Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes
INSCRIPCIONES
Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes están diseñadas para apoyar a los docentes de la Universidad Nacional de Córdoba que buscan completar su doctorado. Cada beca tiene una duración inicial de doce meses, con posibilidad de prórroga por hasta doce meses adicionales, según el progreso demostrado y la planificación del becario o la becaria.
Para acceder a las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes, los postulantes deben estar incorporados a una carrera de doctorado acreditada y contar con un avance significativo en su investigación. Además, deben cumplir con requisitos docentes, como impartir clases o desempeñarse en cargos con más de cinco años de antigüedad. La postulación se realiza a través del sistema SIGEVA, completando los formularios de Banco de Datos y Solicitud de Beca, junto con la documentación respaldatoria.
Durante el período de la beca, los docentes pueden realizar pasantías o estancias vinculadas a su investigación doctoral. También deben presentar un informe sintético, avalado por el director y la directora al finalizar el periodo de la beca.
Las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes facilitan la dedicación académica y la culminación exitosa del doctorado, promoviendo la excelencia en la formación y la investigación dentro de la UNC. Si quieres solicitar estas ayudas, consulta aquí los datos necesarios.
Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- País de origen
- Argentina
- Nacionalidades
- Residente en Argentina
Requisitos
La Universidad Nacional de Córdoba (UNC), a través de la Secretaría de Posgrado (SP) otorga Becas de Finalización de Doctorado con el objeto de propiciar la conclusión de la formación requerida para la obtención de la máxima titulación de los y las docentes de esta Casa de estudios que se presenten a la convocatoria, sin que ello implique relación de dependencia.
Las becas están destinadas a docentes de la UNC que hayan sido designados o designadas por concurso o que se desempeñen en un cargo interino con más de cinco años de antigüedad.
Los y las docentes deben estar admitidos en una carrera de doctorado con una antigüedad de 3 años o más y acreditar un avance significativo en su desarrollo. Son válidas las carreras de doctorado acreditadas por la CONEAU de la UNC o de otra universidad argentina así como los doctorados extranjeros que cuenten con las validaciones oficiales correspondientes.
La SP de la UNC establece los criterios de distribución de las becas, priorizando aquellas Unidades Académicas con menor proporción de docentes con título de doctorado.
La SP de la UNC, juntamente con su Consejo Asesor de Posgrado (CAP) y de acuerdo con el presupuesto asignado por el Honorable Consejo Superior (HCS), determina anualmente la cantidad de becas a otorgar. Dicha información se difunde al momento de la apertura de la convocatoria.
Las solicitudes para acceder a las becas tienen carácter de declaración jurada e implican, tanto para los y las postulantes como para sus directores y directoras, el conocimiento del presente reglamento y la aceptación de las obligaciones y derechos que de este emanan.
Finalizado el proceso de evaluación de las postulaciones, la SP eleva al Rector o la Rectora de la UNC el orden de mérito de los y las postulantes a los fines que se haga efectiva la designación por el período estipulado en el Artículo 2º del presente reglamento.
Los y las aspirantes a las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes deben cumplir con los siguientes requisitos:
Presentar la solicitud, los formularios y la documentación en tiempo y forma, de acuerdo con las instrucciones que sobre el particular establezca la SP de la UNC indicadas en las bases de la convocatoria.
Desarrollar la docencia frente a estudiantes en asignaturas de grado o pregrado de la UNC, en cualquiera de las categorías de cargo docente (ayudante A, asistente o regular) habiendo accedido al cargo por concurso, o desempeñarse como interino con un mínimo de cinco años de antigüedad. Dicha condición debe acreditarse con copia de la resolución del Honorable Consejo Directivo (HCD) de la Unidad Académica que corresponda o del rectorado, cuando dependan directamente de él.
Haber completado, preferentemente, el 75% de los requerimientos académicos de la carrera, tener aprobado el plan de tesis y contar con director o directora de tesis. Deben acompañar un plan de actividades con un cronograma que explicite la factibilidad de la finalización del doctorado, incluyendo la tesis, en el tiempo de duración de la beca.
