Ayuntamiento de Alfafar

Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar

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INSCRIPCIONES

05/04/202403/05/2024
Abierta

Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar se convocan para ofrecer un apoyo a los deportistas del municipio,  de manera que se fomente el deporte de competición como factor impulso, entre otros principios y valores que puedan mejorar la sociedad. Gracias a estas becas se podrá colaborar económicamente con los deportistas que se encuentren empadronados en Alfafar.

Para poder postularse a las Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar, se deberá estar empadronado en el municipio con antigüedad de al menos un año y tener la licencia federativa en vigor de la modalidad correspondiente. Las clasificación de las modalidades será la siguiente: deportes de equipo, deportes olímpicos individuales, deportes no olímpicos individuales y deportes autóctonos.

Las becas subvencionarán gastos tales como desplazamiento, material deportivo, seguros, gastos federativos, entrenadores personales o alojamiento. Estas ayudas podrán compatibilizarse con otras subvenciones públicas o privadas, que se concedan para la misma finalidad y beneficiario.

Los beneficiarios deberán cumplir con las obligaciones que se especifican, como aportar toda la documentación que se solicite.

Si cumples los requisitos y estás empadronado en Alfafar, las Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar te pueden interesar. Consulta toda la información necesaria para solicitarlas en nuestra web de becas.

Datos básicos

Nº de becas
No especificado
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Ciclos formativos de grado medio
  • Ciclos formativos de grado superior
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
Región de origen
  • Comunidad Valenciana
Provincia de origen
  • Valencia
Localidad
Alfafar
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Beneficiarios

Tendrán la consideración de beneficiarios de la beca las/os deportistas que se encuentren en la situación que legitima su concesión.

Requisitos

Podrán obtener la condición de beneficiario las/os deportistas en los que concurran las circunstancias previstas en las presentes Bases Reguladoras y además cumplir las circunstancias siguientes:

  • Estar empadronados en Alfafar con una antigüedad mínima de 1 año.
  • Estar en posesión de la licencia federativa en vigor de la modalidad deportiva correspondiente.

Dotación

Gastos subvencionables.

Podrán ser objeto de subvención los programas deportivos a desarrollar por las/os deportistas cuya finalidad sea conseguir la mejora psicofísica y técnica del deportista.

El programa presentado deberá cumplir:

  • A. Que el programa sea desarrollado por personal técnicamente cualificado a nivel deportivo (licenciados en educación física, diplomados en educación física, técnicos deportivos, monitores y entrenadores deportivos).
  • B. Que el programa contenga: relación detallada de las actividades a realizar(entrenamientos, competiciones, etc.).
  • C. Cualquier otra circunstancia que colabore a la ejecución y logro de lo planificado en general y de la mejora técnica y física del/la deportista en particular.
  • D. Otros gastos subvencionables:
    • Alojamiento.
    • Desplazamientos.
    • Material deportivo.
    • Salud deportiva.
    • Gastos de seguros.
    • Gastos federativos.
    • Entrenadores personales.

No podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos: 

  • Combustible de automóviles particulares o de servicios de taxi o similar (VTC).
  • Telefonía móvil y fija que no correspondan a la entidad.
  • Servicios o suministros sin el detalle justificativo de la entidad a la que se dispensan (tickets de compra), del objeto de los mismos o en mal estado de modo que impidan comprobar los extremos anteriores.
  • Suministro de bebidas alcohólicas y tabaco.
  • Adquisición de bienes inventariables por importe superior a 300’00 Euros (instrumentos musicales, dispositivos electrónicos o informáticos, televisiones u otros electrodomésticos, etcétera).
  • Bienes de lujo o manifiestamente innecesarios para el desarrollo de los programas de actividades.
  • Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
  • Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
  • Los gastos de procedimientos judiciales.
Se considerará gasto realizado aquel que haya sido efectivamente abonado con anterioridad a la finalización del plazo de la justificación.Los tributos son gasto subvencionable cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Presentación

Las solicitudes se dirigirán a la alcaldía del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de 30 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Más información

Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad

  • La percepción de estas ayudas será compatible con cualquier otra subvención o ayuda económica pública o privada, que tenga la misma finalidad y beneficiaria.
  • El importe total de las subvenciones recibidas en ningún caso podrá ser, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superior al coste del programa subvencionado.
  • A este efecto, las/os deportistas beneficiarias/os han de comunicar la obtención de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos tan pronto como se conozca y en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  • Cuando se solicite una subvención para un proyecto o actividad y se hubiera concedido otra anterior incompatible para la misma finalidad, se hará constar esta circunstancia en la solicitud. En este supuesto la resolución de concesión deberá, en su caso, condicionar sus efectos a la presentación por parte de la beneficiaria de la renuncia a las subvenciones previamente obtenidas, así como en su caso, al reintegro de los fondos públicos que hubiese percibido.

Modalidades

Las actividades se podrán clasificar en las siguientes modalidades:

  • Deportes de Equipo (baloncesto, balonmano, futbol, etc.).
  • Deportes olímpicos individuales (ciclismo, lucha, atletismo, natación, tiro olímpico, gimnasia, triatlón, tenis, etc.).
  • Deportes no olímpicos individuales (automovilismo, motociclismo,golf,etc).
  • Deportes autóctonos (pilota valenciana, colombicultura, esports tradicionals,…)

Se valorarán todos los deportistas de cada una de las modalidades según los criterios que se establecen en la convocatoria que podrás encontrar en el pdf de enlaces de interés.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Son obligaciones de las personas beneficiarias:

  • a. Cumplir el objeto de la subvención, habiendo ejecutado la programación deportiva, que ha servido de base para otorgar la subvención.
  • b. Aportar toda la documentación que le sea solicitada en relación con la convocatoria y la ayuda.
  • c. Presentar los documentos exigidos por la justificación, previstos en esta convocatoria.
  • d. La persona beneficiaria tendrá que cumplir las obligaciones y actuaciones que se deriven de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno dela Comunidad Valenciana y cualquier otra que establezca la legislación vigente.

Enlaces de interés

https://www.alfafar.es/wp-content/uploads/2024/03/CONVOCATORIA_BECAS_INDIVIDUALES_DEPORTISTAS_ALFAFAR_2024.pdf

Documentación a adjuntar

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

  • a. Solicitud conforme al modelo normalizado de instancia general del Ayuntamiento.
  • b. Fotocopia compulsada del DNI.
  • c. Historial deportivo del periodo expresado en las bases del/la solicitante,visado por el club y por la federación deportiva territorial a los que pertenece, hasta la fecha de la solicitud, en la que se incluirá:
    • Certificado, expedido por la federación correspondiente, de los resultados obtenidos en las diferentes competiciones oficiales 2023-2024 y años naturales 2023 y los obtenidos en 2024 hasta la publicación de las presentes bases.
  • d. Plan de trabajo de la temporada/año de la actividad deportiva, con indicación de:
    • Nombre del Club o entidad deportiva al que pertenece.
    • Categoría en la que participa.
    • Especialidad/es deportivas en la que participa (dentro de modalidad deportiva a la que pertenece. Ejemplo: si es de atletismo, realiza 1500 metros, peso…; si es de natación, braza, espalda; etc.).
    • Cual es el objetivo conseguido o a conseguir en el que ya este confirmada participación o mínima esta temporada.
  • e. El planning de entrenamiento que realiza, hasta finalizar la temporada/año, donde se indique:
    • Días de la semana que entrena y lugar/es.
    • Horario de entrenamiento.
    • Club en el que milita, nombre y apellidos del entrenador/es del solicitante y titulación correspondiente.
    • Calendario de competiciones.
    • El resumen económico de los gastos que ocasiona el entrenamiento y competiciones (desplazamientos, material, equipaciones, etc.).
    • Datos bancarios de la persona solicitante mediante diligencia de conformidad de la entidad bancaria y del solicitante.
    • Cualquier otra información que favorezca un mejor conocimiento y comprensión de la actividad propuesta.

Las solicitudes de las personas interesadas se acompañarán de los documento se informaciones determinados en la norma o convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración actuante, o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que la entidad interesada se opusiera a ello. No cabrá la oposición cuando la aportación del documento se exigiera en el marco del ejercicio de potestades sancionadores o de inspección.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

Las Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar se convocan para ofrecer un apoyo a los deportistas del municipio,  de manera que se fomente el deporte de competición como factor impulso, entre otros principios y valores que puedan mejorar la sociedad. Gracias a estas becas se podrá colaborar económicamente con los deportistas que se encuentren empadronados en Alfafar.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar" es: desde 05/04/2024 hasta 03/05/2024.

La Beca "Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Deportistas Ayuntamiento de Alfafar" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes