Universidad de Sevilla (US)

Becas de formación en Centros Infantiles

Becas de formación prácticaUniversitarios

INSCRIPCIONES

03/10/202317/10/2023
Finalizada

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Becas de formación en Centros Infantiles: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Sevilla convoca las Becas de formación en Centros Infantiles con el fin de apoyar a los estudiantes en la realización de sus prácticas formativas relacionadas con sus estudios universitarios.

Los beneficiarios de las Becas de formación en Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla realizarán sus prácticas de formación en centros infantiles propios de la US. Estas prácticas la realizarán compatibilizando la formación práctica con sus estudios.

Para facilitar la participación en las prácticas formativas, las Becas de formación en Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla ofrecen una dotación mensual de 360 €. Los beneficiarios de estas becas estarán supervisados en todo momento por un tutor que velará por el correcto desarrollo de su participación y verificará lo que aprende.

Para poder adquirir una de las 12 Becas de formación en Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla, el solicitante debe estar matriculado en una titulación oficial de grado o máster de la US, con al menos doce créditos en alguna de las titulaciones que indicamos en la convocatoria.

En esta página encontrarás todas las becas y ayudas ofrecidas por la Universidad de Sevilla para cursos y programas de formación práctica. Aquí puedes consultar todo lo que necesitas saber para solicitar una de las Becas de formación en Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla, requisitos, plazos y otros datos de interés.

Datos básicos

Nº de becas
12
Nivel de estudio
  • Máster-Maestrías
  • Grado
Nacionalidades
  • Española
  • Residente en España

Requisitos

La formación de los beneficiarios se desarrollará mediante la participación en todas las actividades que se desarrollan en los Centros Infantiles que le sean propuestas desde la Dirección del Centro. Las actividades que realizará el alumnado estarán en consonancia con el plan de formación que acompaña a esta convocatoria. La tutora responsable de la formación velará por la adecuación de dichas tareas al plan formativo.

Los beneficiarios de las becas de formación deberán realizar las actividades de formación desde su incorporación, en el mes de septiembre de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023, durante 20 horas semanales.Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2024, estas becas se prorrogarán automáticamente hasta el 31 de julio de 2024. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2024 no fuese suficiente para prorrogar las becas hasta dicha fecha, éstas se prorrogarán hasta la fecha que permita el crédito disponible.

No podrán disfrutar de estas becas aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.

Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas de formación podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total de 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en Servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).

Estas becas están destinadas a estudiantes matriculados en el curso 2022-2023 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de Grado o Máster Universitario en la Universidad de Sevilla. Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios. En cada modalidad de estas becas se determinan las titulaciones que se requieren para poder concurrir a cada una de ellas:

  • Grado en Educación Infantil
  • Grado en Educación Primaria
  • Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte
  •  Grado en Pedagogía
  • Doble Grado en Educación Primaria y Estudios Franceses
  • Doble Grado en Lengua y Literatura Alemanas y en Educación Primaria
  • Grado en Educación Infantil y Primaria
  • Grado en Fisioterapia y Ciencias de la Actividad Física y el Deporte
  • Grado en Fisioterapia
  • Grado en Psicología
  • Máster Universitario en Psicopedagogía
  • Máster Universitario en Necesidades Educativas Especiales y Atención a la Diversidad en la Escuela
  • Máster Universitario en Intervención y Mediación Familiar
  • Máster Universitario en Psicología General Sanitaria
  • Máster Universitario en Estudios Avanzados en Cerebro y Conducta
  • Máster Universitario en Nuevas Tendencias Asistenciales en Ciencias de la Salud.

Los beneficiarios de estas becas deberán tener superado hasta el curso 2023-2024, inclusive, al menos, 3 céditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título  de Grado o Máster en la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2023 - 2024 se le revocará la beca.

Los beneficiarios de estas becas deberán tener superado hasta el curso 2021-2022, inclusive, al menos, el 50% de los créditos necesarios para obtener un título oficial de Grado en la Universidad de Sevilla en alguna de las titulaciones antes relacionadas. En el caso de los estudiantes matriculados en un Máster Universitario, se considerará la titulación que les da acceso al Máster para el cumplimiento de este requisito.

Dotación

Se convocan 12 becas con una dotación mensual de 360 €, destinadas a estudiantes para completar su formación profesional en los Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla.

Presentación

El estudiante, para participar en la convocatoria, deberá seguir los siguientes pasos:

  1. Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página web www.becas-santander.com o directamente en el vínculo: https://app.becassantander.com/es/program/becas-santander-becas-de-formacion-en-centros-infantiles-uscurso-2023-24. En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es.
  2. Cumplimentar el impreso de esta convocatoria que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Beca de formación en los Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla:(https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias)

El impreso debidamente cumplimentado, junto con la documentación requerida, podrá presentarse:

  • De forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT). La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro Electrónico del AGE (https://rec.redsara.es) a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”.• De forma presencial en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a través de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo delas Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace:https://institucional.us.es/cprevias/index.php(Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro).
  • En cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.Cumplimentar el formulario en la plataforma del Grupo Santander no implica haber presentado la solicitud de beca de esta Convocatoria.

Más información

Contenido del plan de formación

https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-centros-infantiles/PF%20Centros%20Infantiles%202023-2024%206.pdf

Evaluación

Se procederá a examinar la documentación presentada por los candidatos, valorando los méritos acreditados, especialmente las actividades desarrolladas en relación con el objeto de la beca solicitada.Se valorará preferentemente, formación y prácticas con niños y niñas en el sector de la educación, información sobre los programas que se gestionan desde el SACU y la programación de Aula presentada por el solicitante.

Baremo:

Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de la beca y la entrevista personal realizada.

Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:

  • a. Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico del candidato,obtenida hasta el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2022-2023, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos
    • Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos
    • Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos
    • Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto
    • Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos
    • Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos
    • Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos
    • Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos
    • Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos

A los estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso en un Máster Universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que le da acceso al mismo.

  • b. Se asignarán hasta 3 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2022-2023(sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2021-2022 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala:
    • % créditos superados y puntuación:
    • 50,00% a 54,99%: 1,00 punto
    • 55,00% a 59,99%: 1,25 puntos
    • 60,00% a 64,99%: 1,50 puntos
    • 65,00% a 69,99%: 1,75 puntos
    • 70,00% a 74,99%: 2,00 puntos
    • 75,00% a 79,99%: 2,25 puntos
    • 80,00% a 84,99%: 2,50 puntos
    • 85,00% a 89,99%: 2,75 puntos
    • Desde 90%, inclusive: 3,00 puntos
A los estudiantes matriculados en Másteres Universitarios se les asignarán 3,00 puntos en este apartado.

  • c. Cursos y actividades realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos relacionados con el objeto de la beca, asignándose hasta 2 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
    • Hasta 20 horas lectivas de cursos realizados : 0,50 puntos
    • Hasta 30 horas lectivas de cursos realizados : 0,75 puntos
    • Hasta 40 horas lectivas de cursos realizados: 1,00 punto
    • Hasta 50 horas lectivas de cursos realizados : 1,25 puntos
    • Hasta 60 horas lectivas de cursos realizados : 1,50 puntos
    • Hasta 70 horas lectivas de cursos realizados : 1,75 puntos
    • + de 70 horas lectivas de cursos realizados : 2,00 puntos
Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.


  • d. Entrevista personal: Se asignarán hasta 2 puntos por la entrevista personal realizada.
Entrevista

Estudiadas todas las solicitudes, se seleccionará para una entrevista a los candidatos que presenten suficientes méritos.Una vez baremada la solicitud, según los apartados a, b y c del artículo 14, se seleccionará para una entrevista a los 30 candidatos que tengan mayor puntuación, según el referido baremo, en cada uno de los perfiles convocados.En caso de existir igualdad de puntos entre los candidatos, se tendrá en cuenta por este ordenen la selección para las entrevistas:

  • la mayor puntuación obtenida en el apartado c) del art. 14
  • la mayor puntuación obtenida en el apartado b) del art. 14
  • la mayor puntuación obtenida en el apartado a) del art. 14
Los solicitantes que, aun reuniendo los requisitos de la convocatoria, no se encuentren entre los candidatos seleccionados para la realización de las entrevistas, tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos.

La fecha de celebración de la entrevista y la relación de los solicitantes seleccionados para la misma se publicará con, al menos, 5 días hábiles de antelación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla,en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Convocatoria de Beca de formación en la Ludoteca de la Universidad de Sevilla: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias

La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.No se admitirá prórroga o aplazamiento, salvo casos de fuerza mayor. La no asistencia a la entrevista será causa de denegación de la solicitud.

Una vez baremadas las solicitudes según se establece en los artículos anteriores y en el caso de igualdad de méritos de los candidatos, una vez realizadas las entrevistas, se tendrán en cuenta por este orden:

  • a. la no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19.3 de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023 (BOE nº 214 de 61 de 12 de marzo de 2022)
  • b. la menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante,
  • c. el cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional para el curso 2022-2023 (BOE nº 61 de 12 de marzo de de 2022).
  • d. tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2021-2022, inclusive.
  • e. la nota media del expediente académico.
La renta familiar a efectos de esta beca se obtendrá de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y 17 de la Resolución de 10 de marzo de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación,por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional,para el curso académico 2022-2023, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 61 de 12 de marzo de 2022)

Los solicitantes autorizarán a la Universidad de Sevilla a obtener sus datos económicos de la AEAT, mediante la cumplimentación y firma del impreso habilitado para ello.

En el caso de que la solicitud de la beca sea formulada por personas que formen parte de unidades familiares de las que las Administraciones Tributarias no dispongan de datos, será el propio solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de renta y patrimonio de su unidad familiar.

Del mismo modo, si existiesen dificultades técnicas que impidan o dificulten la cesión de los datos por parte de las Administraciones Tributarias, podrá requerirse al solicitante de la beca la presentación del certificado resumen de la declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas o el certificado de imputaciones, en su caso, de los miembros computables de su familia, mediante correo electrónico enviado a la dirección de correo que el solicitante haya indicado en su solicitud.

En caso de que alguno de los candidatos que se encuentre igualado a méritos no aporte en el plazo de 3 días hábiles la documentación que le ha sido requerida por correo electrónico, se situará en último lugar dentro del grupo de candidatos igualados a méritos.Los estudiantes con ingresos en el extranjero deberán aportar la documentación de su unidad familiar en castellano.

Resolución

Examinadas las solicitudes, y una vez realizadas las entrevistas, la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla resolverá esta beca y formulará al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla la propuesta de Resolución, en la que figurará el candidato seleccionado y los suplentes, en su caso; asimismo, incluirá la relación de los solicitantes denegados y de los solicitantes desistidos de su petición por no aportar la documentación requerida o por no cumplimentar debidamente la solicitud en plazo.

Aquellos candidatos entrevistados que no hayan sido nombrados titular o suplentes tendrán su solicitud denegada por no presentar suficientes méritos, aunque hayan sido seleccionados para la realización de las entrevistas que se establecen en el art. 15 de esta convocatoria.En el supuesto de que no existan solicitantes o candidatos, en su caso, solo se abrirá un segundo plazo de presentación de solicitudes. En el caso de producirse alguna vacante entre las becas convocadas y no existan suplentes para cubrirla, se podrá realizar una convocatoria extraordinaria para cubrir la citada beca. Hasta tanto se resuelva la convocatoria extraordinaria, el Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualad y Cooperación, previa autorización del Vicerrectorado de Estudiantes, podrá aumentar el número de horas de los titulares existentes, no pudiéndose sobrepasar las 25 horas semanales.

Cuando la vacante se produzca en el último trimestre del periodo de disfrute de las becas, no se realizará convocatoria extraordinaria. En el caso de no existir suplentes, se aumentará el número de horas de los titulares existentes, no pudiéndose sobrepasar las 25 horas semanales.

Los sustitutos disfrutarán de estas becas hasta el final del periodo previsto en la convocatoria, siéndoles abonada la parte proporcional correspondiente al periodo en el que el estudiante desarrolle su formación.

La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior. 

La condición de becario de formación en ningún caso implica la existencia de relación contractual entre la Universidad de Sevilla y el becario, ni presupone compromiso alguno de contratación posterior.

Contra la Resolución de estas becas, se podrá presentar Recurso potestativo de Reposiciónante el Sr. Rector Magnífico, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación dela Resolución Rectoral, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.


Publicación

La Resoluciones se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado:Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Becas de Formación en los Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-deformacion/propias

La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes.

Adjudicación y nombramiento

Los beneficiarios de estas becas dispondrán de un plazo de 5días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución, para comunicar suaceptación al Servicio de Becas y a su vez, a través del sistema que se habilitará a tal efecto en la páginaweb www.becas-santander.com o bien directamente en el siguiente enlace: https://app.becassantander.com/es/program/becas-santander-becas-de-formacion-en-centros-infantiles-us-curso-2023-24

Será necesario que las personas adjudicatarias de las becas de formación dispongan de certificado digital para la firma electrónica de los documentos para su nombramiento.

Obligaciones

Los beneficiarios de las becas deberán realizar las actividades formativas desde su incorporación, en el mes de septiembre de 2023, hasta el 31 de diciembre de 2023, durante 20 horas semanales, en horario de mañana.

Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2024, esta beca se prorrogará automáticamente hasta el 31 de julio de 2024. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2024 no fuese suficiente para prorrogar la beca hasta el 31 de julio de 2024, ésta se prorrogará hasta la fecha que permita el crédito disponible.

Los beneficiarios de estas becas deberán matricularse en el curso 2023 - 2024 en alguna titulación oficial de la Universidad de Sevilla, en caso contrario, se le revocará la beca.

En cumplimiento del artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, el beneficiario de esta beca deberá aportar una certificación negativa expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales que acredite la carencia de delitos de naturaleza sexual en el momento de su nombramiento.

Los horarios se establecen a principio de curso, siendo requisito indispensable el Visto Bueno de la Dirección del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.En todos los casos, cualquier cambio de horario que pudiera producirse a lo largo del curso, deberá contar con la autorización expresa de la Dirección del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.

El beneficiario de esta beca tendrá las siguientes obligaciones:

  • a. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en esta convocatoria y en el correspondiente Plan de Formación.
  • b. Someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones de concesión de esta beca.
  • c. Realizar las actividades contempladas en el plan formativo.
  • d. Cumplir diligentemente y con aprovechamiento las acciones formativas establecidas en el Plan de Formación.
  • e. Respetar los medios materiales puestos a su disposición para su actividad formativa.
  • f. Mantener confidencialidad respecto a los asuntos que conozca en el desarrollo de esta beca, y ano dar publicidad, difundir, conservar, copiar, sustraer o utilizar en general ningún documento o información de cualquier tipo que pertenezca a la Universidad de Sevilla.
  • g. Comunicar la existencia de cualquier posible causa de incompatibilidad.
  • h. Cualesquiera otra fijadas en esta convocatoria, normativa propia de la Universidad y por la legislación vigente.
La tutora contemplada en el siguiente artículo adoptará las medidas necesarias para facilitarle al becario la asistencia a las actividades académicas obligatorias, tales como exámenes, presentaciones de proyectos y trabajos fin de carrera necesarios para obtener su titulación, así como la asistencia a reuniones de los Órganos de Gobierno Colegiados de la Universidad de Sevilla. Dichas ausencias no requerirán recuperación horaria por parte del beneficiario.