No haber usufructuado becas de doctorado otorgadas por organismos gubernamentales, privados, multilaterales o universitarios en los últimos cinco años. La eventual solicitud de excepciones a este artículo se eleva junto con la presentación a la beca, es tratada por el CAP y se aprueba por mayoría simple de sus miembros.
Debe oficiar como director o directora de la beca quien cumpla dicha función en relación con la tesis de doctorado. En los casos en los que resulte justificado, puede incorporarse la figura de codirector o codirectora.
Dotación
Dotación de las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes:
El Rector o la Rectora, previamente al llamado de cada convocatoria, a propuesta de la SP, establece el estipendio de la beca y las actualizaciones posteriores según disponibilidad presupuestaria. El monto no podrá en ningún caso ser menor al 90% ni mayor al 100% del sueldo neto de un cargo de Profesor Asistente con dedicación exclusiva, sin antigüedad.
Presentación
La presentación de las Becas UNC SP Finalización de Doctorado Para Docentes será a través del sistema online SIGEVA http://sigeva.unc.edu.ar se deben completar los formularios:
- Banco de Datos (en el que se cargan los datos del currículum vitae, ingresando en el rol "Usuario banco de datos de actividades de CyT")
- Solicitud de Beca (ingresando al rol "Usuario presentación/solicitud")
Más información
Duración de la beca y plazo para finalización del doctorado
La duración de las becas que otorga la SP de la UNC es de doce meses con opción a una prórroga de hasta doce meses adicionales consecutivos según lo establecido en el artículo 24. Una vez finalizado el período de la beca, los becarios y las becarias cuentan con un plazo de seis meses para acreditar ante la SP de la UNC la finalización del doctorado mediante la presentación del acta de aprobación de tesis doctoral, copia del diploma de doctor o doctora, o certificación equivalente. Si, con causa justificada, requieren una ampliación de ese plazo, puede solicitar hasta seis meses adicionales de prórroga, sin estipendio alguno, mediante una nota elevada a la SP de la UNC, adjuntando documentación que justifique la solicitud y con el aval de su director o directora de tesis.
Admisibilidad de las solicitudes de becas
Para que una solicitud de Beca de Finalización de Doctorado para docentes de la UNC sea considerada admisible, debe satisfacer los requisitos que se detallan en este reglamento y las bases de cada convocatoria.
El proceso de admisibilidad, evaluación y selección es realizado por una Comisión Evaluadora constituida ad hoc por miembros del CAP, designada y coordinada por la SP de la UNC, cuya nómina se publica al momento de la apertura de la convocatoria. En un plazo máximo de treinta días corridos a partir del cierre de la convocatoria, la SP publica la lista de postulantes admitidos a evaluar posteriormente en los aspectos científico-académicos.
Los y las postulantes de las solicitudes a becas consideradas no admisibles cuentan con un plazo de 5 días desde que se comunica la inadmisibilidad para adjuntar o completar la documentación faltante. Vencido este plazo se considera que ha desistido de la presentación.
La admisibilidad y evaluación de las becas
Para que una solicitud de beca sea evaluada, debe calificar como admitida y satisfacer los requisitos que se detallan en este Reglamento y en las bases de cada convocatoria.
Las bases de la convocatoria son publicadas y difundidas en la UNC a través de comunicaciones de las Secretarías de Posgrado de las Unidades Académicas y de la SP del área central. Las bases, los criterios de evaluación de las presentaciones, el cronograma y los formularios se alojan en la página web de la SP de la UNC y están disponibles al momento de la apertura de la convocatoria.
La Comisión Evaluadora se reúne, una vez finalizada la convocatoria, para analizar la admisibilidad de las presentaciones recibidas y emitir dictamen.
El proceso de evaluación de los aspectos científico-académicos de las becas está a cargo de la Comisión Evaluadora ad hoc que entiende en la admisibilidad. El proceso de evaluación de las presentaciones admitidas debe iniciar en un plazo no mayor a 15 días de finalizado el período de subsanación estipulado por el Art. 8º.
La Comisión Evaluadora confecciona y eleva a la SP de la UNC un orden de mérito de las postulaciones con su respectiva fundamentación, a los fines de la selección de las becas. La SP selecciona los beneficiarios y las beneficiarias de las becas en función de la disponibilidad presupuestaria, pública los resultados de la evaluación a través de los medios de comunicación establecidos y notifica a los y las postulantes el resultado, adjuntando el correspondiente dictamen de la Comisión Evaluadora.
Los y las postulantes tienen diez días, a contar desde la fecha de recepción de la notificación de la SP con el resultado de la evaluación, para presentar recurso de reconsideración, si correspondiere y así lo decidieren. Dicho recurso debe dirigirse al Rector o la Rectora de la UNC y presentarse por mesa de entradas de la Secretaría de Posgrado de la UNC. El tratamiento del recurso está a cargo de la Comisión Evaluadora que tiene un plazo máximo de 10 días para expedirse. Con este recurso, se consideran agotadas las vías administrativas no siendo recurrible este último dictamen.
Dedicación horaria y compatibilidades
Las becas de Finalización de Doctorado para docentes de la UNC tienen una carga horaria de 20 horas semanales.
Las becas son compatibles con cargos docentes hasta veinte horas semanales a los fines de poder dedicar el tiempo requerido para la finalización de la carrera de doctorado. En caso de superar las veinte horas, el becario o la becaria puede solicitar licencia o reducción parcial de dedicación que debe acreditar al momento del alta de la beca. En ningún caso la dedicación horaria de los cargos que mantenga activos durante el período de la beca puede superar las veinte horas semanales y siempre se requiere la presentación de la declaración jurada de cargos ante la SP de la UNC. El becario o la becaria puede desempeñar otras actividades siempre que no exceda las diez horas semanales.
Las becas son compatibles con todas las actividades derivadas del cargo docente que no impliquen una carga horaria suplementaria, como actividades de gestión o docencia de posgrado, direcciones y evaluaciones, investigación, extensión, vinculación y transferencia, entre otras.
Las becas son incompatibles con cualquier otro tipo de beca que tenga por objeto la formación doctoral o la finalización de doctorado.
Las becas son compatibles con ayudas económicas para realizar estancias en centros avanzados de la especialidad cuando el objetivo sea el desarrollo de tareas relacionadas con la investigación doctoral. También son compatibles con financiamientos adicionales que contribuyan a la labor científica o tecnológica conducente a la tesis del postulante o la postulante, y con lo prescripto por la Ordenanza HCS 02/09 y sus modificatorias.
Derechos y obligaciones de los becarios y las becarias
Este reglamento impone a quienes se postulen a becas de finalización de doctorado para docentes de la UNC los siguientes derechos y obligaciones :
Desarrollar las tareas propuestas en el plan presentado en el lugar de trabajo elegido y bajo la dirección de quienes aceptaron tal función. Debe abstenerse de cambiar el plan, lugar de trabajo o dirección sin la conformidad de la SP de la UNC.
Suspender el ejercicio de la docencia durante el período de la Beca, con excepción de la establecida en el artículo 16 y 17.
Hacer uso de una licencia anual equivalente a la licencia anual ordinaria que le corresponda según su cargo docente de la UNC, que puede ser tomada en el período que acuerden con su director o directora y codirector o codirectora, o que indique como obligatoria la Unidad Académica.
Realizar pasantías o estancias en otras instituciones, en el país o en el exterior, previa autorización escrita del director o la directora y de la SP de la UNC, siempre que no exceda el 50% del período total de la beca y que las tareas a realizar se encuentren relacionadas con el plan de tesis doctoral y contribuyan a la finalización del doctorado del becario y de la becaria.
Poner a disposición de la Secretaría de Posgrado de la UNC toda la información sobre el desarrollo de las actividades relativas a la beca y al doctorado cada vez que se lo solicite.
Concurrir a las entrevistas y reuniones a las que fuesen convocados con el fin de ampliar o aclarar información relacionada con el desarrollo de su plan de trabajo.
Presentar a la SP de la UNC un informe sintético, avalado por el director y la directora, al finalizar el período de beca.
Finalizar el doctorado dentro de los plazos indicados en el artículo 3º del presente reglamento.
Entregar la constancia que acredite de la presentación de la tesis doctoral dentro de los seis meses de finalizada la beca. En caso de no haber alcanzado esa instancia, debe solicitar una prórroga antes de finalizar el 10º mes desde la fecha de alta de la beca, justificando su solicitud y presentando un nuevo cronograma.
Hacer constar, en los trabajos publicados como resultado de las investigaciones desarrolladas durante el período de la beca, su pertenencia como docente de la UNC, según lo regulado por la normativa vigente (Res. HCS 1125/17) así como también su condición de becario o becaria.
Teniendo continuidad en el cargo, ejercer la docencia en la Unidad Académica que haya registrado como lugar de trabajo, o cualquier otra unidad académica de la UNC, durante un período igual al doble de los meses que haya usufructuado la beca, a partir de su finalización y habiendo alcanzado el grado de doctor o doctora. Si renunciara al ejercicio docente en la UNC, debe reintegrar el monto percibido en concepto de beca actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) a la fecha de la renuncia.
Quienes no finalicen el doctorado en los plazos estipulados en este reglamento, renuncien a la beca, o cuya beca sea revocada sin haber culminado el doctorado, deben reintegrar a la SP de la UNC los fondos percibidos en concepto de beca, actualizados por la variación del IPC. La renuncia o la revocación se acompaña de un informe a presentar ante la SP de la UNC en donde se explicitan las actividades realizadas durante el uso de la beca. El informe debe ser avalado o complementado por un informe de su director o directora. Esta documentación se entrega en un plazo máximo de treinta días corridos a partir de la finalización de la beca.
El incumplimiento por parte de los becarios o las becarias de alguna de las obligaciones impuestas por el presente reglamento da lugar a la revocación de la beca y a la solicitud de reintegro de los fondos percibidos. Además, queda inhabilitado para presentarse a otra beca, subsidio y/o ayuda financiera de la UNC.
Obligaciones del director
Las obligaciones del director o directora del becario y la becaria son:
Conocer este reglamento y las bases de la convocatoria publicadas; cumplir y hacer cumplir todas sus disposiciones, debiendo comunicar a la SP de la UNC cualquier transgresión al mismo por parte del becario o la becaria.
Avalar el plan de trabajo para la finalización del doctorado en el período establecido por la beca.
Orientar el trabajo del becario o la becaria, efectuar su seguimiento y dirigir sus tareas de acuerdo con el plan de trabajo aprobado.
Avalar el informe final y poner a disposición de la SP de la UNC toda la información relativa al desarrollo de sus actividades como director o directora de beca, como también sobre el desempeño del becario o la becaria, cada vez que se le solicite.
Avalar los informes presentados por el becario o la becaria. Puede así mismo presentar informes cuando considere necesario comunicar a la SP de la UNC de algún aspecto conexo con el objeto de la beca.
Concurrir a las entrevistas y reuniones a las que fuese convocado o convocada con el fin de ampliar o aclarar información relacionada con la evaluación del desarrollo del plan de trabajo de la beca.
Colaborar para que la presentación de la tesis de doctorado se lleve a cabo en los plazos establecidos.
Los directores y las directoras deben velar por el cumplimiento del presente reglamento e informar a la SP de la UNC toda situación evidente de no cumplimiento de tareas por parte del becario o becaria que dirige. Se considera como falta ético-académica la no observancia del presente artículo.
Prórroga de la beca
Para prorrogar la beca, el becario o la becaria puede solicitar a la SP de la UNC la prórroga de su beca sesenta días antes de su culminación, debiendo fundamentar la necesidad de un plazo adicional y proveyendo un nuevo cronograma de tareas. El pedido debe estar avalado por su director o directora.
La prórroga a otorgarse tiene una duración máxima de doce meses, según lo indicado en el artículo 2º del presente reglamento, no pudiendo renovarse por otro período.
Enlaces de interés
https://www.unc.edu.ar/sites/default/files/Reglamento%20de%20Becas_2025.pdf




