Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón
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Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón ofrecen una oportunidad para los estudiantes que desean enriquecer su formación práctica en un entorno académico. Estas becas están dirigidas a aquellos que buscan desarrollar competencias profesionales.
Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes de grado o máster de la Unileón, que no tengan superado la totalidad de los créditos de su titulación para iniciar las prácticas. Además deberán cumplir con le resto de requisitos indicados.
Las Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón, tendrán una duración entre septiembre de 2025 y julio de 2026. La dedicación será de 10 horas semanales y los horarios deben ser compatibles con la actividad académica. La cuantía de estas becas serán 384 euros al mes.
El proceso de selección se llevará a cabo mediante una evaluación de las solicitudes, con una posible entrevista para aquellos que cumplan con los requisitos.
Aprovechar la Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón es una excelente forma de avanzar en la carrera profesional de cualquier estudiante. Si deseas consultar toda la información sobre ellas, aquí te la mostramos. Consulta en nuestra web los requisitos, plazo, lugar de presentación y mucho más.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán solicitar las Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón quienes reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
A. Generales:
- a. Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o de sus familiares, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena. En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; en todo caso deberán acreditar su condición de residentes, quedando excluidos quienes se encuentren en situación de estancia
- b. Estar matriculado en Grado o Máster en la Universidad de León durante el curso académico 2024/25 y estar al corriente del abono de los correspondientes precios públicos. Tener previsto matricularse en el curso 2025/26. En el caso de que el seleccionado no se matricule en dicho curso académico, no podrá participar en este programa de prácticas.
- c. En el caso de estudiantes de grado, haber superado al menos 120 créditos a fecha fin de curso 2024/25 en alguna de las titulaciones del Centro en el que se realizarán las prácticas formativas (el Anexo I recoge la relación de centros y titulaciones asociadas).
- d. Tanto los estudiantes de Grado como los de másteres oficiales no pueden tener superados la totalidad de los créditos de su titulación para iniciar las prácticas. En caso de superar los créditos de su titulación durante la realización de las prácticas, podrán finalizarlas siempre que reúnan el requisito de ser estudiantes de la Universidad.
- e. No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con la Universidad de León.
- f) Cualquier otro de los requisitos expresados en el Reglamento por el que se regulan las Practicas de la Universidad de León y en las Bases reguladoras de las becas y ayudas para estudiantes de grado y máster.
B. Específicos:
Los requisitos específicos de cada beca se establecen en el Anexo l.
No podrán ser beneficiarias las personas solicitantes en las que concurra cualquiera de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Estos requisitos deberán mantenerse durante el período de tiempo inherente al reconocimiento de derecho de cobro de la ayuda, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global.
El Vicerrectorado de Internacionalización y Compromiso Global verificará el cumplimiento de los requisitos con la comprobación de los datos que obran en su poder y con los documentos aportados en la solicitud.
Dotación
La asignación económica máxima que se concede a cada estudiante gracias a las Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón será de 384 € mensuales, a los que se aplicarán las deducciones que establezca la normativa vigente.
En caso de que se autorice una modificación de la dedicación de la beca sobre los términos previstos en el apartado 3, se modificará proporcionalmente dicha cuantía a la nueva dedicación.
Presentación
Las personas interesadas en las Becas Formación Realización Prácticas Académicas Extracurriculares Unileón presentarán su solicitud de forma digital hasta el día 24 de agosto de ES a las 23:59 (horario de España peninsular) de forma digital a través de la SOLICITUD NLINE.
Las solicitudes deberán de estar completas y acompañarse del Currículum Vitae organizado según el baremo de esta convocatoria (recogido en el Anexo I), así como de la documentación justificativa de los méritos que se valoran en el punto 5 de esta convocatoria. Cada estudiante podrá presentar una única solicitud
Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la lista de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en www.unileon.es/becas una vez finalizado el plazo de presentación y se dará un plazo de 3 días hábiles para las posibles subsanaciones a contar a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
Esta publicación sustituirá la notificación a las personas interesadas y producirá los mismos efectos.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la convocatoria y específicamente la autorización para la publicación de los listados provisionales de candidatos y definitivos de adjudicatarios con indicación de los resultados de la selección, de acuerdo con lo previsto en la normativa en materia de subvenciones y en la normativa de protección de datos de carácter personal.
Más información
Objeto y finalidad
La finalidad de estas becas de formación es complementar la formación práctica de los estudiantes de la Universidad de León, favoreciendo la adquisición de competencias que los preparen para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
La presente convocatoria se ajustará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Universidad de León y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Las prácticas serán consideradas Prácticas Académicas Externas Extracurriculares.
Estas prácticas no implicarán relación laboral alguna con la Universidad de León y por tanto, en modo alguno podrán cubrirse necesidades estructurales o temporales de personal laboral mediante este tipo de convocatorias.
En relación con las obligaciones en materia de seguridad social, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1493/2011 de 24 de octubre. DURACIÓN DE LAS BECAS Y RÉGIMEN DE DEDICACIÓN Las prácticas se desarrollarán entre septiembre de 2025 y julio de 2026.
Con el fin de permitir al beneficiario la compatibilidad de sus estudios con las actividades recogidas en el programa formativo de la beca, la dedicación semanal máxima será de 12 horas.
Los horarios para la realización de la práctica deberán ser compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la Universidad de León.
El Anexo lI recoge las especificaciones concretas de duración y horario de cada beca.
Programa formativo
Todas las becas disponen de un Programa Formativo, que se recoge en el Anexo I, que concretará la formación que recibirán los beneficiarios de estas.
Se tendrá en cuenta que, considerando el carácter formativo de las prácticas, las actividades propuestas estarán directamente vinculadas con las competencias que han de adquirir los estudiantes en la titulación por la que acceden a la beca.
El Programa Formativo contendrá los siguientes apartados:
- a. Duración del periodo formativo
- b. Actividades y/o tareas a desarrollar
- c. Competencias genéricas y específicas
- d. Sistema de evaluación y control.
Selección de los estudiantes
La Comisión de Selección estará presidida por el director del Área de Movilidad y Política Lingúística y compuesta por el director del Área de Estrategia Internacional, la directora de Área de Relaciones Internacionales y Compromiso Global y la directora del Servicio de Internacionalización, que actuarán como vocales. Como secretario de la Comisión de Selección actuará un miembro de la Oficina de Relaciones Internacionales, con voz, pero sin voto. Asimismo, se designan como suplentes, el director del Área de Emprendimiento y el director del Área de Empleabilidad. Esta Comisión, previo estudio y valoración de las solicitudes admitidas y de conformidad con los criterios de baremación fijados para cada beca en el Anexo I, elevará al Vicerrector de Internacionalización y Compromiso Global la propuesta de resolución y su orden de prelación.
En el caso de que el proceso de selección requiera de la realización de una entrevista, la fecha y lugar de esta se publicará en el www.unileon.es/becas.
Resolución y publicación de resultados
Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la resolución de la asignación y concesión de la beca se publicará en www.unileon.es/becas y se abrirá un período de alegaciones de 3 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación.
Una vez publicada la resolución definitiva, las personas seleccionadas tendrán un plazo de 3 días hábiles para presentar la documentación acreditativa de los méritos evaluados y el resto de documentación necesaria para la tramitación de las prácticas y de los pagos de la beca y el alta en Seguridad Social.
Derechos y obligaciones de las personas beneficiarias
Además de los derechos y obligaciones recogidos en el Reglamento por el que se regulan las Practicas Externas de la Universidad de León, las personas adjudicatarias de las becas de formación tendrán derecho a:
- Obtener el apoyo necesario para el desarrollo y aprovechamiento de su formación, dentro de las posibilidades de la estructura en la que esté realizando las prácticas.
- Cualesquiera otros derechos que les sean reconocidos por la legislación vigente.
Son obligaciones de las personas beneficiarias:
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de esta.
- Realizar las tareas derivadas del Programa Formativo bajo la supervisión del tutor académico.
- Respetar los medios materiales puestos a su disposición por la Universidad para el desarrollo de sus actividades.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca.
- Mantener confidencialidad de la información manejada en los términos establecidos en la legislación y no dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de León.
- Presentar un informe detallado final de sus actividades ante su tutor académico antes de la finalización de la beca, que deberá recoger:
- Datos personales del estudiante
- Centro o servicio de la ULE donde se ha realizado el programa formativo.
- Descripción concreta de las tareas desarrolladas y valoración de estas, con los conocimientos y competencias genéricas y específicas que haya podido desarrollar de acuerdo con lo recogido en el Programa Formativo correspondiente.
- Evaluación de la beca y propuesta de mejora.
- Cualesquiera otras que le sean fijadas por la convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
Incompatibilidades
La beca es compatible con las ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o Junta de Castilla y León, y ayudas por escasez de recursos de la Universidad de León.
Con carácter general, las becas de formación práctica son incompatibles con cualquier otro tipo de beca de la misma naturaleza otorgada por la Universidad León, así como las concedidas por otras entidades públicas o privadas. Son incompatibles con la realización de otras prácticas académicas externas (curriculares o extracurriculares) en un mismo período de tiempo.
No se podrá disfrutar de una beca de formación práctica si el estudiante, teniendo una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o trabajando por cuenta propia, tenga una dedicación que coincida con los horarios de desempeño de la beca, o la suma de las horas de dedicación de ambas actividades supere las 35 horas semanales.
No podrá solicitar una beca de formación práctica el estudiante que, habiendo sido becario con anterioridad, haya sido revocada su beca por informe negativo de su tutor.
Enlaces de interés
https://www.unileon.es/files/2025-07/convocatoria_becas_formacion_extracurriculares_internacional20250731.pdf