Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo
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Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Vigo en cada curso académico convoca, promueve y desarrolla un gran número de becas dirigidas a sus alumnos, con la intención de facilitar tanto el acceso como el normal progreso de los correspondientes estudios universitarios. En esta ocasión podemos citar las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo.
Esta institución universitaria es consciente de la importancia de aportar a sus alumnos una correcta formación práctica que les otorgue la experiencia, los conocimientos y las herramientas que se exigen en el mundo laboral.
Mediante las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo se pretende facilitar la participación de los alumnos en distintos proyectos de carácter cultural o científico, complementando así su formación académica.
Las becas ofrecidas se presentan en tres modalidades distintas: ayudas a viajes y visitas colectivas de interés académico, ayudas para participación en congresos, reuniones, seminarios y similares, y ayudas para realizar proyectos y actividades culturales.
A las distintas becas citadas optar aquellos candidatos que cumplan con los requisitos que se establecen en la convocatoria, entre los que se encuentran el ser estudiante de Grado o Máster de la Universidad de Vigo (UVigo).
La dotación económica aportada a los candidatos que finalmente resulten seleccionados será variable dependiendo de la duración de la movilidad y del destino elegido.
Para poder beneficiarte de una de las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo, te será de gran ayuda toda la información que te mostramos a continuación sobre las mismas en nuestra página web.
Datos básicos
- Nº de becas
- Unspecified
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Española
- Residente en España
- Nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea
Requisitos
Podrán solicitar una de las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo los estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
- a. Encontrarse en alguno de los siguientes casos en el plazo de presentación de solicitudes:
- Poseer nacionalidad española.
- Poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acreditar la condición de residente legal.
- Poseer nacionalidad de fuera de la UE y acreditar la residencia legal en España, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España. No es suficiente el permiso de estancia por estudios.
- b. Estar matriculado/a en el curso 2025/2026 en titulaciones oficiales de grado o máster universitario en centros propios, o en centros adscritos de titularidad pública que imparten titulaciones oficiales no impartidas en centros propios: Enfermería Ourense, Enfermería Pontevedra y Enfermería Meixoeiro.
- c. Estar matriculado/a en el curso 2025/2026 de un mínimo de 45 créditos o del máximo que le permita la normativa de la Universidad de Vigo.
- d. Presentar una propuesta de actividad realizada o a realizar entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026 (Anexo II), de las descritas en el punto 1 de esta convocatoria, que deberá iniciarse antes del 1 de septiembre de 2026.
- e. Contar con el informe favorable del/de la decano/a o director/a del centro en el que el/la estudiante realice los estudios.
No podrán tener la condición de beneficiario/a las personas en las que concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dotación
Las cuantías individuales máximas que se ofrecerán mediante las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo serán las siguientes.
- Mobilidad - < 7 días con pernocta - >/ 7 días:
- Península ibérica y Baleares (50 kms o más): 300 € - 400 €.
- Canarias, Ceuta y Melilla, Azores y Madeira: 400 € - 600 €.
- Resto de Europa: 600 € - 900 €.
- Resto del mundo: 1.200 € - 1.500 €.
- Resto de desplazamientos (menos de 50 Km.): 20 €/día, máximo 100 € - 200 €.
Presentación
- La solicitud de las Becas Actividades Formativas Grado Máster UVigo, se realizará a través del formulario en línea disponible en la secretaría virtual de la Universidad: https://secretaria.uvigo.gal/uv/web/bolsas/convocatorias/index / Bolsa actividades de carácter formativo.
- El modelo específico de presentación de solicitudes es de uso obligatorio para las personas interesadas en este procedimiento (art. 66.6 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas). Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de manera presencial, se le solicitará que la presente de forma electrónica.
- El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y finaliza el 2 de junio de 2026 a las 23:59 horas (hora peninsular española).
Más información
Objeto
La presente convocatoria está prevista en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Universidad de Vigo como acción destinada al cumplimiento del objetivo de “captar estudiantado con talento y garantizar el acceso universal a la educación pública universitaria”, a través del fomento de la participación del estudiantado en proyectos y eventos de carácter cultural, científico, de especialización o perfeccionamiento que complementen su formación académica.
Se establecen 3 modalidades en función de su finalidad:
- Modalidad A: ayudas para la realización de viajes y visitas colectivas de interés académico que les sirvan para adquirir competencias y conocimientos relacionados con el ámbito curricular de su titulación, quedando excluidos los viajes para la participación en competiciones realizadas a través de una asociación.
- Modalidad B: ayudas para la participación y/o presentación de comunicaciones en congresos, reuniones científicas, seminarios, debates y otras actividades de interés académico, tanto en la modalidad presencial como en línea, incluyendo asimismo la realización de cursos organizados por entidades públicas relacionados con el ámbito curricular de su titulación, tanto en la modalidad presencial como en línea.
- Modalidad C: ayudas para la realización colectiva de proyectos y actividades culturales, científicas o de difusión de interés para la comunidad universitaria.
Quedarán excluidas de la presente convocatoria las prácticas externas curriculares y extracurriculares, las actividades relacionadas con la participación en programas de movilidad tanto nacional como internacional, los cursos de idiomas y los cursos de formación permanente de la Universidad de Vigo.
- Las becas establecidas en esta convocatoria son incompatibles con cualquier otra ayuda de la misma naturaleza y para el mismo fin.
- A través de esta convocatoria solo se podrá subvencionar una actividad por cada persona beneficiaria.
- El importe de las ayudas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, según establece el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- La Sección de Ayudas y Becas, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez examinadas estas y la documentación presentada, publicará la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con mención de la causa de exclusión.
- Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación para subsanar los errores, las causas de exclusión y la falta de documentación. Para tal fin, presentarán el formulario de alegaciones en la secretaría virtual. De no presentar subsanación, se entenderá que desisten de su solicitud, previa resolución dictada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Una vez revisadas las alegaciones, la selección será efectuada por la comisión de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:
- a. Descripción y planificación de la actividad —memoria de gestión, equipo, desarrollo, evaluación…—: hasta 3 puntos.
- b. Nota del expediente académico: hasta 4 puntos.
- Para estudiantado de continuación de estudios de grado y de máster universitario de más de 60 créditos, la nota media del expediente académico según se recoge en el RD 1125/2003.
- Para el estudiantado de inicio de estudios de grado o máster universitario, la nota de acceso según se recoge en el RD 1125/2003.
- c. Interés de la actividad: hasta 3 puntos.
- En las modalidades A y B se evaluará la adecuación de la actividad desarrollada a los estudios realizados.
- En la modalidad C se evaluará el interés de la actividad para la comunidad universitaria.
- d. Al estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia se le sumarán dos puntos a su nota media.
- e. Al estudiantado que tenga concedida en el curso 2025/2026 una beca del MEFPD/Gobierno Vasco o ayudas al estudio propias de la UVigo se le sumará un punto adicional.
- En caso de empate, tendrá preferencia la persona con la nota media de expediente académico/acceso más alta.
- La Sección de Ayudas y Becas consultará los méritos referidos al expediente académico de la propia universidad. De los restantes méritos solo se tendrán en cuenta los que se acrediten con documentación junto con la solicitud o en el plazo de subsanación.
- Una vez que la comisión efectúe la selección, la Sección de Ayudas y Becas publicará la lista provisional de personas con beca concedida con su puntuación, personas con beca denegada con mención de la causa de denegación y la lista de espera para el caso de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación, para lo cual presentarán el formulario de alegaciones en la secretaría virtual.
- Una vez que la comisión revise las alegaciones, esta enviará la propuesta a la vicerrectora de Estudiantado y Empleabilidad, quien adjudicará las becas mediante la correspondiente resolución.
- La resolución contendrá la lista definitiva de personas con beca concedida y su cuantía, las personas con beca denegada y la causa de denegación, y la lista de espera en caso de que existan renuncias.
- Las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes si no se dicta una resolución expresa en el plazo de tres meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Las listas a las que se refiere este punto, así como la resolución de adjudicación, se publicarán en el tablón de la sede electrónica: sede.uvigo.gal/, y en el portal de becas de la web de la universidad, con los efectos de notificación previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Las comunicaciones individuales necesarias se realizarán a través de la dirección electrónica indicada en la solicitud, sin que estas tengan la consideración de notificación.
Documentación a adjuntar
En el formulario en línea se adjuntará la siguiente documentación:
- El estudiantado que no tenga nacionalidad española:
- Documento del Registro de ciudadano/a de la Unión Europea.
- Tarjeta de identificación de extranjero/a en la que conste el permiso de residencia —no es suficiente con el permiso de estancia por estudios— de ciudadano/a extracomunitario.
- Descripción de la propuesta de actividad para la que solicita la beca según el modelo del anexo II: el detalle de la actividad a realizar, el lugar de destino, la institución o entidad de destino, la duración de la actividad, el contenido y objetivo formativo de la actividad, que deberá contar con el informe favorable del/de la decano/a o director/a del centro en el que la persona solicitante realice los estudios.
- En el caso del estudiantado procedente del sistema de protección a la infancia y adolescencia, deberá presentar certificado expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
También se le podrán requerir otros documentos que sean necesarios para la concesión de la ayuda.






