Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH
INSCRIPCIONES
Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Alcalá, convoca las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH. En la presente convocatoria se ofrecerán 25 becas para la realización de movilidades en instituciones de educación superior extranjeras asociadas a la UAH. Estas becas tienen la finalidad de impartir docencia. Las estancias deberán realizarse antes de las fechas indicadas en las bases de la convocatoria.
Las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH dotarán a los beneficiarios de una cuantía que les ayudará a sufragar sus gastos en sus periodos de movilidad. Además este programa contempla la concesión de una ayuda de viaje cuya cantidad dependerá de la distancia al país de destino.
Las becas se podrán solicitar por cualquiera de las figuras docentes reconocidas en la legislación vigente y contratados de investigación de la Universidad de Alcalá cuya relación laboral prevea su colaboración en tareas docentes, siempre y cuando la duración de su vinculación con la Universidad de Alcalá no sea inferior a los plazos de ejecución de la movilidad de duración breve para docencia para la que solicita la ayuda.
Si quieres beneficiarte de una de las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH aquí puedes encontrar todo lo necesario para solicitarlas. Consulta aquí los requisitos, los plazos la documentación y mucho más.
Datos básicos
- Nº de becas
- 9
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
- Podrá solicitar una de las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH para docencia o formación cualquier docente perteneciente a una de las figuras docentes reconocidas en la legislación vigente y contratados de investigación de la Universidad de Alcalá cuya relación laboral prevea su colaboración en tareas docentes, siempre y cuando la duración de su vinculación con la Universidad de Alcalá no sea inferior a los plazos de ejecución de la movilidad para docencia o formación para la que se solicita la ayuda.
- Podrá solicitar una ayuda para formación cualquier miembro del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Alcalá, siempre y cuando la duración de su vinculación con la Universidad de Alcalá no sea inferior a los plazos de ejecución de la movilidad para formación para la que se solicita la ayuda.
Dotación
Las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 UAH, a las que se refiere esta convocatoria no podrán ser utilizadas para cubrir gastos similares ya financiados con otros fondos de la Unión Europea, pero serán compatibles con otras fuentes de financiación, como una subvención local, regional o nacional, o ingresos que pudiera percibir la persona participante por trabajos no relacionados con su docencia, siempre y cuando se lleven a cabo las actividades previstas en el acuerdo de movilidad.
La cuantía de la ayuda para los periodos de movilidad a los que se refiere la presente convocatoria se establecerá de la siguiente manera:
- a. El solicitante al que le sea concedida una ayuda para docencia o formación recibirá una ayuda individual en forma de cantidad diaria (180€/día) destinada a financiar los gastos de subsistencia en el país de destino.
- b. Se financiará un máximo de siete días (5 días de estancia + 2 días de viaje = 1.260€), independientemente de la duración de la estancia.
- c. Asimismo, el Programa Erasmus+ prevé la concesión de una ayuda de viaje, que podrá ser ayuda por viaje estándar o ayuda por viaje ecológico, siendo este último aquel que utiliza medios de transporte de bajas emisiones en el tramo principal del trayecto (como, por ejemplo, el tren, el autobús o el coche compartido). En el caso de realizar el desplazamiento ecológico y tras la justificación de este, se podría recibir hasta cuatro días de ayuda individual adicional para cubrir los gastos del viaje. En todo caso, la contribución a los gastos de viaje se basa en la distancia entre el lugar de trabajo del solicitante y el lugar en el que se desarrollen las actividades docentes o formativas, según se indica en las tablas correspondientes. El cálculo de la distancia se realizará utilizando la calculadora de distancias del Programa Erasmus+: * consultar tabla en las bases de la convocatoria.
- En el caso de esta convocatoria, los destinos ofertados son Georgia y Costa de Marfil, con lo que las distancias serían entre 3000 y 3999 km.
- La UAH ha organizado una Staff Week con la universidad socia Universite Felix Houphouet Boigny (UFHB) de Costa de Marfil. La agenda de actividades y los documentos necesarios para formalizar la solicitud se encuentran disponibles en la página web de la UAH.
Las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33% tendrán la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías incluidas en las ayudas del programa previstas en el presente artículo. Las ayudas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado son concedidas directamente por el SEPIE previa solicitud de las universidades. Se puede consultar en este enlace la Guía de solicitud de apoyo a la inclusión para movilidad de estudiantes y personal de Educación Superior del SEPIE correspondiente a la convocatoria 2023.
Presentación
La solicitud y seguimiento de la totalidad del proceso de las Becas Movilidad Internacional Docencia Erasmus+ KA171 se realizará a través del siguiente enlace en la aplicación de movilidad de la plataforma digital ISA: https://n9.cl/09kmhz.
Más información
Objeto
- La presente convocatoria establece el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva y objetividad, de 9 ayudas dentro del proyecto 2023 del programa Erasmus+ KA171para la realización de movilidades con fines de docencia o formación en instituciones de educación superior de terceros países no asociados al Programa que tengan firmado un convenio dentro del Proyecto Erasmus+ KA171 2023 para docencia y formación.
- Las plazas disponibles al comienzo de la convocatoria se pueden consultar en la página web de la UAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility - Becas y ayudas- PDI/PTGAS”, y en la plataforma digital ISA. Sin embargo, las plazas disponibles se actualizarán únicamente en la plataforma digital ISA a medida que vaya avanzando la convocatoria.
- Las estancias deberán realizarse antes del 30 de junio de 2026 y el inicio de las movilidades deberá ser posterior a la fecha de la publicación de la resolución definitiva de la concesión de la ayuda.
Evaluación de las solicitudes y resolución
- La Comisión Evaluadora de Convocatorias de Movilidad Internacional, que decidirá la adjudicación de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, estará formada por la Coordinadora de Movilidad Internacional, el Director de Internacionalización y el Jefe del Servicio de Relaciones Internacionales. Asimismo, actuarán como suplentes en esta Comisión la Coordinadora de Digitalización y Captación Internacional, la Coordinadora de Promoción Internacional y la Jefa de Sección de Relaciones Internacionales. Realizará las tareas de secretaria de la Comisión la responsable administrativa del Programa Erasmus+ KA171.
- Las solicitudes de ayuda para la realización de un periodo de movilidad contemplado en la presente convocatoria serán evaluadas conforme al orden de presentación en la plataforma digital ISA de todos los documentos indicados en el artículo 5.2 debidamente cumplimentados.
- En la concesión de las ayudas para un mismo destino, se priorizará el orden de presentación de manera correcta de toda la documentación mencionada en el artículo 5.2 antes de las subsanaciones.
- Corresponderá al Vicerrector de Relaciones Internacionales, una vez oída la Comisión Evaluadora de Convocatorias de Movilidad Internacional, dictar las resoluciones adjudicando ayudas para la movilidad de duración breve a las que se refiere la presente convocatoria y por la cuantía que resulte.
Pago de las ayudas
Se realizará el abono de las ayudas a las que se refiere esta convocatoria a los beneficiarios,con carácter general, de acuerdo con los siguientes principios:
- a. Desde el 1 de enero de 2024, estas ayudas tienen la consideración de rendimiento del trabajo, resultando aplicable el tipo de retención calculado conforme al procedimiento general para determinar el importe de la retención establecido en el artículo 82 del Reglamento del IRPF, esto es, teniendo en cuenta el total de retribuciones recibidas durante el ejercicio y las circunstancias personales y familiares. A la vista del tratamiento fiscal que hay que dar a estas ayudas, los pagos ya no se tramitan desde el Servicio de Gestión Financiera con clave fiscal L01 (exenta de tributación), sino desde el Servicio de Gestión Económica de Recursos Humanos, al tener la consideración de rendimiento del trabajo, pasando a sumarse a las retribuciones percibidas en la UAH y teniendo en cuenta esta ayuda a la hora de practicar la retención correspondiente del beneficiario.
- b. Se abonará al beneficiario el 100% del importe de la ayuda Erasmus+, ingresándolo en su nómina de la UAH, antes del inicio de la movilidad, una vez se haya firmado el convenio de subvención y adjuntado todos los documentos para la movilidad de personal a los que se refiere el artículo 8.3 de la presente convocatoria.
- c. El abono de los gastos incurridos en relación con el apoyo a la inclusión se rige por el procedimiento establecido a tal efecto por el SEPIE.
En el caso de que no se realice la movilidad pero se haya tramitado el abono de la ayuda, al percibir el 100% de las retribuciones en nómina, el beneficiario deberá devolver la totalidad de la cantidad concedida en la ayuda, no la percibida tras aplicarse las deducciones correspondientes.
Enlaces de interés
https://www.uah.es/shared/.galleries/archivos-Becas/Publicos/B868_MAS__Convocatoria-docenciaformcn_staff-KA171-PROYECTO2023-2025-26-ISA.signed.pdf
Documentación a adjuntar
Junto con la solicitud, se subirán o firmarán en la plataforma digital ISA los documentos que se indican a continuación:
- a. Carta de invitación de la universidad de acogida firmada por las personas responsables de dicha universidad.
- b. Acuerdo de movilidad (Erasmus+ Mobility Agreement – Staff Mobility for Teaching/Training) en el formato establecido a tal efecto por el Programa Erasmus+, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante y las personas responsables en la institución de acogida. En el acuerdo de movilidad se harán constar los objetivos generales de la movilidad para la que se solicita la ayuda, el contenido del programa de enseñanza o deformación propuesto, los resultados perseguidos y el impacto de los mismos, así como el valor añadido de la movilidad en el contexto de las estrategias de internacionalización de la Universidad de Alcalá y de la institución de acogida. El acuerdo de movilidad se podrá descargar en el apartado “Shared Documents” de la plataforma digital ISA, en la sección del Programa Erasmus+ KA171 – Becas Docencia/Formación, y en la página web de laUAH, en la pestaña de “Internacional – Movilidad saliente/Outgoing Mobility - Becas yayudas - PDI/PTGAS”.
- c. Acreditación de competencia lingüística, si se posee, en el idioma en el que serán realizadas las actividades de docencia o formación propuestas en el acuerdo de movilidad, o declaración responsable en la que se indique el nivel de idioma que el solicitante cree tener.
- d. Declaración responsable firmada directamente en la plataforma digital ISA en la que se asegure que la persona interesada no recibirá remuneración económica alguna por parte de la universidad de acogida por las actividades realizadas.
- e. Declaración responsable firmada directamente en la plataforma digital ISA en la que se indique que se dispondrá de seguro médico durante el periodo de la movilidad que incluya, como mínimo, los conceptos de asistencia médica (gastos médicos, farmacéuticos y de hospitalización por accidente o enfermedad sobrevenida), traslado sanitario y repatriación de heridos y fallecidos, accidentes y responsabilidad civil.
- f. Documentación acreditativa de condición reconocida y calificada legalmente de discapacidad igual o superior al 33%, si es el caso del solicitante.
Personas con discapacidad
En el caso de las personas que tengan reconocida y calificada legalmente una discapacidad igual o superior al 33%, el Programa Erasmus+ prevé la posibilidad de financiar el 100% de los gastos incurridos en la preparación y realización del periodo de movilidad que no se encuentren cubiertos a través de las categorías incluidas en las ayudas del Programa previstas en el presente artículo. La concesión de estas ayudas denominadas de apoyo a la inclusión a las que se refiere el presente apartado es gestionada directamente por el SEPIE.




