Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional
INSCRIPCIONES
Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional: solicitud y plazos
Descripción
La Fundación ONCE trabaja constantemente con el objetivo de facilitar la formación académica y correcta incorporación al mundo laboral de aquellas personas que cuentan con algún tipo de discapacidad, pudiendo estos adquirir los conocimientos y herramientas necesarios que se exigen hoy en día.
Un ejemplo de ello es la convocatoria de las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional a las que podrán optar aquellas personas que cuenten con una discapacidad legalmente reconocida. Además deberán cursar algunos de los Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior que se detallan en la convocatoria entre los que se encuentran: Edificación y Obra Civil, Comercio y Marketing, Química, o Informática y Comunicaciones, entre otros.
Por otro lado y durante el proceso de selección de los candidatos a las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional, se valorará el porcentaje de discapacidad de los candidatos, el expediente académico, la renta familiar, la carta de motivación y el currículum vitae, así como otras circunstancias sociales y económicas por las que pueden verse afectados.
Aquellos alumnos que soliciten una de estas becas y finalmente resulten seleccionados, recibirán una dotación económica que les será de gran ayuda para hacer frente a algunos de los gastos generados con motivo de los estudios que están cursando.
Para conocer toda la información y poder solicitar una de las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional, no te muevas de nuestra página web. Aquí conocerás los plazos de presentación de solicitudes, el lugar donde debes hacerlo y la documentación a adjuntar, entre otra información.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
- Podrán solicitar las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional, los estudiantes que tengan nacionalidad española, y una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
- Personas destinatarias: Estudiantes con discapacidad de ciclos formativos de grado medio o superior en alguna de las siguientes áreas profesionales:
- Comercio y Marketing.
- Agraria.
- Edificación y Obra Civil.
- Electricidad y Electrónica.
- Energía y Agua.
- Fabricación e instalación de componentes.
- Mecánica.
- Imagen y Sonido.
- Informática y Comunicaciones.
- Instalación y Mantenimiento.
- Gestión Forestal, Aprovechamiento y Mantenimiento del Medio Natural.
- Química.
- Sanidad y Servicios Sociosanitarios.
Dotación
Las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional otorgan una dotación de mil (1.000) euros por persona en cuantía única.
Presentación
- Las personas solicitantes de las Becas Oportunidad al Talento Formación Profesional deberán presentar sus solicitudes exclusivamente por vía telemática a través de la plataforma de becas de la Fundación ONCE: https://becas.fundaciononce.es.
- Las personas solicitantes deberán completar el formulario web de inscripción y adjuntar la documentación requerida en cada paso.
- Una misma persona únicamente podrá ser beneficiaria de una beca para esta convocatoria 2025-2026.
Más información
Objetivo
Promover la Formación Profesional en áreas de especial empleabilidad.
Características
Se podrá conceder esta modalidad de beca a una misma persona hasta en un máximo de dos convocatorias.
Resolución y notificación a las personas beneficiarias
El órgano competente para la ordenación, análisis y valoración de las solicitudes de becas será la Comisión de Valoración referida en el epígrafe 7 anterior. Las solicitudes recibidas serán admitidas a trámite cuando presenten la documentación obligatoria. La Fundación ONCE podrá requerir documentación adicional y solicitar subsanación cuando la documentación presentada por las personas solicitantes no sea correcta.
Posteriormente, serán valoradas con arreglo a los criterios objetivos de evaluación que se recogen en el Anexo I. Una vez analizadas y valoradas las solicitudes recibidas, la Comisión de Valoración resolverá la adjudicación de las becas, dejando constancia de esta en un acta y publicará una Resolución Provisional de la Convocatoria.
Esta Resolución Provisional será publicada antes del 15 de noviembre de 2025 en la plataforma de becas de la Fundación ONCE e incluirá:
- La lista de personas solicitantes de la convocatoria por modalidad con la puntuación obtenida, así como las personas becadas en cada una de las modalidades.
Si las personas beneficiarias sólo hubieran presentado la preinscripción de matrícula en el momento de la resolución provisional, deberán presentar de manera previa a la resolución definitiva la matrícula del curso o programa formativo becado.
Tras la publicación de la Resolución Provisional, se establecerá un periodo de 7 días naturales durante el cual las personas solicitantes podrán remitir sus alegaciones o solicitar información adicional sobre las razones que han fundamentado el rechazo de su solicitud a través del correo electrónico: becas@fundaciononce.es. Este correo deberá contener en el asunto: ALEGACIONES - “modalidad”- Nombre y Apellidos.
Una vez finalizado el plazo para la presentación de alegaciones y de solicitudes de información adicional, la Secretaría Técnica dará respuesta a todas ellas antes del 26 de noviembre de 2025, y posteriormente la Comisión de Valoración emitirá un acta en la que se concreta el resultado de la evaluación efectuada y elevará una Propuesta de Resolución Definitiva al Órgano concedente de las becas (Comité Directivo de Fundación ONCE) que resolverá y aprobará dicha propuesta de Resolución Definitiva, que se publicará posteriormente en la plataforma de becas de la Fundación ONCE y que incluirá:
- La Resolución Definitiva de las becas concedidas en cada una de las modalidades.
- La lista de personas solicitantes de la convocatoria con la puntuación obtenida por cada una de las solicitudes.
Contra la Resolución Definitiva no cabrá reclamación ni recurso alguno. Las resoluciones tanto Provisional como Definitiva serán publicadas a través de la plataforma de becas de la Fundación ONCE, http://becas.fundaciononce.es/, salvaguardando la protección de datos personales. En tal sentido, sólo aparecerán las iniciales y el D.N.I. anonimizado de cada persona solicitante, conforme al art. 115.2, anexo XII, epígrafe 1.1 del Reglamento (UE) 1303/2013, del 17 de diciembre de 2013.
La publicación en la plataforma de becas de la Fundación ONCE, http://becas.fundaciononce.es/, de la Resolución Definitiva surtirá efectos de notificación a los solicitantes, por lo que no se emitirán resoluciones individuales. Las personas becadas recibirán la asignación de la beca en una cuantía única que se transferirá a la cuenta bancaria que se indique por parte de cada persona beneficiaria y una vez aportado el certificado de titularidad bancaria y la documentación que se le requiera por parte de Fundación ONCE.
Obligaciones de la persona becaria, justificación e incompatibilidades
Una vez concedida la beca, las personas beneficiarias deberán remitir a Fundación ONCE el certificado de titularidad de cuenta bancaria donde se les abonará el importe adjudicado, así como el anexo II firmado.
Las personas becadas deberán participar de manera obligatoria en el acto de entrega de las becas, que se desarrollará en el salón de actos de la Fundación ONCE entre los días 15 y 19 de diciembre de 2025. La falta de participación en este acto por parte de cualquier persona becada, sin que exista justificación suficiente para ello, podría invalidar, a criterio de la Fundación ONCE, la adjudicación de la beca, viniendo la persona becada obligada a devolver a la Fundación ONCE el importe de las cantidades económicas satisfechas por esta última y pasando la beca a la siguiente persona con mayor puntuación en la Resolución Definitiva.
Las personas becadas, una vez concluido el periodo de disfrute de la beca, deberán justificar a la Fundación ONCE el aprovechamiento de esta, bien mediante el diploma o equivalente del programa cursado o bien, en el caso de que no se obtenga el título académico de manera inmediata, del expediente académico del programa cursado gracias a la beca. La documentación se deberá aportar a través del correo de becas@fundaciononce.es
Asimismo, y con la finalidad de valorar y mejorar el desarrollo del Programa de Becas “Oportunidad al Talento”, las personas beneficiarias deberán también remitir a la Fundación ONCE una memoria de un máximo de 3 folios explicando el aprovechamiento obtenido y, de manera voluntaria, podrán responder a una encuesta final de valoración a fin de conocer su valoración del programa.
Las personas becadas pasarán a formar parte de la red ALUMNI de becarios de la Fundación ONCE, cuyo portal es, https://alumni.fundaciononce.es/.
Las personas becadas comunicarán a la Fundación ONCE su dirección, así como cualquier actualización de esta y, además, aceptan expresamente la utilización de sus nombres e imagen para incluirlos de manera informativa en los canales de comunicación externos e internos del Grupo Social ONCE, así como en las memorias de actividad y otros documentos corporativos de la Fundación ONCE.
La Fundación ONCE podrá exigir a la persona becada la devolución de la ayuda económica concedida si esta no la emplea para el desarrollo de la actividad para la que se le concede, viniendo dicha persona becada obligada a devolver a la Fundación ONCE el importe de las cantidades económicas satisfechas por esta última. En todo caso, la persona becada deberá informar a la Fundación ONCE y, si procede, aportar a la misma cualquier documentación justificativa en relación con cualquier variación que se produzca en la actividad para cuyo desarrollo se le concede la ayuda.
Las becas de máster y postgrado, de movilidad trasnacional, de formación profesional y de estudios y deporte, son compatibles con cualquier otra beca otorgada por otra institución pública o privada, siempre que las cuantías no excedan del coste total del desarrollo del programa formativo. En caso de que sí excedan el coste total del desarrollo del programa formativo, la persona becada estará obligada a reintegrar a la Fundación ONCE el importe que exceda del coste total del desarrollo del programa formativo.
La participación en esta convocatoria implica la aceptación de las presentes bases. El incumplimiento por parte de una persona becada de las obligaciones establecidas en las presentes bases implicará la pérdida automática de la condición de persona becada, viniendo dicha persona obligada a reintegrar a la Fundación ONCE el importe de las cantidades económicas satisfechas por esta última y pasando la beca a la siguiente persona seleccionada en la Resolución Definitiva, por orden de puntuación.
- Porcentaje Discapacidad: De 3 a 10 puntos.
- Expediente Académico: De 5 a 10 puntos.
- Renta Familiar: De 2,5 a 10 puntos.
- Currículum y Carta de Motivación presentados: De 0 a 10 puntos.
- Otras circunstancias socioeconómicas: De 0 a 10 puntos.
Documentación a adjuntar
Las personas solicitantes deberán presentar en el momento de la solicitud la documentación recogida en el presente epígrafe, que está formada por la documentación que resulta obligatoria para todas las solicitudes de beca, con independencia de su modalidad, y otra complementaria que varía según la modalidad. Toda la documentación requerida deberá adjuntarse a la solicitud que se presente en la plataforma de becas de Fundación ONCE, en formato preferiblemente “.doc.”, “.docx” o “.pdf” para poder ser valorada según los criterios establecidos en el Anexo I. El tamaño de todos los archivos subidos a la plataforma no puede superar los 16 megabytes (MB).
Documentación obligatoria para todas las modalidades de beca:
- Documento acreditativo de la discapacidad que deberá ser igual o superior al 33% y estar reconocida por el Organismo Competente de la CC. AA.
- D.N.I.
- Última declaración de la renta de la unidad familiar.
- Carta de motivación, en la que se describan las razones de solicitud de la beca, el proyecto académico y profesional y el objetivo al que se destinará la ayuda.
- Currículum vitae actualizado.
Documentación adicional obligatoria por cada modalidad de beca:
- Expediente académico de ESO o del último curso realizado de ciclo formativo de grado medio o superior.
- Matricula o resguardo de preinscripción del curso.