Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Ciudad Real, convoca las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad con las cuales ayudarán a los jóvenes universitarios con los gastos que se ocasionan durante el curso académico vigente. Con estas becas se pretende promover la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar los estudios universitarios.
Las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se concederán prioritariamente a estudiantes universitarios empadronados en ciudad real que desarrollan sus estudios en el campus de dicha ciudad o, a estudiantes universitarios empadronados en Ciudad Real que realizan sus estudios en otros campus de la UCLM, de otra universidad o en universidades a distancia.
La dotación de esta será de 600 euros. Para poder obtener una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se valorarán criterios como el empadronamiento en Ciudad real o los ingresos familiares.
Si quieres ser beneficiario de una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad puedes consultar toda la información en nuestra web, como los requisitos, plazo de presentación de solicitudes, documentación a adjuntar y otra información de interés. Además en nuestra web podrás consultar otras becas del Ayuntamiento de Ciudad Real. No pierdas esta oportunidad y si cumples con los requisitos, solicita tu beca.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Región de origen
- Castilla La Mancha
- Provincia de origen
- Ciudad Real
- Nacionalidades
- Española
Requisitos
Para la concesión de estas becas se seguirá el siguiente criterio de prioridad:
- Primero: estudiantes universitarias y universitarios empadronadas/os en Ciudad Real que realizan estudios en el Campus de Ciudad Real.
- Segundo :Estudiantes universitarias y universitarios empadronadas/os en Ciudad Real que realizan estudios en otros Campus de la UCLM, de otra Universidad o que realizan estudios en Universidades a distancia.
Dotación
Se establece una modalidad de beca que será de una cuantía única: 600,00 €.
Presentación
- El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día de aprobación de esta convocatoria en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ciudad Real hasta el de esta convocatoria hasta el martes, 3 de octubre de 2023, a las 14:00 h. Previamente al inicio del señalado plazo, el extracto de la convocatoria será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, tal y como establece el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. De no agotarse el crédito se admitirán las solicitudes fuera de plazo, una vez concedidas las peticiones correctas en forma y plazo.
- Las solicitudes se formalizarán en el modelo que se adjunta a estas bases (ANEXO I, II y III). Cada solicitante presentará una instancia acompañada de toda la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ciudad Real, de forma presencial o a través de la Sede Electrónicahttps://www.ciudadreal.es/sede-electronica.html
- Cuando se presente más de una instancia se considerará válida la registrada en último lugar.
Más información
Instrucción, ordenación y resolución del procedimiento
El procedimiento de concesión de becas se gestionará de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Se designará como órgano instructor para la presente convocatoria al Jefe de Sección de Educación y Universidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación de las solicitudes y documentación exigida,requiriendo a las personas interesadas para que en el plazo de diez días subsanen, en su caso, los defectos que presente la solicitud.
Valoradas las solicitudes, el órgano colegiado evaluador compuesto por personal funcionario del Ayuntamiento de Ciudad Real, emitirá informe concretando el resultado.
El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado evaluador, formulará propuesta de resolución provisional, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, suscrita por el Concejal Delegado de Educación, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la beca y su cuantía, y será elevada al órgano competente para su aprobación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses, a partir de la publicación de esta convocatoria. El transcurso del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a los interesados, legitima a éstos para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
Notificación
Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará la mayor difusión posible. Todos los trámites relacionas con la solicitud se notificara conforme a los establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Criterios de valoración
Las solicitudes presentadas se valorarán por el órgano colegiado de valoración atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prioridad, tal y como se relacionan a continuación:
- PRIMER CRITERIO: Estar empadronada/empadronado en Ciudad Real, siguiendo la prioridad establecida en estas bases.
- SEGUNDO CRITERIO: Ingresos de la unidad familiar en base a los datos aportados por los/las solicitantes en la solicitud anexa.La falsedad en la cumplimentación de cualquier documento solicitado o dato requerido en la solicitud, o su no presentación, reportará automáticamente la exclusión en el presente proceso selectivo.
- a.- A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar.
- Los ingresos familiares deberán ser iguales o inferiores a los que establece la siguiente TABLA:
- 1 MIEMBRO 678 €.
- 2 MIEMBROS 1.243 €.
- 3 MIEMBROS 1.525 €.
- 4 MIEMBROS 1.808 €.
- 5 MIEMBROS 2.090 €.
- 6 MIEMBROS 2.373 €.
- 7 MIEMBROS 2.655 €.
- 8 MIEMBROS 2.938 €.
- 9 MIEMBROS 3.220 €.
- 10 MIEMBROS 3.503 €.
- b.- Una vez seleccionados todas las solicitudes que se ajusten al punto anterior, se procederá avalorar las solicitudes restantes siendo organizadas en un listado de menor a mayor cantidad de ingresos, priorizando en base a la cláusula 6.
- TERCER CRITERIO: Cualquier otra situación, susceptible de baremación objetiva, que aporte el/la estudiante.
Compatibilidad
https://www.ciudadreal.es/documentos/educa/2023/universitarios/CONVOCATORIA_ayudas_universitarias_2023.pdf
Documentación a adjuntar
- Acreditación universitaria: Matrícula de la Universidad.
- Fotocopia del DNI en vigor o del NIE en vigor.
- DOCUMENTACIÓN FAMILIAR O PERSONAL QUE PUEDE SOLICITAR EL AYUNTAMIENTO ANTES O DESPUÉS DE CONCEDER LA AYUDA:
- Justificante de Ingresos Económicos referidos a la unidad familiar:
- AUTÓNOMOS: Si son trabajadores/as por cuenta propia: Copia de la Declaración trimestral (Modelo 130). Si no presentaran este modelo deberán incluir Declaración de la Renta del 2022.
- Si son trabajadores/as por cuenta ajena: Copia de la última nómina.
- En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos.
- En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, ERTE, etc.): Certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.
- Justificante de gastos por arrendamiento o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
- Cualquier otra documentación que esté relacionada con un baremo económico.
- Los ingresos económicos:
- A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar (padre, madre, así como otros familiares que convivan en el domicilio, si el/la estudiante no está independizado/a). Y se establecerá un listado de concesión y reserva en función de los ingresos personales y/o familiares.
- Certificado de no cobrar prestaciones.
El hecho de cumplir con todos los requisitos generales enumerados en este apartado no supone, por sí solo, derecho a la obtención de la beca. Para ello se establecerá un orden por puntos, adjudicando ayudas hasta agotar el presupuesto total de éstas que asciende a 30.000,00 €. Pudiéndose conceder un total de cincuenta becas de 600,00 €.