Becas de Formación Vicerrectorado de Estudiantes US
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Becas de Formación Vicerrectorado de Estudiantes US: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Sevilla (US) cuenta con amplio programa de becas y ayudas destinadas a los estudiantes matriculados en esta universidad. En esta ocasión, la universidad convoca las Becas de formación Vicerrectorado de Estudiantes US
La Universidad de Sevilla, con estas prácticas, quiere fomentar la participación estudiantil durante su etapa universitaria mediante un programa específico creado por el Vicerrectorado de estudiantes de la US.
Las Becas de formación Vicerrectorado de Estudiantes US, ofrece becas repartidas en las siguientes modalidades: Modalidad de Diseño Gráfico Digital, Modalidad de Marketing, Modalidad de Orientación y Modalidad de Publicidad y Redes Sociales.
Se realizarán 25 horas semanales en cada una de las modalidades. En compensación por la dedicación y el esfuerzo, los beneficiarios de estas becas recibirán una dotación económica de 450 euros por cada beca.
Podrán solicitar las Becas de formación Vicerrectorado de Estudiantes US, aquellos estudiantes que se encuentren matriculados en la obtención de una titulación oficial que conduzca a un título de Grado o Máster en la Universidad de Sevilla.
En esta página encontrarás todas las becas y ayudas ofrecidas por la Universidad de Sevilla (US) para cursos y programas de formación práctica. Aquí puedes consultar todo lo que necesitas saber para solicitar una de las Becas de formación Vicerrectorado de Estudiantes US, requisitos, plazos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 8
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Salud y Biología
- Periodismo y Comunicación Audiovisual
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Artes y Humanidades
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos Generales para las Becas de Formación Vicerrectorado de Estudiantes US:
Estas becas están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2024-2025 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario en centros propios de la Universidad de Sevilla.
Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o de los créditos que le resten para finalizar sus estudios.
En cada modalidad de estas becas se determina la titulación o titulaciones que se requieren para poder concurrir a cada una de ellas:
a. Modalidad de Diseño gráfico digital: Se considera mérito preferentemente estar matriculado en el Grado en Bellas Artes.
Se valorarán las solicitudes de estudiantes de titulaciones en las que se impartan asignaturas de diseño que hayan sido, o estén siendo cursadas por los aspirantes.
b. Modalidad de Marketing: Se considera mérito preferente estar matriculado en alguna de las siguientes titulaciones:
- Grado en Marketing e Investigación de Mercados
- Grado en Comunicación Audiovisual
- Grado en Periodismo
- Grado en Publicidad y Relaciones Públicas
- Máster Universitario en Marketing e Investigación Aplicada
- Máster Universitario en Publicidad y Gestión de Contenidos
c. Modalidad de Orientación: Se considera mérito preferentemente estar matriculado en alguna de las siguientes titulaciones:
- Grado en Pedagogía.
- Grado en Psicología.
- Máster Universitario en Psicopedagogía. Máster Universitario en Necesidades Educativas Especiales y Atención a la Diversidad en la Escuela.
- Máster Universitario en Psicología de la Educación. Avances en Intervención Psicoeducativa y Necesidades Educativas Especiales.
- Máster Universitario en Formación y Orientación para el Trabajo.
d. Modalidad de Publicidad y Redes Sociales: Se considera mérito preferentemente estar matriculado en cualquier titulación impartida por la Facultad de Comunicación, así como en el Grado en Marketing e Investigación de Mercados impartido en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.
Tener superado hasta el curso 2024-2025, inclusive, al menos, 120 créditos de los necesarios para obtener un título oficial de grado en la Universidad de Sevilla en alguna de las titulaciones antes relacionadas. Se considerará que cumplen este requisito los estudiantes matriculados en alguna de las referidas titulaciones de máster universitario en la Universidad de Sevilla.
Los beneficiarios de estas becas tendrán la obligación de matricularse en el curso 2025-2026 de, al menos, 3 créditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario en centros propios de la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2025-2026 se le revocará la beca.
Dotación
Se convocan Becas de Formación Vicerrectorado de Estudiantes US destinadas a estudiantes para formarse en el Vicerrectorado de Estudiantes, con sede en el Pabellón de Brasil, en el periodo comprendido desde su incorporación, en el mes de septiembre de 2025, hasta el 31 de diciembre de 2025, con la dotación que se indica:
- Modalidad de Diseño gráfico digital: Una beca.
- Modalidad de Marketing: Una beca.
- Modalidad de Orientación: Cuatro becas.
- Modalidad de Publicidad y Redes Sociales: Dos becas.
Todas ellas con una dedicación de 25 horas semanales y una dotación mensual de 450,00 euros.
Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2026, estas becas se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2026. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2026 no fuese suficiente para prorrogar las becas hasta dicha fecha, éstas se prorrogarán hasta la fecha que permita el crédito disponible.
Presentación
- El estudiante, para participar en la convocatoria de Becas de Formación Vicerrectorado de Estudiantes US, deberá cumplimentar el impreso de la misma, que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en el Vicerrectorado de Estudiantes de carácter general (https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-yayudas-de-formacion/propias).
- Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación requerida, se deberán presentar de forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), según se establece en el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla. La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro General Electrónico del AGE (https://reg.redsara.es), a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.
- Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual).
Convocantes Asociados
Más información
Evaluación
Modalidad de Diseño gráfico digital:
En la valoración del currículum del solicitante se considerará, especialmente, poseer amplios conocimientos en diseño gráfico digital, acreditados mediante cursos de formación o estudios cursados.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca, la realización de la prueba de selección prevista en la base 12 de esta convocatoria y obtener el apto correspondiente.
Modalidad de Marketing:
En la valoración del currículum del solicitante se considerará, especialmente, poseer amplios conocimientos en marketing, acreditados mediante cursos de formación o estudios cursados.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca, la realización de la prueba de selección prevista en la base 12 de esta convocatoria y obtener el apto correspondiente.
Modalidad de Orientación:
Se procederá a examinar la documentación presentada por los solicitantes, valorando los méritos acreditados.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca, la realización de la prueba de selección prevista en la base 12 de esta convocatoria y obtener el apto correspondiente.
Modalidad de Publicidad y Redes Sociales:
Se procederá a examinar la documentación presentada por los solicitantes, valorando los méritos acreditados.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca, la realización de la prueba de selección prevista en la base 12 de esta convocatoria y obtener el apto correspondiente.
Baremo
Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de estas becas y el proyecto o prueba realizada. Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:
a. Se asignarán hasta 3,00 puntos por la nota media del expediente académico del candidato obtenida hasta el curso 2023-2024 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2024-2025, de acuerdo con la siguiente escala:
- Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos.
- Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos.
- Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos.
- Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto.
- Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos.
- Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos.
- Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos.
- Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos.
- Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
A los estudiantes matriculados por primera vez en 1er curso en un máster universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que les da acceso al máster universitario.
b. Se asignarán hasta 3,00 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2024-2025 (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2023-2024 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala:
- 50,00% a 54,99% 1,00 punto.
- 55,00% a 59,99% 1,25 puntos.
- 60,00% a 64,99% 1,50 puntos.
- 65,00% a 69,99% 1,75 puntos.
- 70,00% a 74,99% 2,00 puntos.
- 75,00% a 79,99% 2,25 puntos.
- 80,00% a 84,99% 2,50 puntos.
- 85,00% a 89,99% 2,75 puntos.
- Desde 90%, inclusive 3,00 puntos.
A los estudiantes matriculados en un máster universitario se les asignarán 3 puntos en este apartado.
c. Cursos realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos acreditados documentalmente por los candidatos y relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
- Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados: 0,50 puntos.
- Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados: 0,75 puntos.
- Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto.
- Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados: 1,25 puntos.
- Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados: 1,50 puntos.
- Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados: 1,75 puntos.
- + de 70 horas lectivas de cursos realizados: 2,00 puntos.
Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.
d. Prueba: Se asignará hasta 2 puntos
Pruebas
Una vez estudiadas todas las solicitudes, se procederá a la realización de una prueba a los solicitantes que cumplan los requisitos de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido a continuación:
a. Modalidad de Diseño gráfico digital:
Estudiadas y baremadas todas las solicitudes, según los apartados a, b y c de la base 11, se seleccionará para la realización de una prueba a los 10 candidatos que cumplan los requisitos de esta modalidad y que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado 11.
Dicha prueba consistirá en la realización de un diseño digital según propuesta de la comisión de valoración, relacionado con la promoción de una actividad universitaria. Dispondrán de una hora y treinta minutos. Se valorará la creatividad y las destrezas en diseño gráfico digitales mostradas para la resolución del diseño, así como la calidad final de este.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca la superación de la prueba, que será calificada de 0 a 2 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 1 punto para superar la prueba.
b. Modalidad de Marketing:
Estudiadas y baremadas todas las solicitudes, según los apartados a), b) y c) de la base 11, se seleccionará para la realización de una prueba a los 10 candidatos que cumplan los requisitos de esta modalidad y que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado 11.
Se llevará a cabo una prueba práctica que evaluará las habilidades de los candidatos.
c. Modalidad de Orientación:
Estudiadas y baremadas todas las solicitudes, según los apartados a), b) y c) de la base 11, se seleccionará para la realización de una prueba a los 10 candidatos que cumplan los requisitos de esta modalidad y que hayan obtenido mayor puntuación en el apartado 11.
Se llevará a cabo una prueba práctica que evaluará las habilidades de los candidatos.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca la superación de la prueba, que será calificada de 0 a 2 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 1 punto para superar la prueba.
d, Modalidad de Publicidad y Redes Sociales:
Estudiadas todas las solicitudes de esta modalidad, se seleccionará para la realización de una prueba a todos los candidatos que cumplan los requisitos de esta modalidad.
La prueba consistirá en la creación de una pieza publicitaria para las redes sociales de la Universidad de Sevilla. Durante la prueba presencial, los estudiantes recibirán un briefing (documento resumen donde se especifican los detalles para realizar una campaña de publicidad) donde se especificarán los objetivos publicitarios, el público objetivo de la acción publicitaria, así como otros datos importantes para poder desarrollar la pieza. Los estudiantes tendrán una hora y treinta minutos para desarrollar un concepto creativo aplicando los medios específicos en el briefing. Se valorará la creatividad y la adaptación al medio y al código del público objetivo.
Será condición indispensable para la adjudicación de esta modalidad de beca la superación de la prueba, que será calificada de 0 a 2 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 1 punto para superar la prueba.
En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este orden en la selección para la evaluación de los proyectos o las pruebas que se establecen en esta base:
- La mayor puntuación obtenida en el apartado c) de la base 11.
- La mayor puntuación obtenida en el apartado b) de la base 11.
- La mayor puntuación obtenida en el apartado a) de la base 11.
La fecha de celebración de las pruebas y la relación de los solicitantes seleccionados para las mismas se publicará mediante Resoluciones con, al menos, 5 días hábiles de antelación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en el Vicerrectorado de Estudiantes de carácter General (https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias).
La publicación de estas Resoluciones surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.
No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no asistencia a la prueba será causa de denegación de la solicitud.
Una vez baremadas las solicitudes según se establece en los apartados anteriores y en el caso de igualdad de méritos de los candidatos, una vez evaluados los proyectos y realizadas las pruebas, se tendrán en cuenta por este orden:
- a. la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19 de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).
- b. La menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
- c. el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).
- d. tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2023-2024, inclusive.
- e. La nota media del expediente académico.
La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y 17 de la Resolución de 13 de marzo de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2024-2025 para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 66 de 15 de marzo de 2024).
Los solicitantes autorizarán a la Universidad de Sevilla a obtener sus datos económicos de la AEAT, mediante la cumplimentación y firma del impreso habilitado para ello.
En el caso de que la solicitud de estas becas sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar.
Del mismo modo, si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los datos por parte de las Administraciones Tributarias, podrá requerirse al solicitante de estas becas la presentación del certificado resumen de la declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas o el certificado de imputaciones, en su caso, de los miembros computables de su familia, mediante correo electrónico enviado a la dirección de correo que el solicitante haya indicado en su solicitud.
En caso de que alguno de los candidatos que se encuentren igualado a méritos no aporte en el plazo de 3 días hábiles la documentación que le ha sido requerida por correo electrónico, se situará en último lugar dentro del grupo de candidatos igualados a méritos.
Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano.
Resolución
Examinadas las solicitudes, y una vez evaluadas las pruebas, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla resolverá estas becas y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla la propuesta de Resolución, en la que figurarán los candidatos seleccionados y los suplentes, en su caso; asimismo, incluirá la relación de los solicitantes denegados y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo.
En el supuesto de que el número de solicitantes que cumplan los requisitos sea menor al de becas previstas, se podrá abrir un segundo plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de producirse alguna vacante entre las becas convocadas y no existan suplentes para cubrir la beca, se podrá realizar una convocatoria extraordinaria para cubrir la citada beca.
En su caso, los sustitutos disfrutarán de esta beca hasta el final del periodo previsto en la convocatoria, siéndoles abonada la parte proporcional correspondiente al período en el que el estudiante desarrolle su formación.
La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.
El plazo para resolver y notificar la resolución de estas Ayudas será de 6 meses. El plazo se computará a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de que, transcurrido dicho plazo, no constara resolución expresa de la solicitud, se entenderá que la misma ha sido desestimada, a los efectos establecidos en los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que, con posterioridad, sea resuelta de forma expresa.
Contra la Resolución Rectoral que resuelve esta convocatoria, que agota la vía administrativa de acuerdo con la Disposición Adicional Primera del Estatuto de la Universidad de Sevilla, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla a través de la aplicación “Interposición de recursos administrativos incluida en la sede electrónica de la Universidad de Sevilla” (https://sede.us.es/opencms/system/modules/sede/index), en el plazo de un mes desde el día siguiente a la fecha de notificación/publicación de esta Resolución, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación/publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Plan de formación
Las actividades que desarrollen los beneficiarios de estas becas, así como el sistema de evaluación se refleja en el correspondiente Plan de Formación que figura como Anexo de esta convocatoria.
Los beneficiarios de estas becas estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Abono
Los beneficiarios recibirán el importe de sus becas en abonos periódicos mensuales, una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social).
Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe no favorable del Vicerrectorado de Estudiantes.
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos (en fichero informático en formato PDF):
a. Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que solicita y mencionándose con detalle las actividades desarrolladas en cualquier ámbito en la Universidad de Sevilla, específicamente actividades vinculadas al plan de participación estudiantil, proyectos estratégicos, etc.
b. Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de estas becas, no valorándose aquellos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
c. Certificación académica personal de la titulación que da acceso al máster universitario, si ésta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla, en la que se indicará la nota media obtenida en la titulación. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
d. Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
e. El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa de los datos declarados.
Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación
- Dirección de correo electrónico
- Firma de la solicitud
Aportación de documentación y subsanación de la solicitud:
Se publicará una Resolución conteniendo la relación de solicitantes que deban aportar la documentación que se establece en la base 6 de esta convocatoria o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en la base 7 de la convocatoria. Dicha publicación estará accesible tanto en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) como en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de formación en el Vicerrectorado de Estudiantes de carácter General (https://www.us.es/estudiar/becasayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias).
La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.
Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la Resolución que se establece en el párrafo anterior, para aportar la documentación establecida en la base 6 de la convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en la base 7 de esta convocatoria.
Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en la base 6 de la convocatoria, a excepción de la referida en el apartado c), o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en la base 7 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en el párrafo anterior, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.