Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios
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Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) convoca las Becas UCM Colaboración Departamentos universitarios. Con esta modalidad de becas, los estudiantes tendrán la oportunidad de colaborar con su universidad siempre que sea compatible con sus estudios.
Podrán acceder a las Becas UCM de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios, aquellos alumnos que estén finalizando sus estudios de grado o aquellos que estén cursando el primer curso de un máster universitario.
Las Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios dan la oportunidad a los alumnos a tener una toma de contacto con tareas de investigación especializadas relacionadas con sus estudios. Con estas becas se les ofrece la oportunidad de ampliar sus conocimientos y ponerlos en práctica generando así un interés para una posible incorporación en tareas docentes o investigadoras.
En esta convocatoria, las Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios una dotación total y única de 2.000 €. Los estudiantes que se beneficien de esta beca deberán pagar los precios públicos por servicios académicos.
Aquí encontrarás todas las becas ofrecidas por la Universidad Complutense de Madrid (UCM). Te contamos todo lo que debes saber sobre las Becas UCM de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios, requisitos, cómo solicitarlas y otros datos que seguro serán de tu interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán solicitar las Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios de colaboración UCM, los o las solicitantes de las becas colaboración en departamentos universitarios convocadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el curso académico 2024-2025 que, cumpliendo los requisitos establecidos en dicha resolución, no hayan obtenido la beca, por insuficiencia de plazas asignadas al departamento solicitado por el Consejo Social de acuerdo con el límite de becas asignadas a esta Universidad en dicha resolución.
Asimismo, los/las estudiantes interesados/as que no se hayan presentado a la convocatoria MEFPD podrán participar igualmente en esta convocatoria UCM.
Podrá obtenerse la condición de beneficiario/a de esta beca en un único curso académico y por una sola vez.
En ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el beneficiario/a y esta Universidad. La colaboración prestada por el becario/a estará directamente vinculada con sus estudios y no supondrá, en ningún caso, la realización de tareas propias de un puesto de trabajo.
Requisitos de los solicitantes
Los requisitos a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por los aspirantes en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
Se utilizarán como referencia los mismos requisitos que establezca la normativa de becas de colaboración del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, artículos 6 y 7 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2024-2025.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas estudiantes de otras Universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la Universidad Complutense de Madrid o estudiantes visitantes.
Dotación
La dotación total y única de las Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios para cada uno de los beneficiarios será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.
Presentación
Los solicitantes de las Becas UCM Colaboración Departamentos Universitarios deberán realizar la solicitud a través de la aplicación de becas: https://becas.ucm.es dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Una vez validada, se recibirá un correo confirmando si su tramitación ha sido correcta.
Más información
Criterios de baremación
Se utilizarán como referencia los mismos criterios de evaluación que establezca la normativa de becas de colaboración del Ministerio de Educación y Formación Profesional, art.12 de la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de colaboración de estudiantes en departamentos universitarios para el curso académico 2024-2025.
- a. Los departamentos universitarios propondrán a la comisión de selección a la que se refiere el artículo 13, la valorización del proyecto de colaboración de cada solicitante a que se refiere el artículo 8 de esta convocatoria, con una puntuación de hasta un máximo de 4 puntos. En la valoración del proyecto se tendrá en cuenta:
- I. Contenido innovador del proyecto, hasta 1 punto.
- II. Aplicación del trabajo a desarrollar tanto en el propio departamento como fuera del mismo, hasta 1 punto.
- III: Posible continuidad en futuros proyectos de investigación, hasta 1 punto.
- IV: Introducción de las nuevas tecnologías en los métodos de trabajo, hasta 1 punto. Cada una de las puntuaciones otorgadas deberá ser justificada.
- b. A la puntuación obtenida en el proyecto de colaboración, se sumará la calificación del expediente académico obtenida por el estudiante, calculada conforme a lo señalado en el artículo 7 de esta convocatoria, obteniéndose así la puntuación total de cada solicitante en función de la cual se efectuará la propuesta de concesión. En caso de empate, se atenderá a la calificación del expediente académico (valorada de mayor a menor) y, si persiste, al número de expediente que genere la aplicación informática de solicitud (valorado de menor a mayor).
Resolución y publicación
El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de 4 meses contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM, siendo publicada dicha resolución en la página del Servicio de Becas de la UCM: https://www.ucm.es/becas-ayudas. Dicha resolución incluirá la relación de candidatos/as seleccionados/as y surtirá los efectos de notificación individual a las interesados/as.
Obligaciones de los beneficiarios
Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas becas:
- a. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la beca.
- b. Seguir durante el curso 2024-2025, los estudios en los que se encuentran matriculados.
- c. Presentar un proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso de los departamentos o institutos universitarios. Dicho proyecto deberá definir las tareas a realizar, describiendo de forma expresa el impacto formativo complementario que el desarrollo del mismo tendrá en algunas de las competencias asociadas a las materias troncales u obligatorias de la titulación que el solicitante se encuentra cursando y deberá venir avalado por el grupo de investigación receptor o el departamento donde se vaya a desarrollar.
- d. Prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante siete meses a contar desde la fecha de incorporación al destino correspondiente, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración para el curso 2024-2025.
- e. Dentro del mes siguiente a la finalización de la colaboración, certificación acreditativa del tutor/a, con visto bueno de la dirección del departamento o instituto universitario, deberá entregar al becario certificación acreditativa de haber prestado la colaboración en los términos previstos en el proyecto y en la presente convocatoria. El estudiante deberá presentar en el Servicio de Becas y Ayudas al Estudio de esta Universidad dicha certificación, junto con una memoria resumen en formato póster de la ejecución de su beca, que dará por finalizado el procedimiento. La mencionada certificación surtirá los efectos de justificación de la subvención concedida previstos en la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Asimismo, el Vicerrectorado de Estudiantes podrá seleccionar el póster presentado por el estudiante para su presentación en jornadas multidisciplinares, y para su posible publicación.
El incumplimiento no justificado de estas obligaciones puede conducir a la anulación de las ayudas, y a que se exija la devolución de las cuantías indebidamente percibidas.
Incompatibilidades
En caso de que las personas beneficiarias de estas becas obtengan otra beca o ayuda de la misma naturaleza de cualquier otro organismo público o privado, deberán informar al Vicerrectorado de Estudiantes que decidirá sobre su compatibilidad con las becas de esta Convocatoria. En caso de que la persona solicitante no informe al respecto, podrá ser causa de anulación de la beca concedida y, en su caso, implicará el reembolso del importe indebidamente cobrado.
No obstante, en los casos de premios u otras modalidades de beca que, no siendo para la misma finalidad, se otorguen exclusivamente en atención al excelente rendimiento académico, el beneficiario deberá solicitar la compatibilidad al Vicerrectorado de Estudiantes. Estas becas son compatibles únicamente con becas o ayudas de carácter socioeconómico.
Asimismo, la beca será modificada y reintegrada en el caso de probarse que su importe no ha sido destinado a la finalidad para la que fueron concedidas, entendiéndose por tal la prestación de la colaboración en los términos recogidos en esta convocatoria o que han sido concedidas a estudiantes que no reunían alguno o algunos de los requisitos establecidos, o no los acrediten debidamente.
Se procederá del mismo modo en caso de que tenga una relación laboral o administrativa con cualquier entidad por la que se perciban retribuciones, así como cualquier subsidio, prestación por desempleo, o actividad empresarial, siendo causa de anulación de la ayuda concedida, e implicando el reembolso del importe indebidamente cobrado.
Enlaces de interés
https://www.ucm.es/file/conv-colab-dptosucm24-25-signed?ver
Documentación a adjuntar
- Estudiantes que previamente hayan solicitado la beca de colaboración convocada por la Secretaría de Estado de Educación:
- DNI.
- Los estudiantes interesados que no se hayan presentado a la convocatoria MEFPD:
- DNI.
- Proyecto de colaboración a desarrollar dentro de alguna de las líneas de investigación en curso, en los términos previstos en el artículo 8 de la Convocatoria de Becas de Colaboración de Departamentos para el curso académico 2024-25 de la Secretaría de Estado de Educación.