Becas Derechos Matrícula Aula Mentor Alfafar
INSCRIPCIONES
Becas Derechos Matrícula Aula Mentor Alfafar: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Derechos Matrícula Aula Mentor Alfafar son convocadas por el Ayuntamiento de Alfafar con la finalidad de ofrecer unas ayudas de formación que financien cursos del Aulan Mentor de dicho municipio. El Aula Mentor es un sistema de formación en linea centrado en dotar a los participantes de una alternativa en materia de formación. Los participantes deberán ser población adulta que tenga la intención de ampliar sus competencias profesionales y personales.
Para poder solicitar una de las Becas Derechos Matrícula Aula Mentor Alfafar, la persona interesada deberá estar empadronada en Alfafar y tener 18 años o más de edad en el momento de presentación de solicitud. También deberán estar inscritos en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local del municipio. Gracias a estas becas, se subvencionará hasta una cuantía máxima de 48 euros por persona.
Las personas que resulten beneficiarias de estas becas, tendrán la obligación de presentar el justificante de pago y realizar el curso de Aula Mentor con el correspondiente aprovechamiento del mismo, así como someterse a las actuaciones de control previstas y cumplir con el resto de obligaciones determinadas en la convocatoria.
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Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Primaria
- ESO
- Bachillerato
- Ciclos formativos de grado medio
- Ciclos formativos de grado superior
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Región de origen
- Comunidad Valenciana
- Provincia de origen
- Valencia
- Localidad
- Alfafar
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas las personas físicas que, habiendo cursado con aprovechamiento un curso de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar, cumplan los siguientes requisitos:
- Estar empadronado/a en el municipio de Alfafar.
- Tener 18 años de edad o más en el momento de presentar la solicitud.
- Estar inscritos en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local de Alfafar (ADL).
- Haber superado con aprovechamiento el curso de Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar del cual se solicita la ayuda en el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de octubre de 2024.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, lo cual se acreditará mediante declaración responsable.
- No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Alfafar, lo cual se acreditará mediante declaración responsable.
Dotación
El Ayuntamiento de Alfafar, pone en marcha una convocatoria de ayudas de formación que financien cursos del Aula Mentor de Alfafar ofrecidos por este Ayuntamiento desde hace ya más de 10 años, gracias a un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Aula Mentor es un sistema de formación en línea que se centra en proporcionar una alternativa en materia de formación a la población adulta que desee ampliar sus competencias personales y profesionales, es por ello que el Ayuntamiento de Alfafar establece unas económicas destinadas a financiar la matrícula de los cursos previa justificación del pago de los mismos, y justificando el aprovechamiento del curso objeto de la ayuda.
Se subvencionarán, hasta un importe máximo de 48 euros por persona solicitante en cada convocatoria, lo que conlleva a los derechos de matrícula, previamente abonados y exigidas por los organismos y entidades convocantes y cuyo pago conste como efectivamente realizado y justificado documentalmente, y siempre que se haya cursado con aprovechamiento el curso correspondiente. La justificación de la superación del curso se realizará de oficio por el Ayuntamiento de Alfafar.
Presentación
La solicitud se realizará en el modelo normalizado que estará disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alfafar.
En la página web municipal se publicará toda la información y documentación de las bases y convocatoria y se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
La solicitud ser realizará preferentemente por medios electrónicos a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Alfafar, no obstante también se podrá presentar presencialmente, previa cita, en los diferentes Registros de Entrada del Ayuntamiento de Alfafar (SAC), ello sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 LPACAP o en cualquiera de los registros electrónicos de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el sector público institucional.
Más información
Procedimiento de concesión
El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las solicitudes se establece como criterio de valoración, la fecha y hora de entrada que figuren registradas en la solicitud, reuniendo la totalidad de requisitos y documentación exigidos en esta convocatoria. En caso de no presentar la solicitud con la documentación completa, se considerará como fecha de Registro de Entrada la de la última presentación de documentación relativa a dicha solicitud. La concesión de ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible destinado a atender las mismas en ese momento recogida en esta convocatoria.
En el caso de recibirse más solicitudes que crédito disponible se priorizarán las solicitudes de personas que en el momento de la solicitud y previa justificación, estuviesen en desempleo, así como también serán prioritarias las solicitudes de quienes hubiesen optado por cursos semipresenciales que cada año ofrecerá el Aula Mentor del Ayuntamiento de Alfafar, para realizarlos en sus instalaciones favoreciendo la digitalización informática con aprendizaje tutorizado.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Son obligaciones de las personas beneficiarias de la concesión de las presentes ayudas:
- a. Presentar el justificante de pago, y cursar con aprovechamiento el curso de Aula Mentor, así como cumplir con de los requisitos y condiciones que se determinan en la convocatoria.
- b. Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones.
- c. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos del artículo 37 L.G.S., en particular, por obtener la ayuda falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que lo hubieran impedido, o bien mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en el artículo 14 L.G.S.
- d. Cumplir las restantes obligaciones del artículo 14 L.G.S.
La justificación de las ayudas se realizará en el momento de presentar la solicitud de las mismas, mediante la presentación, del certificado, diploma, etc., acreditativo de la superación de la prueba y/o curso para cuyo pago se solicita la ayuda, y el recibo justificante de dicho pago, por lo que dichas ayudas se darán por justificadas en el momento de su concesión.
Documentación a adjuntar
Las solicitudes deberán acompañarse de los documentos que a continuación se relacionan:La declaración responsable (incluidas en el impreso de solicitud) en la que se hará constar:
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la LGS.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.o No tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de Alfafar.
- Cumplir los requisitos y aceptación de las presentes bases reguladoras y convocatoria. o Documento justificativo del pago de la tasa para la que se solicita la ayuda.
- Documento justificativo de superación del curso para el que se pagó la tasa correspondiente (se comprobará de oficio).o En el caso de estar en desempleo, el DARDE.
- Documento de solicitud de pago por transferencia bancaria.o Modelo de representación, en su caso.
El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP y finalizará el día 31 de octubre de 2024 a las 23:59 horas.