Universitat Jaume I (UJI)

Becas Movilidad UJI Sicue

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INSCRIPCIONES

Inicio28/08/2025 Fin17/09/2025
Abierta

Becas Movilidad UJI Sicue: solicitud y plazos

Descripción

Las Becas Movilidad UJI Sicue ofrecen a los estudiantes de la Universidad Jaume I la oportunidad de realizar intercambios en universidades de destino durante un curso completo. Estas ayudas económicas están diseñadas para apoyar la movilidad académica y garantizar que los alumnos puedan cursar sus estudios con normalidad y sin dificultades financieras. Cada beca cubre hasta 800 euros por beneficiario, distribuidos en un primer pago del 80 por ciento y un segundo del 20 por ciento tras la acreditación de la estancia y el reconocimiento de créditos.

Podrán optar a las Becas Movilidad UJI Sicue los estudiantes que hayan sido aceptados en un programa SICUE y que cumplan los requisitos establecidos, incluyendo no haber recibido la beca en convocatorias anteriores y no tener residencia familiar en la provincia de la universidad de destino. Además, deben acreditar su incorporación efectiva a la universidad receptora y cumplir con los mínimos de créditos establecidos, con adaptaciones para casos específicos como personas con discapacidad o deportistas de élite.

El procedimiento de solicitud se realiza en línea a través de IGLU, donde los estudiantes registran su solicitud y aportan la documentación requerida, como matrícula y certificados de incorporación. 

Las Becas Movilidad UJI Sicue representan una oportunidad para mejorar la formación académica y personal, fomentando la experiencia internacional y el desarrollo de competencias profesionales. Si deseas vivir esta experiencia y beneficiarte de estas ayudas, aquí te decimos como hacerlo.

Datos básicos

Nº de becas
50
Nivel de estudio
  • Grado
País de origen
  • España
País de destino
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Movilidad UJI Sicue:

Podrán beneficiarse de estas becas las personas físicas que reúnan los requisitos siguientes:

  • Ser estudiante de la Universidad Jaume I.
  • Haber obtenido y aceptado a una plaza de intercambio SICUE para el curso académico 2025/26 y haberse incorporado a la universidad de destino.
  • Que la estancia SICUE sea de un curso completo.
  • Que el/la solicitante curse en la universidad de destino el mínimo de créditos establecidos para las movilidades de curso completo (45 créditos), excepto las personas con discapacidad igual o superior al 33%, personas víctimas de violencia de género y deportista de élite de la UJI que, de acuerdo con las bases de la convocatoria, tengan reconocida la reducción de créditos para movilidad SICUE.
  • No tener el domicilio familiar en un municipio de la provincia donde esté ubicada la universidad de destino.
  • No haberse beneficiado de esta ayuda en convocatorias anteriores.

Dotación

Cuantía de la ayuda:

Se otorgarán un total de 50 Becas Movilidad UJI Sicue de máximo 800 € por beneficiario/a para estancias acreditadas de curso completo.

La forma de recibir el pago de la ayuda es la siguiente:

  • a. Se realiza una transferencia del importe correspondiente al 80% del importe total de beca, una vez presentada la aceptación y comprobada la existencia de cuenta bancaria de terceros en la base de datos de la UJI de la persona beneficiaria, dentro del plazo otorgado al efecto.
  • b. Se realiza la transferencia del importe correspondiente al 20% del importe total de la ayuda (pago final) una vez presentada la documentación justificativa de la finalización de los estudios en la universidad de destino (certificado de estancia), encuesta de satisfacción y aprobación del reconocimiento de créditos cursados en la universidad de destino por parte del centro de la UJI al que pertenece la titulación de la persona interesada.

De acuerdo a lo previsto en el apartado 1 del artículo 40 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, el expediente de gasto correspondiente a esta convocatoria de subvenciones es de carácter plurianual, extendiéndose a los ejercicios 2025 y 2026. La distribución para la anualidad presente es de una cuantía máxima de 32.000 euros; y para el ejercicio correspondiente al año 2026 una cuantía máxima de 8.000 euros. La anualidad de los gastos de ejercicios futuros queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio correspondiente, de conformidad con el apartado 2 del referido artículo 40.

Presentación

La solicitud de las Becas Movilidad UJI Sicue se ha de realizar en línea a través del IGLU, apartado «Académica. Programas de movilidad. Solicitud» dentro del plazo establecido. Al finalizar y enviar la solicitud, el programa asignará un número de registro, que se comunicará también por correo electrónico. El número de registro y el correo de confirmación se tienen que conservar como justificante de la presentación de la solicitud. La presentación de la solicitud presupone la aceptación incondicionada de las presentes bases, condiciones, requisitos y obligaciones que en la misma se contienen y supone la autorización a la Oficina de Relaciones Internacionales para el tratamiento de estos datos a efectos de las gestiones necesarias para esta convocatoria.

Una vez presentada la solicitud, dentro del mismo plazo, las personas interesadas deberan aportar los documentos preceptivos establecidos en la base 4.1 a través de IGLU, apartado «Académica. Programas de movilidad. Datos movilidades ORI (Documentación). en el apartado correspondiente a la convocatoria de Ayudas UJI SICUE estancias largas 2025/26.

Aspirantes con condición de víctimas de violencia de género: Las mujeres víctimas de violencia de género que participen en esta convocatoria pueden solicitar la seudonimización de sus datos identificativos. A tal efecto, las mujeres interesadas deberán formular la petición correspondiente en la solicitud de participación en el presente proceso selectivo utilizando el modelo de «Solicitud de anonimización de los datos de la mujer víctima de violencia de género».

Las solicitudes se pueden presentar en los registros y oficinas referidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se necesitará constatación del servicio de correos del país de origen de que la documentación fue enviada dentro del plazo establecido, en caso de optarse por este procedimiento.

Las solicitudes de las personas interesadas se presentarán acompañadas de los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Universidad, de acuerdo con lo que establece el artículo 53 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas.

Más información

Finalidad del programa

El programa pretende favorecer la realización de los intercambios concedidos dentro del programa SICUE 2025/26 mediante la concesión de ayudas económicas al alumnado seleccionado.

Podrán otorgarse ayudas en el caso de realizar un intercambio de un curso académico completo.

Procedimiento de selección

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva, procedimiento por el que la concesión se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, con el fin de establecer una prelación entre las mismas. De acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base octava, las ayudas se adjudicarán a las personas que hayan obtenido mayor puntuación en aplicación de los mencionados criterios hasta que se agotar el presupuesto, el resto de personas participantes quedarán en la lista de suplentes, ordenadas de según la puntuación obtenida de mayor a menor.

La adjudicación de estas ayudas se encuentra condicionada en el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible.

Resolución del procedimiento

La instrucción y resolución del procedimiento corresponde la Vicerrectora de Relaciones Internacionales en virtud de las competencias delegadas por la Rectora, mediante resolución de 24 de mayo de 2022 (DOGV de 27 de mayo).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón de Anuncios Oficiales de la UJI la resolución provisional con las personas excluidas, a las que se les dará un plazo para presentar reclamaciones y corregir errores u omisiones de 10 días hábiles a partir del siguiente su publicación, dirigidas a la ORI, a través del Registro General de la UJI, acabado el cual sin enmienda, se entenderá que desisten de la solicitud.

Finalizado el plazo para reclamación y subsanación de las solicitudes previsto en el párrafo anterior, se publicará en el Tablón de Anuncios Oficiales de la UJI la resolución definitiva de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución se publicará la composición de la comisión de valoración de solicitudes. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios Oficiales de la UJI.

La valoración y examen de las solicitudes se llevará a cabo por una comisión de valoración, de acuerdo con los criterios establecidos en la cláusula octava de estas bases. La comisión de valoración estará compuesta por el Director de la Oficina de Relaciones Internacionales, que actuará como presidente, una técnica de la ORI, que actúa como secretaria, y cinco vocales distribuidos de la siguiente manera: cuatro coordinadores de intercambio, uno por cada uno de los centros; y un representante del Consejo del Estudiantado. Esta comisión emitirá una propuesta de resolución de la adjudicación de las ayudas.

La resolución provisional de concesión de las ayudas y la relación de las candidaturas suplentes será emitida por la Vicerrectora de Relaciones Internacionales y se publicará en el Tablón de Anuncios Oficiales de la UJI. A partir del día siguiente de la publicación de la resolución, las personas interesadas tienen un período de 10 días hábiles para formular reclamaciones, dirigidas a la ORI, a través del Registro General de la UJI.

Resueltas las reclamaciones, la resolución definitiva de concesión será emitida por la Vicerrectora de Relaciones Internacionales. A partir de la publicación de esta resolución las personas beneficiarias dispondrán de un período de 10 días hábiles para la presentación de la aceptación de la ayuda a través IGLU. Dentro del mismo plazo de aceptación las personas beneficiarias de la ayuda deberán tener dada de alta en la base de datos de la UJI, en calidad de terceros, una cuenta bancaria de su titularidad en la que proceder al ingreso de la ayuda económica siguiendo el procedimiento establecido por el Servicio de Información Contable. La no presentación de la aceptación o el incumplimiento de la obligación de tener dada de alta una cuenta bancaria de terceros en la base de datos de la UJI en plazo otorgado supondrá la renuncia tácita a la ayuda el día siguiente a la finalización de aquel adjudicándose las ayudas vacantes a los estudiantes suplentes. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios Oficiales de la UJI. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante del mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se puede interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado, mientras no recaiga una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Criterios de valoración

Para la concesión de las ayudas, siempre que la persona solicitante cumpla los requisitos exigidos, se tienen en cuenta los criterios de valoración siguientes que consten en la base de datos de la UJI a la finalización del periodo de presentación de solicitudes:

  • a. Expediente académico (hasta 20 puntos). Para la valoración del expediente académico se tiene en cuenta la nota media que figure en el expediente del alumnado a finales del período de presentación de solicitudes. Esta calificación se ponderará con respecto a la nota media de cada titulación con el objetivo de comparar los expedientes de las diferentes titulaciones. Por tanto, se propone la siguiente ecuación para calcular la nota media ponderada NMP=NMA*10/NMT. Donde MNP es la nota ponderada, NMA es la nota media del alumno/alumna, NMT es la nota media de la titulación correspondiente. Los 20 puntos se darán a la persona que tenga la mayor nota media ponderada y al resto de participantes se les dará la puntuación que les corresponda proporcionalmente.
  • b. Porcentaje de créditos superados en la titulación al la finalización del período de presentación de solicitudes (hasta 3 puntos). Los 3 puntos se darán a persona que tenga el mayor porcentaje de créditos superados y al resto de participantes se les dará la puntuación que les corresponda proporcionalmente.
  • c. Tener 60 créditos de primer curso superados cuando finaliza el período de presentación de solicitudes (3 puntos).
  • d. No haber obtenido una ayuda para otros programas de movilidad en cursos académicos anteriores (2 puntos).
  • e. Estudiantado integrado en el Programa de Deportistas de Élite de la UJI (2 puntos).
  • f. Estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo y/o con certificados emitidos por la Unidad de Diversidad y Discapacidad de la UJI: 1 punto para los estudiantes que solo acrediten estar en el programa de Diversidad de la UJI, pero sin tener una discapacidad oficialmente reconocida. De 1 a 3 puntos según cálculo del porcentaje de discapacidad, siendo el 33% el menor y 100% el mayor porcentaje de discapacidad reconocida.

