Becas Ayudas UCM Matrícula para Estudiantes Extracomunitarios
Becas Ayudas UCM Matrícula para Estudiantes Extracomunitarios, cómo solicitarlas, plazos, requisitos
INSCRIPCIONES
Descripción
La Universidad Complutense de Madrid (UCM) en cada curso académico convoca una serie de becas y ayudas dirigidas a facilitar a sus alumnos el acceso a sus estudios, así como a motivar y reconocer a aquellos alumnos que disponen de un excelente expediente académico.
Esta institución universitaria, además, realiza una fuerte apuesta por facilitar la movilidad entre estudiantes, algo que sin duda favorece la internacionalización de la educación y refuerza los lazos con otros países.
Un ejemplo de ello son las Becas Ayudas UCM Matrícula para Estudiantes Extracomunitarios que están dirigidas a los estudiantes que no residen en España ni en ninguno de los países que conforman la Comunidad Europea. De este modo, se favorece que alumnos procedentes de otros países y culturas puedan realizar sus estudios de Grado en esta universidad.
Las Becas Ayudas UCM Matrícula para Estudiantes Extracomunitarios constituyen por tanto una oportunidad única ya que los candidatos que finalmente sean seleccionados como beneficiarios de las mismas, podrán cursar parte de sus estudios de Grado en España, y conocer así de primera mano la capital española, y disfrutar de sus costumbres y tradiciones.
Si deseas conocer más datos sobre las Becas Ayudas UCM Matrícula para Estudiantes Extracomunitarios te encuentra en el lugar adecuado ya que aquí te contamos cuales son los plazos de presentación de las solicitudes, los requisitos y cómo se llevará a cabo todo el proceso de selección de las mismas.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- No residente en un país miembro de la Unión Europea
- País de destino
- España
- Nacionalidades
- Países no pertenecientes a la Unión Europea
- No residentes en España
Requisitos
Requisitos de carácter general
Los requisitos a que se refiere el presente apartado deberán reunirse por los aspirantes en la fecha determinación del plazo de presentación de solicitudes. Son requisitos:
- a. Ser estudiante extranjero no comunitario no residente en España, ni en otro país de la Unión Europea. Están por tanto incluidos quienes se encuentren en situación de estancia (Permiso de Estudiante).
- b. Haber formalizado la matrícula a tiempo completo del curso 2022-2023 en estudios oficiales degrado o máster en centros propios de la UCM.
- c. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas estudiantes de otras Universidades que se encuentren desarrollando un programa de movilidad nacional o internacional en la Universidad Complutense de Madrid o estudiantes visitantes.
- d. No estar en posesión o reunir los requisitos legales para la obtención de un título oficial del mismo o superior nivel del estudio para el que se solicita la ayuda.
Requisitos económicos
- Miembros computables - Renta familiar máxima
- 1 - 14.112 €
- 2 - 24.089 €
- 3 - 32.697 €
- 4 - 38.831 €
- 5 - 43.402 €
- 6 - 46.853 €
- 7 - 50.267 €
- 8 - 53.665 €
- Cada nuevo miembro computable se añadirá 3.391 €.
Dotación
La Ayuda consistirá en la exención de una parte del importe a abonar por el estudiante por los créditos matriculados en el curso 2022-2023, según el coeficiente de prelación que obtengan, una vez realizada la baremación de su solicitud. Teniendo en cuenta el crédito disponible, la Comisión de Selección podrá distribuir las ayudas en uno o dos tramos correspondientes a los porcentajes señalados, ordenando a los beneficiarios según el coeficiente obtenido.
En el caso de estudiantes de grado la cuantía de cada ayuda será el 35% del importe de los precios públicos de los créditos matriculados de la titulación correspondiente.
En el caso de estudiantes de máster, el importe de la ayuda será del 40% del importe de los precios públicos de los créditos matriculados del máster correspondiente, sin que la cuantía de la ayuda pueda superar los 2.100 €.
La cuantía de la exención se calculará una vez aplicados otros descuentos a los que el estudiante pueda tener derecho, no pudiendo sobrepasar el importe del precio de matrícula a abonar por el beneficiario.
Si el importe de la subvención resultara insuficiente para atender a la totalidad de estudiantes, las solicitudes se puntuarán y ordenarán conforme a los siguientes criterios de baremación:
- a. Aprovechamiento académico: Supondrá el 30% de la valoración final. La valoración delaprovechamiento académico se realizará teniendo en cuenta el porcentaje de créditos superadosno siendo exigible la matriculación en un número mínimo de créditos en el curso 2022-2023, noobstante, cuando se hubiera dejado transcurrir algún curso académico sin matricular, la valoraciónacadémica se referirá al último curso en el que el solicitante se hubiese matriculado.
- b. En el caso de estudiantes que inician estudios de grado o máster se valorará la nota obtenida para el acceso a dichos estudios, tal como se establece en la base 6.2.
- c. Vulnerabilidad personal y familiar. Supondrá un porcentaje de la valoración final que no podrá ser inferior al 15 % ni superior al 25 % de la misma. Para ello, a los efectos de valorar la situación de riesgo de cada estudiante, se tendrán en cuenta situaciones tales como el fallecimiento, la incapacidad temporal o permanente, la enfermedad o accidente grave, la situación de desempleoo expediente de regulación de empleo del sustentador principal de la unidad familiar del estudiante, o cualquier otra circunstancia que su juicio repercuta de forma negativa en su situación socioeconómica.
- d. Situación económica: supondrá el porcentaje restante de la valoración final. La valoración de la situación económica se hará conforme a la renta familiar per cápita, según los criterios siguientes:
- Se tomará como referencia que los solicitantes no superen los umbrales máximos de renta familiar calculados conforme a lo establecido en la convocatoria de ayudas de matrícula degrado o máster para el curso 2022-2023, para estudiantes españoles o comunitarios.
- Se computará la información de la renta del ejercicio 2021. No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la Comisión de Selección podrá determinar la información de la renta necesaria respecto del ejercicio 2021,siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante, a cuyos efectos se hará una valoración personalizada de los potenciales beneficiarios.
- Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a los estudiantes que,habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial,alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España,incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición, conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009,de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Respecto de estos últimos (solicitantes de protección internacional con autorización de estancia), no será exigible el requisito previsto en el apartado a) de este artículo.
En el supuesto de existir igualdad de puntuación final, las ayudas se adjudicarán en primer lugar a los estudiantes con menor renta familiar per cápita. En el supuesto de que exista igualdad de renta, se utilizará como siguiente criterio de adjudicación acreditar la condición de víctima de violencia de género conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
Presentación
Los solicitantes deberán completar el formulario disponible en http://www.ucm.es/becas-ayudasdesde el día siguiente a su publicación hasta el 30 de marzo de 2023. Una vez rellenada la solicitud y adjuntada la documentación vía on-line, el estudiante recibirá un correo indicándole que ha realizado la tramitación correctamente.
La presentación de la solicitud para estas ayudas supone la plena aceptación de las bases reseñadas en la presente convocatoria.
Más información
Criterios de baremación
Si el importe de la subvención resultara insuficiente para atender a la totalidad de estudiantes, las solicitudes se puntuarán y ordenarán conforme a los siguientes criterios de baremación:
- a. Aprovechamiento académico: Supondrá el 30% de la valoración final. La valoración del aprovechamiento académico se realizará teniendo en cuenta el porcentaje de créditos superados no siendo exigible la matriculación en un número mínimo de créditos en el curso 2021-2022, no obstante, cuando se hubiera dejado transcurrir algún curso académico sin matricular, la valoración académica se referirá al último curso en el que el solicitante se hubiese matriculado.
- b. En el caso de estudiantes que inician estudios de grado o máster se valorará la nota obtenida para el acceso a dichos estudios, tal como se establece en la base 6.2.
- c. Vulnerabilidad personal y familiar. Supondrá un porcentaje de la valoración final que no podrá ser inferior al 15 % ni superior al 25 % de la misma. Para ello, a los efectos de valorar la situación de riesgo de cada estudiante, se tendrán en cuenta situaciones tales como el fallecimiento, la incapacidad temporal o permanente, la enfermedad o accidente grave, la situación de desempleo o expediente de regulación de empleo del sustentador principal de la unidad familiar del estudiante, o cualquier otra circunstancia que su juicio repercuta de forma negativa en su situación socioeconómica.
- d. Situación económica: supondrá el porcentaje restante de la valoración final. La valoración de la situación económica se hará conforme a la renta familiar per cápita, según los criterios siguientes:
- Se tomará como referencia que los solicitantes no superen los umbrales máximos de renta familiar calculados conforme a lo establecido en la convocatoria de ayudas de matrícula degrado o máster para el curso 2021-2022, para estudiantes españoles o comunitarios.
- Se computará la información de la renta del ejercicio 2021 . No obstante, cuando los ingresos de la unidad familiar hubieran sufrido una disminución por causas sobrevenidas, la Comisión de Selección podrá determinar la información de la renta necesaria respecto del ejercicio 2020,siempre y cuando quede debidamente justificada la situación económica del estudiante, a cuyos efectos se hará una valoración personalizada de los potenciales beneficiarios.
- Excepcionalmente se exonerará de la citada justificación documental a los estudiantes que,habiendo estado sujetos a medidas de protección, particularmente en acogimiento residencial,alcancen la mayoría de edad y queden fuera del sistema de protección, así como a aquellos alumnos que acrediten ser personas con estatuto de protección internacional en España, incluidos los solicitantes de protección internacional con autorización de estancia que se encuentran en el periodo transitorio de adquisición, conforme a lo dispuesto en la Ley 12/2009,de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Respecto de estos últimos (solicitantes de protección internacional con autorización de estancia), no será exigible el requisito previsto en el apartado a) de este artículo.
En el supuesto de existir igualdad de puntuación final, las ayudas se adjudicarán en primer lugar a los estudiantes con menor renta familiar per cápita. En el supuesto de que exista igualdad de renta, se utilizará como siguiente criterio de adjudicación acreditar la condición de víctima de violencia de género conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
- a. Valoración de la situación socioeconómica: Se otorgarán hasta 6 puntos, si la renta familiar acreditada por el solicitante se sitúa entre los umbrales de renta indicados en la correspondiente tabla.
- b. Del aprovechamiento académico:
- Se concederán hasta 1,5 puntos teniendo en cuenta el porcentaje de créditos superados en el curso 2021-2022, de conformidad con los siguientes criterios:
- Rama de conocimiento - Créditos superados - Puntos
- Artes y Humanidades:
- Igual o superior al 70%: 1,5 puntos.
