Ayuntamiento de Ciudad Real

Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad

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INSCRIPCIONES

29/07/202431/07/2024
Finalizada

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Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Ciudad Real, convoca las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad. Gracias a estas, se ofrecerá una ayuda a los jóvenes universitarios con los gastos que se ocasionan durante el curso académico vigente. Con estas becas se pretende promover la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar los estudios universitarios.

Las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se concederán prioritariamente a estudiantes universitarios empadronados en Ciudad Real.

La dotación de esta será de 600 euros. Para poder obtener una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se valorarán criterios como el empadronamiento en Ciudad real o los ingresos familiares.

Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones de administraciones o entes públicos o privados, ya sean nacionales, de la Unión Europea, u organismos internacionales.

Si quieres ser beneficiario de una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad puedes consultar toda la información en nuestra web, como los requisitos, plazo de presentación de solicitudes, documentación a adjuntar y otra información de interés. Además en nuestra web podrás consultar otras becas del Ayuntamiento de Ciudad Real. No pierdas esta oportunidad y si cumples con los requisitos, solicita tu beca.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla La Mancha
Provincia de origen
  • Ciudad Real
Nacionalidades
  • Española

Requisitos

El Ayuntamiento de Ciudad Real, a través de la Concejalía de Educación y Universidad, abre la convocatoria de Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad en concurrencia competitiva destinadas a estudiantes de universidad–curso 2024/2025, con el objetivo de colaborar con el alumnado universitario, mediante la concesión de una ayuda para los gastos ocasionados durante el curso académico 2024/2025.

Los destinatarios serán personas empadronadas en Ciudad Real que vayan a realizar estudios universitarios en el curso 2024/2025.

Dotación

Se establece una modalidad de Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad que será de una cuantía única: 600,00 €.

Presentación

  • El plazo de presentación de solicitudes de las Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad se extiende desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, tal y como establece el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, hasta el día 31 de julio de 2024. Las solicitudes recibidas a partir de esta fecha serán consideradas "fuera de plazo".
  • Las solicitudes se formalizarán en el modelo que se adjunta a estas bases (anexos I y II). Cada solicitante presentará una instancia acompañada de toda la documentación necesaria (matrícula de la universidad del curso 2024/2025, DNI o NIE, anexo I y anexo II) en el Registro Municipal de Ciudad Real, de forma presencial o a través de la sede electrónica https://www.ciudadreal.es/sede-electronica.html. Dicha solicitud deberá ser firmada por la persona interesada o su representante legal en caso de ser menor de 18 años, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

Más información

Instrucción, ordenación y resolución del procedimiento

El procedimiento de concesión de becas se gestionará de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Se designará como órgano instructor para la presente convocatoria al Jefe de Sección de Educación y Universidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación de las solicitudes y documentación exigida, requiriendo a las personas interesadas para que en el plazo de diez días subsanen, en su caso, los defectos que presente la solicitud.

Valoradas las solicitudes, el órgano colegiado evaluador compuesto por personal funcionario del Ayuntamiento de Ciudad Real, emitirá informe concretando el resultado.

El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado evaluador, formulará propuesta de resolución provisional, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, suscrita por el Concejal Delegado de Educación, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la beca y su cuantía, y será elevada al órgano competente para su aprobación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses, a partir de la publicación de esta convocatoria. El transcurso del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a los interesados, legitima a éstos para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

La propuesta de resolución final será sometida al estudio, y aprobación si procede, por la junta de Gobierno Local del Exmo. Ayuntamiento de Ciudad Real.

Notificación

Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará la mayor difusión posible. Todos los trámites relacionas con la solicitud se notificara conforme a los establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La resolución provisional se publicará en la página web https://www.ciudadreal.es

La resolución definitiva se publicará en la página web https://www.ciudadreal.es

Criterios de valoración

Las solicitudes presentadas se valorarán por el órgano colegiado de valoración atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prioridad, tal y como se relacionan a continuación:

  • PRIMER CRITERIO: Estar empadronada/empadronado en Ciudad Real, siguiendo la prioridad establecida en estas bases.
  • SEGUNDO CRITERIO: Ingresos de la unidad familiar en base a los datos aportados por los/las solicitantes en la solicitud anexa. La falsedad en la cumplimentación de cualquier documento solicitado o dato requerido en la solicitud, o su no presentación, reportará automáticamente la exclusión en el presente proceso selectivo.

A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar, obtenidos en el mes de mayo del ejercicio 2024, que deberán ser iguales o inferiores a los que establece la siguiente TABLA (A la espera de que se publiquen los Presupuestos Generales del Estado para 2024 el IPREM seguirá congelado con los valores registrados en 2023. Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado Para el año 2023. https://www.boe.es/eli/es/l/2022/12/23/31): 

*Revisar tabla en las bases de la convocatoria.

Se otorgará una puntuación en función del umbral en el que se encuentren los valores de cada unidad familiar con el siguiente criterio:
  • UMBRAL 1: 8 puntos.
  • UMBRAL 2: 4 puntos.
  • UMBRAL 3: 2 puntos.
En caso de empate a puntos, se considerarán en primer lugar aquellas solicitudes en las que la renta per cápita de la unidad familiar sea menor.

Compatibilidad

Esta beca será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos Internacionales. El beneficiario informará al órgano concedente de la obtención de otros recursos en la solicitud.

Pago de la beca

La beca se hará efectiva en un único pago tras la notificación de la resolución de la convocatoria, una vez justificada correctamente en los términos señalados en las bases reguladoras y en esta convocatoria mediante el anexo IV y los requisitos expuestos en el apartado 16, dentro del plazo establecido en esta convocatoria. Esto será siempre y cuando los certificados de estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda estatal, local y Seguridad Social sean positivos. Igualmente, las personas que hayan obtenido la beca deberán presentar la ficha de terceros debidamente cumplimentada y sellada por la entidad bancaria (anexo III).

El pago de la beca concedida se efectuará en la cuenta corriente o libreta de ahorro que el interesado haya consignado en la solicitud, la cual deberá estar abierta a nombre del becario. En el caso de menores de edad, también deberá estar a nombre de la persona cuya representación corresponda legalmente en entidades de crédito.

Plazo y forma de justificación

La persona beneficiaria deberá presentar en el Registro Municipal de Ciudad Real, de forma presencial o a través de la sede electrónica https://www.ciudadreal.es/sede-electronica.html, la memoria económica (formulario de la declaración de gastos, anexo IV) de la beca recibida junto con las facturas o documentos que lo acrediten (matrícula, libros, material informático, alquiler de vivienda, cursos, jornadas, transporte, etc.) por un importe de al menos igual a la beca concedida, siempre que sean gastos computables al estudio en la universidad, antes del 8 de noviembre de 2024.

Se considerarán gastos justificables aquellos que, de manera indubitable, respondan a la naturaleza de la actividad para la que se percibe la beca y se realicen en el correspondiente período de imputación de gastos.

El incumplimiento de la obligación de justificación de la beca o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

Resolución

Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiere, el órgano instructor formulará una propuesta de resolución definitiva en la que se expresarán los solicitantes para los que se propone la concesión de subvenciones y su cuantía. Esta propuesta se elevará a la Junta de Gobierno Local para su aprobación como propuesta definitiva de beneficiarios. Dicha resolución será publicada en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Real, careciendo de validez las publicaciones realizadas en lugares distintos.

En la resolución de concesión deberán quedar claramente identificados los compromisos asumidos por los beneficiarios. Cuando el importe de la subvención y su percepción dependan de la realización por parte del beneficiario de una actividad propuesta por él mismo, deberá quedar claramente identificada dicha propuesta o el documento donde se formuló.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión será de 6 meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes con la documentación completa. El vencimiento de este plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Las sucesivas publicaciones referidas al objeto de esta convocatoria se llevarán a cabo en la página web del Ayuntamiento de Ciudad Real, careciendo de validez las publicaciones realizadas en lugares distintos. De conformidad con el artículo 45.1 b) de la LPAC, dicha publicación sustituirá a la notificación, surtiendo los mismos efectos.

Enlaces de interés

https://www.ciudadreal.es/documentos/educa/2024/universitarios/CONVOCATORIA_2024_BECAS_ESTUDIANTES_UNIVERSIDAD.pdf

Documentación a adjuntar

Documentación que deberá aportar:

  • Acreditación universitaria: Matrícula de la universidad del curso 2024/2025.
  • Fotocopia del DNI o del NIE en vigor.
  • Anexos I y II correctamente cumplimentados.

Documentación familiar o personal que puede solicitar el Ayuntamiento en cualquier momento del procedimiento:

  • Justificante de ingresos económicos referidos a la unidad familiar:
    • Si son personas trabajadoras por cuenta propia (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos): copia de la declaración trimestral (Modelo 130). Si no presentaran este modelo, deberán incluir la declaración de la renta de 2023.
    • Si son personas trabajadoras por cuenta ajena: copia de la última nómina.
    • En caso de personas desempleadas: certificado actualizado emitido por la oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite la situación de la demanda, y certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo, indicando, en su caso, las cuantías de estos.
    • En caso de percibir prestaciones (por jubilación, invalidez, incapacidad temporal, pensiones, ERTE, etc.): certificado expedido por la Seguridad Social u organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.
  • Justificante de gastos por arrendamiento o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
  • Cualquier otra documentación que esté relacionada con un baremo económico.
El hecho de cumplir con todos los requisitos generales enumerados en este apartado no supone, por sí solo, derecho a la obtención de la beca. Para ello se establecerá un orden por puntos, adjudicando ayudas hasta agotar el presupuesto total de estas, que asciende a 30.000,00 €. Pudiéndose conceder un total de cincuenta becas de 600,00 €.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad

El Ayuntamiento de Ciudad Real, convoca las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad. Gracias a estas, se ofrecerá una ayuda a los jóvenes universitarios con los gastos que se ocasionan durante el curso académico vigente. Con estas becas se pretende promover la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar los estudios universitarios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" es: desde 29/07/2024 hasta 31/07/2024.

La Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes