Universitat Jaume I (UJI)

Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC

Becas de movilidadBecas de alojamiento o residenciaBecas transporteBecas de matrículaBecas para trabajadoresUniversitarios

INSCRIPCIONES

12/02/202415/09/2024
Finalizada

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Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC: solicitud y plazos

Descripción

La Xarxa Vives es una plataforma única de servicios innovadores y con valor añadido para las universidades de los territorios de habla catalana, para toda la comunidad universitaria y para la sociedad. Como asociación de universidades en crecimiento, a través de más de diez líneas de actuación concretas cada año, la Xarxa se convierte en el referente para la actuación conjunta de las universidades de Cataluña, la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, Cataluña Norte, Andorra y Cerdeña. Su objetivo es fomentar la colaboración interuniversitaria y la interacción con la sociedad, mediante una estructura de red fundamentada en la equidad y la cohesión entre sus miembros.

Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC se dirigen al Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) o de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI, que cumpla con los requisitos indicados. Gracias a estas ayudas se facilitará la movilidad del PTGAS y el PI en las universidades que conforman la Xarxa VIves o que participen en el programa DRAC.

Las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC ofrecerán una dotación económica, que se destinará a cubrir gastos de alojamiento, matrícula, inscripción o desplazamiento.

Si deseas conocer toda la información sobre las Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC, consulta nuestra web.

Datos básicos

Nº de becas
Unspecified
Nivel de estudio
  • Doctorado
  • Máster-Maestrías
  • Grado
  • Licenciatura
  • Diplomatura
  • Postgrado-Especialidad
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Para poder participar en la presente convocatoria se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener la condición de Personal Técnico de Gestión y Administración de Servicios (PTGAS) o de Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI, tanto en el momento de formalizar la solicitud como en el de realización de la movilidad.
  • El Personal Técnico de Apoyo a la Investigación (PI) de la UJI deberá contar con autorización previa por parte de la persona responsable de la línea de investigación.
  • Que la movilidad solicitada tenga como destino alguna de las universidades participantes en el programa DRAC o actividades organizadas por estas o por la XVU.
  • Que la movilidad solicitada suponga un desplazamiento a una universidad diferente a la propia igual o superior a 50 km de distancia.
  • Que la estadía a realizar tenga una duración máxima de 5 días laborables.

Las actividades no presenciales quedan excluidas de recibir la ayuda de movilidad.

Dotación

Se establece un importe global de 2.000 euros para el curso 2023/2024, a cargo del centro de gastos VRI/VRI 02G008, línea 00000 euros, ejercicio presupuestario 2024, que se distribuye de la siguiente manera:

  • a. Por un lado, un máximo de 420,00 € destinados a cubrir gastos de alojamiento y matrícula o inscripción (si corresponde). En ningún caso se incluirán los gastos de manutención.
  • b. Por otro lado, el importe correspondiente para cubrir los gastos de desplazamiento, que se fijará de acuerdo con el Cuadro de Desplazamientos en el sitio web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/files/2023/09/DRAC-Bases-2023-2024.pdf

Finalizado el primer período de concesión de las ayudas y si no se ha agotado el importe máximo a otorgar, se trasladará la cantidad no aplicada a las resoluciones posteriores que puedan recaer.

Si en la resolución de concesión del primer término se agota el crédito no se habilitará un segundo término.

La cantidad a recibir en la segunda resolución estará en función de la disponibilidad presupuestaria según la resolución anterior.

Estas ayudas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva.

Presentación

Para participar en el programa, el solicitante debe completar el formulario de solicitud correspondiente y presentarlo en el Registro General, sede electrónica https://www.uji.es/seu dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales. Asimismo, pueden presentarse en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes de las personas interesadas se adjuntarán a los documentos e informaciones determinados en la convocatoria, salvo que los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de esta Universidad, y en este caso el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener esta documentación, el órgano competente puede requerir a las personas solicitantes su presentación o, si no la hay, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere la documentación.

Si se solicita para la asistencia a más de una actividad, se debe indicar el orden de preferencia.

Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes:

  • Primero: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Dogv hasta el 28 de febrero de 2024.
  • Segundo: Desde el día 1 de marzo hasta el 15 de septiembre de 2024.

En este caso, las solicitudes deben presentarse antes de la realización de la actividad.

Con la presentación de la solicitud, el solicitante declara bajo su responsabilidad que acepta las bases de la convocatoria para la que solicita la ayuda.

  • Que todos los datos aportados en la solicitud son ciertos y se ajustan a la realidad.
  • Que queda informado de que la inexactitud de las circunstancias declaradas comporta la denegación o revocación de la ayuda.
  • Que no está incursa en ninguna de las circunstancias que recoge el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones.
Se publicará una lista de admitidos y excluidos provisional y se establecerá un plazo de 10 días hábiles para posibles subsanaciones, indicándole que si no lo hace se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución. Finalizado este plazo se publicará la relación definitiva de admitidos y excluidos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se dicte una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La instrucción y resolución del procedimiento corresponde a la vicerrectora de Relaciones Internacionales en virtud de las competencias delegadas por la rectora mediante resolución de 24 de mayo de 2022 (DOGV 27.05.2022).

El plazo máximo para resolver la convocatoria y notificarlo será de 15 días desde la finalización del plazo de subsanación. Si transcurrido este plazo, no se hubiera dictado resolución expresa, las solicitudes presentadas se entenderán desestimadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la ley de Subvenciones, sin perjuicio de la obligación de resolver y de notificar que establece el artículo 42.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre y del Procedimiento Administrativo Común.

Las personas beneficiarias deberán aceptar o renunciar a la ayuda en el plazo máximo de 15 días mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

La resolución de concesión de la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios oficial (TAO) http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Castellón en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios de la Universidad. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que no se dicte una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información

Criterios de valoración y puntuación de solicitudes

Para ordenar las ayudas se tendrá en cuenta:

  • a. Que el solicitante no haya sido nunca beneficiario de una ayuda de movilidad en programas previos en ninguna universidad de la Xarxa Vives. (4 puntos).
  • b. Nivel de catalán validado en el IGLU. (Hasta 3 puntos) B1: 0,5, B2: 1,5, C1: 2,5, C2: 3.
  • c. Antigüedad en la UJI. (Hasta 2 puntos): 2-6 años: 0,5, 7-10 años: 1, 11-14 años: 1,5, más de 14 años: 2 puntos. En caso de empate, se decidirá por sorteo.

Comunicaciones e incidencias

La comunicación de cualquier incidencia que pueda afectar a los solicitantes se publicará en el tablón de anuncios oficial (TAO) http://www.uji.es/seu/info-adm/tao/.

Convocatoria en la web de la Xarxa Vives: https://www.vives.org/programes/mobilitat-ajuts-drac/

A partir del día siguiente a la resolución, los resultados se podrán encontrar en la web www.uji.es/seu/info-adm/tao.

Compatibilidad/Incompatibilidad

El hecho de disfrutar de una ayuda DRAC comporta incompatibilidad con cualquier tipo de ayuda para realizar la misma actividad.

Justificación y pago

En el plazo máximo de un mes desde el regreso del curso correspondiente, el solicitante debe presentar al vicerrectorado de Relaciones Internacionales.

Justificación de los gastos del viaje que incluirá:

  • Relación de gastos según modelo normalizado.
  • Facturas o justificantes de los gastos por el importe subvencionado (matrícula, alojamiento, viajes, etc.).
  • Justificante de asistencia o título de la actividad realizada.
Con el fin de abonar el premio y previa presentación de la justificación, la persona beneficiaria deberá haberse dado de alta como tercero a través del procedimiento https://www.uji.es/serveis/sci/base/terceros/fichaterceros/.

Deberá presentar la declaración responsable como perceptores de ayudas o subvenciones.

Cuando se presenten los documentos justificativos, las ayudas se recibirán en un pago a la cuenta corriente indicada por el solicitante.

El hecho de no justificar las ayudas dentro del plazo establecido supone la revocación automática de la ayuda.

Obligaciones de los beneficiarios

Los beneficiarios de las subvenciones deben cumplir, entre las obligaciones legales, las siguientes:

  • Realizar la actividad subvencionada en la forma, las condiciones y el plazo que se establecen en la resolución de la convocatoria.
  • Acreditar la realización de la actividad en los términos establecidos en el punto anterior.
  • Someterte a las actuaciones de control financiero que corresponden al Servicio de Control Interno, cuando a las ayudas concedidas.
  • Comunicar a la Universidad la solicitud y la concesión de otras ayudas, para la misma finalidad por parte de otros organismos públicos o privados, de carácter nacional o internacional.
  • Cumplir todas las obligaciones previstas para el régimen de subvenciones y ayudas que sean aplicables a esta convocatoria de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de Subvenciones, y de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y el resto de la legislación concordante.

Enlaces de interés

https://ujiapps.uji.es/ade/rest/storage/9FVKXO2XZKU3YVJV60CLISLZ9MRWY7YG

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Xarxa Vives es una plataforma única de servicios innovadores y con valor añadido para las universidades de los territorios de habla catalana, para toda la comunidad universitaria y para la sociedad. Como asociación de universidades en crecimiento, a través de más de diez líneas de actuación concretas cada año, la Xarxa se convierte en el referente para la actuación conjunta de las universidades de Cataluña, la Comunidad Valenciana, las Islas Baleares, Cataluña Norte, Andorra y Cerdeña. Su objetivo es fomentar la colaboración interuniversitaria y la interacción con la sociedad, mediante una estructura de red fundamentada en la equidad y la cohesión entre sus miembros.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC" es: desde 12/02/2024 hasta 15/09/2024.

La Beca "Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Movilidad PTGAS y PI Xarxa Vives o DRAC" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de manutención
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para actividades extraescolares
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para enfermeros
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para hijos de funcionarios
  • Becas para hijos de profesores
  • Becas para médicos
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas sociales
  • Becas transporte
  • Premios literarios
  • Premios, concursos y certámenes