Fundación Sepi

Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa

Becas de formación prácticaNo universitariosUniversitarios

INSCRIPCIONES

17/02/202306/03/2023
Finalizada

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Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa, son convocadas por esta fundación con la finalidad de facilitar el desarrollo de prácticas profesionales a personas que hayan finalizado los estudios necesarios para la obtención de un título universitario oficial o superior de formacioń profesional.

De este modo, mediante el desarrollo de las Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa, las personas que sean seleccionadas como beneficiarias de las mismas, tendrán la oportunidad de ejercer prácticas profesionales de manera presencial, en remoto o modo combinado, durante un periodo total de seis meses, en las empresas o centros de formación que participen de la convocatoria.

A cambio de ello, las personas seleccionadas con estas becas recibirán una dotación económica, a la vez que se beneficiarán de la adquisición de la experiencia profesional que es tan demandada de cara al mercado laboral.

Por todo ello, si tienes cursado o estas cursando alguno de los estudios indicados, deseas ampliar tus conocimientos a nivel práctico, las Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa te ofrecen una gran oportunidad que no debes dejar escapar.

Conoce aquí y ahora todos los detalles sobre las mismas como son los requisitos, el proceso de selección y todos los datos que seguro serán de tu interés.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Ingeniería
  • Ciclos formativos de grado superior
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Con carácter general para el proceso 2023/1 del Programa quienes deseen optar a alguna de las becas integradas en el mismo, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber concluido, en el momento de realizar la entrevista personal, los estudios necesarios para la obtención de un título universitario oficial o superior deformación profesional, apto para desempeñar tareas de acuerdo con las plazas ofertadas por las empresas e instituciones colaboradoras del Programa, realizados en cualquiera de los centros del Espacio Europeo de Educación Superior, o en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional de España. Podrán también presentar su candidatura y optar a las becas convocadas las personas estudiantes de máster que hayan aprobado todas las asignaturas necesarias para la obtención del título que corresponda, con excepción del proyecto fin de máster.
  • Dichas titulaciones deberán acreditarse mediante exhibición de original o copia legitimada en el momento en que se soliciten.La relación de titulaciones aptas para poder acceder a las becas del Programaquedará expuesta en la página web de la FUNDACIÓN (www.fundacionsepi.es),convocatoria de Iniciación en la Empresa 2023/1.
  • Haber concluido los estudios necesarios para la obtención del título de que se trate o cumplir con el requisito establecido en el párrafo segundo del apartado anterior desde el 1 de enero de 2021.
  • Haber nacido a partir del 1 de mayo de 1993.2.4. No haber desempeñado trabajo profesional alguno relacionado con su titulación, ya sea por cuenta propia o ajena.
  • Estar dispuesto o dispuesta a fijar la residencia en el lugar donde vaya a recibir su formación práctica.
  • No haber sido beneficiario o beneficiaria de algún programa de becas de la FUNDACIÓN SEPI, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo.

Dotación

  1. La persona beneficiaria del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:
    • a. A disfrutar de un período de formación práctica en alguno de los centros de las empresas e instituciones colaboradoras en el proceso 2023/1 del Programa.
    • b. A percibir, durante todo el periodo formativo, una asignación económica mensual o parte proporcional que corresponda en función de la fecha de incorporación de la persona beneficiaria, que variará en función de las siguientes circunstancias:
      • 885 €, para las personas beneficiarias que sean tituladas universitarias.
      • 800 €, para las personas beneficiarias que sean técnicas superiores de formación profesional.
    • Para determinadas becas, la asignación económica podrá ser superior a las referidas cuantías. En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, estas cantidades podrán verse incrementadas en un importe a determinar por la empresa o institución colaboradora, en función del país de destino de la beca.
    • Dichos importes serán satisfechos durante los meses siguientes a su fecha de incorporación mientras disfrute de su beca.
    • En el supuesto de que la persona en formación práctica pase a una situación de incapacidad temporal, tendrá derecho a percibir el 100 %de su asignación durante el primer mes de baja. A partir de ese momento, percibirá la parte de asignación que le corresponda, conforme a los criterios fijados para estos casos en la normativa de la Seguridad Social.
    • c. A la cobertura de un seguro de accidentes formalizado por la FUNDACION SEPI a su favor.En el caso de que el becario o la becaria desarrolle su práctica formativa en el extranjero, un seguro de viaje multiasistencia.
    • d. A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. La acción protectora de la Seguridad Social respecto delos beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
  2. En el caso de que la beca sea prorrogada, las personas becarias tendrán los mismos beneficios que los establecidos en el apartado anterior.
  3. Sobre las cantidades a percibir por las personas becarias, la FUNDACIÓN SEPI practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas a la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable, y comunicará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en cumplimiento de la normativa vigente, a efectos estadísticos, los importes entregados por este concepto.
  4. La FUNDACIÓN SEPI transferirá a cada persona beneficiaria la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda.

Presentación

Las solicitudes deberán ser realizadas exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de la FUNDACIÓN SEPI (www.fundacionsepi.es).

No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 6 de marzo de 2023. Dicho plazo podrá ser ampliado en el caso que el Jurado encargado del proceso de selección lo estime necesario y sería comunicado a través de la misma página web.

Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes del proceso correspondiente,los candidatos y candidatas podrán ver el estado de su solicitud a través del apartado“consulte su solicitud” de la página web anteriormente indicada.

Más información

Duración y prórroga de las becas

  • a. Las becas tendrán una duración inicial de seis meses, desde la fecha de incorporación de las personas beneficiarias que será, previsiblemente, el 1 de mayo de 2023. Los becarios y becarias que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que finalmente se establezca en cada proceso, verán reducida su dotación en la parte proporcional que corresponda al periodo de formación práctica no desarrollado. En estos casos, la FUNDACIÓN SEPI podrá ampliar la duración de la beca cuando la entidad colaboradora así lo solicite, hasta completar el período formativo establecido.
  • b. A solicitud de cada empresa o institución colaboradora con el Programa, la FUNDACIÓN SEPI podrá prorrogar las becas por otro período de seis meses, en análogas condiciones a las establecidas en el apartado anterior. Por tanto, si la FUNDACIÓN SEPI autorizara la prórroga solicitada, el período formativo total sería de doce meses.

Dedicación

El horario en el que las personas beneficiarias de las becas desarrollarán su formación práctica será el que corresponda para éstas en el centro y/o departamento a los que sean asignadas de conformidad con el adecuado aprovechamiento de la formación recibida.

Distribución geográfica

La formación práctica de los becarios y becarias del Programa podrá llevarse a cabo en cualquiera de los centros de las empresas o entidades que participan con este Programa.

En el transcurso de su periodo de formación, los becarios y becarias podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados,cuando las necesidades de formación así lo requieran.

Modalidad de las becas

El desarrollo de la beca, siempre y cuando el centro donde se realiza la práctica formativa así lo permita, puede ser en remoto, de forma presencial o alternando ambas modalidades. En el supuesto de que no se pudiera llevar a cabo la formación práctica en ninguna de sus modalidades, la beca podrá ser suspendida o cancelada.

Incompatibilidades

El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización de cualquier actividad por parte de la persona en formación práctica, ya sea por cuenta propia o ajena, retribuida o no, que, a juicio de la FUNDACIÓN SEPI, interfiera el correcto desarrollo del periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características., de las que deberá informar a la FUNDACIÓN SEPI de manera inmediata, una vez conocida.

Evaluación, selección y concesión de beneficios

  1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante el Jurado). Las personas que componen el Jurado serán nombradas por el Director General de la FUNDACIÓN SEPI, y estarán asistidas y coordinadas por responsables de la misma.
  2. Los procesos de selección de los becarios y becarias comprenderán las siguientes etapas:
    • Exclusión de candidaturas: Serán excluidas cuando no reúnan los requisitos establecidos en la base segunda y aquéllas cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de forma errónea o no ajustada a la realidad.
    • Preselección de candidaturas: En la misma, el Jurado tomará en consideración los requisitos exigidos por las empresas e instituciones colaboradoras en sus respectivas ofertas de becas. Asimismo, definirá las condiciones que deban cumplir quienes concurran, relativas a los siguientes aspectos: la media académica -ponderada según el número de cursos de que conste su titulación y el de años transcurridos para completarla-, la titulación o especialidad y, en su caso, el nivel de inglés y los conocimientos informáticos declarados por las personas candidatas, y los cursos complementarios que hayan realizado.
    • Entrevista con el Jurado. Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y aptitud de las personas candidatas para la consecución de los objetivos del Programa, así como, en su caso, el nivel de inglés de los mismos.
  3. Durante el proceso de selección el Jurado solicitará a los candidatos y candidatas la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud. La falta de aportación de dicha documentación en el plazo que se les confiera, permitirá al Jurado considerar como no acreditado el dato de que se trate, sin ulterior recurso.
  4. A la vista de los resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de selección, el Jurado propondrá a la FUNDACIÓN SEPI la concesión de las becas convocadas a las personas candidatas que obtengan una mayor puntuación y tengan el perfil y conocimientos más adecuados en relación a los requerimientos concretos de las áreas donde vayan a desarrollar las becas, teniendo en cuenta los requisitos exigidos por las empresas e instituciones colaboradoras adheridas al Programa.
  5. La FUNDACIÓN SEPI concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará a las personas beneficiarias y a las empresas e instituciones colaboradoras la adjudicación de las mismas. El resto de las personas candidatas quedará como suplente.
  6. En cada proceso de selección, a propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran especiales motivos justificados para ello, la FUNDACIÓN SEPI podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.
  7. En el caso de que concurran las circunstancias especiales detalladas en el párrafo segundo de la base tercera el proceso de selección que se lleve a cabo también deberá seguir los trámites indicados en la presente base.
  8. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por todas las personas integrantes del mismo y a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección. En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición por escrito de las personas interesadas, en el domicilio de la FUNDACIÓN SEPI, calle Quintana, nº 2, 3 Planta, 28008 Madrid.
Obligaciones de los becarios y becarias

Las obligaciones que habrán de asumir las personas adjudicatarias de las becas a las que se refiere el Programa, son las siguientes:

  1. Comunicar a la FUNDACIÓN SEPI su número de afiliación a la Seguridad Social, en el plazo y en la forma que oportunamente le sean notificados.
  2. Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN SEPI, dentro del plazo que se les indique,la documentación que se solicite en el momento de adjudicación de las becas. Dicha adjudicación tendrá carácter provisional mientras no sea enviada al departamento de becas de la FUNDACIÓN SEPI y, posteriormente validada por éste.
  3. Remitir trimestralmente a la FUNDACIÓN SEPI un informe sobre el desarrollo de su proceso de formación en la empresa o entidad colaboradora, que deberá realizarse en la forma y con el contenido que les será notificado en su momento.
  4. Comunicar a la FUNDACIÓN SEPI, con carácter previo al inicio de su formación práctica, la realización por su parte de cualquier tipo de actividad concurrente, en atención a los términos señalados en el apartado 7 de la base primera de esta convocatoria. En el caso de que se pretenda realizar la citada actividad adicional una vez iniciada su formación práctica, el becario o becaria deberá trasladar su intención a la FUNDACIÓN SEPI con anterioridad al inicio de aquélla.
  5. Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN SEPI cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal, por causa de enfermedad o accidente, circunstancia que deberá ser acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico de baja a la FUNDACIÓN SEPI, o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa, con objeto de que la FUNDACIÓN SEPI pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.
  6. Mostrar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación. El incumplimiento de esta obligación podrá ser motivo suficiente para que la FUNDACIÓN SEPI anule la beca concedida.
  7. Atender las orientaciones que reciban de los tutores o tutoras que les sean asignados en las empresas o instituciones en el ejercicio de su acción formativa,integrándose en la dinámica del departamento donde adquieran su formación práctica.
  8. Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados, ya sea por la FUNDACIÓN SEPI o por las empresas o instituciones participantes en el Programa,con motivo del Programa en el que participan.
  9. No divulgar cualquier tipo de información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la FUNDACIÓN SEPI o a la empresa o institución a la que se les haya asignado,aceptando las condiciones de confidencialidad correspondientes. Dicha obligación se mantendrá una vez finalizado dicho periodo. El incumplimiento del presente compromiso dará lugar a las responsabilidades correspondientes.
  10. Las personas candidatas que sean extranjeras en España, deberán aportar a la FUNDACIÓN SEPI, según el caso:
    • Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
    • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor o solicitud de prórroga.
    • Visado en vigor y documento que acredite el Número de Identidad de Extranjero (NIE).
    • Si no disponen del documento correspondiente no podrá serle adjudicada, en su caso, la beca.
  11. Comunicar a la FUNDACIÓN SEPI una dirección de correo electrónico, aceptando la misma como lugar válido para recibir notificaciones de la FUNDACIÓN SEPI durante el transcurso de la beca.
  12. Consentir la cesión a la empresa o institución colaboradora con el Programa de los datos personales aportados a la FUNDACIÓN SEPI, en los términos que sean precisos para la adecuada implementación del Programa, de conformidad con lo estipulado en la Ley Órganica 3/2018, de 5 de diciembre, de Proteccion de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Los datos recabados podrán ser comunicados igualmente a los bancos, para la gestión de cobros y pagos, a la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y demás Administraciones Públicas, a los efectos de llevar a cabo las declaraciones tributarias correspondientes y cumplir con sus respectivas obligaciones legales de conformidad con la normativa vigente.
  13. Las personas candidatas y/o becarias podrán solicitar el acceso a sus datos personales, su rectificación, su supresión, su portabilidad y la limitación de su tratamiento, así como oponerse al mismo, dirigiendo escrito a la Fundación SEPI,C/ Quintana, nº 2, 3º, 28008, Madrid, o por correo electrónico, a la dirección protecciondatos@fundacionsepi.es.
Enlaces de interés

https://fundacionsepi.es/becas/Bases/BasesINIC2023.pdf

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa, son convocadas por esta fundación con la finalidad de facilitar el desarrollo de prácticas profesionales a personas que hayan finalizado los estudios necesarios para la obtención de un título universitario oficial o superior de formacioń profesional.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa" es: desde 17/02/2023 hasta 06/03/2023.

La Beca "Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Fundación SEPI - Iniciación en la Empresa" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes