Becas UJI Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC
INSCRIPCIONES
Becas UJI Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC: solicitud y plazos
Descripción
La Xarxa Vives es una plataforma única de servicios innovadores y con valor añadido para las universidades de los territorios de habla catalana, para toda la comunidad universitaria y para la sociedad. Como asociación de universidades en crecimiento, a través de más de diez líneas de actuación concretas cada año, la Xarxa se convierte en el referente para la actuación conjunta de las universidades de Cataluña, la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, Cataluña Norte, Andorra y Cerdeña. Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o Drac se dirigen al Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) o de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI, que cumpla con los requisitos indicados.
El objetivo fundamental de Xarxa Vives es fomentar la colaboración interuniversitaria y la interacción con la sociedad, mediante una estructura de red fundamentada en la equidad y la cohesión entre sus miembros.
Gracias a estas ayudas se facilitará la movilidad del PTGAS y el PI en las universidades que conforman la Xarxa VIves o que participen en el programa DRAC.
Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC ofrecerán una dotación económica, que se destinará a cubrir gastos de alojamiento, matrícula, inscripción o desplazamiento.
Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC, consulta nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para poder participar en la presente convocatoria de las Becas UJI Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC se tendrá que cumplir con los requisitos siguientes:
- Tener la condición de Personal técnico de gestión y administración y servicios, (PTGAS) de la UJI (funcionario o laboral, a tiempo completo o parcial), tanto en el momento de formalizar la solicitud como en el de realización de la movilidad.
- Que la movilidad solicitada tenga como destino alguna de las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por éstas o por la XVU.
- Que la movilidad solicitada suponga un desplazamiento a una universidad diferente a la propia igual o superior a 50 km de distancia.
- En cuanto a la duración, la ayuda cubrirá hasta un máximo de 5 días, independientemente de la duración de la actividad laborables.
Las actividades no presenciales se excluyen de recibir la ayuda de movilidad.
Dotación
La ayuda otorgada mediante las Becas UJI Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC consistirá en una asignación económica individual para sufragar total o parcialmente los gastos que se detallan a continuación hasta el agotamiento del crédito total asignado que asciende a 2000 euros.
- Por un lado, un máximo de 450,00 € destinados a cubrir gastos de alojamiento y matrícula o inscripción (si procede). En ningún caso se incluirán los gastos de manutención.
- Por otro lado, el importe correspondiente a cubrir los gastos de desplazamiento, que se fijará de acuerdo con el cuadro de desplazamientos en la web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/programes/mobilitat/.
Presentación
Las personas interesadas en participar en esta convocatoria de las Becas UJI Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC han de rellenar el formulario de solicitud correspondiente y presentarlo en el Registro General, sede electrónica: https://www.uji.es/seu, dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Asimismo, pueden presentarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de octubre del procedimiento administrativo común.
Más información
Objeto
Estas becas tienen por objeto:
- Realizar estancias en servicios, oficinas o laboratorios iguales o similares al propio o participar en jornadas o reuniones relacionadas con el puesto de trabajo.
Criterios de valoración/selección
Para la concesión de estas ayudas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de valoración en atención a los méritos alegados y debidamente acreditados por las personas solicitantes:
- a. Que la persona solicitante no haya sido nunca beneficiaria de una ayuda de movilidad en programas previos en ninguna universidad de la Xarxa Vives. (4 puntos).
- b. Nivel de catalán validado en el IGLU. (Hasta 3 puntos) B1: 0,5, B2: 1,5, C1: 2,5, C2: 3.
- c. Antigüedad en la UJI. (Hasta 2 puntos) 2-6 años: 0,5, 7-10 años: 1, 11-14 años: 1,5, más de 14 años. (2 puntos).
- d. En el caso del PTGAS en posesión de un certificado de discapacidad del 33% o superior, se otorgarán 2 puntos adicionales.
En caso de empate se decidirá por sorteo.
- Una vez publicada la resolución, con el fin de percibir la ayuda, las personas beneficiarias deben llevar a cabo estas acciones:
- a. Para el alta de terceros, se seguirá el procedimiento habilitado al efecto en el siguiente enlace a partir del procedimiento establecido por el Servicio de Información Contable: https://eujier.uji.es/pls/www/!gri_www.euji23728.
- b. Debe adjuntarse la aceptación de la ayuda, a través del procedimiento, dentro del plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución. En caso de no aceptar la ayuda en este plazo se entenderá que se renuncia a la misma.
- c. Hay que adjuntar la declaración responsable de las personas beneficiarias de subvenciones y ayudas UJI, disponible aquí.
- El plazo para presentar estos documentos es de quince días hábiles contados desde la notificación de la resolución.
- En el plazo máximo de un mes a contar desde la finalización de la movilidad correspondiente, el solicitante deberá presentar al vicerrectorado de Relaciones Internacionales.
- Justificación de los gastos del viaje que incluirá:
- Facturas o justificantes de los gastos por el importe subvencionado (matrícula, alojamiento, viajes, etc.).
- Justificante de asistencia o título de la actividad realizada.
- El pago de la ayuda se efectuará en la cuenta bancaria consignada en la ficha de terceros, siempre que la persona beneficiaria no tenga deudas con la Universitat Jaume I.
- No podrá realizarse el pago de la ayuda mientras la persona beneficiaria tenga la condición de sujeto deudor por resolución de procedencia de reintegro. Sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, podrá realizarse el pago de la subvención desde el momento en que el órgano competente haya notificado al sujeto deudor del reintegro, el inicio del correspondiente expediente de compensación de deudas, con vistas a su completa extinción.






