Premios de Pintura Es Mercadal
INSCRIPCIONES
Premios de Pintura Es Mercadal: solicitud y plazos
Descripción
Los Premios de Pintura Es Mercadal 2026 tienen como objetivo fomentar la creación artística y reconocer el talento de artistas de cualquier nacionalidad y lugar de residencia. El Ayuntamiento de Es Mercadal convoca este certamen mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, dirigido a personas físicas y jurídicas interesadas en presentar sus obras pictóricas.
Las personas participantes podrán presentar un máximo de dos obras originales, con temática, materiales y técnicas libres, que no hayan sido expuestas en otros concursos o certámenes. Las pinturas no podrán superar las dimensiones de 146 × 114 centímetros (80F) y deberán entregarse preparadas para su exposición, sin firmar y acompañadas de un sobre cerrado con los datos identificativos del autor o autora.
Los Premios de Pintura Es Mercadal contemplan un único galardón indivisible de 1.000 euros brutos. Además, la persona ganadora podrá participar como artista en la muestra bienal «Vesprades d’art» de Es Mercadal. El jurado, compuesto por personas cualificadas y un representante municipal, seleccionará las obras finalistas y determinará el resultado, que se hará público el 11 de noviembre de 2026, durante los actos de Sant Martí.
La recepción de obras permanecerá abierta hasta el 17 de octubre de 2026 en el Ayuntamiento de Es Mercadal. Consulta aquí todos los detalles de los Premios de Pintura Es Mercadal y descubre cómo presentar tu obra.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Formación Profesional Básica
- Postdoctorado
- Nacionalidades
- Cualquier nacionalidad
Requisitos
Podrán presentarse a los Premios de Pintura Es Mercadal todas las personas físicas o jurídicas que lo deseen, sin distinción de nacionalidad o lugar de residencia.
El hecho de presentar una obra al Premio de Pintura 2026 supone aceptar íntegramente estas bases y el veredicto del jurado, que será inapelable.
No podrán optar al premio las personas en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y que recoge también el artículo 3.3 de la Ordenanza general municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Es Mercadal (BOIB núm. 26, de 26 de febrero de 2010).
Dotación
Dotación de los Premios de Pintura Es Mercadal:
El Ayuntamiento otorga al ganador o ganadora un único premio de 1.000 € brutos, sujetos a la retención y a los impuestos vigentes. Al mismo tiempo, le dará la opción de participar como artista en la muestra bienal «Vesprades d’art» de Es Mercadal. El artista ganador o ganadora se compromete a firmar la obra ganadora. El premio puede declararse desierto, pero en ningún caso será fraccionado.
La presente convocatoria incluye un único premio indivisible, que puede quedar desierto si el jurado evaluador considera que ninguna de las obras cumple unos requisitos mínimos de rigor y calidad.
Presentación
La admisión de las obras a los Premios de Pintura Es Mercadal tendrá lugar en el Ayuntamiento de Es Mercadal (C. Major, 16) desde el día de la publicación en el BOIB hasta el 17 de octubre de 2026. Los gastos de transporte de las obras correrán a cargo del concursante o de la concursante. Las inscripciones que se realicen fuera de este plazo no se tendrán en cuenta.
Las obras en las que consten datos identificativos del autor o autora (excepto el seudónimo) serán descalificadas.
El hecho de presentarse al premio comporta la aceptación de la totalidad de las prescripciones de estas bases, así como del dictamen del jurado, que será inapelable.
Más información
Objeto y competencia
1. El objeto de estas bases es fomentar la creación artística. El Ayuntamiento de Es Mercadal convoca el Premio de Pintura mediante el régimen de concurrencia competitiva.
2. La convocatoria de este premio se realiza al amparo de las competencias municipales en promoción de la cultura y los equipamientos culturales establecidas en el artículo 25.2.m de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local; la de normalización lingüística, establecida en el artículo 29.2.g de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, y las de juventud, establecidas en el artículo 11 de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de las Illes Balears.
Requisitos de las obras que se presenten al premio
El tema de las obras, los materiales y las técnicas que se empleen son libres. Las obras, que no podrán superar las dimensiones de 146 × 114 (80F), deben ser originales y no haber sido expuestas en ningún otro concurso o certamen.
Cada persona concursante puede presentar un máximo de 2 obras, que deben entregarse en condiciones de ser colgadas.
Cada obra debe llevar, en el reverso y en un sobre cerrado, una tarjeta en la que figuren el nombre, los apellidos, el DNI, la dirección y el teléfono del autor o autora, además del título, la fecha, la técnica y las medidas de la obra. En el exterior del sobre debe figurar el título de la obra. Las obras no pueden ir firmadas.
El Ayuntamiento no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras admitidas al premio, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no se admitirán al premio las obras que hagan apología de la vulneración de los derechos humanos o que contengan discriminaciones por razón de nacimiento, etnia, género, sexo, orientación sexual, religión, opinión, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Especialmente, se excluirán aquellas obras que atenten contra el principio de igualdad entre hombres y mujeres o fomenten la violencia de género.
Aunque se tomarán las medidas adecuadas respecto a la custodia y conservación de las obras presentadas, el Ayuntamiento no se hace responsable de los deterioros o accidentes que puedan sufrir las obras desde su entrega hasta su devolución.
Comisión de Evaluación
El jurado estará constituido por personas cualificadas (pintores y pintoras, galeristas…), y un concejal o concejala del Ayuntamiento, que actuará como secretario o secretaria.
El dictamen del jurado se hará público durante los actos de Sant Martí del día 11 de noviembre de 2026.
El jurado realizará una selección de 6 obras para elegir finalmente 3, entre las cuales escogerá la ganadora y las dos finalistas mediante una nueva deliberación.
La entrega del premio tendrá lugar después de conocerse el dictamen del jurado. El veredicto se difundirá a través de los medios de comunicación.
El régimen de funcionamiento de la Comisión de Evaluación será el previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Desarrollo del premio
El Ayuntamiento podrá organizar una exposición pública con las obras presentadas e intentará incluirlas todas. No obstante, por razones de espacio u otras, el jurado podrá realizar una selección. La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento, que se reserva todos los derechos de reproducción y exposición.
Las obras no premiadas estarán a disposición de sus autores o autoras a partir del día 17 de noviembre de 2026.
Resolución de concesión
- La persona instructora, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Evaluación, formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, en la que deberá constar la persona solicitante o la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la subvención y la cuantía. También deberá especificarse la evaluación y los criterios de valoración que se han seguido para efectuarla. Esta propuesta se trasladará al órgano competente para resolver. Antes de dictar la resolución, deberá incorporarse el informe favorable de fiscalización por parte de la Intervención municipal.
- El órgano competente para resolver el procedimiento es el alcalde del Ayuntamiento de Es Mercadal.
- Las resoluciones por las que se aprueban las bases y las convocatorias, se nombra la Comisión de Evaluación y se conceden o deniegan los premios agotan la vía administrativa.
- Se establece un plazo de un mes, a partir de la finalización de cada certamen, para resolverlo y publicar los resultados.
Recursos administrativos
1. Contra las resoluciones de convocatoria, nombramiento de la Comisión de Evaluación y concesión se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio correspondiente.
2. Asimismo, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dicte las resoluciones, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio correspondiente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Publicación y notificación de las resoluciones
1. Las bases reguladoras y el texto de la convocatoria, así como la resolución de concesión, se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Es Mercadal, en aplicación del artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al tratarse de un acto cuyo destinatario es una pluralidad indeterminada de personas, sin perjuicio de su publicación en la BDNS, prevista en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
2. La publicación deberá respetar la normativa vigente en materia de protección de datos y, en especial, la disposición adicional séptima de la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
Abono de los premios
El premio en metálico se abonará mediante transferencia bancaria en el plazo de dos meses a partir de la resolución de la convocatoria. Las personas premiadas disponen de 15 días hábiles, desde la resolución de la convocatoria, para indicar el número de cuenta corriente en el que desean recibir el pago (alta de acreedor/a). Si no facilitan la cuenta corriente dentro de este plazo, se entenderá que renuncian al premio. En los casos en que corresponda, el Ayuntamiento retendrá la parte correspondiente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La aceptación del premio comporta la cesión de los derechos de autoría y de edición de la obra al Ayuntamiento de Es Mercadal, tanto en papel como en formato electrónico. No obstante, el autor o autora podrá hacer uso de la obra siempre que lo comunique al Ayuntamiento y cuente con su autorización.






