Universidad de Málaga (UMA)

Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

26/10/202221/12/2022
Finalizada

Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.

Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA convocadas por la Universidad de Málaga están destinadas a aquellos alumnos que cursan dichos estudios en esta institución académica.

Mediante las Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA, la Universidad de Málaga cubre el importe del gasto de matrícula correspondiente a los estudios cursados.

Para determinar a los candidatos que finalmente serán beneficiarios de las Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA, se tendrán en cuenta una serie de requisitos generales, así como la situación académica y económica de los alumnos. Mediante los mismos, se dará prioridad a aquellos alumnos que cuenten con mejores expedientes académicos y que se encuentren en situaciones económicas más difíciles

De este modo, la Universidad de Málaga pone en alza el principio de igualdad de oportunidades entre sus alumnos, reduciendo así las diferencias sociales y otorgando la posibilidad de crecer tanto a nivel académico como personal.

Por todo ello, si eres estudiante de Grado de la Universidad de Málaga y reúnes los requisitos indicados, te animamos a solicitar una de estas becas.

Conoce toda la información sobre las Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA aquí, como plazos de presentación de solicitudes, lugar donde debes hacerlo y los detalles del proceso.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Española
  • Cualquier nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea

Requisitos

Requisitos generales

La Beca de Cohesión Social de la Universidad de Málaga y de la Junta de Andalucía para estudios de Grado está destinada a los estudiantes que estén matriculados en el curso 2022/2023 en estudios de Grado, en un centro propio para las becas de residencia y de comedor, o en un centro propio o adscrito de la Universidad de Málaga para la beca de matrícula, en estudios conducentes a la obtención de un título oficial válido en todo el territorio nacional.

Nacionalidad y condición de beneficiario

  1. Los estudiantes beneficiarios de estas becas deberán poseer nacionalidad española; o de un estado miembro de la Unión Europea. En este último caso, se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Los mencionados requisitos deberán reunirse durante el año 2021. 
  2. La condición de beneficiario podrá obtenerse aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Situación académica de los solicitantes

 El solicitante deberá encontrarse en alguna de las situaciones que se describen a continuación. En el caso de coincidir en más de una, se le incluirá en el grupo más beneficioso para el interesado.

  • a. Estudiantes que acceden a primer curso universitario, por primera vez, con nota final igual o superior a 5,00 puntos en las pruebas que le dan acceso a la Universidad.
  • b. Estudiantes que durante el curso 2021/2022, o último curso realizado, hayan superado un mínimo de 24 créditos en estudios pertenecientes a las ramas de Ingeniería o Arquitectura, o un mínimo de 30 créditos en el resto de las ramas; y que el porcentaje de créditos no superados no exceda del sesenta por ciento para las ramas de Ingeniería o Arquitectura, y del cincuenta por ciento para el resto de las ramas.
  • c. Estudiantes que durante el curso 2021/2022, o último curso realizado, hayan superado un mínimo de 18 créditos en estudios pertenecientes a las ramas de Ingeniería o Arquitectura, o un mínimo de 24 créditos en el resto de las ramas; y que el porcentaje de créditos no superados no exceda del setenta por ciento para las ramas de Ingeniería o Arquitectura, y del sesenta por ciento para el resto de las ramas.
  • d. Estudiantes matriculados en curso distinto a primero por primera vez que en el curso 2022/2023 sean beneficiarios de la beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Situación económica de la unidad familiar de los solicitantes

Para poder obtener esta beca, el solicitante deberá acreditar que la unidad familiar a la que pertenece no supera los umbrales de renta establecidos en el apartado a), letra G de este artículo, ni los umbrales de patrimonio establecidos en el apartado b) de este artículo, correspondientes al ejercicio económico 2021.

  • a. Los umbrales de renta familiar no superables quedan establecidos en 2 grupos:
    • familias de 1 miembro = 8.422 euros.
    • familias de 2 miembros = 12.632 euros.
    • familias de 3 miembros = 16.843 euros.
    • familias de 4 miembros = 21.054 euros.
    • familias de 5 miembros = 24.423 euros.
    • familias de 6 miembros = 27.791 euros.
    • familias de 7 miembros = 31.160 euros.
    • familias de 8 miembros = 34.529 euros.
    • A partir del octavo miembro se añadirán 3.368 euros por cada nuevo miembro computable.
    • familias de 1 miembro = 14.112 euros.
    • familias de 2 miembros = 24.089 euros.
    • familias de 3 miembros = 32.697 euros.
    • familias de 4 miembros = 38.831 euros.
    • familias de 5 miembros = 43.402 euros.
    • familias de 6 miembros = 46.853 euros.
    • familias de 7 miembros = 50.267 euros.
    • familias de 8 miembros = 53.665 euros.
    • A partir del octavo miembro se añadirán 3.391 euros por cada nuevo miembro computable.
  • b. Los umbrales patrimoniales exigidos serán los fijados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022/2023.
  • c. Para el cálculo de la renta, deducciones y patrimonio se aplicarán los criterios establecidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en el Real Decreto 154/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2022/2023.
  • d. En los casos en que el solicitante alegue su emancipación o independencia familiar y económica, cualquiera sea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente que cuenta con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. En caso contrario, y siempre que los ingresos acreditados resulten inferiores a los gastos soportados en concepto de vivienda y otros gastos considerados indispensables, se entenderá no probada la independencia.

Dotación

  1. El importe de la beca de matrícula será el equivalente a los precios públicos por servicios académicos que le corresponda pagar al estudiante con las siguientes excepciones y limitaciones:
    1. Excepciones. No se cubrirá el importe de los siguientes precios públicos por servicios académicos:
      • El correspondiente a los créditos matriculados por primera vez, en el caso de estudiantes beneficiarios de la beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional para estudios postobligatorios, o los créditos matriculados por primera y segunda vez, en el caso de estudiantes beneficiarios de la beca del Gobierno Vasco para estudios universitarios.
      • El importe equivalente al 99% del precio de primera matrícula de los créditos que hubiera superado el estudiante en primera matrícula, en estudios oficiales de Grado cursados en centros propios o adscritos de las universidades públicas andaluzas, en el curso 2021/2022.

Presentación

  1. Los estudiantes matriculados en estudios de Grado en el curso 2022/2023 en los centros propios de la Universidad de Málaga deberán realizar la solicitud de esta beca de forma on-line, a través del enlace que figurará en el Portal Académico de la Universidad de Málaga, y que estará habilitado durante el periodo de solicitud, que comprenderá desde las 9.00 horas del día hábil siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Málaga (BOUMA), hasta las 14:00 horas del 21 de diciembre de 2022. En el caso de que la solicitud deba ir acompañada de documentación, estos documentos se adjuntarán en archivo electrónico a través de la página web habilitada para la solicitud.
  2. Los estudiantes de Grado matriculados en centros adscritos -Centro Universitario de Magisterio “María Inmaculada” de Antequera y Centro de Enfermería “Virgen de la Paz” de Ronda-, presentarán la solicitud en formato papel, debidamente cumplimentada y acompañada de la documentación correspondiente, en cualquiera de las sedes del Registro General de la Universidad de Málaga, o en la secretaría de los respectivos centros, en el plazo fijado en el párrafo anterior. El impreso de solicitud estará publicado en la página web del Servicio de Becas, http://www.uma.es/becas/, junto a la convocatoria.
  3. La presentación de la solicitud implicará que el solicitante autoriza a la Universidad de Málaga a obtener de otras administraciones públicas, la información necesaria para determinar los datos personales, familiares, académicos,así como de renta y patrimonio necesarios para la resolución de esta beca.

Más información

Limitaciones de las becas

  • a. Con carácter general, se establece como importe máximo a percibir por un estudiante el de 1.000,00 euros para estudiantes matriculados en titulaciones de Grado pertenecientes a las ramas de conocimiento de Arquitectura o Ingeniería y el de 800,00 euros para estudiantes matriculados en el resto de las ramas.
  • b. En el caso de estudiantes que en el curso académico 2022/2023 sean beneficiarios de la beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, así como de estudiantes que ya se encuentren en posesión de un título oficial de Grado o equivalente, o en disposición legal de obtenerlo, dichos importes máximos quedarán fijados en 500,00 euros para matrículas en titulaciones de Grado pertenecientes a las ramas de conocimiento de Arquitectura o Ingeniería y en 400,00 euros para matrículas en titulaciones de Grado del resto de las ramas de conocimiento.
  • c. Los estudiantes que en el curso 2022/2023 estén simultaneando estudios podrán obtener un máximo de 2 becas de matrícula de cohesión social, con arreglo a las siguientes consideraciones:
    • Si el estudiante es beneficiario, en el curso 2022/2023, de la beca de carácter general, podrá obtener una beca de matrícula de cohesión social bien para la misma titulación en la que ya ha sido becado por el Ministerio o bien para otra de las titulaciones con las que simultanea estudios, con la limitación establecida en el apartado b) de este artículo para los estudiantes becarios y demás limitaciones del presente artículo.
    • Si el estudiante no es beneficiario, en el curso 2022/2023 de la beca de carácter general, podrá obtener una primera beca de matrícula de cohesión social para la titulación que solicite, con las limitaciones establecidas en el presente artículo, y una segunda beca de matrícula para otra de las titulaciones con la que simultanea estudios, con la limitación establecida en el apartado b) de este artículo para los estudiantes becarios y demás limitaciones del presente artículo.
  • d. Para los estudiantes que tengan deducción en el pago de su matrícula por el concepto de Familia Numerosa de Categoría General, la limitación del importe de la beca se reducirá en el cincuenta por ciento tanto en las cantidades establecidas en los criterios de prelación, como en los apartados a), b) o c) de este artículo.
  • e. Cuando el importe a conceder a un estudiante sea inferior a 20,00 euros, dicho importe no le será abonado, quedando el estudiante con beca concedida con importe cero. En este caso, la beca se considerará concedida a los efectos de reconocer el cumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de otras modalidades de beca de la presente convocatoria, pero tendrá la consideración de beca denegada a efectos de matrícula. 

Criterios de prelación para la beca de matrícula

Para la adjudicación del presupuesto previsto en esta convocatoria se establece el siguiente orden de prelación:

  1. Estudiantes pertenecientes a los apartados A+F y A+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el ochenta por ciento del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  2. Estudiantes pertenecientes a los apartados B+F (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el ochenta por ciento del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria.
  3. Estudiantes pertenecientes a los apartados C+F y D+F (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el ochenta por ciento del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  4. Estudiantes pertenecientes a los apartados B+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el ochenta por ciento del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria
  5. Estudiantes pertenecientes a los apartados C+G y D+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el ochenta por ciento del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  6. Estudiantes pertenecientes a los apartados A+F y A+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el veinte por ciento restante del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  7. Estudiantes pertenecientes a los apartados B+F (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el veinte por ciento restante del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria.
  8. Estudiantes pertenecientes a los apartados C+F y D+F (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el veinte por ciento restante del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  9. Estudiantes pertenecientes a los apartados B+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el veinte por ciento restante del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria. 
  10. Estudiantes pertenecientes a los apartados C+G y D+G (según los artículos 4 y 5 de esta convocatoria), a los que se les concederá el veinte por ciento restante del importe que les corresponda obtener como beca de matrícula por esta convocatoria.
En el caso de que la suma de las becas de un apartado supere el presupuesto de esta convocatoria para becas de matrícula, éste se distribuirá proporcionalmente entre los estudiantes beneficiarios de esa prioridad, y de quedar presupuesto disponible se pasará al siguiente orden de prioridad. Este criterio se seguirá en todos los apartados, hasta agotar la totalidad del presupuesto establecido en esta convocatoria para becas de matrícula y con las limitaciones que se indican en el artículo 7 de esta convocatoria.

En el caso de existir presupuesto sobrante, éste se aplicará a la beca de residencia de cohesión social.

Pago de la beca de matrícula de cohesión social

  1. Los importes de las becas de matrícula que hayan sido concedidas para estudios impartidos en centros propios de la Universidad de Málaga, serán abonados directamente, mediante pago en formalización, en la partida correspondiente del Presupuesto de dicha Universidad, y serán computados en los respectivos expedientes académicos como pagos aplicables a la matrícula formalizada para el curso 2022/2023, y siempre después de haberse aplicado todas las subvenciones, exenciones o bonificaciones. A solicitud de los interesados, la Universidad de Málaga devolverá la diferencia a favor del estudiante ya abonada por el mismo, que pudiera resultar, en su caso, de la aplicación del cómputo citado en el párrafo anterior.
  2. Los solicitantes de las becas de matrícula de cohesión social no estarán obligados a efectuar el pago de los créditos matriculados hasta tanto no se efectúe la correspondiente propuesta de resolución de dichas becas. Consecuentemente, la presentación de dichas solicitudes conllevará, en su caso, la reactivación automática de las correspondientes matrículas que se encuentren archivadas por impago. No obstante, se podrá requerir el pago cautelar a aquellos estudiantes solicitantes que no cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
  3. Los importes de las becas de matrícula concedidas para estudios impartidos en centros adscritos a la Universidad de Málaga serán abonados mediante transferencia bancaria a los respectivos solicitantes, siempre que quede acreditado que éstos ya hubiesen efectuado el pago de la totalidad de los correspondientes derechos económicos.

Enlaces de interés

https://www.uma.es/media/files/Convocatoria_cohesion_grado_2022.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación general:

  1. Fotocopia del N.I.F / N.I.E de todos los miembros computables de la familia. Para los menores de 14 años, en su defecto, fotocopia del libro de familia.
  2. Justificante de las situaciones que se quieran aplicar para hacer deducciones en la renta familiar.
  3. Fotocopia del Código Cuenta Cliente en el que el solicitante es titular y al que será transferida la beca, en caso de serle ésta concedida. (Sólo en el caso de estudiantes de centros adscritos).
  4. Cuando el solicitante realizó sus estudios en un centro adscrito o no perteneciente a la Universidad de Málaga, deberá presentar las calificaciones obtenidas en las asignaturas matriculadas en el curso 2021/2022 o en el último año que realizó estudios, certificadas por el centro en que estuvo matriculado.
  5. Resguardo del pago de matrícula del curso 2022/2023 para los estudiantes matriculados en centros adscritos a la Universidad de Málaga.

A los estudiantes que hayan solicitado la beca de carácter general convocada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o del Gobierno Vasco, y que ésta haya sido propuesta para su denegación por motivos académicos y/o económicos, le serán tenidos en cuenta para la resolución de esta beca los mismos datos económicos obtenidos en el cruce con la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la resolución de la beca MEFP o del Gobierno Vasco. En este caso, no es necesaria la presentación de la documentación que se indica en los apartados 1 y 2.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA convocadas por la Universidad de Málaga están destinadas a aquellos alumnos que cursan dichos estudios en esta institución académica.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA" es: desde 26/10/2022 hasta 21/12/2022.

La Beca "Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas de Matrícula de Cohesión Social Estudios de Grado - UMA" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes