Xunta de Galicia

Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia

Premios, concursos y certámenesNo universitarios

INSCRIPCIONES

19/08/202418/09/2024
Finalizada

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Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia: solicitud y plazos

Descripción

Los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia son convocados para dotar de una cuantía a los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria que haya terminado dichos estudios, en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Se concederán un máximo de 20 premio cuya cuantía no excederá los 1.000 euros por premio. Los premios podrán compatibilizarse con otras becas, ayudas y premios que se concedan por administraciones públicas o entidades privadas.

Para poder postularse a los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia se deberá ser merecedor de un especial reconocimiento por la dedicación y el esfuerzo demostrados durante la etapa de la ESO, en superar sus dificultades. Las dificultades superadas podrán ser personales, educativas o del entorno social o familiar.

Las solicitudes que se presenten, serán valoradas atendiendo a las dificultades personales con una puntuación de hasta 10 puntos. Aquí se tendrá en cuenta por ejemplo las dificultades relacionadas con la salud.

¿Quieres saber más sobre los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia? Pues estás en el lugar correcto para ello. Aquí puedes encontrar información sobre los requisitos, plazo y mucho más. Si cumples con los requisitos no pierdas esta oportunidad y postúlate a uno de los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia.

Datos básicos

Nº de becas
20
Nivel de estudio
  • ESO
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Podrá optar a los premios de educación secundaria obligatoria al esfuerzo y a la superación personal el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

  • a. Haber cursado durante el año académico 2023/24 cuarto curso de educación secundaria obligatoria en el régimen ordinario en cualquiera de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia, siguiendo el currículo oficial vigente.
  • b. Estar propuesto por el equipo docente para la expedición del título de graduado en educación secundaria en la convocatoria ordinaria del curso 2023/24.
  • c. Merecer un especial reconocimiento por la dedicación y esfuerzo demostrados a lo largo de la etapa en superar sus dificultades, bien de tipo personal, educativas y/o del entorno familiar y sociocultural.

El perfil objeto de estos premios se corresponde con el alumnado que procede de entornos socioculturales desfavorecidos o de entornos familiares disfuncionales que supongan una desventaja manifiesta para conseguir finalizar sus estudios o en proceso de superación de enfermedades crónicas o con discapacidades que condicionan su rendimiento escolar, su relación personal y su inserción social.

Dotación

  • La dotación para los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia será de 20.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 37.03.423A.480.1 de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, de los presupuestos del año 2024, que se distribuirán entre las personas premiadas en la misma cuantía, y que no podrá exceder los 1.000 € por premio. La concesión de las ayudas reguladas en esta orden tendrá como límite global el crédito asignado para este fin.
  • El alumnado que obtenga el premio percibirá la dotación económica, de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 17 de esta orden, y, además, recibirá un diploma acreditativo.
  • Estos premios son compatibles con otros premios, becas o ayudas para la misma finalidad cualquiera que sea su naturaleza o entidad que la conceda.

Presentación

  1. Las solicitudes de participación a los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia se presentarán preferiblemente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la aplicación informática «PremiosEdu» (https://www.edu.xunta.gal/premiosedu/) accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), o directamente desde la propia aplicación «PremiosEdu». Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
  2. Las solicitudes las suscribirán directamente las personas interesadas con plena capacidad de obrar o, en su caso, los/las representantes legales de las personas solicitantes.
  3. Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal. Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica premios@edu.xunta.gal.
  4. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes; comenzará el día 19 de agosto de 2024 y finalizará el día 18 de septiembre de 2024.

Más información

Valoración de las solicitudes

La Comisión de Selección, teniendo en cuenta el informe requerido en el artículo 12 de esta orden, valorará las solicitudes presentadas atendiendo a las dificultades personales (hasta 10 puntos):

  • a. Situaciones relacionadas con la salud y/o desarrollo en general, hasta 4 puntos.
  • b. Reunir alguna de las circunstancias especificadas en los artículos 63, 64, 65 y 70 dela Orden de 8 de septiembre de 2021 por la que se desarrolla el Decreto 229/2011, de 7 de diciembre (DOG núm. 206, de 26 de octubre), por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia en que se imparten las enseñanzas establecidas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, presentar dificultades educativas derivadas del entorno sociofamiliar, y/o encontrarse en riesgo de exclusión social, hasta 3 puntos.
  • c. Aprovechamiento y esfuerzo, hasta 3 puntos: hasta dos puntos podrán conseguirse con la nota media de las calificaciones obtenida sen la etapa de educación secundaria obligatoria. A estos efectos, se computará la nota media multiplicada por 0,2. Un punto por acreditar la continuidad de sus estudios.

La valoración final se expresará con dos decimales, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior, y será el resultado de sumar las valoraciones conseguidas en el punto 2 de este artículo.

Para poder aspirar al premio se deberá obtener, como mínimo, una puntuación de cinco puntos en la valoración final a que se refiere el punto 2 de este artículo.

La Comisión de Selección resolverá los empates teniendo en cuenta:
  • I. Mayor puntuación en el punto 2.c) de este artículo.
  • II. Mayor puntuación en el punto 2.a) de este artículo.
  • III. Mayor puntuación en el punto 2.b) de este artículo.
De persistir el empate, la Comisión de Selección podrá realizar un sorteo.

La Comisión de Selección podrá declarar los premios desiertos.

Puntuaciones provisionales

  1. La Comisión de Selección hará públicas las puntuaciones obtenidas por las personas candidatas en los lugares relacionados en el artículo 18 de esta orden.
  2. El alumnado participante, o sus padres/madres o representantes legales, podrá presentar reclamación contra la puntuación obtenida, en el plazo de diez (10) días a partir del siguiente al de su publicación. La reclamación se presentará preferiblemente por medios electrónicos a través del anexo II disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Opcionalmente, la reclamación se podrá presentar presencialmente en cualquiera delos lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Resolución de concesión

Una vez resueltas las reclamaciones, la Comisión de Selección elaborará el acta con la propuesta de adjudicación de los premios. Los resultados con las puntuaciones definitivas de las personas aspirantes se publicarán en los lugares relacionados en el artículo 18 de esta orden. El acta original quedará archivada en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. Las reclamaciones se entenderán resueltas y notificadas con la publicación de las puntuaciones definitivas.

La persona titular de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa elevará la propuesta hecha por la Comisión de Selección a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, quien emitirá la correspondiente orden de adjudicación para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Las personas aspirantes estarán identificadas por un código alfanumérico.

El plazo máximo para resolver este procedimiento será de cinco (5) meses desde el día siguiente al de la finalización del plazo de inscripción. Transcurrido dicho plazo sin que se notificara la correspondiente resolución, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.

Obligaciones de las personas beneficiarias

  1. Informar al órgano que concede el premio de la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración pública, ente público o privado.
  2. Para poder recibir la dotación económica del premio a la que se refiere el artículo 2.2 de esta orden, el alumnado premiado no podrá estar incurso en ninguna clase de inhabilitación para la obtención de ayudas previstas en los números 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, deberá estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, conforme al artículo 10.2.g) de la citada ley, y al artículo 9 del Reglamento de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, conforme al artículo 10.2.e) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
  3. La persona premiada deberá remitir a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa el modelo 145 del Impuesto sobre la renta de las personas físicas a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada en la semana siguiente a la publicación de la orden de concesión de los premios en el Diario Oficial de Galicia.
  4. El alumnado que obtenga premio al esfuerzo y a la superación personal tiene la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, por el Tribunal de Cuentas y por el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control que le competen, según dispone el artículo 14.1.k) de la Ley 9/2007, de 3 de junio, de subvenciones de Galicia. La cuantía del premio extraordinario tiene, actualmente y a efectos fiscales, la consideración de rendimientos de trabajo. El importe del premio estará sujeto a las retenciones que legalmente correspondan.
  5. La persona ganadora debe facilitar la titularidad de una cuenta bancaria con 24 dígitos y declarar sobre la veracidad de los datos relativos a dicha cuenta en que se ingresará, mediante transferencia bancaria, la dotación del premio a que se refiere el artículo 2.2 de esta orden, según el modelo de anexo III. Este anexo, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal), se presentará preferiblemente por medios electrónicos, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, se podrá presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Enlaces de interés

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2024/20240628/AnuncioG0761-190624-0001_es.pdf

Documentación a adjuntar

Las personas interesadas que hayan cursado sus estudios en centros privados que no tengan todo su expediente recogido en la base de datos de la aplicación XADE y suscriban su solicitud de participación mediante una persona representante, deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho.
  • De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por medios electrónicos.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes: Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia

Los Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia son convocados para dotar de una cuantía a los estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria que haya terminado dichos estudios, en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El plazo de inscripción de la Beca "Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia" es: desde 19/08/2024 hasta 18/09/2024.

La Beca "Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

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La Beca "Premios Esfuerzo Superación Personal Xunta de Galicia" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas al Talento
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas complementarias
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de Apoyo Educativo
  • Becas de ciberseguridad
  • Becas de colaboración
  • Becas de competencias lingüísticas
  • Becas de cooperación
  • Becas de estancias
  • Becas de excelencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de inmersión lingüística
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas Erasmus
  • Becas NEAE
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para artistas
  • Becas para asistir a congresos
  • Becas para bootcamps
  • Becas para causas sobrevenidas
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para estudiar online
  • Becas para fotógrafos
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para inteligencia artificial
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para personas con discapacidad
  • Becas para profesores
  • Becas para proyectos
  • Becas para refugiados
  • Becas para sénior
  • Becas para trabajadores
  • Becas para víctimas de violencia de género
  • Becas sociales
  • Becas Startup
  • Becas STEM
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes