Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua
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Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua: solicitud y plazos
Descripción
La Diputación Foral de Gipuzkoa a través del Departamento de Cultura, Turismo, Juventud y Deporte convoca las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua.
Estas becas tienen como objetivo ofrecer una beca de formación de carácter teórico y práctico, durante el periodo de tiempo establecido en la convocatoria, en el ámbito del patrimonio etnográfico, especialmente en el campo de la documentación de colecciones en Gordailua, Centro de Colecciones Patrimoniales de Gipuzkoa (Irún).
Las personas beneficiarias de las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua realizará su formación en las instalaciones de Gordailua, y contará con una tutoría.
Para valorar las solicitudes se tendrá en cuenta el currículum vitae de los solicitantes con un máximo de 25 puntos y la entrevista presencial con un máximo de 10 puntos.
Durante el periodo de disfrute de la beca, el candidato seleccionado realizará estudios teóricos y prácticos, sobre documentación (registro, inventario, catalogación...) de piezas de las colecciones etnográficas, asistiendo a una institución o centro de referencia concertado con Gordailua.
Si estás interesado/a en solicitar las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua, aquí te ofrecemos toda la información que necesitas para realizarla. Consulta en nuestra web el plazo, requisitos y otra información de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Turismo, Ciencias Sociales y Educación
- Artes y Humanidades
- País de origen
- España
- País de destino
- España
- Región de origen
- País Vasco
- Provincia de origen
- Guipúzcoa
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias de las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua:
- Podrán acceder a esta beca quienes acrediten un título universitario superior en Antropología Social y Cultural, Historia o Patrimonio Cultural, en consonancia con el objeto de la convocatoria.
- Es requisito conocer las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En cuanto al euskera, se deberá acreditar el nivel PL3.
- Además, será requisito indispensable acreditar haber estado empadronado en algún municipio del Territorio Histórico de Gipuzkoa durante al menos cinco años dentro de los últimos diez años.
- Esta beca es incompatible con otras becas o ayudas similares.
- Los títulos obtenidos en el extranjero deberán estar debidamente homologados por el Ministerio competente en materia de Educación en el momento de presentar la solicitud.
Dotación
Cuantía de las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua:
El importe de la beca no superará los 10.000 euros y se fijará en la convocatoria anual en función de la disponibilidad presupuestaria.
Duración.
La duración total de esta beca será de ocho meses de prácticas, contados desde el inicio de las mismas. Dentro de este periodo se incluye la estancia en el centro de referencia acordado con la Diputación Foral de Gipuzkoa. Esta estancia no podrá ser inferior a 4 semanas ni superior a seis semanas.
Inicio del periodo de prácticas.
El periodo de prácticas comenzará lo antes posible, en función de la disponibilidad de Gordailua. En primer lugar se conocerá la dinámica de Gordailua in situ, durante un máximo de cuatro semanas; posteriormente se realizará la estancia en el centro de referencia externo, y a la vuelta se completará el periodo en Gordailua.
Presentación
Forma y plazo de presentación de solicitudes para las Becas Prácticas Formación Ámbito Etnográfico en Gordailua:
- El procedimiento de concesión de las becas se iniciará de oficio mediante la convocatoria anual publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
- Las solicitudes, según el formulario facilitado por la Dirección de Cultura y junto con la documentación establecida, se presentarán preferentemente por Internet, siempre que las características de la persona solicitante lo permitan, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://egoitza.gipuzkoa.eus), accediendo al portal de subvenciones y utilizando el formulario específico habilitado para este fin.
- Si la persona solicitante no dispone de firma electrónica, contraseña o cualquier otro medio de identificación válido para presentar la solicitud de forma electrónica, deberá presentar el formulario cumplimentado en papel y firmado.
- Asimismo, existe la opción de presentar las solicitudes y la documentación dirigida al Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes, en el Registro General del mismo (Okendo kalea 20, 20004 Donostia) o en el Registro Central de la Diputación Foral de Gipuzkoa (Gipuzkoa plaza s/n, planta baja, 20004 Donostia).
- La información de cada convocatoria y los formularios normalizados de solicitud estarán disponibles en la sede electrónica (https://egoitza.gipuzkoa.eus).
- Junto con los formularios normalizados de solicitud, las personas solicitantes deberán presentar la documentación indicada en la convocatoria.
- Si el formulario de solicitud o la documentación presentada presentan errores u omisiones, se concederá a la persona solicitante un plazo de diez días hábiles para subsanarlos; transcurrido dicho plazo sin hacerlo, se le tendrá por desistida de su solicitud, mediante resolución dictada conforme al artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Los plazos de presentación de solicitudes se determinarán en la convocatoria anual.
Procedimiento de concesión.
La beca se concederá en régimen de concurrencia competitiva, por lo que se seleccionará una única solicitud por cada tipo de beca, de acuerdo con los criterios establecidos en cada caso, siempre que se alcance al menos la mitad de los puntos posibles en los criterios de valoración.
Más información
Resolución
- El diputado foral del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes resolverá la convocatoria mediante orden foral.
- La resolución estará motivada conforme a lo dispuesto en las bases específicas de cada línea de beca, es decir, en función de los criterios objetivos establecidos en las mismas.
- La resolución de concesión de la beca deberá incluir expresamente: el objeto, la persona seleccionada, la cuantía, las formas y plazos de pago, así como el resto de condiciones y requisitos exigidos en las bases específicas de cada tipo de subvención.
- El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses. Este plazo se computará, en cada caso, desde el inicio del plazo de presentación de solicitudes.
- Los posibles actos presuntos que puedan producirse en el procedimiento de concesión de estas becas se entenderán desestimatorios, conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Obligaciones de la persona beneficiaria
- Además de los requisitos establecidos en la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y en su reglamento de desarrollo aprobado por el Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril, deberán cumplirse los previstos en estas bases generales y en las bases específicas de cada línea de beca.
- En particular, en la publicidad relativa a las actividades objeto de subvención, que se realizará principalmente en euskera, se deberá hacer constar la colaboración del Departamento de Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- En la documentación y materiales relacionados con las actividades y programas subvencionados se deberá hacer un uso no sexista del lenguaje, evitar imágenes que discriminen a la mujer y promover la igualdad, la diversidad, la pluralidad de roles y la corresponsabilidad.
- Las personas beneficiarias de estas ayudas deberán colaborar con la Diputación Foral de Gipuzkoa en las acciones de difusión de las experiencias que motivan la concesión de la beca.
Pago de las becas
El importe de la beca se abonará mensualmente durante el período de duración de la misma, en proporción al tiempo de disfrute, practicándose las retenciones correspondientes.
La previsión de pagos anticipados sin exigencia de garantías está justificada por las características de las actividades a desarrollar. Las personas físicas deben realizar prácticas de formación, conservación y restauración, con una duración de 8 meses y asistencia diaria de 8:30 a 14:30 (de lunes a viernes) en Gordailua. Por tanto, sin pagos mensuales previstos, sería difícil que las personas beneficiarias pudieran realizar dichas prácticas.
Justificación de las becas
- Deberá justificarse documentalmente el cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución de concesión y la consecución de los objetivos previstos, en la forma y plazos indicados en el anexo correspondiente a cada tipo de ayuda o beca.
- El órgano concedente verificará la correcta justificación de la beca y el cumplimiento de la actividad o finalidad que motivó su concesión.
- El órgano concedente comprobará que la persona beneficiaria está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Si la persona solicitante se opone a dicha comprobación, deberá aportar la documentación correspondiente.
Reintegro de las cantidades percibidas
Deberán reintegrarse las cantidades percibidas y abonarse los intereses de demora correspondientes desde el momento del pago de la beca hasta la fecha en que se acuerde el reintegro, en los supuestos previstos en los apartados 1 y 3 del artículo 35 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Personas obligadas al reintegro
En los casos descritos en la base anterior, las personas beneficiarias deberán reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas, junto con los intereses de demora correspondientes. Esta obligación es independiente de las sanciones que, en su caso, puedan imponerse.
Régimen jurídico
- Además de lo previsto en estas bases generales y específicas, será de aplicación la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Decreto Foral 24/2008, de 29 de abril.
- El control financiero de las becas se realizará conforme a lo establecido en el capítulo V del título VII de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Definición del objeto de la beca
El objeto de estas bases específicas es establecer la normativa para la concesión de una beca de formación en el ámbito de etnografía en Gordailua.
Las prácticas de formación se desarrollarán especialmente en Gordailua, Centro de Colecciones Patrimoniales de Gipuzkoa, en el ámbito de la documentación de sus colecciones.
Por ello, la persona beneficiaria de la beca realizará su formación en las instalaciones de Gordailua. Para ello contará con una tutoría específicamente diseñada por el personal de Gordailua; el desarrollo posterior de dicha tutoría será realizado por el propio personal del centro.
Durante el período de disfrute de la beca, la persona beneficiaria realizará estudios teóricos y prácticos, principalmente sobre la documentación de piezas de colecciones etnográficas (registro, inventario, catalogación…), acudiendo a una institución o centro de referencia acordado con Gordailua, situado en el Estado español. Asimismo, se prevén desplazamientos a museos y centros del País Vasco, Navarra e Iparralde.
Criterios de valoración y concesión
Para la concesión de la beca se valorarán los siguientes aspectos: 40 puntos en total.
Currículum vitae: máximo 25 puntos.
- Expediente académico: máximo 15 puntos.
- Otros cursos de formación, publicaciones, congresos relacionados con el patrimonio cultural, otros idiomas no exigidos en la convocatoria: máximo 6 puntos.
- Experiencia laboral relacionada con el objeto de la beca, es decir, el patrimonio etnográfico: máximo 4 puntos.
Entrevista presencial: máximo 10 puntos.
- Presentación oral del currículum: experiencia profesional y trabajos realizados, siempre que acrediten experiencia en etnografía: máximo 5 puntos.
- Explicación del interés en participar en el proyecto Gordailua: interés en un tema o varios; propuesta metodológica que pueda contribuir a mejorar el conocimiento de la colección etnográfica: máximo 5 puntos.
- No haber cumplido 31 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes o no haber transcurrido más de 5 años desde la finalización de los estudios universitarios: 5 puntos.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes se presentarán preferentemente VIA INTERNET en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa (https://www.egoitza.gipuzkoa.eus).
Los documentos que habrá que aportar en la misma instancia vía internet son:
- Documento acreditativo de la persona solicitante
- Certificado acreditativo de estar al corriente en obligaciones de Seguridad Social (Si no se ha autorizado su consulta)
- Certificado acreditativo de estar al corriente en obligaciones tributarias (Si no se ha autorizado su consulta)
- Curriculum vitae y expediente académico debidamente justificados.
- Certificado que acredite la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios que integran el Territorio Histórico de Gipuzkoa por plazo mínimo de cinco años, dentro de los diez últimos años.
- Certificado de la titularidad de cuenta corriente
- Titulación para justificar el conocimiento de euskera. EGA o equivalente.






