Universidad de Alicante (UA)

Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs

Becas de estudiosBecas de matrículaUniversitarios

INSCRIPCIONES

Inicio26/01/2026 Fin26/02/2026
Abierta

Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs: solicitud y plazos

Descripción

Si buscas apoyo económico para tus estudios avanzados, las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs de la Universidad de Alicante son tu oportunidad. Estas ayudas cubren hasta el 50% del importe de la matrícula del curso académico 2025/2026. Se conceden un máximo de dos ayudas. 

Podrán solicitarlas estudiantes matriculados en el Máster en propiedad intelectual e innovación digital. Magister Lvcentinvs, que no reciban otras ayudas para el mismo objetivo. La documentación requerida incluye solicitud cumplimentada, CV, acreditación de méritos, expediente académico, certificado de empadronamiento, declaración de IRPF y, en su caso, documentación que pruebe independencia económica. 

La Comisión de Becas evalúa las solicitudes y propone la concesión de ayudas. Se publicará una resolución provisional, con 10 días para alegaciones. La dotación total es de 10.800 euros, repartida en dos subvenciones de 5.400 euros cada una, pagadas mediante transferencia bancaria.

Estas becas fomentan la excelencia y facilitan el acceso a la formación avanzada en propiedad intelectual e innovación digital. Si quieres mejorar tu perfil académico y profesional, las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs son clave.

Aprovecha esta oportunidad para impulsar tu carrera. Las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs combinan apoyo económico y acceso a un programa de calidad en la Universidad de Alicante.

Datos básicos

Nº de becas
2
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de las Personas Beneficiarias de las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs:

Podrá solicitar esta ayuda el alumnado que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Estar matriculado en el MASTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS de la Universidad de Alicante.
  • No ser beneficiario/a de otra ayuda destinada al mismo objeto.

Dotación

Se concederá un número máximo de 2 Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs, distribuyendo la asignación, hasta un máximo del 50% del importe de las tasas académicas abonadas durante el curso académico para cada una de las ayudas.

Presentación

La convocatoria se publicará en BOUA con carácter informativo previamente a la publicación de su extracto en el DOGV.

El plazo de solicitudes se inicia el día 26 de enero de 2026 y finaliza el día 26 de febrero de 2026.

Procedimiento de presentación para las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs:

La documentación se presentará, a través de la e-administración, por instancia genérica dirigida al MASTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS, con indicación de los datos de esta convocatoria.

Más información

Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión

El objeto de esta convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para sufragar parcialmente los gastos de matrícula de estudiantes del MASTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS de la Universidad de Alicante (UA) en el curso académico 2025/2026. Criterios de adjudicación

Criterios de adjudicación

La asignación de la ayuda se realizará siguiendo los siguientes criterios: 

Criterios de adjudicación - Ponderación:

  • Valoración del expediente académico de los estudios que le han dado acceso al Título respectivo 4 puntos.
  • Valoración del currículo vitae 2 puntos.
  • Valoración de los datos económicos 1 punto.
  • Valoración de los datos familiares 1 punto.

Órgano gestor

El órgano gestor de la convocatoria, la dirección del Departamento de Derecho Mercantil y Procesal de la Universidad de Alicante, se encarga de la ordenación e instrucción del procedimiento, acordará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe dictarse resolución.

La unidad administrativa de referencia, será la Secretaría Administrativa del Departamento de Derecho Mercantil y Procesal que se ocupa de la gestión administrativa del Magister Lvcentinvs, contacto: magister.lvcentinvs@ua.es

Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación que resulte exigible se notificará a la persona solicitante la causa que impide la continuación del procedimiento, y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que si así no se hiciera se le tendrá por desistido de su petición previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos legalmente.

Comisión de valoración

La Comisión encargada de la valoración de las solicitudes, será la Comisión de Becas.

La comisión de valoración realizará el examen y evaluación de las solicitudes presentadas, así como la consiguiente propuesta de concesión y denegación de las ayudas.

La comisión tendrá la siguiente composición o, en su caso, personas que les sustituyan:

  • Presidencia: Catedrático/a de Derecho Mercantil de la Universidad de Alicante.
  • Secretaría: Magistrado/a de la Audiencia Provincial de Alicante.
  • Vocales: Profesor/a de Derecho Mercantil de la Universidad de Alicante.

Los miembros de la Comisión de Valoración firmarán el documento de ausencia de conflicto de intereses (DACI).

Resolución, notificación y publicación de los resultados

Atendiendo al principio de transparencia recogido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones detalladas en estas bases se realizarán en la dirección web https://www.magisterlvcentinvs.es/, sustituyendo la notificación a las personas interesadas y produciendo los mismos efectos.

La propuesta de resolución provisional de las ayudas se publicará a partir del 27 de febrero de 2026. A partir del día siguiente a su publicación, las personas interesadas tendrán un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las alegaciones que estime pertinentes, ante el órgano gestor.

Transcurrido dicho plazo y a la vista de la propuesta motivada de resolución, la Rectora de la Universidad de Alicante dictará la resolución que proceda.

Marco legal y presupuestario

Esta convocatoria con código 2026SBV043, sirve de base reguladora y se encuentra recogida en la línea de subvención 2026LS003 del Plan Estratégico de Subvenciones 2025-2027 (ejercicio 2026) de la Universidad de Alicante.

La subvención asignada se ajustará a lo dispuesto en la ley 38/2003 y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, normativa interna de la Universidad de Alicante y la presente convocatoria.

La dotación de esta convocatoria, de un máximo de 10.800 euros, sirve de base reguladora y será sufragada con cargo a la ORGÁNICA 35204B0001 del presupuesto del MÁSTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS. La dotación de esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2026 de la Universidad de Alicante. Se aplicarán las disposiciones fiscales vigentes.

Obligación y justificación del beneficiario

Obligaciones de las personas beneficiarias:

Además de las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, las siguientes:

  1. La actividad subvencionada debe realizarse desde 2025 hasta 2026.
  2. Cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria, colaborando en el desarrollo de las sesiones del curso.

Además, son obligaciones de las personas beneficiarias, la aceptación y la justificación de la ayuda, las contempladas en el artículo 14 de Ley 38/2003, General de Subvenciones, de entre las que se encuentran:

  1. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en los términos establecidos en estas bases reguladoras y demás normativa de aplicación.
  2. Someterse a las actuaciones, la comprobación, el seguimiento y la evaluación de la unidad gestora y órganos de control internos y externos.
  3. Conservar los documentos justificativos de la actividad, una vez realizada, incluyendo los documentos electrónicos, en tanto que puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

Justificación de personas beneficiarias y pago

La justificación del destino de la ayuda al cumplimiento de su finalidad será previa a la concesión, mediante la comprobación de los requisitos exigidos para su concesión. La Universidad procederá de oficio al pago de la subvención concedida. Se concederán, si así lo estima oportuno el órgano competente, dos subvenciones por importe de 5.400 euros cada una, que se abonarán mediante transferencia bancaria.

Enlaces de interés

https://www.boua.ua.es/Acuerdos/DescargarAcuerdo/63762

Documentación a adjuntar

Se adjuntará la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud debidamente cumplimentado y firmado. Dicho modelo estará disponible en la siguiente dirección web http://www.ml.ua.es/es/becas
  • Curriculum Vitae y copia de los documentos acreditativos de los méritos alegados en el mismo. Los méritos alegados en el currículo que no hayan sido justificados documentalmente no serán tenidos en cuenta.
  • Declaración jurada de no estar disfrutando otra ayuda pública o privada de la misma o análoga finalidad durante el período de disfrute de la beca.
  • Expediente académico certificado de los estudios que le han dado acceso al MASTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS en el que figure la nota media del expediente. En caso de haber cursado dichos estudios en la Universidad de Alicante dicho expediente no será necesario.
  • Certificado de empadronamiento en el que aparezcan todas las personas inscritas en la misma hoja padronal. (Si la persona solicitante es la única inscrita, deberá constar específicamente: "No figurando nadie más inscrito en la misma hoja padronal").
  • Última declaración de IRPF del solicitante, así como la de todos los miembros de la unidad familiar con la que convive el solicitante y que aparecen inscritos en la hoja padronal. En caso de que alguna de las personas anteriormente mencionadas no hubiera presentado declaración de IRPF deberá presentarse certificación de la Agencia Tributaria (AEAT) de no haber presentado la declaración de IRPF.
  • En el supuesto de solicitantes que no estén sujetos en España a las obligaciones tributarias españolas, deberán presentar documentación equiparable a la mencionada en los apartados anteriores, incluyendo la declaración fiscal correspondiente de su país.
  • Cuando la persona solicitante se incluya como único miembro de la unidad familiar: deberá aportar la documentación que justifique que cuenta con medios económicos propios suficientes, así como la titularidad o el alquiler de su domicilio habitual. Ambos documentos serán necesarios para acreditar fehacientemente su independencia económica y familiar. En caso contrario, se entenderá no probada la independencia, por lo que, para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca, se computarán los ingresos correspondientes a los miembros computables de la familia.
  • En casos específicos, se podrá requerir los documentos complementarios que se estimen precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta inversión de los recursos presupuestarios destinados a estas ayudas.

Las y los interesados que presenten solicitud de ayuda en esta convocatoria autorizan al órgano gestor de esta convocatoria a solicitar información a la secretaría del Centro de Formación Permanente de la Universidad de Alicante sobre el coste de su matrícula de MASTER EN PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL. MAGISTER LVCENTINVS y la situación de su expediente, y a la Unidad de Becas sobre la tramitación de otras becas y ayudas públicas solicitadas por el interesado, así como a cualquier otro organismo que resulte necesario para conocer dicha información.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs

Si buscas apoyo económico para tus estudios avanzados, las Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs de la Universidad de Alicante son tu oportunidad. Estas ayudas cubren hasta el 50% del importe de la matrícula del curso académico 2025/2026. Se conceden un máximo de dos ayudas. 

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs" es: desde 26/01/2026 hasta 26/02/2026.

La Beca "Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Máster-Maestrías

La Beca "Becas Máster Propiedad Intelectual Innovación Digital Magister Lvcentinvs" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de matrícula