Ayuntamiento de Ciudad Real

Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

29/07/202211/09/2023
Finalizada

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Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad: solicitud y plazos

Descripción

El Ayuntamiento de Ciudad Real, convoca las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad con las cuales ayudarán a los jóvenes universitarios con los gastos que se ocasionan durante el curso académico vigente. Con estas becas se pretende promover la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar los estudios universitarios.

Las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se concederán prioritariamente a estudiantes universitarios empadronados en ciudad real que desarrollan sus estudios en el campus de dicha ciudad o, a estudiantes universitarios empadronados en Ciudad Real que realizan sus estudios en otros campus de la UCLM, de otra universidad o en universidades a distancia.

La dotación de esta será de 600 euros. Para poder obtener una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad se valorarán criterios como el empadronamiento en Ciudad real o los ingresos familiares.

Si quieres ser beneficiario de una de las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad puedes consultar toda la información en nuestra web, como los requisitos, plazo de presentación de solicitudes, documentación a adjuntar y otra información de interés. Además en nuestra web podrás consultar otras becas del Ayuntamiento de Ciudad Real. No pierdas esta oportunidad y si cumples con los requisitos, solicita tu beca.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
Región de origen
  • Castilla La Mancha
Provincia de origen
  • Ciudad Real
Nacionalidades
  • Española

Requisitos

Para la concesión de estas becas se seguirá el siguiente criterio de prioridad:

  • Primero: estudiantes universitarias y universitarios empadronadas/os en Ciudad Real que realizan estudios en el Campus de Ciudad Real.
  • Segundo :Estudiantes universitarias y universitarios empadronadas/os en Ciudad Real que realizan estudios en otros Campus de la UCLM, de otra Universidad o que realizan estudios en Universidades a distancia.

Dotación

Se establece una modalidad de beca que será de una cuantía única: 600,00 €.

Presentación

  • El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día de aprobación de esta convocatoria en la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ciudad Real hasta el de esta convocatoria hasta el martes, 3 de octubre de 2023, a las 14:00 h. Previamente al inicio del señalado plazo, el extracto de la convocatoria será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, tal y como establece el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones. De no agotarse el crédito se admitirán las solicitudes fuera de plazo, una vez concedidas las peticiones correctas en forma y plazo.
  • Las solicitudes se formalizarán en el modelo que se adjunta a estas bases (ANEXO I, II y III). Cada solicitante presentará una instancia acompañada de toda la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ciudad Real, de forma presencial o a través de la Sede Electrónicahttps://www.ciudadreal.es/sede-electronica.html
  • Cuando se presente más de una instancia se considerará válida la registrada en último lugar.

Más información

Instrucción, ordenación y resolución del procedimiento

El procedimiento de concesión de becas se gestionará de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Se designará como órgano instructor para la presente convocatoria al Jefe de Sección de Educación y Universidad del Ayuntamiento de Ciudad Real, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la comprobación de las solicitudes y documentación exigida,requiriendo a las personas interesadas para que en el plazo de diez días subsanen, en su caso, los defectos que presente la solicitud.

Valoradas las solicitudes, el órgano colegiado evaluador compuesto por personal funcionario del Ayuntamiento de Ciudad Real, emitirá informe concretando el resultado.

El órgano instructor a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado evaluador, formulará propuesta de resolución provisional, y se concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Examinadas las alegaciones aducidas, en su caso, por las personas interesadas, se formulará la propuesta de resolución definitiva, suscrita por el Concejal Delegado de Educación, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la beca y su cuantía, y será elevada al órgano competente para su aprobación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de tres meses, a partir de la publicación de esta convocatoria. El transcurso del plazo máximo sin que se haya notificado la resolución del procedimiento a los interesados, legitima a éstos para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Notificación

Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones, se le dará la mayor difusión posible. Todos los trámites relacionas con la solicitud se notificara conforme a los establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Criterios de valoración

Las solicitudes presentadas se valorarán por el órgano colegiado de valoración atendiendo a los siguientes criterios, por orden de prioridad, tal y como se relacionan a continuación:

  • PRIMER CRITERIO: Estar empadronada/empadronado en Ciudad Real, siguiendo la prioridad establecida en estas bases.
  • SEGUNDO CRITERIO: Ingresos de la unidad familiar en base a los datos aportados por los/las solicitantes en la solicitud anexa.La falsedad en la cumplimentación de cualquier documento solicitado o dato requerido en la solicitud, o su no presentación, reportará automáticamente la exclusión en el presente proceso selectivo.
    • a.- A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar.
      • Los ingresos familiares deberán ser iguales o inferiores a los que establece la siguiente TABLA:
        • 1 MIEMBRO 678 €.
        • 2 MIEMBROS 1.243 €.
        • 3 MIEMBROS 1.525 €.
        • 4 MIEMBROS 1.808 €.
        • 5 MIEMBROS 2.090 €.
        • 6 MIEMBROS 2.373 €.
        • 7 MIEMBROS 2.655 €.
        • 8 MIEMBROS 2.938 €.
        • 9 MIEMBROS 3.220 €.
        • 10 MIEMBROS 3.503 €.
      • b.- Una vez seleccionados todas las solicitudes que se ajusten al punto anterior, se procederá avalorar las solicitudes restantes siendo organizadas en un listado de menor a mayor cantidad de ingresos, priorizando en base a la cláusula 6.
  • TERCER CRITERIO: Cualquier otra situación, susceptible de baremación objetiva, que aporte el/la estudiante.

Compatibilidad

Esta beca será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos Internacionales. El beneficiario informará al órgano concedente de la obtención de otros recursos en la solicitud.

Pago de la beca

La beca se hará efectiva en dos pagos: un 80% tras la notificación de la resolución de la convocatoria, siempre y cuando los certificados de estar al corriente con sus obligaciones con la hacienda estatal, local y Seguridad Social sean positivos; el restante 20%, tras haber procedido a justificar la ayuda otorgada en los términos señalados en las Bases Reguladoras y en esta convocatoria (ANEXO IV) y requisitos expuestos en el apartado 15.


Plazo y justificación

La persona beneficiaria deberá presentar en la Concejalía de Educación, la memoria económica(formulario de la DECLARACIÓN DE GASTOS, ANEXO IV) de la beca recibida y fotocopia de los justificantes que lo acrediten (libros, material informático, alquiler vivienda, curso, jornadas,transporte, etc. siempre que sean gastos computables al estudio en la Universidad), presentándolos originales para su cotejo, antes del 30 de noviembre de 2023.

Se considerarán gastos justificables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza dela actividad para la que se percibe la beca y se realicen en el correspondiente período de imputación de gastos(desde el 1 de septiembre hasta el 21 de diciembre de 2023).En el caso de ser beneficiaria/o de una beca, aquellos gastos que correspondan al mes de diciembre de 2023, y que hayan sido presentados como tal gasto para ser valorados en la baremación, deberán ser justificados antes del 21 de diciembre de 2023. De no ser así deberá proceder a la devolución de primer pago.El incumplimiento de la obligación de justificación de la beca o la justificación insuficiente de la misma, llevará aparejado el reintegro en las condiciones previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

Enlaces de interés

https://www.ciudadreal.es/documentos/educa/2023/universitarios/CONVOCATORIA_ayudas_universitarias_2023.pdf

Documentación a adjuntar

  • Acreditación universitaria: Matrícula de la Universidad.
  • Fotocopia del DNI en vigor o del NIE en vigor.
  • DOCUMENTACIÓN FAMILIAR O PERSONAL QUE PUEDE SOLICITAR EL AYUNTAMIENTO ANTES O DESPUÉS DE CONCEDER LA AYUDA: 
    • Justificante de Ingresos Económicos referidos a la unidad familiar:
      • AUTÓNOMOS: Si son trabajadores/as por cuenta propia: Copia de la Declaración trimestral (Modelo 130). Si no presentaran este modelo deberán incluir Declaración de la Renta del 2022.
      • Si son trabajadores/as por cuenta ajena: Copia de la última nómina.
      • En caso de desempleados/as: Certificado actualizado emitido por la Oficina del Servicio Público de Empleo correspondiente, que acredite situación de la demanda y Certificado actualizado en el que se haga constar si percibe la prestación o subsidio de desempleo indicando, en su caso, las cuantías de éstos.
      • En caso de percibir prestaciones (por Jubilación, Invalidez, Incapacidad Temporal, pensiones, ERTE, etc.): Certificado expedido por la Seguridad Social u Organismo competente en el que se indique la cantidad que se percibe.
      • Justificante de gastos por arrendamiento o amortización de vivienda, siempre que esta sea la vivienda habitual de la unidad familiar.
      • Cualquier otra documentación que esté relacionada con un baremo económico.
  • Los ingresos económicos:
    • A efectos de cómputo económico se valorarán los ingresos del conjunto de la unidad familiar (padre, madre, así como otros familiares que convivan en el domicilio, si el/la estudiante no está independizado/a). Y se establecerá un listado de concesión y reserva en función de los ingresos personales y/o familiares.
    • Certificado de no cobrar prestaciones.

El hecho de cumplir con todos los requisitos generales enumerados en este apartado no supone, por sí solo, derecho a la obtención de la beca. Para ello se establecerá un orden por puntos, adjudicando ayudas hasta agotar el presupuesto total de éstas que asciende a 30.000,00 €. Pudiéndose conceder un total de cincuenta becas de 600,00 €.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

El Ayuntamiento de Ciudad Real, convoca las Becas Ayudas Sociales para Estudiantes de la Universidad con las cuales ayudarán a los jóvenes universitarios con los gastos que se ocasionan durante el curso académico vigente. Con estas becas se pretende promover la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar los estudios universitarios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" es: desde 29/07/2022 hasta 11/09/2023.

La Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Ayudas Sociales Estudiantes de la Universidad" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes