Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
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Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior: solicitud y plazos
Descripción
El Gobierno de Cantabria, a través de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, convoca las Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior.
Estas becas de formación van dirigidas a los Titulados en Ingeniería de Tecnologías de Telecomunicación, o Ingeniería de Caminos, o Ingeniería Industrial que estén empadronados en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Las Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior tienen como objetivo ofrecer el nivel de formación adecuado para la especialización en ese ámbito y el perfeccionamiento de los conocimientos adquiridos en estas materias por los titulados universitarios.
Los beneficiarios de las Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, realizan sus estudios de formación durante doces meses durante los cuales recibirá una dotación económica mensual.
Si estás interesado/a en recibir una de las Becas de formación en la Dirección General de Interior de la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior que ofrece el Gobierno de Cantabria, aquí te ofrecemos toda la información para que puedas realizar la solicitud.
Datos básicos
- Nº de becas
- 2
- Nivel de estudio
- Grado
- Rama
- Arquitectura e Ingenierías
- Carrera
- Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos / Ingeniería Civil
- Ingeniería de Telecomunicación (Teleco) y de Sistemas de Comunicación
- Ingeniería Industrial
- País de origen
- España
- País de destino
- España
- Región de origen
- Cantabria
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
- Encontrarse empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
- No disfrutar de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga procedente de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
- No haber sido separado del servicio de ninguna Administración u organismo público, como consecuencia de expediente disciplinario, y no haber perdido la condición de becario en entidad pública como consecuencia del incumplimiento de obligaciones.
- Estar en posesión del título de ingeniero/a de tecnologías de telecomunicación, o ingeniero/a de caminos, o ingeniero/a industrial y no haber transcurrido más de tres años desde su expedición o, en su caso, desde la fecha de pago de los correspondientes derechos de expedición, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes. Los títulos presentados por los solicitantes deberán estar reconocidos y homologados oficialmente, así como tener plena validez en España. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de finalización del plazo de presentación.
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y el Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.
- No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, General de Subvenciones de Cantabria.
- No haber sido beneficiario de una beca de formación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante dos o más años.
Dotación
El importe que percibirá cada beneficiario será de 800 euros brutos mensuales, al que se le practicarán las retenciones por IRPF y Seguridad Social vigentes.
Presentación
En la Oficina de Asistencia en Materia de Registro General del Gobierno de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Más información
Periodo de la beca
El periodo de duración de la beca será de 12 meses, a contar desde el día que se determine en la correspondiente resolución de concesión.
La beca podrá excepcionalmente prorrogarse por un año, condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.
Obligaciones de los becarios
Los becarios estarán obligados a:
- Aceptar la beca por escrito e incorporarse a su destino dentro del plazo de 10 días hábiles a partir de la notificación de la concesión. De no cumplirse esta obligación en dicho plazo, se entenderá que renuncia a la misma, salvo causa debidamente justificada, concediéndose al suplente que figure en primer lugar.
- Cumplir las bases de la convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como consecuencia de la misma.
- Aceptar el reglamento y normas de régimen interno del centro donde realice la formación.
- Dedicarse de manera plena al cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.
- Confidencialidad sobre los datos que conozca durante el período de formación.
- Facilitar cuanta información respecto de su condición de beneficiario de una beca le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Cantabria, el Tribunal de Cuentas u otros órganos competentes, sin perjuicio de lo establecido en la normativa de protección de datos.
- Las demás obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Declaración responsable de los datos del DNI o NIE del solicitante.
- Declaración responsable relativa a los datos de empadronamiento en cualquiera de los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Certificación oficial del expediente académico universitario con calificaciones.
- "Curriculum vitae" del solicitante en el que se expondrá sus méritos académicos y profesionales, con todos los documentos acreditativos de los mismos. Únicamente se tendrán en cuenta los que guarden relación con el objeto de la beca y que sean debidamente justificados.
- Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o, en su defecto, justificación del pago de los derechos de expedición correspondiente.
- Declaración jurada de renuncia a otras becas, en el caso de ser seleccionado, y de no haber sido separado del servicio de ninguna Administración y organismo público como consecuencia de expediente disciplinario, y no haber perdido la condición de becario en entidad pública como consecuencia del incumplimiento de obligaciones.
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del resto de las obligaciones con la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones.
Toda la documentación deberá ser original o copia debidamente autentificada. Únicamente se valorarán aquellos méritos que se acrediten documentalmente, a través de la presentación del original o fotocopia compulsada de títulos, certificados y diplomas.