Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario
INSCRIPCIONES
Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Vigo (UVigo) cuenta con un programa de becas y ayudas para que nadie quede excluido del estudio por motivos económicos. Dentro de dicho programa se encuentran las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario.
Estas becas tienen como objetivo paliar parte de los gastos ocasionados por la movilidad de los alumnos de los estudios oficiales de Máster en la Universidad de Vigo, de la realización de las actividades de contenidos formativos de los másteres oficiales, que deberán desarrollarse en una localidad diferente a la sede de los siguientes másteres: Biología Marina, Genómica y Genética, Investigación Química y Química Industrial, Biofabricación, Valoración, Gestión y Protección del Patrimonio Cultural, y Lingüística Aplicada.
Los beneficiarios de las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario recibirán una dotación económica que variará según la duración de la estancia y el destino.
Para determinar a los alumnos que serán beneficiarios de estas becas, la Univerisad de Vigo establece una serie de requisitos que son de obligado cumplimiento.
Además durante el proceso de selección se tendrán en cuenta diferentes criterios como la nota media del expediente académico, y el currículum académico de los estudiantes.
Si estás interesado en recibir una de las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario, aquí te informamos sobre todos los requisitos, los plazos de presentación de solicitudes y el resto de datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Salud y Biología
- Física, Química y Matemáticas
- Artes y Humanidades
- País de origen
- España
- País de destino
- Todos los países
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Puede solicitar las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:
- a. Encontrarse en alguno de los siguientes casos dentro del plazo de presentación de solicitudes:
- Poseer nacionalidad española.
- Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
- Poseer nacionalidad de fuera de la UE y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (no es suficiente el permiso de estancia por estudios).
- b. Estar matriculado en el curso 2025/2026 de un mínimo de 60 créditos, o de los que le queden para finalizar los estudios, en alguna de las siguientes titulaciones:
- Máster Universitario en Biología Marina.
- Máster Universitario en Genómica y Genética.
- Máster Universitario en Investigación Química y Química Industrial.
- Máster Universitario en Biofabricación.
- Máster Universitario en Valoración, Gestión y Protección del Patrimonio Cultural.
- Máster Universitario en Lingüística Aplicada.
- c. Realizar a lo largo del curso 2025/2026 una actividad propia de la titulación que exija desplazamiento a un municipio diferente al de la sede del máster. El estudiantado que no esté matriculado de las últimas materias podrá realizar el desplazamiento hasta el 30 de octubre de 2026.
No podrán tener la condición de beneficiarias las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación
La cuantía máxima otorgada mediante las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario será la indicada dependiendo de la duración y del destino hasta el agotamiento del crédito disponible para cada titulación: * consultar tabla en las bases de la convocatoria.
Presentación
- La solicitud de las Becas UVigo Movilidad para Estudiantes de Máster Universitario se realizará a través del formulario en línea disponible en la secretaría virtual de la Universidad: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/bolsas/convocatorias/index / Beca Movilidad Máster.
- El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá que la presente de manera electrónica.
Más información
Objeto
El objeto de estas becas es sufragar los gastos derivados de la realización de actividades de contenido formativo que deban desarrollarse en una localidad diferente a la Sede del Máster Universitario.
Incompatibilidades
- Las becas serán incompatibles con cualquier otra beca o ayuda concedida por cualquier institución pública o privada para el mismo desplazamiento y finalidad.
- El importe de las ayudas, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, según establece el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y tras examinar estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con indicación del motivo de exclusión.
- Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación para subsanar los errores, las causas de exclusión y la falta de documentación. Para ello, deberán presentar el formulario de alegaciones disponible en la secretaría virtual. En caso de no presentar subsanación, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Una vez revisadas las alegaciones, la selección será realizada por la Comisión Académica de cada máster de acuerdo con los siguientes criterios:
- Tendrá preferencia el estudiantado que inicia los estudios.
- A cada solicitud se le asignará la siguiente puntuación:
- Nota del expediente académico:
- Para el estudiantado de continuación de más de 60 créditos, nota media del expediente académico según se recoge en el RD 1125/2003.
- Para el estudiantado que inicia estudios de máster, nota de acceso según se recoge en el RD 1125/2003.
- Al estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán dos puntos a su nota.
- La Sección de Ayudas y Becas consultará los méritos referidos al expediente académico de la propia universidad. De los restantes méritos solo se tendrán en cuenta aquellos que se acrediten con documentación junto con la solicitud o en el plazo de subsanación.
- A cada persona solicitante solo se le podrá conceder ayuda para una actividad, salvo en el caso de las titulaciones con una duración de 2 cursos, en las que se podrá obtener una ayuda por cada curso académico. De forma excepcional, en caso de no agotarse el presupuesto previsto para cada titulación, se podrá conceder ayuda para más actividades, en función de la puntuación, hasta el agotamiento del presupuesto.
- Una vez que las comisiones efectúen la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con mención de la causa de denegación y, en su caso, las listas de espera para el supuesto de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación, y para ello presentarán el formulario de alegaciones en la Secretaría Virtual.
- Una vez que las comisiones revisen las alegaciones, enviarán las propuestas a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
- La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, la lista de solicitudes denegadas y la causa de denegación, y la lista de espera para el supuesto de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes si no se dicta resolución expresa en el plazo de 3 meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica: https://sede.uvigo.gal/, y en el portal de becas de la web de la universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Las comunicaciones individuales que resulten necesarias se realizarán en la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.
Documentación a adjuntar
En el formulario en línea se adjuntará, en su caso, la siguiente documentación:
- El estudiantado que no tenga nacionalidad española:
- Documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea.
- Tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia —no es suficiente con el permiso de estancia por estudios— de ciudadano/a extracomunitario/a.
- Certificación académica oficial de los estudios que le dieron acceso a los estudios de máster, en caso de haberlos cursado en una universidad distinta a la Universidad de Vigo.
- En el caso de estudiantado que acceda al máster desde estudios cursados en universidades extranjeras, deberá aportar la Declaración de Equivalencia de Nota Media solicitada al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través del siguiente enlace:
- Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros - Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades - Secretaría General de Universidades.
- Descripción de la actividad para la que solicita la beca según el modelo del Anexo II, en el que se indica el desplazamiento a realizar, lugar de destino, institución o entidad, duración del desplazamiento y propuesta de la actividad a realizar en el destino. Esta propuesta deberá contar con el informe favorable de la persona coordinadora de la titulación.
- En el caso del estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia, deberá presentar certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
- También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de los requisitos y méritos alegados.
- El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.




