Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional
INSCRIPCIONES
Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) es la institución académica encargada de las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional.
El principal propósito de estas becas es promover el desarrollo de prácticas formativas por parte de los alumnos de Máster de las facultades de Psicología y de Educación de esta universidad.
Pueden presentar su candidatura a una de las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional, los alumnos que cursen el primer año de Máster de las facultades indicadas y que hayan superado las asignaturas de Estadística o Metodología de Investigación en el área de la Psicología, la Educación y las Ciencias Sociales.
Los alumnos que resulten seleccionados tendrán la oportunidad de participar en diversas actividades como colaborar en tareas de investigación en docencia, gestión de las bases de datos, realización de cálculos estadísticos, y colaborar además demás los proyectos de realización realizadas por el IDP.
Con todo ello, el alumnado tendrá oportunidad de poner en práctica todos los conocimientos adquiridos, a la vez que adquiere nuevas herramientas y habilidades que les serán de gran ayuda de cara a su futuro laboral.
Además de ello, mediante estas becas, se otorgará una dotación económica mensual a los alumnos participantes.
Para conocer todos los detalles y poder optar a una de las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional, te será de gran ayuda conocer toda la información que te facilitamos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Salud y Biología
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales de las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos en cualquier enseñanza homologada de grado oficial, grado propio o máster universitario. De acuerdo con el art. 4.1 del Reglamento de becas de colaboración, no se consideran estudiantes de la UB los alumnos de movilidad procedentes de otras Universidades.
- No haber disfrutado de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP durante los 22 meses consecutivos inmediatamente precedentes al de la convocatoria. En ningún caso se puede colaborar durante más de 22 meses en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP.
- No podrán ser admitidos aquellos estudiantes que hayan agotado previamente el período de colaboración de la beca con el mismo Plan Formativo.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos ECTS de la enseñanza que se esté cursando, a excepción del alumnado que inicie una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opte por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un menor número de créditos si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán o castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser estudiante de primer curso del máster oficial en Psicología de la Educación (MIPE) de la Facultad de Psicología de la UB o del máster oficial en Sociología: Transformaciones Sociales e Innovación de la Facultad de Economía y Empresa de la UB.
- Haber superado asignaturas de estadística o metodología de la investigación del área de la psicología, de la educación o de las ciencias sociales.
Dotación
Las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional ofrecen una dotación económica mensual de 413,07 euros.
Presentación
- La solicitud de las Becas UB Sección Investigación Instituto Desarrollo Profesional debe cumplimentarse por vía telemática, después de autenticarse, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona: seu.ub.edu.
- Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica y debe presentarse entre el 14 de octubre de 2026 y el 4 de noviembre de 2026.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Al alumnado que inicie sus estudios y no tenga expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la ANECA, deben aportarla. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en el siguiente link: https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitariosrealizados-en-centros-extranjeros/.
- Idoneidad. La Comisión de Valoración podrá evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la Sede electrónica de la Universidad de Barcelona: https://seu.ub.edu.
Incompatibilidades
- Beneficiarse de las becas de colaboración es incompatible con cualquier actividad pública o privada remunerada, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, así como con el disfrute de otras becas de colaboración. En todo caso, se puede autorizar la compatibilidad con tareas esporádicas o durante los fines de semana, siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Las prácticas académicas externas curriculares son compatibles con las becas siempre que se respete lo establecido en el artículo 26.3 del Reglamento de becas de colaboración. Las prácticas académicas externas extracurriculares son incompatibles con las becas de colaboración.
- Es competencia del vicerrector o vicerrectora encargado de los asuntos de becas o del decano o decana o del director o directora del IDP resolver las solicitudes de compatibilidad que se presenten.
- Las personas adjudicatarias de una beca de colaboración deben comunicar inmediatamente a la persona responsable de la beca cualquier situación susceptible de incompatibilidad o la pérdida de alguno de los requisitos necesarios para disfrutar de la beca, la cual puede extinguirse de acuerdo con el artículo 34 del Reglamento de becas de colaboración.
- Colaboración en el desarrollo de las actividades propias de la investigación en docencia llevadas a cabo en la Sección de Investigación del IDP de la UB (revisión bibliográfica, análisis de datos, participación en reuniones, entre otras).
- Colaboración en la gestión de las bases de datos de la Sección de Investigación del IDP de la UB (participación en el mantenimiento y actualización de las bases de datos, entre otras).
- Colaboración en las tareas de difusión de actividades e iniciativas de la Sección de Investigación del IDP de la UB (participación en la elaboración de materiales y recursos sobre investigación en docencia; infografías; artículos científicos, comunicaciones orales y/o pósteres; entre otras).
- Colaboración en la realización de cálculos estadísticos y gráficos para representar datos en los informes sobre proyectos de investigación que se llevan a cabo en la Sección de Investigación del IDP.
- Colaboración en el mantenimiento de la información de la Sección de Investigación del IDP de la UB (Blog de la Sección de Investigación, recursos de apoyo a la investigación en docencia, buscadores de los proyectos de investigación en docencia y de su producción científica, entre otros).
- Colaboración en proyectos de investigación propios del IDP (búsqueda de bibliografía, análisis de datos cuantitativos y cualitativos, interpretación de resultados, elaboración de informes de investigación, difusión de los resultados de las investigaciones desarrolladas, entre otras).
- Del 17 de noviembre de 2026 al 16 de noviembre de 2027.
- Periodo de inactividad: de agosto de 2027.
- Haber realizado un Trabajo Final de Grado de investigación.
- Se realizará una entrevista.
Documentación a adjuntar
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos y que no tengan expediente con calificaciones: certificado académico personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, máster) en el que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), sobresaliente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En el caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que han dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Se puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://www.ciencia.gob.es/Universidades/NotaMedia.html.
- Currículum (debe introducirse en el apartado de la solicitud telemática habilitado para esta finalidad).
De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que falta algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la Sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, si no lo hace, se considerará que desiste de la solicitud.






