Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC
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Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC: solicitud y plazos
Descripción
La Xarxa Vives es una plataforma única de servicios innovadores y con valor añadido para las universidades de los territorios de habla catalana, para toda la comunidad universitaria y para la sociedad. Como asociación de universidades en crecimiento, a través de más de diez líneas de actuación concretas cada año, la Xarxa se convierte en el referente para la actuación conjunta de las universidades de Cataluña, la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, Cataluña Norte, Andorra y Cerdeña. Su objetivo es fomentar la colaboración interuniversitaria y la interacción con la sociedad, mediante una estructura de red fundamentada en la equidad y la cohesión entre sus miembros.
Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC se dirigen al Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) o de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI, que cumpla con los requisitos indicados. Gracias a estas ayudas se facilitará la movilidad del PTGAS y el PI en las universidades que conforman la Xarxa VIves o que participen en el programa DRAC.
Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC ofrecerán una dotación económica, que se destinará a cubrir gastos de alojamiento, matrícula, inscripción o desplazamiento.
Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC, consulta nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para poder participar en la presente convocatoria se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener la condición de Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) o de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI, tanto en el momento de formalizar la solicitud como en el de realización de la movilidad.
- El Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI deberá contar con autorización previa por parte de la persona responsable de la línea de investigación.
- Que la movilidad solicitada tenga como destino alguna de las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por estas o por la XVU.
- Que la movilidad solicitada suponga un desplazamiento a una universidad diferente a la propia igual o superior a 50 km de distancia.
- Que la estadía a realizar tenga una duración máxima de 5 días laborables.
Las actividades no presenciales quedan excluidas de recibir la ayuda de movilidad.
Dotación
Se establece un importe global de 2.000 euros para el curso 2023/2024, a cargo del centro de gastos VRI/VRI 02G008, línea 00000 euros, ejercicio presupuestario 2024, que se distribuye de la siguiente manera:
- a. Por un lado, un máximo de 420,00 € destinados a cubrir gastos de alojamiento y matrícula o inscripción (si corresponde). En ningún caso se incluirán los gastos de manutención.
- b. Por otro lado, el importe correspondiente para cubrir los gastos de desplazamiento, que se fijará de acuerdo con el Cuadro de Desplazamientos en el sitio web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/files/2023/09/DRAC-Bases-2023-2024.pdf
Finalizado el primer período de concesión de las ayudas y si no se ha agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada a las resoluciones posteriores que puedan recaer.
Presentación
Para participar en el programa, el solicitante debe completar el formulario de solicitud correspondiente y presentarlo en el Registro General, sede electrónica https://www.uji.es/seu dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Asimismo, pueden presentarse en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común.
Las solicitudes de las personas interesadas se adjuntarán a los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Universidad, y en este caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener esta documentación, el órgano competente puede requerir a las personas solicitantes su presentación o, si no la hay, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere la documentación.
Si se solicita para la asistencia a más de una actividad, se debe indicar el orden de preferencia.
Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:
- Primero: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Dogv hasta el 28 de febrero de 2024.
- Segundo: Desde el día 1 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2024.
En este caso, las solicitudes deben presentarse antes de la realización de la actividad.
- Que todos los datos aportados en la solicitud son ciertos y se ajustan a la realidad.
- Que queda informado de que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la ayuda.
- Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.
Más información
Criterios de valoración y puntuación de solicitudes
Para ordenar las ayudas se tendrá en cuenta:
- a. Que el solicitante no haya sido nunca beneficiario de una ayuda de movilidad en programas previos en ninguna universidad de la Xarxa Vives. (4 puntos).
- b. Nivel de catalán validado en el IGLU. (Hasta 3 puntos) B1: 0,5, B2: 1,5, C1: 2,5, C2: 3.
- c. Antigüedad en la UJI. (Hasta 2 puntos): 2-6 años: 0,5, 7-10 años: 1, 11-14 años: 1,5, más de 14 años: 2 puntos. En caso de empate, se decidirá por sorteo.
Comunicaciones e incidencias
- Relación de gastos según modelo normalizado.
- Facturas o justificantes de los gastos por el importe subvencionado (matrícula, alojamiento, viajes, etc.).
- Justificante de asistencia o título de la actividad realizada.
- Realizar la actividad subvencionada en la forma, las condiciones y el plazo que se establecen en la resolución de la convocatoria.
- Acreditar la realización de la actividad en los términos establecidos en el punto anterior.
- Someterte a las actuaciones de control financiero que corresponden al Servicio de Control Interno, cuando a las ayudas concedidas.
- Comunicar a la Universidad la solicitud y la concesión de otras ayudas, para la misma finalidad por parte de otros organismos públicos o privados, de carácter nacional o internacional.
- Cumplir todas las obligaciones previstas para el régimen de subvenciones y ayudas que sean aplicables a esta convocatoria de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, y de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y el resto de la legislación concordante.
Enlaces de interés
https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/9FVKXO2XZKU3YVJV60CLISLZ9MRWY7YG