Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo
INSCRIPCIONES
Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Vigo, convoca las Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo que tienen por objetivo facilitar a los alumnos matriculados en estudios de Grado o Máster de dicha universidad el aprendizaje de lenguas extranjeras, sufrangando el coste de la matrícula en los cursos del Centro de Idiomas.
Los postulantes a una de las Becas Cursos Centro de Idiomas - UVigo deberán cumplir con los requisitos indicados si quieren obtener una de las becas ofertadas. Entre estos requisitos se encuentran poseer nacionalidad española, o de otro país acreditando condición de residente en España, entre otros.
El comité evaluador encargado de la selección tendrá en cuenta la nota media del expediente académico de los estudiantes y las notas de acceso a los estudios, así como que los alumnos tengan concedidas las becas generales del Ministerio de Educación, del Gobierno Vasco o Ayudas Propias de la UVigo.
Si deseas aprender idiomas y perteneces a la Uvigo, estas becas pueden ser de tu interés. Nosotros te informamos de todo lo que necesitas saber sobre las Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo. Si cumples con los requisitos no pierdas esta oportunidad de mejorar tus conocimientos de idiomas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Puede solicitar las Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo el estudiantado que cumpla los siguientes requisitos:
- a. Encontrarse en alguno de los siguientes casos en el plazo de presentación de solicitudes:
- Poseer nacionalidad española.
- Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
- Poseer nacionalidad extracomunitaria y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España —no es suficiente el permiso de estancia por estudios—.
- b. Estar matriculado en el curso 2025/2026 en estudios de Grado o Máster universitario en centros propios de la Universidad de Vigo o en centros adscritos de titularidad pública que imparten titulaciones no impartidas en centros propios —Enfermería Ourense, Enfermería Pontevedra y Enfermería Meixoeiro—.
- c. Haber cursado, estar cursando un curso de idiomas, o haber realizado la inscripción al examen del Centro de Lenguas en el curso 2025/2026 en la fecha de presentación de solicitudes.
- d. No tener concedida la misma beca en convocatorias anteriores, salvo cuando se trate de un segundo curso que sea continuación de otro finalizado y subvencionado.
Quedará excluido el estudiantado visitante y el que acceda a la Universidad de Vigo a través de programas de movilidad internacional y nacional.
Dotación
- La cuantía individual máxima de las Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo será equivalente al importe de matrícula del curso o examen de lenguas, y solo se percibirá el importe correspondiente a un curso.
- Esta cuantía estará sujeta a la retención de IRPF que establezca la normativa vigente en esta materia.
- En caso de que no exista crédito suficiente para otorgar la cuantía establecida a la última persona seleccionada, esta recibirá el importe restante hasta el agotamiento del crédito, sin perjuicio de que, en caso de que se produzca alguna renuncia, se le complete hasta la cuantía prevista.
- El pago de la beca se efectuará, una vez comprobado que las personas beneficiarias cumplen las obligaciones establecidas en la base novena de esta convocatoria, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por el/la alumno/a en su solicitud y de la que deberá ser titular.
Presentación
- Las personas solicitantes de las Becas Cursos Centro de Idiomas - Uvigo deberán utilizar el formulario en línea disponible en el siguiente enlace de la Secretaría virtual de la Universidad: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/bolsas/convocatorias/index / “Becas cursos de idiomas”.
- El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de forma presencial, se le requerirá que la presente por vía electrónica.
- El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y finaliza el 4 de junio de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).
Más información
Objeto
Estas becas tienen por objeto facilitar el aprendizaje de lenguas extranjeras al estudiantado de titulaciones oficiales de la Universidad de Vigo, financiando el coste de la matrícula en los cursos del Centro de Lenguas de la Universidad.
Selección y resolución
- La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y revisadas estas junto con la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con la indicación del motivo de exclusión.
- Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación para subsanar errores, aportar la documentación faltante y corregir las causas de exclusión. Para ello, deberán utilizar el formulario de alegaciones disponible en la Secretaría Virtual. Si no se presenta ninguna subsanación, se entenderá que desiste de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:
- Nota del expediente académico: hasta 10 puntos.
- Para estudiantado de continuación de estudios de grado y de máster universitario de más de 60 créditos, la nota media del expediente académico según se recoge en el RD 1125/2003.
- Para el estudiantado de inicio de estudios de grado o máster universitario, la nota de acceso según se recoge en el RD 1125/2003.
- Al estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán 2 puntos a su nota media.
- Al estudiantado que tenga concedida beca general del MEFPD —Ministerio de Educación—/beca del Gobierno Vasco en el curso 2025/2026 o ayudas propias UVigo en el curso 2025/2026: 2 puntos.
- En caso de empate, tendrá preferencia la persona con la nota media de expediente académico/acceso más alta.
- Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida, denegada con mención de la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación.
- Para tal fin, presentarán el formulario de alegaciones en la Secretaría Virtual de la universidad.
- Una vez que la comisión revise las alegaciones, enviará la propuesta a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
- La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes si no se dicta una resolución expresa en el plazo de 3 meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica: https://sede.uvigo.gal/, y en el portal de becas de la web de la universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Las comunicaciones individuales que resulten necesarias se realizarán en la dirección electrónica indicada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.
Documentación a adjuntar
En el formulario en línea se adjuntará, en su caso, la siguiente documentación:
- El estudiantado que no tenga nacionalidad española:
- Documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea.
- Tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia —no es suficiente con el permiso de estancia por estudios— de ciudadano/a extracomunitario.
- En el caso del estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia, deberá presentar certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
- El alumnado que haya accedido al máster universitario desde estudios cursados en otras universidades españolas deberá aportar la certificación académica correspondiente con indicación de nota media.
- En el caso de estudiantado que acceda al máster desde estudios cursados en universidades extranjeras, deberá aportar la Declaración de Equivalencia de Nota Media solicitada al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través del siguiente enlace: https://universidades.sede.gob.es/pagina/index/directorio/Equivalencia_notas_medias.
- También se les podrá requerir que aporten otra documentación que resulte necesaria para la correcta evaluación de requisitos y méritos alegados.
- El hecho de no aportar la documentación requerida será causa de exclusión.