- 60% - 69%: 1
- 50% - 59%: 0,5
- Ciencias:
- Igual o superior al 60%: 1,5
- 55% - 59%: 1
- 50% - 55%: 0,5
- CC. de la Salud:
- Igual o superior al 70%: 1,5
- 65% - 69%: 1
- 50% - 64%: 0,5
- Ciencias sociales y jurídicas:
- Igual o superior al 70%: 1,5
- 60% - 69%: 1
- 50% - 59%: 0,5
- Ingeniería y Arquitectura:
- Igual o superior al 60%: 1,5
- 55% - 59%: 1
- 50% - 55%: 0,5
- Para la valoración de las solicitudes de quienes se matriculen por primera vez de primer curso de estudios de Grado que, estando en posesión del título de bachillerato o equivalente, hayan accedido a la universidad mediante la Evaluación del Bachillerato para Acceso a la Universidad, se atenderá a la nota de acceso a la Universidad, con exclusión de la calificación obtenida en las pruebas de las materias de opción del bloque de las asignaturas troncales, es decir, dicha nota de acceso se calculará conforme a la fórmula 0,6 NMB + 0,4 EBAU. En las demás vías de acceso a la universidad se atenderá a la nota obtenida en la prueba o enseñanza que permita el acceso a la universidad. En aquellos casos excepcionales en los que la calificación obtenida en la prueba de acceso por el solicitante no se corresponda con la escala de 0 a 10, el órgano de selección realizará la adaptación a la referida escala que resulte procedente. En este caso, se concederán hasta 1,5 puntos a estos solicitantes de acuerdo con los siguientes criterios
- Calificación acreditada - Puntos
- Superior a 7: 1,5
- Superior a 6,5 e inferior a 7: 1
- Inferior a 6,5: 0,5
- En todo caso la Comisión de Selección designada considerará cuantas cuestiones puedan surgir en el transcurso de la gestión de la presente convocatoria y actuará en consecuencia.
- Facilitar cuantas actuaciones de comprobación fuesen precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la ayuda.
- Comunicar en el plazo de cinco días hábiles, ya sea en período de solicitud o de disfrute, la desaparición de las circunstancias que justificaron la solicitud o motivaron la concesión de la ayuda.
https://www.ucm.es/file/convocatoria-de-ayudas-matricula-extracomunitarios-2022-23.signed?ver
Documentación a adjuntar
La presentación de todos los documentos exigibles es obligatoria y se deberá adjuntar en el momento en que el interesado rellene la solicitud on-line. En el caso de no presentarlos, el solicitante será excluido del proceso de selección. La documentación será la siguiente:
- Solicitud realizada electrónicamente.
- Pasaporte y/o documento de identidad de todos los miembros computables de la unidad familiar.
- Documento oficial acreditativo de la declaración de la renta en su país, o en su defecto de los ingresos anuales correspondientes al ejercicio 2021, de todos los miembros computables de la unidad familiar. Los ingresos que estén exentos de tributación deberán acreditarse con el certificado de la entidad pagadora correspondiente. Si alguno de los miembros de la unidad familiar los hubiera percibido, deberá presentarse el certificado de los ingresos percibidos por desempleo, invalidez,subsidio o prestaciones sociales no contributivas.
- En caso de que la familia del solicitante, o el mismo en el supuesto del siguiente apartado e, tengan más de dos inmuebles incluido el de la vivienda habitual, deberá presentar recibos de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica del ejercicio 2022 o 2021.
- En los casos en que el solicitante alegue su independencia familiar y económica cualquiera quesea su estado civil, deberá acreditar fehacientemente esta circunstancia justificando los medios económicos con que cuenta: Acreditación de ingresos correspondientes al ejercicio 2021 o en su defecto, certificado de imputaciones, titularidad o contrato de alquiler del domicilio a su nombre,certificado de empadronamiento del año 2022 y recibos de pagos (agua, luz, alquiler…). De no justificar suficientemente estos extremos, el solicitante será excluido del proceso de selección.
- Documentación que acredite suficientemente que el/la solicitante se encuentra en una o en varias de las situaciones de vulnerabilidad personal o familiar descritas en la base 3, apartado c.
- En el caso de solicitantes que deseen acreditar la condición de víctima de violencia de género, se deberá presentar orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. En caso de situaciones de incremento de la vulnerabilidad, se aportará documentación acreditativa de la misma.
- Certificación académica en la que figuren las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media de todas las superadas del curso 2021-2022, si éste no se realizó en la UCM.
En el caso de titulaciones realizadas en España, las calificaciones deberán estar expresadas en la escala 0 a 10 establecida en el RD 1125/2003.En el caso de titulaciones realizadas en otros países se deberá adjuntar la equivalencia de las calificaciones obtenidas con la escala española realizada por la Agencia Nacional de Evaluación dela Calidad y Acreditación (ANECA).