Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés
INSCRIPCIONES
Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés: solicitud y plazos
Descripción
El Ayuntamiento de Avilés convoca el Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés, un certamen dirigido exclusivamente a mujeres mayores de 18 años con nacionalidad española o residencia en España. La iniciativa, vinculada al Día Internacional de la Mujer, busca impulsar la creación artística y reconocer trabajos fotográficos por su originalidad, calidad técnica y artística, actualidad y trascendencia social.
Cada participante podrá presentar hasta cinco fotografías en blanco y negro y cinco en color. Las obras deberán ser originales o inéditas, presentarse sin firma y tener un tamaño mínimo de 15 x 20 centímetros. Además, deberán incorporar un lema y cumplir los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
El Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés establece un único premio de 500 euros para la fotografía seleccionada por el jurado, independientemente de que corresponda a la modalidad de color o blanco y negro. La valoración tendrá en cuenta la innovación fotográfica, la calidad técnica y la transcendencia social.
Las solicitudes, junto con la documentación requerida, deberán presentarse a través de la sede electrónica municipal. El plazo de inscripción permanecerá abierto hasta el 30 de octubre de 2026.
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Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Personas beneficiarias del Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés
Conforme a lo establecido en el artículo 26 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, las Administraciones Públicas, en el ejercicio de su responsabilidad por hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en todo lo concerniente a la creación y producción artística y a la difusión de la misma, podrán adoptar iniciativas destinadas a favorecer la promoción específica de las mujeres en la cultura y a combatir su discriminación estructural y/o difusa, así como a adoptar medidas de acción positiva a la creación y producción artística e intelectual de las mujeres.
Es por ello que el presente concurso tendrá como destinatarias exclusivas a las mujeres.
Podrán concurrir todas las mujeres mayores de 18 años con nacionalidad española o con residencia en el Estado Español, quedando excluidas las personas ganadoras del certamen en cualquiera de sus modalidades (color y blanco y negro) los dos años anteriores, el personal vinculado a la Concejalía Delegada de Igualdad y las personas que forman parte del Jurado.
En cualquier caso no podrán obtener la condición de personas beneficiarias aquellas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 6 de la Ordenanza General de Subvenciones.
Dotación
Dotación de las Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés:
La cantidad global máxima prevista para esta convocatoria asciende a 500,00 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 171/92420/48004 PREMIOS DIVERSOS, IGUALDAD, del presupuesto general municipal de 2026.
La cuantía máxima a conceder a la persona beneficiaria en el Concurso de Fotografías 8 de Marzo Ayuntamiento de Avilés será de 500,00 euros.
No se procederá al prorrateo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza General de Subvenciones Municipal.
Presentación
Las solicitudes de inscripción al Concurso Fotografías 8 de marzo Ayuntamiento de Avilés, acompañadas de la documentación exigida, deberán presentarse a través de la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.aviles.es/Subvenciones.
La presentación de solicitudes implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras. Asimismo conllevará la autorización al órgano instructor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Seguridad Social y el Ente Tributario del Principado de Asturias.
Se acompañarán tantos archivos en formato electrónico como fotografías se presenten, identificando cada archivo con un lema. Las extensiones permitidas son: doc, xls, xlsx, ppt, pdf, rtf, jpg, bmp, tiff, zip y rar. Los nombres de ficheros no pueden contener acentos. Sólo pueden contener caracteres alfanuméricos, subrayados, guiones o paréntesis.
Las fotografías cumplirán los siguientes requisitos:
- Cada trabajo deberá ser original o inédito.
- Las fotografías se presentarán sin firma.
- El tamaño mínimo será de 15x20 cm.
- Si en la fotografía figurara la imagen de alguna persona en primer plano o reconocible, se adjuntará también autorización firmada de la persona interesada para incluir dicha imagen en la fotografía y su posterior edición. En el caso de que aparezca un menor de edad se adjuntará autorización firmada por sus progenitores o tutores.
- En el diseño no pueden aparecer imágenes que se identifiquen con marcas corporativas.
- No se admitirán imágenes obtenidas a partir de composiciones de varias fotografías o que incorporen efectos de tipo digital.
- En el diseño de la fotografía deberá figurar un lema.
Además se aportará la siguiente documentación:
- Breve DESCRIPCIÓN de la obra.
El plazo de presentación de candidaturas será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPA hasta el 30 de octubre de 2026.
Más información
Convocatoria
La presente tiene por objeto efectuar la convocatoria del "XXVIII Concurso de Fotografías 8 de Marzo", convocado por el Ayuntamiento de Avilés, en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Avilés, publicada en el BOPA núm. 106, el 4 de junio de 2019, y en la web municipal. En lo no previsto en la presente convocatoria, será de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones Municipal.
Objeto
El objeto de la presente convocatoria es regular el “XXVIII Concurso de Fotografías 8 de Marzo”, convocado por el Ayuntamiento de Avilés, a través de la Concejalía Delegada de Igualdad en régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El tema elegido para las fotografías estará relacionado con el día que se conmemora.
Objetivos y finalidad
A través del XXVIII Concurso de Fotografías 8 de Marzo”, la Concejalía Delegada de Igualdad trata de incentivar las actividades culturales, artísticas y plásticas de la ciudadanía. Con este concurso se premia la originalidad de los trabajos, su calidad técnica y artística, su actualidad y trascendencia social y la temática relacionada con el día que se conmemora.
Número de proyectos. El número de obras presentadas por cada autora no excederá de 5 en blanco y negro y 5 en color.
Notificación y recursos
La resolución será notificada a la persona premiada y se publicará en la sede electrónica municipal. Según lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones Municipal, y en función de la cuantía del premio, no se procederá a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.
Contra la resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Avilés, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución.
Previamente podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución.
Criterios de Valoración
El premio será concedido de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y mediante el procedimiento de concurrencia competitiva. Para la valoración de las solicitudes de esta convocatoria se utilizarán los siguientes criterios:
- La originalidad de los trabajos hasta un máximo de 10 puntos.
- Innovación fotográfica respecto a fotografías premiadas en anteriores convocatorias: de 0 a 10 puntos.
- La calidad técnica de los mismos hasta un máximo de 10 puntos.
- Acabado y presentación del original: de 0 a 10 puntos.
- La trascendencia social de los mismos hasta un máximo de 80 puntos.
- Capacidad de la imagen de representar la realidad social de las mujeres: de 0 a 80 puntos.
Pago
Se concederá un único premio en metálico para la fotografía, ya sea en blanco y negro o en color, que resulte elegida por el jurado, consistente en 500,00 € en metálico.
El premio está sujeto a la retención de IRPF correspondiente y se abonará con posterioridad a la resolución de concesión, a través de transferencia bancaria en la cuenta designada a tal fin por la persona premiada, que quedará exonerada de la presentación de garantía de pago.
Reintegro e incumplimiento
Procederá el reintegro total o parcial de la cantidad percibida y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del abono del premio, cuando concurran, de entre las causas legalmente establecidas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones, aquellas que sean de aplicación a este premio, y en particular cuando se incumplan las obligaciones contenidas en esta convocatoria o las condiciones impuestas en la resolución de concesión de la subvención.
Información
El Servicio de Igualdad facilitará información sobre esta convocatoria en el correo electrónico igualdad@aviles.es.
Los originales admitidos a concurso podrán ser expuestos al público por el Ayuntamiento de Avilés.
La fotografía ganadora quedará en poder del Ayuntamiento. Las fotografías no premiadas podrán ser retiradas por sus autoras una vez finalice la exposición pública de las mismas. La presentación de trabajos implicará la aceptación por su autora de la presente convocatoria, atendiéndose en todo caso a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y la Ordenanza General Municipal.
Enlaces de interés
https://sedeelectronica.aviles.es/Publicacion_ver_doc.aspx?coddoc=CAM1AI00ER&id=21714






