Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ)

Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre

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INSCRIPCIONES

15/04/202531/10/2025
Abierta

Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre que convoca y otorga el Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ) están dirigidas a aquellos jóvenes menores de 18 años de edad que realicen colonias urbanas, campus deportivos, colonias con pernocta, acampadas y campos de voluntariado juvenil.

Los aspirantes a una de estas becas además deben ser residentes en la Comunidad Autónoma de Aragón y cumplir con el resto de los requisitos tanto generales como económicos que se especifican en la convocatoria de las becas.

Mediante las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre se concederá una dotación económica a los alumnos que resulten seleccionados, con el objetivo de cubrir algunos gastos como inscripción o matrícula, así como los gastos de desplazamiento.

El Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ) es un organismo público que desarrolla numerosas acciones encaminadas a promover el desarrollo de la juventud aragonesa. Entre estas actividades cabe destacar los programas de ocio educativo, voluntariado, formación y empleo juvenil.

Si estás interesado o interesada en solicitar una de las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre y deseas conocer toda la información relacionada con las mismas, te encuentras en el lugar adecuado.

Conoce ahora todos los detalles y solicita una de estas becas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
País de origen
  • España
Región de origen
  • Aragón
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Los requisitos generales de las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre serán los siguientes:

  • a. Ser menor de 18 años.
  • b. Acreditar el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva al menos un año antes del inicio de la actividad.
  • c. No superar por la unidad familiar los ingresos anuales que se especifican en la presente Orden.
  • d. Haber participado en una actividad juvenil de tiempo libre que promueva los principios y valores del Instituto Aragonés de la Juventud de acuerdo con la normativa vigente, durante los meses de marzo a septiembre del 2025.
  • e. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Esta comprobación será facultativa para el órgano gestor de la subvención, según lo dispuesto en la Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024, en su disposición adicional Segunda, que exonera del cumplimiento de la acreditación cuando la cuantía de la subvención o ayuda no exceda de 1.000 euros por persona beneficiaria y año.

Requisitos económicos de la persona beneficiaria:

  • De conformidad con lo establecido en la base sexta, para ser persona beneficiaria de estas ayudas, será requisito indispensable que la renta familiar no supere el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y fijado para el año 2025 en 8.400 euros anuales en catorce pagas multiplicado por tres.
  • La referida renta familiar podrá elevarse hasta 3,5 veces el indicador anterior en el caso de encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
    • a. Familias numerosas.
    • b. Persona o Unidad de convivencia que ha sufrido violencia de género.
    • c. Personas afectadas por procesos de ejecución hipotecaria o desahucio por falta de pago.
    • d. Víctimas de terrorismo.
    • e. Unidades de convivencia con miembros que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que incapacite de forma permanente para la actividad laboral.
    • f. Unidad de convivencia con un deudor hipotecario que se encuentre en situación de desempleo y haya agotado la prestación por desempleo.
    • g. Afectados por situaciones catastróficas.
    • h. Familias monoparentales.
  • Para la adecuada comprobación de los requisitos anteriores, la solicitud deberá contar con la autorización por la persona solicitante para que el Instituto Aragonés de la Juventud pueda acceder y consultar los datos de estar al corriente de las obligaciones tributarias y el nivel de renta precisos para la tramitación, resolución, reconocimiento, percepción, seguimiento y mantenimiento de la subvención solicitada, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 del el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón.
  • En el caso de no autorizar esta comprobación deberán aportarse los documentos justificativos pertinentes. El resto de documentación la deberá aportar la persona solicitante y en caso de no hacerse, se entenderá que no cumple con los requisitos.

Dotación

  • La cuantía individualizada de las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre será de un máximo de 350 euros por persona beneficiaria.
  • Serán subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y sea necesaria para su realización por la persona beneficiaria.
  • En particular, y a los efectos de esta convocatoria, se considerarán subvencionables los gastos de inscripción o matrícula, así como los de desplazamiento, siempre que no estén incluidos en los anteriores y no sean abonados por la propia entidad promotora de la actividad.

Presentación

El proceso de solicitud de las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo libre será el siguiente:

  • El padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, o representante legal, integrante de la unidad familiar, formalizará la solicitud mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Instituto Aragonés de la Juventud según el modelo que se acompaña como solicitud a la presente Orden.
  • Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha en la que tuvo lugar la finalización de la actividad objeto de la subvención.
  • Las solicitudes podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa ubicados en las diferentes provincias aragonesas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.
  • En el caso de que las personas solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada, tal y como se indica en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales.

Más información

Objeto

  • La presente Orden tiene por objeto convocar las ayudas a personas jóvenes que participen en actividades juveniles de tiempo libre en las modalidades de colonias urbanas, colonias, acampadas y campos de voluntariado juvenil.
  • Estas actividades deben realizarse durante los meses de marzo a septiembre de 2025, en territorio español, inclusive nuestra Comunidad Autónoma.
  • Las personas participantes han de ser personas jóvenes menores de 18 años y que acrediten el empadronamiento en un municipio de Aragón con residencia efectiva al menos un año antes del inicio de la actividad subvencionable.

Actividad subvencionable

  • La actividad subvencionable será la participación en actividades juveniles de tiempo libre en las modalidades de colonias urbanas, colonias, acampadas y campos de voluntariado juvenil, que se desarrollen durante los meses de marzo a septiembre de 2025, y respeten los principios y valores promovidos por el Instituto Aragonés de la Juventud.
Personas beneficiarias

  • Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta Orden las personas jóvenes que sean menores de 18 años en el momento de comenzarla actividad objeto de la subvención y que, en este periodo, participen en actividades juveniles de tiempo libre en su modalidad de colonias urbanas, colonias, acampadas y campos de voluntariado juvenil y que carezcan de recursos suficientes para sufragar los gastos derivados de ello en los términos establecidos en la presente Orden.
Enlaces de interés

https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1388699080808

Documentación a adjuntar

Las solicitudes deberán ir acompañadas, en todo caso, de la siguiente documentación:

  • a. Fotocopia del libro de familia completo o certificado de nacimiento, en el caso de que no se disponga de libro de familia.
  • b. Documento acreditativo de la participación en una actividad juvenil de tiempo libre durante el periodo subvencionable junto con la correspondiente factura.
  • c. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)correspondiente al ejercicio 2023.
  • d. En caso de no haber presentado declaración de la Renta de las Personas Físicas, por no tener obligación de hacerlo, certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que se haga constar dicha situación.
  • e. En el caso de personas que trabajan por cuenta propia, justificantes de ingresos trimestrales a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2023.
  • f. Para personas perceptoras de prestaciones y subsidios, certificado de haberla percibido en el ejercicio fiscal 2023.
  • g. Certificado o volante colectivo de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento del municipio donde radique la vivienda, que acredite las personas que residen en la misma, con constancia de la fecha de alta y baja,en su caso, en el padrón municipal. El certificado debe estar emitido en el ejercicio de la convocatoria.
  • h. Declaración responsable que acredite que la persona beneficiaria no se halla en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, según modelo normalizado en el anexo que acompaña la presente Orden. BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN 14 de abril de 2025 Número 72csv: BOA20250414028.
  • i. Declaración de las subvenciones, ayudas e ingresos concedidos o en trámite de concesión por cualquier otra Administración, entidades públicas o privadas, nacionales o europeas, relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia mediante modelo normalizado del Anexo que acompaña la presente Orden.
  • j. En caso de separación legal o divorcio, deberá presentarse la fotocopia o certificación acreditativa de alguno de los siguientes documentos, de manera que, tanto si se presenta un documento como si se presenta otro, deberá constar la custodia de la persona menor para la que se solicita la ayuda:
    • Sentencia judicial completa que determine la custodia, o
    • Convenio regulador debidamente sellado y diligenciado.
  • k. La ficha de terceros debidamente cumplimentada con los datos de la persona solicitante de la ayuda y sellada por la institución bancaria correspondiente y que estará disponible en la página web del Gobierno de Aragón. También está disponible la ficha de terceros electrónica en la siguiente página web: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria.
  • l. Quienes ostenten algunas de las condiciones que aparecen en la base7.2.a-g), deberán aportar los documentos acreditativos de las circunstancias alegadas.
  • m. Quienes ostenten la condición que aparece en la base 7.2h) deberán aportar el título de familia monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre

Las Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre que convoca y otorga el Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ) están dirigidas a aquellos jóvenes menores de 18 años de edad que realicen colonias urbanas, campus deportivos, colonias con pernocta, acampadas y campos de voluntariado juvenil.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre" es: desde 15/04/2025 hasta 31/10/2025.

La Beca "Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas para Jóvenes Actividades Tiempo Libre" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes