Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad
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Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Huelva (UHU) cuenta con amplio y diverso programa de becas y ayudas destinadas a los alumnos de esta institución con el fin de facilitar sus estudios de grado o máster sobretodo a aquellos que cuentan con pocos recursos económicos o dificultad de movilidad. Además, la universidad promueve y desarrolla numerosas medidas para facilitar la inclusión social.
En esta ocasión la UHU convoca las Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad. Estas becas tienen como objetivo ayudar colaborando en el desarrollo de la actividad académica de los estudiantes que tengan una discapaciad. Esta ayuda se ofrece en dos modalidades, estudiante colaborador y bono de transporte hasta 700 euros. Esta última modalidad servirá como ayuda para cubrir gastos de desplazamiento.
Pueden solicitar las Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad aquellos estudiantes matriculados en una titulación de Grado o Máster que presenten un grado de discapacidad de un 33% o superior y que certifiquen necesitar un apoyo especial para su actividad académica.
Aquí podrá obtener más información de otras becas y ayudas que ofrece la Universidad de Huelva (UHU). Si estás interesado en recibir una de las Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad, aquí le mostraremos todos los datos necesarios para realizar la solicitud, plazo, requisitos y otros datos de interés.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de los solicitantes y acreditación para las Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad:
Se convocan ayudas para estudiantes matriculados en el curso 2024-25 en la Universidad de Huelva, en una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional, Grado, o Master Oficial, que presenten algún tipo de discapacidad, legalmente calificada, con un grado igual o superior al 33 %, por la que le sea necesario un apoyo especial para realizar con normalidad su actividad académica.
Podrán solicitar la ayuda objeto de la presente convocatoria los estudiantes con discapacidad que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y que necesiten:
- La figura del estudiante colaborador: la ayuda está destinada a gratificar a algún compañero/a (estudiante de la Universidad de Huelva), que colabore en las tareas relacionadas con su actividad académica que el estudiante, debido a su discapacidad, no pudiera desarrollar con normalidad. Como requisito para participar como estudiante colaborador/a, éste deberá estar matriculado en la Universidad de Huelva en los mismos estudios que el solicitante de la ayuda.
- Ayuda para transporte: tiene por objeto sufragar (total o parcialmente) los gastos originados por los desplazamientos que el estudiante con discapacidad, con fuertes restricciones en su movilidad, ha de realizar a su centro de estudio.
Dotación
El objeto de la presente convocatoria de Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad, es la colaboración en el desarrollo de su actividad académica, con los estudiantes que tengan alguna discapacidad reconocida. Esta ayuda se concreta en dos modalidades:
- a. Estudiante colaborador/a
- Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y el/la estudiante colaborador/a, en el que se describen brevemente las tareas o funciones que desempeña o desempeñará la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá directamente el/la colaborador/a, a cuyo efecto, deberá facilitar mediante certificación del banco o caja la cuenta de la que tiene que ser titular, donde desea que se efectúe el ingreso. El importe de la ayuda, estará relacionado con las necesidades específicas de la persona con discapacidad y de las tareas de colaboración necesarias. En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder será de 1.300 euros. Para estudiantes con un número inferior de créditos, se aplicará la proporción correspondiente. El incumplimiento de las funciones y tareas recogidas en el acuerdo de colaboración, supondrá la revocación total o parcial de la ayuda concedida.
- b. Ayuda de transporte
- Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el/la estudiante durante el período lectivo establecido por la Universidad de Huelva.
- En el caso de estudiantes matriculados de 60 créditos, el importe máximo a conceder será de 700 euros, conforme a distancia, desplazamientos, créditos matriculados, y calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte, vehículo perteneciente al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha circunstancia.
