Becas Primer Curso Grado Brecha digital
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Becas Primer Curso Grado Brecha digital: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Primer Curso Grado Brecha Digital están diseñadas para facilitar el acceso a la educación a los estudiantes de primer curso de grado en la Universidad de La Laguna (ULL). Estas becas consisten en la cesión de un ordenador portátil, permitiendo a los beneficiarios superar las barreras tecnológicas y acceder a plataformas de docencia online. El objetivo es reducir la brecha digital y garantizar igualdad de acceso a los recursos educativos. Las ayudas están disponibles hasta un máximo de 27 ordenadores, y se conceden bajo un régimen de concurrencia no competitiva, siempre que haya disponibilidad de stock.
Para solicitar la beca, los estudiantes deben cumplir ciertos requisitos, como tener una renta per cápita no superior a 8.000 euros, y estar al corriente de cualquier obligación de pago con la ULL. Además, deben presentar la declaración de la renta correspondiente y la certificación de las notas de acceso a la universidad (PAU). La Becas Primer Curso Grado Brecha Digital se adjudican según la nota de acceso a la universidad y se notifican a través de la web de la ULL. Los beneficiarios tienen un plazo de 30 días para retirar su portátil, comprometiéndose al buen uso del equipo, que incluye el acceso a las plataformas y recursos electrónicos de la universidad.
Con estas becas, la Universidad de La Laguna busca promover la inclusión digital y garantizar un entorno de aprendizaje equitativo para todos los estudiantes. Las Becas Primer Curso Grado Brecha Digital son, sin duda, una herramienta clave para el desarrollo académico y personal de los estudiantes. Los requisitos, plazo, etc, para acceder a esta ayuda te los mostramos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Al momento de solicitar las Becas Primer Curso Grado Brecha digital deben cumplirse dos condiciones:
- Tener una renta per cápita no superior a 8.000 € conforme a los datos fiscales incluidos en la declaración del ejercicio 2024, presentada en el año 2025.
- Estar al corriente con la ULL respecto a cualquier obligación de pago con plazos vencidos, por servicios administrativos y/o académicos.
Dotación
Se establecen las Becas Primer Curso Grado Brecha digital consistentes en la cesión de un ordenador portátil a estudiantes de primer curso de grado de la ULL, con matrícula en el curso académico 2025-2026, hasta un máximo global de 27 ordenadores.
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva en el marco de la Ley 38/2003, de Subvenciones, que lo autoriza mediando razones justificadas de interés público que, a juicio de la Universidad de La Laguna, concurren en el presente caso, formando parte la convocatoria de una política social vinculada al impulso de la igualdad de oportunidades, quedando condicionadas en exclusiva al agotamiento del stock de 27 ordenadores disponibles.
Presentación
Las solicitudes para las Becas Primer Curso Grado Brecha digital se cumplimentarán a través del procedimiento establecido en la sede electrónica como ”Solicitud de ayuda de material informático”.
Convocantes Asociados
Más información
Uso de los ordenadores portátiles
Las ayudas se destinan a facilitar el acceso a las plataformas de docencia online de la Universidad de La Laguna y a las herramientas que incorpora, así como a los recursos de información electrónica relacionados con la formación y la evaluación, incluyendo bases de datos, portales web, Internet, aplicaciones ofimáticas, software de docencia y demás recursos de igual finalidad.
Procedimiento de admisión. Corresponde al Negociado de Servicios Asistenciales de la ULL dar soporte administrativo en la gestión de las ayudas, asumiendo la competencia de fiscalizar las solicitudes para determinar las admitidas y excluidas al procedimiento, así como el trámite de subsanación y elaboración de listas definitivas, conforme al calendario que se dará a conocer al momento de publicar los listados provisionales.
Baremación, adjudicación y publicidad de las ayudas
La totalidad de solicitantes que resulten admitidos al procedimiento serán baremados y ordenados atendiendo en exclusiva a la nota de acceso a la universidad. El órgano competente para conceder o denegar las ayudas es el Vicerrectorado de Estudiantes, que dictará resolución a propuesta preceptiva de la comisión de selección prevista en la base décima. Se aprobará un listado con las 27 personas adjudicatarias de la ayuda y un listado de reserva para atender posibles renuncias. Las adjudicaciones serán notificadas a los efectos de la ley 39/2015 en los 10 días inmediatamente posteriores, mediante su publicación en la web de la universidad y en el tablón de anuncios del Negociado de Servicios Asistenciales, sin perjuicio de su comunicación individual mediante correo electrónico institucional.
Plazo de resolución
La fecha límite para la completa finalización del procedimiento será el 15 de diciembre de 2025. Transcurrido el plazo de resolución sin que ésta se haya dictado expresamente quedarán desestimadas las solicitudes que se hayan presentado.
Formalización y entrega material de los ordenadores portátiles
Formalización de la entrega:
El Vicerrectorado de Estudiantes emitirá en modelo oficial un documento de formalización, donde constará la cesión a cada adjudicatario. Ese documento será firmado por cada estudiante beneficiario al momento de retirar su portátil, figurando en el clausulado la previsión de que conocen y aceptan las reglas de uso previstas en las bases. Entrega material de los portátiles. La entrega de los portátiles a los beneficiarios tendrá lugar mediante recogida presencial, en el lugar y fecha que la ULL dará a conocer en la resolución por la que se adjudican.
Plazo de recogida:
El alumnado beneficiario tendrá un plazo de 30 días para retirar los portátiles, entendiéndose que renuncia a la ayuda si no lo hace.
Responsabilidades
Estando en posesión de los portátiles, el alumnado beneficiario queda sujeto a las siguientes obligaciones y prohibiciones: - Responsabilidad por acción u omisión en la custodia de los portátiles. - Obligación esencial de buen uso, conforme a los objetivos de la presente convocatoria. - Se prohíbe en todo caso y sin excepciones cualquier acción que implique manipular el portátil. El alumnado beneficiario, al firmar el documento de cesión, autoriza que por la universidad se compruebe su buen uso, verificando el acceso al aula virtual y a los demás recursos electrónicos que la ULL pone a disposición del estudiantado en su proceso formativo y evaluador.
Obtención o disfrute irregular de la ayuda
El ocultamiento o falsedad de datos en la solicitud conlleva automáticamente la pérdida de la ayuda en caso de haberse concedido, sin perjuicio de las responsabilidades legales que resulten exigibles.
Normas de desarrollo
Corresponde a la Comisión de Selección interpretar las dudas que se susciten en la aplicación de la convocatoria, así como elevar al Vicerrectorado de Estudiantes propuesta de las disposiciones complementarias que resulten adecuadas para su desarrollo.
Enlaces de interés
https://sede.ull.es/ecivilis-site/bulletinBoard/showBulletin/57838:1
Documentación a adjuntar
Datos económicos:
A las solicitudes se acompañará la declaración de IRPF del ejercicio 2024, (presentada en el año 2025), de todos los miembros de la unidad convivencial de la persona interesada, con el código seguro de verificación.
En defecto de la declaración deberán aportarse los datos fiscales que le constan a Hacienda del año 2024, con igual código.
Cuando la citada documentación se haya entregado previamente a la ULL en otros procedimientos, deberá hacerse constar en la solicitud, detallando el procedimiento, la fecha y el departamento al que se entregó, incorporándose de oficio al expediente.
Datos académicos:
Deberán aportar certificación de las notas de acceso a la Universidad (PAU).




