de empate en la puntuación, se otorgará el premio a la persona que tenga más asignaturas calificadas con Matrícula de Honor; en segundo lugar, a quien tenga más Sobresalientes y, de persistir el empate, a quien tenga más Notables.
En caso de que en alguna de las modalidades no se llegue a cubrir el total de becas previstas, las vacantes podrán ser cubiertas con solicitudes de la lista de espera de la otra modalidad, ordenadas por nota hasta agotar el presupuesto.
La comisión de selección está compuesta por:
Presidenta: Natalia Caparrini Marín, vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad.
Vocales:
- Maruxa Álvarez Jiménez, directora del Área de Empleo y Emprendimiento.
- Belén Fernández, técnica superior de la Unidad de Empleo y Emprendimiento.
- Magdalena Domínguez Álvarez, jefa del Área de Becas de la Universidad de Vigo.
Si por cualquier causa, en el momento en que la comisión evaluadora tuviese que examinar las solicitudes, alguno/a de sus componentes no pudiera asistir, será sustituido/a por la persona que se nombre al efecto. Este nombramiento deberá recaer en otra persona de la misma unidad, órgano, entidad o colectivo.
Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida y su puntuación, denegada con indicación de la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación. Para ello deberán emplear el formulario de alegaciones existente en la secretaría virtual.
Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
Las personas interesadas podrán entender desestimadas las solicitudes si no se dicta una resolución expresa en el plazo de 3 meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica https://sede.uvigo.gal/ y en el portal de becas de la web de la universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las comunicaciones individuales que resulten necesarias serán realizadas al correo electrónico señalado en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.
Renuncia de las becas
La renuncia voluntaria deberá realizarse mediante el formulario de renuncia existente en la Secretaría Virtual (formulario de renuncia) y presentado en la sede electrónica de la Universidad de Vigo https://sede.uvigo.gal, dirigido a la Sección de Ayudas y Becas y al tutor/a, con un mínimo de 5 días de antelación a la fecha en que se hará efectiva la renuncia, junto con el justificante de reintegro de la cuantía correspondiente en caso de haberse efectuado el pago. Las renuncias aceptadas darán lugar a la pérdida de los derechos económicos y a la concesión de la beca a la siguiente persona de la lista de espera, previa resolución.
Obligaciones
Serán obligaciones de las personas becarias:
- Contemplar, en el desarrollo de la estancia, las obligaciones recogidas en la normativa para la realización del Trabajo Fin de Grado y Fin de Máster (aprobada en el Consejo de Gobierno el 15 de junio de 2016, modificada el 13 de noviembre de 2018 y el 31 de octubre de 2022).
- Cumplir los contenidos de la colaboración siguiendo las indicaciones de la persona tutora asignada por la entidad participante bajo la supervisión de la persona de la universidad que ejerza la dirección del trabajo. Asimismo, deberán mantener contacto con el/la director/a académico/a y comunicarle cualquier incidencia que exista durante el desarrollo de la colaboración.
- Incorporarse a la entidad en la fecha acordada.
- Enviar a la Sección de Becas, dentro del mes siguiente a la finalización de la beca, un documento de finalización de beca firmado por las personas tutoras de la entidad y de la universidad, a través del siguiente formulario.
- Comunicar a la Sección de Ayudas y Becas la obtención de ayudas de la misma naturaleza y finalidad.
Además, la persona beneficiaria debe cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que le sean de aplicación.
Documentación a adjuntar
En el formulario en línea se adjuntará, en su caso, la siguiente documentación:
- El estudiantado que no tenga nacionalidad española:
- Documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea, o
- Tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia (no es suficiente con el permiso de estancia por estudios) de ciudadano/a extracomunitario.
- En el caso del estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia, deberá presentar certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
También se les podrá requerir que aporten otra documentación que sea necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y méritos alegados. El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.






