Becas de Aprendizaje de la UPC - Santander
INSCRIPCIONES
Esta beca ha finalizado. Regístrate y te avisamos cuando haya nuevas.
Becas de Aprendizaje de la UPC - Santander: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad Politécnica de Barcelona (UPC), en colaboración con el Banco Santander, es el organismo encargado de la convocatoria y desarrollo de las Becas de Aprendizaje de la UPC - Santander.
Estas becas están dirigidas a alumnos que cursan sus estudios de Grado o Máster en la Universidad Politécnica de Barcelona (UPC) y la principal finalidad de las mismas es facilitar a los alumnos el aprendizaje de las competencias asociadas a los estudios que están cursando cada uno de ellos.
De este modo, los alumnos tendrán la oportunidad de aumentar sus conocimientos en el dominio y desarrollo de distintas áreas. El tiempo de dedicación a cada una de las becas puede ser variable por lo que se establecen jornadas de 5, 10, 15 y 20 horas semanales en las que los alumnos podrán desarrollar las actividades indicadas.
Para optar a ser uno de los alumnos beneficiarios con las Becas de Aprendizaje de la UPC - Santander, los candidatos deben reunir una serie de requisitos indicados por el convocante. Así como cumplir con una serie de obligaciones durante el tiempo de desarrollo de las mismas, comprometiéndose en todo momento con el buen desarrollo de las mismas.
Si deseas conocer todos los datos relacionados con las Becas de Aprendizaje de la UPC - Santander puedes consultarlos aquí.
Datos básicos
- Nº de becas
- 14
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
Requisitos
Puede optar a solicitar una beca de aprendizaje toda persona que cumple los requisitos y aquellos que puedan establecerse en las convocatorias de becas de aprendizaje:
- a. Estar matriculada en un programa de grado o máster que se curse en una unidad académica de la Universidad Politécnica de Cataluña.
- b. Haber superado la fase inicial de los estudios de grado en los términos previstos por la normativa de permanencia.
- c. Tener conocimientos de catalán o castellano.
- d. No estar disfrutando de otra beca de aprendizaje, de una beca de inicia la búsqueda o de un convenio de cooperación educativa.
- e. No haber disfrutado de un contrato laboral previo en la UPC.
- f. Cumplir los requisitos especificados en las bases de cada convocatoria de beca de aprendizaje.
- g. Manifestar, en la solicitud de beca de aprendizaje, que se responsabiliza de la autenticidad y de la veracidad de los datos e información aportada.
Dotación
Importes desde el 1 de marzo de 2020:
- 5 horas semanales: 122,83 € importe bruto mensual.
- 10 horas semanales: 245,67 € importe bruto mensual.
- 15 horas semanales: 368,50 € importe bruto mensual.
- 20 horas semanales: 491,33 € importe bruto mensual.
- Cuota patronal 2020: 48,41 €.
Presentación
A través del siguiente enlace: https://www.becas-santander.com/ca
- A la hora de rellenar la solicitud, es imprescindible contestar todos los campos requeridos. No se puede dejar ningún campo de las competencias requeridas, sin cumplimentar.
- Para hacer la correcta inscripción, se indicará el código de la convocatoria a la que se ha hecho la inscripción en la UPC.
IMPORTANTE: Es obligatorio hacer la inscripción en las dos plataformas. No se valorarán las candidaturas que no hayan hecho el trámite a las dos plataformas.
Más información
Competencias a desarrollar
La formación alcanzada por parte de los estudiantes que disfruta de una beca de aprendizaje debe estar integrada y relacionada con algunas de las competencias genéricas de la UPC, las cuales son:
- Emprendimiento e innovación: conocer y comprender la Organización de una empresa y las ciencias que rigen su actividad, capacidad para comprender las reglas laborales y las relaciones entre la planificación las estrategias industriales y comerciales, la calidad y el beneficio.
- Sostenibilidad y compromiso social: conocer y comprender la complejidad de los fenómenos económicos y sociales típicos de la la sociedad de bienestar, capacidad para relacionar el bienestar con la globalización y la sostenibilidad, habilidad para utilizar de forma equilibrada y compatible al técnica, la tecnología, el economía y la sostenibilidad.
- Trabajo en equipo: ser capaz de trabajar como miembro de un equipo, como un miembro más con la finalidades de contribuir a desarrollar proyectos con pragmatismo y sentido de la responsabilidad asumiendo los compromisos considerando los recursos disponibles.
- Comunicación eficaz oral y escrita: comunicarse de forma oral y escrita con otras personas sobre los resultados del aprendizaje de la elaboración del pensamiento y de la toma de decisiones, participar en debates sobre temas de la propia especialidad.
- Uso solvente de los recursos de información: gestionar la adquisición, la estructuración, el análisis y la visualización de datos e información del ámbito de especialidad y valorar de forma crítica los resultados de esta gestión.
- Aprendizaje autónomo: Detectar deficiencias en el propio conocimiento y superarlas mediante la reflexión crítica y la elección de la mejor actuación para ampliar estos conocimientos.
- Practicar la tercera lengua: Conocer una tercera lengua, que será preferentemente el inglés, con un nivel adecuado de forma oral y por escrito y en consonancia con las necesidades que tendrán las tituladas y los titulados en cada enseñanza.
- a. Gestión y uso de los recursos docentes y de investigación:
- Diseño y preparación de nuevas prácticas docentes.
- Preparación de material para trabajos de fin de carrera o de investigación.
- Adaptación y configuración del hardware y el software de los laboratorios.
- Seguimiento de montajes de materiales para los alumnos.
- b. Elaboración material docente y académico:
- Preparación, actualización, mejora y ampliación del manuales de prácticas docentes.
- Adaptación del material docente en los laboratorios.
- Preparación material teórico, problemas o apuntes para la docencia.
- c. Transmisión de conocimientos previamente adquiridos a otros compañeros:
- Resolución de las dudas que los estudiantes planteen.
- Resolver incidencias que se puedan presentar en las aulas informáticas.
- Asistencia y monitorización de estudiantes en los laboratorios.
- d. Promoción de actividades de representación, de extensión universitaria, de orientación y acogida de estudiantes y apoyo a la promoción de los estudios UPC:
- Apoyo a las actividades deportivas y culturales.
- Apoyo a la promoción de los programas de movilidad, de intercambio, de movilización.
- Apoyo a la llegada de los estudiantes extranjeros y de programas de intercambio.
- Apoyo a la promoción de los estudios de la UPC.
- Representación del estudiantado.
- e. Habilidades informacionales y documentales:
- Información y atención personalizada a la comunidad universitaria.
- Mantenimiento de la colección de la biblioteca.
- Atención presencial y telefónica a los / las usuarios / as (consultas, información)
- f. Tecnologías de la información y comunicación:
- Desarrollo de aplicaciones.
- Documentación y mantenimiento de sistemas de información: webs y bases de datos.
- Ordenación y mantenimiento de los equipamientos de las aulas informáticas y Laboratorios.
- Utilización de sistemas informáticos: programas CAD y tratamiento de imágenes.
- a. Idoneidad del / la candidato / a con la beca de aprendizaje solicitada.
- b. Conocimientos de idiomas.
- c. Conocimientos y uso de herramientas y tecnologías de la información y comunicación (lenguajes, aplicaciones ...).
- d. Información curricular adicional.
- e. Entrevista.
- El cumplimiento del plazo fijado en las bases de la convocatoria de la beca de aprendizaje o a su prórroga.
- La renuncia a la beca de aprendizaje de acuerdo con el artículo 14 de la Normativa.
- El advenimiento de una causa sobrevenida de incompatibilidad o de pérdida de algunos de los requisitos necesarios para solicitar la beca de aprendizaje.
- La finalización de los estudios de la persona beneficiaria.
- La revocación de la beca de aprendizaje de acuerdo con el artículo 15 de la Normativa.
- Por incumplimiento de las obligaciones de la persona beneficiaria de la beca de aprendizaje establecidas en la Normativa o en la propia convocatoria de la beca de aprendizaje.
- Si se comprueba la existencia de ocultación, fraude o falseamiento en los datos o en la documentación aportada por la persona beneficiaria de la beca de aprendizaje en la solicitud de la beca de aprendizaje o la facilitada posteriormente.
- Si concurren otras circunstancias que afecten significativamente el desarrollo adecuado de las tareas encomendadas.
- Otras causas de revocación previstas en el ordenamiento jurídico.
- En caso de revocación de una beca de aprendizaje por incumplimiento, el beneficiario no puede optar al disfrute de posteriores becas de aprendizaje por un período de un año.
- La persona beneficiaria de la beca de aprendizaje puede renunciar voluntariamente.
- Por Tal llevar a cabo la renuncia, la persona beneficiaria de la beca de aprendizaje debe comunicarlo por escrito al responsable de la beca de aprendizaje y al Servicio de Personal con una antelación mínima de quince días hábiles y una mención expresa de la fecha a partir de la cual la renuncia tiene efectos.
- A partir de la fecha efectiva de la renuncia, la persona beneficiaria de la beca de aprendizaje deja de disfrutar de la formación y de la percepción de la ayuda económica, percibiendo únicamente la cantidad económica correspondiente a los días en que haya realizado la beca de aprendizaje.
- En caso de que la persona beneficiaria de una beca de aprendizaje renuncie expresamente a la misma, y siempre que quede pendiente más de un mes de prácticas, la persona responsable de la beca de aprendizaje debe concederse a la siguiente persona candidata por orden de puntuación y así sucesivamente, en caso de no ser aceptada.
- Si habiendo renunciado a una beca de aprendizaje, la persona beneficiaria de una beca de aprendizaje decidiera solicitarla el curso siguiente, la solicitud debe ser nueva.