Con las puntuaciones obtenidas, se confecciona un listado en orden descendiente, asignándole a cada solicitud el importe de la ayuda que le corresponde, hasta el agotamiento del crédito disponible. En caso de empate tendrán preferencia en la asignación, en primer lugar el estudiantado con mayor puntuación en el apartado a) nota media ponderada más alta, de persistir el empate, b) la mayor puntuación en el apartado porcentaje de créditos superados y, de persistir el empate, en último lugar, la mayor puntuación en el apartado d) no haber obtenido una ayuda para otros programas de movilidad en cursos académicos anteriores.

Obligaciones de las personas beneficiarias

Las personas beneficiarias de las ayudas quedan obligadas específicamente a:

  • Comunicar la aceptación o renuncia a la beca por escrito a través del IGLU en el período de 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva de adjudicación de becas.
  • Tener dada de alta una cuenta bancaria (cuenta de terceros) de titularidad de la persona beneficiaria de la ayuda dentro del plazo de aceptación, siguiendo para ello el procedimiento establecido por el Servicio de Información Contable de la UJI, obligación que se extiende hasta la finalización de la estancia y el pago total de la ayuda económica.
  • No ser beneficiarias de ninguna otra beca o ayuda económica con las mismas características para este u otros programas de intercambio durante el curso académico 2025/26.
  • Realizar una estancia efectiva de curso completo en la universidad de destino.
  • Justificar documentalmente el inicio de la estancia y la finalización.
  • Solicitar en la UJI el reconocimiento de créditos cursados en la universidad de destino antes del 30 de septiembre de 2026.
  • Cumplir con los requisitos y obligaciones que establecidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir las otras obligaciones establecidas en estas bases y en las bases del programa SICUE 2025/26.

Enlaces de interés

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/853148

Documentación a adjuntar

El plazo de presentación de solicitudes a través del IGLU es de 10 días hábiles desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Presentada la solicitud, en el mismo plazo, las personas interesadas deberán aportar a través del IGLU documentación siguiente:

  • a. Copia de matrícula en la universidad de destino. En el caso del estudiantado del grado de Medicina que realice en destino las prácticas hospitalarias rotatorias y estas no tengan asignadas créditos de matrícula, se deberá aportar el correspondiente documento oficial acreditativo de la admisión para la realización de las citadas prácticas hospitalarias rotatorias con el número de horas de que constarán. Por otra parte, respecto de las universidades de las que haya constancia de que sólo permiten la matrícula por cuatrimestres, el estudiantado solicitante con destino en las mismas será admitido a la convocatoria de ayudas en base al número de créditos en destino que consten en su contrato de estudios que tendrá que cumplir con los requisitos de esta convocatoria. El contrato de estudios tendrá que estar necesariamente firmado y validado por las dos universidades. En cualquier caso, el estudiantado quedará obligado a cursar finalmente el número de créditos mínimos establecido en esta convocatoria según la base 3.2, caso contrario perderá su derecho a la ayuda solicitada por incumplimento de los requisitos para ello.
  • b. Documento justificativo de la incorporación efectiva de la persona solicitante en la universidad de destino. En el caso de que la persona interesada no pueda aportar este documento por negativa de la universidad de destino a expedirlo, la UJI pedirá la información a la universidad correspondiente. La negativa de la universidad a expedir el certificado de incorporación deberá quedar acreditada por parte de la persona que la alegue.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes sobre becas: Becas Movilidad UJI Sicue

Las Becas Movilidad UJI Sicue ofrecen a los estudiantes de la Universidad Jaume I la oportunidad de realizar intercambios en universidades de destino durante un curso completo. Estas ayudas económicas están diseñadas para apoyar la movilidad académica y garantizar que los alumnos puedan cursar sus estudios con normalidad y sin dificultades financieras. Cada beca cubre hasta 800 euros por beneficiario, distribuidos en un primer pago del 80 por ciento y un segundo del 20 por ciento tras la acreditación de la estancia y el reconocimiento de créditos.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad UJI Sicue" es: desde 28/08/2025 hasta 17/09/2025.

La Beca "Becas Movilidad UJI Sicue" se puede solicitar para los niveles de estudios: 

  • Grado

La Beca "Becas Movilidad UJI Sicue" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad