Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier
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Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier: solicitud y plazos
Descripción
Los Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier reconocen a los estudiantes con los mejores expedientes académicos del curso 2024/2025. Estos premios están destinados a alumnos de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria. Se busca fomentar la excelencia académica y premiar el esfuerzo de quienes destacan por su rendimiento y dedicación.
Para participar, los aspirantes deben estar empadronados en San Javier al menos dos años antes de la solicitud. Es necesario haber superado los estudios correspondientes y obtener una calificación media mínima de 8,75 en Bachillerato o 8,00 en CFGM o CFGS. La documentación requerida incluye la solicitud cumplimentada, certificado de calificaciones, copia de matrícula en estudios postobligatorios para bachillerato y declaración de cumplimiento de obligaciones tributarias. Los menores deben presentar además un modelo de representación legal.
El proceso de adjudicación se realiza en régimen de concurrencia competitiva. Se valorarán las calificaciones medias de los últimos tres cursos. Los Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier se entregan mediante transferencia bancaria y son compatibles con otras ayudas.
Los Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier son un reconocimiento oficial al esfuerzo, compromiso y excelencia de los jóvenes del municipio, consolidando su proyección educativa. Nosotros te facilitamos los datos necesarios para solicitar estos galardones en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 12
- Nivel de estudio
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- País de origen
- España
- Región de origen
- Región de Murcia
- Provincia de origen
- Murcia
- Localidad
- San Javier
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los aspirantes a los Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier:
Podrán participar en los citados premios extraordinarios aquellos estudiantes que hayan finalizado dichas enseñanzas y reúnan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado al menos los 2 años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud en el municipio de San Javier.
- Haber cursado y superado los estudios mencionados en la convocatoria ordinaria correspondiente al curso académico 2024/2025 y en el caso de solicitantes de premios de bachillerato, continuar con estudios postobligatorios en el curso siguiente.
- Haber obtenido una nota media igual o superior a 8,75 puntos en las calificaciones del conjunto de los dos cursos de cualquiera de las modalidades de Bachillerato o igual o superior a 8,00 en cualquiera de CFGM o CFGS.
- Los beneficiarios, así como quienes ostenten la patria potestad o guarda legal en caso de que se trate de menores, habrán de reunir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente de sus obligaciones tributarias para con la Hacienda Local.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, así como no tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ni con el Ayuntamiento de San Javier.
Dotación
Se establece una cantidad máxima de 6.000 euros con cargo al presupuesto municipal del ejercicio 2025 y consignada en la partida 32600/48001. Dicha cantidad se distribuirá en doce Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier, de 500 euros, de la siguiente forma: ocho premios para Bachillerato, dos para CFGM y dos para los CFGS, para los mejores expedientes académicos de cada enseñanza que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2. La concesión estará supeditada en todo momento a las disponibilidades presupuestarias existentes.
En el caso de que en alguna de las enseñanzas se diera la circunstancia de que algún premio se quedara desierto por no haber aspirantes suficientes que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2, éste pasaría a otorgarse al solicitante de mayor nota siguiente de cualquiera de las tres categorías. En este caso, se ordenarían todas las solicitudes recibidas por orden decreciente de nota media de las enseñanzas y se concedería el número de premios desiertos a los siguientes solicitantes continuando ese orden decreciente. Si se produjese un empate entre dos o más solicitantes de distintas enseñanzas, se ordenarían según los criterios establecidos en el artículo 7.
Presentación
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria de Premios Extraordinarios Bachillerato CF Grado Superior San Javier, deberán solicitarlo en instancia normalizada según Anexo L, pudiendo acceder a ella a través de la página web municipal.
Las solicitudes debidamente cumplimentadas y firmadas se deberán presentar a través del Registro General del Ayuntamiento de San Javier sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se podrá realizar a través del registro electrónico disponible en la sede electrónica de este Ayuntamiento https: / /sanjavier.sedelectronica.es/info.0, debiendo ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. Si la solicitud se realiza de forma presencial en el Registro del Ayuntamiento, se deberá solicitar cita previa a través de la web del Ayuntamiento. Las solicitudes irán dirigidas al Negociado de Educación.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, debiendo acompañar a la solicitud la documentación indicada en el artículo 5.
Más información
Objeto, régimen jurídico y beneficiarios
El objeto de esta convocatoria es regular y conceder los premios extraordinarios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior correspondientes al curso 2024/2025, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, siendo de aplicación a la presente convocatoria la ordenanza específica reguladora de las Bases para la concesión de los premios extraordinarios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en el municipio de San Javier. Dichas Bases fueron aprobadas inicialmente por el Pleno municipal en sesión ordinaria el día 3/08/2023 y publicadas íntegramente en el BORM n.? 239, de 16/10/2023, entrando en vigor con fecha 8/11/2023, y modificadas con fecha 18 de abril de 2024 en sesión de pleno ordinaria.
Podrán optar al premio extraordinario los estudiantes que hayan cursado y superado sus estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior en el curso académico 2024/2025 y que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 2.
Criterios de valoración y baremación
En caso de producirse empate se dirimirá aplicando, en el orden establecido, los criterios que se exponen a continuación:
- Mayor calificación final media obtenida en el curso 2024/2025.
- Mayor calificación final media obtenida en el curso 2023/2024.
- Mayor calificación final media obtenida en el curso 2022/2023.
Obligaciones de los beneficiarios
Los beneficiarios de estos premios quedan obligados a:
- Realizar estudios postobligatorios y cumplir las condiciones que fundamentan la concesión del premio.
- Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión del premio.
- Poner en conocimiento de la entidad concedente la anulación de matrícula para el curso 2025/2026, en su caso.
- Proceder al reintegro de los fondos en los casos previstos en la normativa vigente.
- El Ayuntamiento de San Javier se reserva el derecho de comunicar a otras administraciones el listado de aquellos aspirantes que han sido premiados.
Forma de pago
El pago se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria señalada por el beneficiario cuyos datos necesariamente habrán de ser especificados en la documentación aportada por el solicitante.
Compatibilidad de los premios
Estos premios son compatibles con cualquier otra ayuda que pudiera obtenerse para la misma finalidad de otras administraciones públicas, entidades públicas o privadas.
Enlaces de interés
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/854764
Documentación a adjuntar
Documentación a presentar.
Los interesados deberán presentar las solicitudes de acuerdo a los modelos que figurarán en las convoctorias, según los anexos que se especifiquen en las mismas, deberán estar debidamente cumplimentadas y firmadas por los solicitantes, e irán acompañadas por la siguiente documentación:
- Solicitud debidamente cumplimentada (Anexo l).
- Certificado de calificaciones del Secretario del IES donde cursó los estudios correspondientes.
- Para los solicitantes de premios extraodinarios de Bachillerato, copia de la matrícula de los estudios postobligatorios que está cursando durante el curso actual (curso 25/26).
- Modelo de representación de alumnado menor de 18 años (Anexo II), en su caso.
- Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).
- Certificado del Código Cuenta Cliente de la cuenta dónde se desea recibir el importe del premio en el que aparezca como titular el beneficiario, en caso de mayoría de edad, y el beneficiario y el padre o la madre o el tutor legal del menor para el que se solicita el premio.
Artículo 6. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento y plazo de notificación.
El procedimiento para la concesión de los premios se iniciará siempre de oficio, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local que aprobará la convocatoria pública. La competencia para la instrucción de los expedientes corresponderá al Negociado de Educación de Ayuntamiento de San Javier, asistido por la Asesoría Jurídica del mismo. Se constituirá una Comisión de Valoración tal y como establece el artículo 6 de las Bases reguladoras que evaluará las solicitudes recibidas y formulará la propuesta de resolución. El órgano colegiado competente para la resolución del procedimiento será la JGL, a propuesta de la Comisión de Valoración.
La Comisión de Valoración evaluará las solicitudes recibidas y formulará la propuesta de resolución provisional. La relación provisional de solicitantes premiados y no premiados se publicará en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Javier así como en la web municipal, dentro del apartado de Educación.
Publicada esta resolución provisional los solicitantes tendrán un plazo de 5 días hábiles para subsanar los defectos observados y/o presentar las reclamaciones oportunas. Si no lo hacen se entenderá que desisten de su petición.
Las reclamaciones y/o subsanaciones se presentarán según modelo que consta en el Anexo V en el Registro General del Ayuntamiento de San Javier, así como en cualquiera de los establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e irán dirigidas al Negociado de Educación del Ayuntamiento. Durante el plazo de presentación de reclamaciones no se admitirá nueva documentación con fecha posterior al último día del plazo de admisión de solicitudes. Una vez resueltas las alegaciones y reclamaciones y de acuerdo con lo previsto en el art. 84 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la Comisión de Valoración remitirá a la JGL la propuesta de resolución definitiva para ésta resuelva el procedimiento acordando de forma motivada la concesión de los premios.
La resolución por la que se concedan o denieguen los premios será notificada a los interesados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicha resolución se publicará tanto en el Tablón de Anuncios como en la página web de el Ayuntamiento de San Javier. El plazo máximo para dictar la resolución y notificarla a los interesados será de seis meses a contar desde la fecha final del plazo de presentación de solicitudes.