- En caso de que una persona beneficiaria de una beca de aprendizaje no se presente el día de inicio de la beca de aprendizaje en el lugar y la hora comunicados por el responsable de la beca de aprendizaje o en caso de ausencia no justificada ni comunicada durante más de cinco días hábiles consecutivos sin justificación, se interpreta que el beneficiario renuncia tácitamente a la beca de aprendizaje.
- La persona beneficiaria de la beca de aprendizaje tiene derecho a:
- a. Recibir toda la información referente a la actividad de aprendizaje que realizará en el transcurso de la beca de aprendizaje.
- b. Ser dada de alta en la seguridad Social desde la fecha de inicio de la beca de aprendizaje.
- c. Recibir formación y apoyo por parte de una persona tutora que supervise su proceso formativo.
- d. Beneficiarse de la ayuda económica establecida por la normativa vigente en la Universidad Politécnica de Cataluña.
- e. Poder renunciar a la beca de aprendizaje de acuerdo con el artículo 14 de la Normativa.
- f. Recibir formación en materia de seguridad, salud y prevención de los riesgos de la actividad a desarrollar ya disponer de los medios que garanticen su salud y seguridad en el ejercicio de sus actividades de aprendizaje.
- g. Obtener bajo demanda al Servicio de Personal de la Universidad Politécnica de Cataluña un certificado donde conste el disfrute de la beca de aprendizaje y sus características.
- La persona beneficiaria de la beca de aprendizaje está obligada a:
- a. Llevar a cabo las actividades determinadas en la convocatoria de la beca de aprendizaje y aquellas instrucciones que, en desarrollo de estas actividades objeto de la convocatoria, vaya recibiendo durante la beca de aprendizaje.
- b. Suscribir un seguro en caso de ser mayor de 28 años de edad.
- c. Cumplir la normativa propia de la Universidad Politécnica de Cataluña, así como la legislación vigente que sea de aplicación en cada momento.
- d. Cumplir la normativa propia en materia de protección de datos de la Universidad Politécnica de Cataluña y, en particular, el vigente Manual UPC de protección de datos, con especial atención al contenido de su anexo 5 "Derechos y Obligaciones del Personal de la UPC en materia de Protección de Datos de Carácter Personal y Uso de Recursos Informáticos".
- e. Mantener la confidencialidad, durante la estancia en la unidad o centro correspondiente y al finalizar esta, guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos, incluidas las de carácter personal, que por razón de las tareas asociadas a la actividad de aprendizaje haya podido tratar. Esta obligación puede requerir de la suscripción de un documento que refuerce los aspectos relativos a la política de confidencialidad y privacidad de la información o la seguridad de los datos personals.
- f. Cumplir el contenido del Acuerdo núm. 88/2017 del Consejo de Gobierno, de 13 de julio de 2017, relativo a la Política de Seguridad en la Información de la Universidad Politécnica de Cataluña, así como las normativas de seguridad TIC que la sustituyan o se deriven.
- g. Tener cuidado y no hacer mal uso de los materiales, infraestructuras, bienes y recursos que le sean entregados o los que tengan acceso para desarrollar las actividades formativas, así como los recursos informáticos (hardware, software, red de comunicaciones, datos, y sistemas de información) que son propiedad de la Universidad Politécnica de Cataluña o de terceros. Toda la información alojada en los equipos, sistemas informáticos y red corporativa de la Universidad Politécnica de Cataluña puede ser propiedad de la Universidad Politécnica de Cataluña o de terceros y tiene carácter confidencial.
- h. Solicitar y / o comunicar a la persona tutora de la beca de aprendizaje cualquier incidencia, problema o ausencia que tenga durante la realización de la beca de aprendizaje.
- i. Comunicar inmediatamente al responsable de la beca de aprendizaje cualquier situación de conflicto de intereses o la pérdida de alguno de los requisitos señalados en la convocatoria de la beca de aprendizaje.
- j. Comunicar la renuncia a la beca de aprendizaje en los términos y condiciones establecidas en el artículo 14 de esta Normativa.
- k. Responder, en la finalización de la beca de aprendizaje, el correspondiente cuestionario de logro.
- l. Llevar a cabo las otras obligaciones que se fijen en las correspondientes convocatorias.
- La duración mínima de una beca de aprendizaje es de tres meses, salvo en los casos de duración específica, como el Salón de la Enseñanza y / o de otros, que de forma excepcional pueden ser inferiores, siempre y cuando el / la vicerrector / a de docencia y estudiantes expresamente así lo autorice.
- La duración máxima de una beca de aprendizaje más de veinte y cuatro meses, siempre y cuando la beca sea de veinte horas semanales, de otro modo la duración máxima será de un periodo inversamente proporcional.
- La beca de aprendizaje puede prorrogarse sin tener que publicar una nueva convocatoria siempre que el cómputo total de la beca de aprendizaje y su prórroga no superen la duración máxima establecida en el párrafo anterior.