Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi
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Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi: solicitud y plazos
Descripción
La universidad de Oviedo, muestra su preocupación para con los estudiantes que por situaciones económicas o familiares, muestran alguna dificultad para el correcto desarrollo de sus estudios. Es por ese motivo que convoca un grupo de becas y ayudas, entre las que se encuentran las Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi. Estas becas tienen por finalidad sufragar los campamentos geológicos de los estudios de grado y máster de la Facultad de Geología.
Podrán solicitar estas ayudas aquellos estudiantes que estén matriculados en estudios de las asignaturas cuyas guías docentes contemplen la realización de los campamentos geológicos de los estudios de Grado de la Facultad de Geología o en el Máster Universitario en Recursos Geológicos e Ingeniería Geológica, de la Universidad de Oviedo. Los solicitantes además deberán cumplir otros requisitos de carácter general y de carácter económicos, donde se valorará el nivel de renta según los miembros computables de la unidad familiar.
Los beneficiarios de Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi estarán sujetos al cumplimiento de una serie de obligaciones indicadas por el convocante y que podrás consultar en nuestra web.
Si deseas solicitar una de las Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi, puedes consultar aquí toda la información.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes de las Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi
Requisitos académicos
De acuerdo a lo establecido en las Bases reguladoras de dicha Convocatoria (apartado 4):
- Estar matriculado en el curso académico 2023-24, en estudios de las asignaturas cuyas guías docentes contemplen la realización de los campamentos geológicos de los estudios de Grado de la Facultad de Geología o en el Máster Universitario en Recursos Geológicos e Ingeniería Geológica, de la Universidad de Oviedo.
- Acreditación efectiva de la realización de las prácticas en el curso académico 2023-24, mediante certificado del Decano de la Facultad de Geología o del Coordinador del Máster en su caso (se aportará de oficio por la propia administración).
- Informe del profesor coordinador de los campamentos geológicos que justifique la necesidad o conveniencia de realizar la práctica para completar su docencia (se aportará de oficio por la propia administración). Quedan excluidos de estas ayudas los estudiantes de títulos propios y de doctorado de la Universidad de Oviedo.
Requisitos económicos
- Número de miembros computables de la unidad familiar y umbral de renta:
- 1 miembro: 14.112.
- 2 miembros: 24.089.
- 3 miembros: 32.697.
- 4 miembros: 38.831.
- 5 miembros: 43.402.
- 6 miembros: 46.853.
- 7 miembros: 50.267.
- 8 miembros: 53.665.
- (*) A partir 8º miembro + 3.391.
Dotación
El coste de las Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi cubrirá total o parcialmente el pago de los gastos de alojamiento ocasionados con motivo de la realización de los campamentos geológicos de los estudios de Grado de la Facultad de Geología y de Máster Universitario en Recursos Geológicos en hostales, albergues, campings u hoteles con una categoría máxima de 2 estrellas.
El importe líquido de las ayudas se hará efectivo mediante transferencia bancaria a la cuenta que los beneficiarios señalen en el impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo, debiendo ser titulares o cotitulares de las mismas, previa comprobación de la realización de la actividad subvencionada.
En función del número de solicitudes presentadas se podrá prorratear el importe correspondiente a las ayudas, de tal modo que la suma total de mismas se ajuste al importe del crédito disponible, conforme a lo dispuesto en el art. 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en la cláusula segunda de las Bases Reguladoras de la Convocatoria.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes a las Becas Ayudas Alojamiento en Campamentos Geológicos Grado y Máster - Uniovi, será de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación en extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, de acuerdo a lo establecido en la cláusula sexta de la Convocatoria. Las solicitudes se presentarán únicamente de modo electrónico, conforme al modelo normalizado que figura como anexo I, a través del tramitador de la Universidad de Oviedo: https://euniovi.uniovi.es/TramitadorSolicitudes/solicitud
Más información
Limitaciones
Tal y como se establece en la cláusula quinta de las Bases Reguladoras de esta Convocatoria:
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra concedidas por organismos públicos o privados para la misma finalidad.
La obtención simultánea de otra ayuda, beca o subvención incompatible será causa de reintegro.
Resolución del procedimiento
De conformidad con las Bases Reguladoras de esta Convocatoria, el órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de ayudas es el Rector.
El Rector dictará Resolución de adjudicación de las ayudas motivada conforme al artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el plazo máximo de 15 días desde la fecha de la propuesta de concesión definitiva formulada por el órgano instructor, que se publicará en la intranet de la Universidad de Oviedo https://intranet.uniovi.es/convocatorias/estudiantado, a los efectos previstos en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Transcurrido dicho plazo sin que hubiera recaído resolución expresa, se entenderá que esta es desestimatoria a los efectos de la Ley 39/2015 de 1 de octubre.
El extracto de la Resolución de concesión será remitido, de conformidad con lo previsto en los artículos 18.2 y 20.8.b de la Ley General de Subvenciones, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index.
Justificación
Para la justificación de la actividad objeto de subvención, siempre de acuerdo al apartado 13 de las Bases Reguladoras, se requerirán los comprobantes originales de los gastos (facturas), que deberán expedirse a nombre del solicitante y presentarse a través del tramitador https://euniovi.uniovi.es/TramitadorSolicitudes/solicitud
Para proceder al pago del importe de las ayudas solo se admitirán como válidos los justificantes de gasto que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución de 11 de octubre de 2010, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueban las normas de Anticipos de Caja Fija de la Universidad (BOPA de 26 de octubre de 2010).
Obligaciones de los beneficiarios
Son obligaciones de los beneficiarios, según se establece en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la cláusula decimocuarta de las Bases de la Convocatoria:
- a. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
- b. Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.
- c. Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan a la Intervención de la Universidad de Oviedo.
- d. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
- e. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la normativa vigente.
Enlaces de interés
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/760609
Documentación a adjuntar
Documentación a presentar junto con la solicitud:
- Fotocopia del DNI o NIE en vigor del solicitante y de todos los miembros computables de la unidad familiar mayores de 14 años.
- Impreso de datos bancarios de terceros acreedores de la Universidad de Oviedo (Anexo II).Autorización para solicitar datos a las Administraciones (Anexo III). Para la determinación de la Renta de los miembros computables obligados a presentar declaración, la información de carácter tributario que se precise para la acreditación de las condiciones económicas será suministrada directamente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a través de medios informáticos o telemáticos, en el marco de colaboración suscrito entre la Universidad de Oviedo y la AEAT. Dicha información será la que corresponda al ejercicio fiscal 2022.
- Los miembros computables de la unidad familiar que obtengan ingresos propios y no hayan presentado declaración por el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: datos fiscales del ejercicio 2022 emitidos por la Agencia Tributaria.
- Se podrán solicitar al interesado otros documentos distintos de los enumerados anteriormente cuando por medio de estos no quede debidamente acreditado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la concesión de la ayuda.
- Los comprobantes originales de los gastos de alojamiento (facturas), deberán expedirse a nombre del solicitante. A tal efecto, solo se admitirán como válidos los justificantes de gastos que reúnan los requisitos establecidos en la Resolución de 11 de octubre de 2010, del Rector de la Universidad de Oviedo, por la que se aprueban las Normas de Anticipos de Caja Fija de la Universidad de Oviedo (BOPA 26-X-2010).