Presentación
El impreso de solicitud para las Becas Ayudas UHU para estudiantes con discapacidad, está disponible en la web de becas del Servicio de Gestión Académica https://www.uhu.es/gestion-academica/becas-ayudas-y-premios/becas-propias.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará desde el día de publicación en el BOJA, y tendrá una duración de 15 días hábiles. No obstante, en circunstancias especiales, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, se podrán atender solicitudes presentadas fuera de este plazo, aunque la concesión de dichas ayudas no tendrá en ningún caso carácter retroactivo.
Las personas que deseen participar en esta convocatoria, deberán presentar la correspondiente solicitud, dirigida al Vicerrectorado de Estudiantes, junto a la documentación requerida en el apartado 9.- siguiente, a través del Registro General presencial o electrónico de la Universidad de Huelva o en cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más información
Plazo máximo para resolver y notificar
El plazo de la resolución y de notificación de los procedimientos de otorgamiento de las ayudas será de tres meses, teniendo la resolución presunta efectos desestimatorios con arreglo a lo previsto en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE 2 de octubre).
Efectos de la resolución
La persona titular del Vicerrectorado de Estudiantes, resolverá la convocatoria a propuesta de la citada Comisión, por delegación de la persona titular del Rectorado.
Esta resolución se notificará a los/las interesados/as de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento para la práctica de notificaciones administrativas por medios electrónicos, al amparo de lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (BOJA de 5 de abril de 2019), modificado por Resolución de 22 de julio de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se acuerda la publicación del Reglamento por el que se modifica parcialmente el reglamento para la práctica de notificaciones administrativas por medios electrónicos aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Huelva el 13 de marzo de 2019 (BOJA de 27 de julio).
Dicha resolución agotará la vía administrativa, y contra la misma las personas interesadas, podrán interponer con carácter potestativo ante el Rectorado recurso de reposición en el plazo de un mes, según los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según disponen los artículos 8, 13, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998).
La ausencia de resolución dentro del plazo establecido tendrá carácter desestimatorio, a los efectos de la interposición del recurso correspondiente.
Criterios de valoración y procedimiento
El estudio y selección de las solicitudes se realizará por la Comisión de Estudiantes. Si es necesario, incorporará especialistas en la materia como asesores de la misma.
La Comisión de Estudiantes, fijará la cuantía de las ayuda a asignar a cada solicitante con estudiante colaborador/a, teniendo en cuenta el tipo de discapacidad y grado porcentual de la misma, la disponibilidad presupuestaria, así como el tipo de ayuda (humana o material) que necesita. Igualmente comprobará la ayuda concedida en cursos anteriores, y el rendimiento académico del solicitante.
Incompatibilidades y justificación
La ayuda objeto de la presente convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para el mismo curso, pública o privada, para la misma finalidad.
Esta ayuda podrá ser revocada total o parcialmente si se producen circunstancias que impidan destinar la misma a la finalidad para la que es concedida. Entre estas causas está la modificación o anulación de la matrícula, falsedad en los documentos acreditativos, incumplimiento del acuerdo de colaboración, obtención de otra ayuda análoga, etc.
El Vicerrectorado de Estudiantes, realizará un seguimiento del desarrollo efectivo de los objetivos que han justificado la concesión de la ayuda, pudiendo revocar la misma en caso de incumplimiento.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, al amparo de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Enlaces de interés
https://www.uhu.es/gestion-academica/sites/gestion-academica/files/2024-10/CONVOCATORIA_DISCAPACIDAD_2024_25.pdf
Documentación a adjuntar
Junto al impreso de solicitud, se deberá aportar:
- Fotocopia del N.I.F. del estudiante y de la persona colaboradora, en su caso.
- Fotocopia de la resolución oficial, expedida por órgano competente, por la que se declara la incapacidad: tipo y porcentaje, así como informe técnico descriptivo de la misma.
- Acuerdo o compromiso entre solicitante y estudiante colaborador/a, en su caso.
- Número de cuenta donde el/la interesado/a desea que se efectúe el ingreso. En la modalidad de alumno colaborador, la ayuda que se solicita debe ser recibida directamente por la persona colaboradora, que deberá aportar los datos relativos a su cuenta corriente.