Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica
INSCRIPCIONES
Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica complementan el Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT), que anualmente convoca el Vicerrectorado de Investigación y de Transferencia. El objetivo principal de la convocatoria es fomentar la transferencia de las tecnologías y conocimientos generados en la Universidad de Alcalá (UAH) a través de EBTs.
La iniciativa además lleva asociada objetivos adicionales, como consolidar y transformar en EBT las ideas con potencial innovador, o contribuir a la creación de empleo cualificado.
Podrán participar en las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica cualquier profesor de la Universidad de Alcalá promotor o proponente de una solicitud de creación de EBT. Además los solicitantes deberán también cumplir con el resto de condiciones establecidas en el reglamento de EBTs de la Universidad.
Las ayudas, servirán para cubrir los gastos de preparación de propuesta de la EBT. Estos gastos pueden ser los derivados del apoyo en la innovación, preparación de presentación de proyectos, consultaría sobre el empleo de normas, etc.
Las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica pueden ser una gran ayuda si cumples con los requisitos indicados. Podrás consultar toda la información sobre estas ayudas aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrá participar en las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica cualquier profesor de la UAH promotor/proponente de una solicitud de creación de una EBT y que cumpla las condiciones establecidas en el Reglamento de EBTs de la UAH (modificado en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2017).
Dotación
Las ayudas, que se abonarán gracias a las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica, tras la correspondiente justificación acreditativa del gasto, están destinadas a cubrir los gastos incurridos tanto en la preparación de propuesta de creación de la EBT, como los gastos necesarios de funcionamiento inicial de la EBT tales como aquellos derivados del asesoramiento y apoyo a la innovación (consultoría de gestión, asistencia tecnológica, jurídica, financiera y empresarial, servicios de transferencia tecnológica…); preparación de la presentación de proyectos en foros regionales, nacionales y europeos, formación; consultoría para la adquisición, protección y comercio de derechos de propiedad industrial e intelectual y acuerdos de licencias; consultoría sobre el empleo de normas, locales para oficinas, bancos de datos, bibliotecas técnicas, gestión empresarial, marketing y comercialización.
Se establecen dos tipos de ayudas, según la fase en que se encuentre la tramitación de la creación de la EBT:
Fase 1: Ayuda para la preparación de una propuesta de creación de la EBT de acuerdo con la normativa de vigente aplicación.
- Por un importe de hasta 1.000 €, que se destinarán a cubrir los gastos incurridos en la preparación de propuesta de creación de la EBT hasta que ésta sea aprobada por el Consejo Social de la UAH. A estos efectos, se considerará propuesta de creación de EBT aquella elevada por el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia a la Secretaría General y a la Gerencia de la UAH para emisión de informe jurídico y económico respectivamente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de EBT de la UAH.
Fase 2: Ayuda para la puesta en marcha de la EBT.
- Por importe de hasta 4.000 €, que se destinarán a cubrir los gastos necesarios de funcionamiento inicial de la EBT. A estos efectos, se considerará que el funcionamiento inicial de la EBT comenzará a partir de la fecha en que el Consejo Social de la UAH apruebe la creación de la EBT. Asimismo, se ofrecerá acceso preferente a los servicios de la Fundación para el conocimiento madri+d y el alojamiento gratuito durante seis meses en la incubadora de proyectos de un Parque Científico y Tecnológico.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de septiembre de 2025.
La solicitud y la presentación de la documentación requerida para las Becas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica se presentarán en el Registro Central o en los Registros periféricos de la Universidad de Alcalá, o por cualquiera de los medios contemplados en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas dirigido a la OTRI de la UAH. Se indicará en el asunto: “Convocatoria 2024 Ayudas creación EBTs” y deberá incluir la documentación indicada.
Más información
Objeto
Esta iniciativa complementa el Concurso de Ideas para la Creación de Empresas de Base Tecnológica (EBT), que anualmente convoca el Vicerrectorado de Investigación y de Transferencia. El objetivo principal de la convocatoria es fomentar la transferencia de las tecnologías y conocimientos generados en la Universidad de Alcalá (UAH) a través de EBTs.
Esta iniciativa lleva asociada una serie de objetivos adicionales:
- Consolidar y transformar en EBT las ideas con alto potencial innovador.
- Crear nuevas vías que permitan comercializar las tecnologías y conocimientos generados en la Universidad.
- Explotar comercialmente los resultados de investigación.
- Contribuir a la creación de empleo cualificado y dinamización de la actividad económica de nuestro entorno.
- Fomentar el emprendimiento como forma de empleo y autoempleo de calidad.
- Crear un vínculo y promocionar la cooperación entre Universidad y Empresa.
Esta iniciativa forma parte del convenio plurianual suscrito el 28 de febrero de 2019 entre la Administración de la Comunidad de Madrid y la UAH para la regulación del marco de cooperación en el sistema regional de investigación científica e innovación tecnológica - línea 4 Innovación OTRIs
Resolución
La Comisión de Investigación, a la vista de la documentación presentada, dictará resolución de concesión de las ayudas, que será elevada al Consejo de Gobierno para su ratificación.
Apoyo
Se ofrecerá asesoramiento a los promotores para cualquier duda o problema que puedan tener en relación con esta convocatoria. Las direcciones y teléfonos son los siguientes:
- Consultas en relación con el contenido de esta convocatoria, documentación, etc.:
Susana Villar Fernández
Oficina de Transferencia de Conocimiento (OTC)
proyectos.univ-empresa@fgua.es Teléfono 91 885 25 50.
Enlaces de interés
https://www.uah.es/export/sites/uah/es/investigacion/.galleries/Programa-Propio/08.-Transferencia/CREACION-EBT_Convocatoria_2025.pdf
Documentación a adjuntar
- Impreso de solicitud (Anexo I).
- Copia de las facturas acreditativas de los gastos incurridos.
A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud (Anexo I). Este impreso estará disponible en la OTC de la UAH, pudiendo ser solicitado a través de correo electrónico en la dirección proyectos.univ-empresa@fgua.es o en el teléfono 91 885 45 61.
- Documentación correspondiente a la solicitud de creación de una EBT en los términos recogidos en el artículo 6 del Reglamento de Empresas de Base Tecnológica de la UAH:
- Formulario de solicitud.
- Plan de Empresa.
- Domicilio social.
- Composición del Órgano de Administración.
- Propuesta de estatutos sociales.
- Propuesta de pacto de socios entre la EBT y la UAH.
- Borrador de contrato de transferencia de tecnología de la UAH a la EBT.