Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA
INSCRIPCIONES
Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Barcelona (UB) presenta la convocatoria de las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA, con el propósito de otorgar a los investigadores del INSA - UB, la oportunidad de desarrollar trabajos de investigación tanto dentro de España como en el extranjero.
Para determinar a los candidatos que serán elegidos, se tendrá en cuenta el Curriculum Vitae del solicitante, y se valorará el plan de trabajo presentado. Dichas estancias deberán realizarse dentro de los plazos indicados y contar con la duración mínima que se expresa en las bases de la convocatoria.
Mediante las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA, se otorgará una cantidad económica a los candidatos seleccionados. Dicha cantidad monetaria será variable según el lugar de destino, pudiendo ser España, Europa o el resto del mundo.
De este modo, la Universidad de Barcelona (UB) pretende fomentar el desarrollo de trabajos de investigación a nivel nacional e internacional y además, se impulsa a aquellas personas que cuentan con un gran talento en el ámbito de la investigación.
Conoce a continuación todos los detalles sobre las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA. Nosotros te ofrecemos información sobre los plazos, requisitos, etc.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- País de destino
- Todos los países
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Los requisitos exigidos para solicitar las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA son:
- Podrán solicitar las ayudas para la realización de estancias los/as investigadores/as del INSA-UB.
- Solo se podrá conceder una ayuda por investigador y convocatoria.
- Las estancias deben realizarse o iniciarse obligatoriamente entre la fecha de resolución de concesión de la ayuda y el 31 de diciembre de 2026.
- La duración mínima de las estancias es de 1 mes y la máxima de 3 meses.
- Esta ayuda no incluye ningún seguro médico. Será responsabilidad de la persona solicitante tener garantizada la asistencia médica y de accidentes en el extranjero. Cuando las personas beneficiarias de ayudas sean personal investigador en formación y realicen su estancia en un país de la Unión Europea, deberán cumplimentar el documento TA300 de la Seguridad Social, pasar por la Unidad de Personal Académico para su firma y entregarlo en cualquier administración de la Tesorería de la Seguridad Social. Asimismo, las personas beneficiarias que realicen su estancia en un país que no pertenezca a la Unión Europea deberán disponer de un seguro de carácter privado.
- Esta ayuda es compatible con otras que tengan la misma finalidad, pero para evitar incompatibilidades, en caso de ser beneficiario de otra ayuda será necesario informar del tipo, procedencia, cuantía y conceptos que cubre.
Dotación
- El importe total destinado a las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA para el año 2026 es de 16.000 €.
- Este importe se destinará a cubrir los gastos de desplazamiento (ida y vuelta) y manutención (mínimo 1 mes – 30 días naturales).
- Según el destino de la estancia, se establece una cantidad máxima por ayuda:
- España: 1.000 €.
- Europa: 2.000 €.
- Resto del mundo: 4.000 €.
Presentación
El formulario de solicitud para las Becas Estancias Investigación Nacionales Internacionales INSA ESTADA se puede obtener en la Sede Electrónica de la Universidad de Barcelona o bien en la web de la Facultad de Farmacia y Ciencias de la Alimentación.
La solicitud, que se puede presentar a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria y hasta el 27 de noviembre de 2026, junto con la documentación correspondiente, debe presentarse mediante instancia genérica en el Registro General de la Universidad, dirigida al Instituto INSA-UB, el Instituto de Investigación en Nutrición y Seguridad Alimentaria, especificando “INSA-Estada 2026”.
Más información
Objeto
Estas ayudas tienen por finalidad la realización de estancias de investigación en centros extranjeros o españoles ubicados en una localidad diferente a la del centro de adscripción del/de la beneficiario/a y que impliquen el cambio de residencia de la persona solicitante.
Las actividades a realizar durante la estancia en centros de investigación, aprendiendo o trabajando en proyectos de investigación, tienen por objeto mejorar la calidad de la investigación y promover la internacionalización del Instituto.
Quedan excluidas de esta convocatoria la asistencia a congresos, reuniones y simposios internacionales, así como los desplazamientos para realizar cursos o actividades de formación especializada en el ámbito.
Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto a partir de la publicación de esta resolución hasta el 27 de noviembre de 2026 o hasta que se agote la partida presupuestaria.
Concesión de las ayudas
Las ayudas se concederán en función de las solicitudes presentadas, su interés científico, las disponibilidades presupuestarias y los siguientes criterios:
- a. Se valorará el CV del solicitante.
- b. Valoración del plan de trabajo.
Comisión de evaluación
Una vez confirmada la concesión de la ayuda, el viaje deberá tramitarse siguiendo las instrucciones del apartado Viajes del portal de Compras de la UB (https://www.ub.edu/portal/web/compres/).
Cualquier modificación suficientemente justificada del centro de destino o de la fecha de inicio deberá comunicarse al INSA-UB por correo electrónico (insa.campusalimentacio@ub.edu), especificando en el asunto del correo “INSA-ESTADA 2026”, con un mínimo de 15 días de antelación al comienzo de la estancia. La modificación del centro de acogida o del país de destino será tenida en cuenta siempre que no implique un aumento de la cuantía de la ayuda concedida inicialmente.
Una vez finalizada la estancia deberá justificarse su realización y en el plazo improrrogable de 15 días se deberá enviar la siguiente documentación al INSA-UB, por correo electrónico (insa.campusalimentacio@ub.edu), especificando en el asunto del correo “INSA-ESTADA 2026”:
- Certificado firmado por el responsable del centro receptor donde conste el día de inicio y de finalización de la estancia.
- Breve memoria en la que se indiquen los resultados alcanzados, con el visto bueno del director/a de tesis, si procede.
- Billetes/tarjetas de embarque, facturas y comprobantes de pago de los medios de transporte público utilizados. Toda la documentación debe ser original, no siendo válidas fotocopias ni documentos escaneados. En las facturas debe constar la dirección fiscal de la UB (Gran Vía de las Cortes Catalanas, 585, 08007 Barcelona. NIF Q0818001J).
El pago de las dietas de manutención se realizará teniendo en cuenta los máximos establecidos en el apartado Base 2. Para los miembros del INSA que no sean personal de la UB, en caso de no presentar justificante de manutención, esta se calculará de acuerdo al Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, sobre la cual se realizará una retención de IRPF del 15%. Si aportan los comprobantes del gasto, se abonará la cantidad justificada.
Enlaces de interés
https://seu.ub.edu/documentPublic/download/855718
Documentación a adjuntar
La solicitud debe acompañarse de la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud. Este formulario debe enviarse cumplimentado en formato Excel (sin firma) y en formato PDF (firmado). La firma de este documento compromete a la persona solicitante y al director/a de tesis (si procede) a cumplir con los requisitos que se detallan en estas bases.
- CVA de la persona solicitante en formato PDF.
- Plan de trabajo (máximo 1 cara) donde se exponga: (i) el motivo y los objetivos de la estancia; (ii) una breve descripción del plan de trabajo a realizar; (iii) el impacto en la carrera científica del/de la solicitante.
- Carta de aceptación del centro receptor firmada por el investigador responsable del grupo de acogida.
No se admitirá ninguna solicitud que no aporte toda la documentación requerida. No obstante, si contuviera errores u omisiones subsanables, se requerirá a la persona solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que, en caso contrario, se le tendrá por desistido de su solicitud.