Plan de formación

Los beneficiarios de estas becas dependerán en su actividad de la Responsable de Asesoramiento Pedagógico del SACU, que ejercerá las funciones de tutora, supervisando el desarrollo de su participación y verificando el aprendizaje y la adquisición de las habilidades previstas, para lo cual realizará un seguimiento periódico y elaborará un informe a la finalización del periodo de estas becas,que quedará depositado en el SACU y una copia será remitida a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento.

Trimestralmente, los beneficiarios de estas becas elaborarán una Memoria, en un formato estándar disponible en la página web del SACU, con las actividades que están desarrollando, que presentarán a la persona que la Vicerrectora de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación haya encargado por delegación y posterior remisión a la tutora responsable para la emisión del correspondiente informe. Elaborado el informe la tutora lo remitirá a la persona delegada por la Vicerrectora en estas tareas, para su remisión al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.

La última memoria irá acompañada de una encuesta de satisfacción general, que el becario deberá entregar. En caso de una evaluación negativa, podrá proponerse a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la beca de formación.

La tutora tendrá que elaborar un informe final de las actividades desarrolladas en el periodo deformación, que deberá ser remitido al Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación, a través de la persona delegada. Una copia del informe se remitirá a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento.

Los beneficiarios de estas becas estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social,de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

Abono

Los beneficiarios de estas becas recibirán el importe de sus becas en abonos periódicos mensuales, una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social).Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe no favorable del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación.

Incompatibilidad

El disfrute de esta beca es incompatible con el de cualquier otra Beca o Ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Unidad de la Universidad de Sevilla, así como con cualquier actividad laboral o profesional por cuenta propia o ajena relacionada directa o indirectamente con la actividad formativa objeto de la beca.

Enlaces de interés

https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-centros-infantiles/BF%20CENTROS%20INFANTILES%20%202023-2024%207.report.pdf

Documentación a adjuntar

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

  1. Currículum con la formación documentada por el solicitante en el sector de la educación, especificando: tipo de formación, duración, entidad y objeto de la misma. Se presentará en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel.
  2. Elaboración de la Programación educativa de Aula, para alumnos del primer ciclo de Educación Infantil. Su finalidad será planificar los procesos de enseñanza y aprendizaje que el solicitante realizaría durante un periodo de tiempo concretado en un mes de duración. Ha de recoger: los objetivos didácticos, los contenidos de aprendizaje, el diseño y secuencia de actividades, los criterios metodológicos de selección de materiales y recursos didácticos y los indicadores e instrumentos para la evaluación. Esta Programación deberá presentarse en unfichero informático en formato PDF y contendrá 5 páginas como máximo. No será válida supresentación en papel.
  3. Copia de los certificados de los cursos realizados relacionados con el objeto de la beca en un fichero informático en formato PDF. No será válida su presentación en papel. No se valorarán aquellos cursos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
  4. Certificación académica personal de la titulación que da acceso al Máster Universitario, si esta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla, en la que se indicará la nota media del expediente académico. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
  5. Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
  6. El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportar la documentación acreditativa delos datos declarados.

Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de estas becas, los siguientes extremos:

  • Domicilio a efectos de notificación.
  • Dirección de correo electrónico.
  • Firma de la solicitud.

Aportación de documentación y subsanación de la solicitud

Se publicará una Resolución conteniendo la relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en el art. 9o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de esta convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas deFormación / Propias / Becas de formación en los Centros Infantiles de la Universidad de Sevilla.(https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias)

La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los interesados.Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para aportar la documentación que se establecen en el art. 9 de esta convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de esta convocatoria.

Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el art. 9 de la convocatoria,a excepción de la referida en el apartado c) del citado artículo, o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en el art. 10 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en este artículo, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Sevilla convoca las Becas de formación en Centros Infantiles con el fin de apoyar a los estudiantes en la realización de sus prácticas formativas relacionadas con sus estudios universitarios.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas de formación en Centros Infantiles" es: desde 03/10/2023 hasta 17/10/2023.

La Beca "Becas de formación en Centros Infantiles" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas de formación en Centros Infantiles" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de verano
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes