Becas Colaboración Secretaría General - UB
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Becas Colaboración Secretaría General - UB: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración Secretaría General - UB son convocadas y otorgadas por la Universidad de Barcelona con la finalidad de ofrecer a los estudiantes de Máster que además sean graduados en Derecho, la oportunidad de realizar tareas de colaboración en la oficina de la Secretaría General.
Dichas actividades consistirán en el apoyo a la actualización y seguimiento del Portal de Transpariencia de dicha institución, así como la colaboración con el diseño y de los procesos de aprobación de normativa, colaboración con las formaciones sobre calidad, y cooperación y mantenimiento del blog de normativa de la sede electrónica.
Existen una serie de requisitos de obligado cumplimiento por parte de los candidatos a las Becas Colaboración Secretaría General - UB, como ser graduado en Derecho y estar matriculado en un máster universitario en la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona.
Además, durante el proceso de selección de los beneficiarios, se valorarán positivamente otros méritos como el conocimiento y dominio de lengua inglesa, los resultados obtenidos en la entrevista personal y el currículum de los candidatos.
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Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Rama
- Economía, Derecho, y Ciencias Jurídicas
- Carrera
- Derecho
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos generales
- Ser estudiante de la UB o de alguno de sus centros adscritos en cualquier enseñanza homologada de grado oficial,grado propio o máster universitario. De acuerdo con el arte. 4.1 del Reglamento de becas de colaboración, no se consideran estudiantes de la UB a los alumnos de movilidad procedentes de otras universidades.
- No haber disfrutado de una beca de colaboración en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE durante los 22 meses consecutivos inmediatamente precedentes al de la convocatoria. En ningún caso podrá colaborarse durante más de 22 meses en la misma unidad, entidad externa, facultad o en el IDP-ICE.
- No podrán ser admitidos aquellos estudiantes que hayan agotado previamente el período de colaboración de la beca con el mismo Plan Formativo.
- Haber superado, como mínimo, 30 créditos ECTS de la enseñanza que se esté cursando, a excepción del alumnado que inicie una enseñanza, cuando se trate de una matrícula semestral o si el estudiante está matriculado en un máster. El alumnado que opte por la modalidad de tiempo parcial de permanencia debe haber superado un mínimo de 15 créditos ECTS.
- Matricularse de un mínimo de 18 créditos, o de un menor número de créditos si con esta matriculación se finaliza la enseñanza o si se trata de una matrícula semestral.
- Tener conocimientos orales de catalán o castellano.
- Estar en posesión del DNI o NIE.
Requisitos específicos
- Ser graduado en Derecho y estar matriculado en un master universitario de la Facultad de Derecho
Dotación
Las becas ofrecen una dotación económica de 389,68 euros mensuales.
Presentación
- La solicitud debe cumplimentarse por vía telemática, previa autenticación, a través de la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (https://seu.ub.edu ). Una vez confirmada la solicitud, no se pueden realizar modificaciones.
- A la solicitud debe adjuntarse, por vía telemática, la documentación que se especifica en la base IV, entre el 4 de enero de 2024 en el 15 de enero de 2024.
Más información
Selección
- En la selección de los candidatos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
- Expediente académico. Las calificaciones se valoran ponderando las notas del expediente académico tal y como lo aprobó el Consejo de Gobierno y de acuerdo con lo que establece el artículo 5.1 del Reglamento de becas de colaboración. Al alumnado que inicie sus estudios y no tenga expediente académico en la UB, se le calcula la nota media del expediente que le da acceso. Si el expediente que da acceso es extranjero, la nota media que se tiene en cuenta es la declaración de equivalencia de nota media de los estudios que dan acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la ANECA, deben aportarla.Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en el siguiente link: https://universidades.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/3513/idp/1030
- Idoneidad. La Comisión de Valoración puede evaluar la idoneidad de los candidatos según su currículum o mediante una entrevista, en su caso, hasta un máximo de seis (6) puntos. Para realizar esta valoración sólo se pueden tener en cuenta las aportaciones de los candidatos que estén debidamente documentadas en el currículo.
- La resolución de la adjudicación se publicará en el tablón de anuncios de la electrónica de la Universidad de Barcelona https://seu.ub.edu
Incompatibilidades
- Con cualquier actividad pública o privada. Ahora bien, puede autorizarse la compatibilidad de tareas esporádicas y de fin de semana siempre que se garantice el seguimiento de los estudios en condiciones adecuadas.
- Con la percepción del paro y disfrute de otras becas de colaboración.
- Apoyo a la actualización y seguimiento del Portal de Transparencia.
- Colaboración con el diseño y diagramación de los procesos de aprobación de normativa.
- Colaboración con las formaciones sobre calidad normativa.
- Cooperación con el seguimiento de la normativa aprobada por los órganos de gobierno.
- Colaboración en el mantenimiento del blog de normativa de la sede electrónica.
- Conocimientos en lengua inglesa.
- En su caso, realizará entrevista.
- Currículum.
Documentación a adjuntar
Documentación que debe presentarse para solicitar la beca:
- Copia de la matrícula si es de una enseñanza interuniversitaria en la que la UB no es la universidad de matrícula o si se es estudiante de un centro adscrito a la UB.
- En el caso de estudiantes que sean de centros adscritos o de nuevo acceso y que no tengan expediente con calificaciones: certificación académica personal (original o fotocopia compulsada) de los estudios universitarios cursados (grado, licenciatura, máster) en los que consten las calificaciones obtenidas en las convocatorias correspondientes, en forma de suspenso (S), aprobado (A), notable (N), excelente (E) y matrícula de honor (MH), con las calificaciones cuantitativas correspondientes, los créditos cursados y la fecha de obtención de las calificaciones, así como la traducción jurada correspondiente (original o fotocopia compulsada), si procede.
- En caso de estudios cursados en el extranjero: declaración de equivalencia de la nota media de los estudios que hayan dado acceso a la enseñanza, emitida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Las personas que ya dispongan de la declaración expedida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), podrán presentar ésta. Puede encontrar la declaración de equivalencia de la nota media del expediente académico de estudios universitarios cursados en el extranjero en: https://universidades.sede.gob.es/procedimientos/portada/ ida/3513/idp/1030
- Currículum (se debe introducir en el apartado de la solicitud telemática habilitado para este fin).
De acuerdo con el apartado segundo del artículo 15 del Reglamento de becas de colaboración, si se observa que carece algún documento, se requiere a la persona interesada que lo aporte a través de la sede electrónica, mediante una lista de reclamación de documentación en la que consta el plazo de presentación. Además, se le indica que, si no lo hace, se considerará que desiste de la petición.




