Becas de formación CADUS
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Becas de formación CADUS: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de Sevilla (US) continúa trabajando para impulsar la participación del alumnado en todas las áreas posibles de la Universidad de Sevilla. Para ello, se convocan las Becas de formación CADUS (Consejo de Alumnos de la Universidad de Sevilla).
Las becas CADUS tienen la finalidad de fomentar la participación de los estudiantes en gran parte de los ámbitos de la Universidad de Sevilla.
Podrán solicitar las Becas de formación CADUS, aquellos estudiantes que se encuentren matriculados para la obtención de Grado o Máster en la Universidad de Sevilla. Para esta convocatoria se oferta 1 beca de formación, con una dedicación de 25 horas semanales.
Las becas ofrecen una dotación económica mensual de 450 euros al mes. Los beneficiarios de otra beca de formación por la totalidad del periodo de esta convocatoria, no podrán disfrutar de estas becas.
Si estas interesado en solicitar una de las Becas de formación CADUS, aquí puedes encontrar todo lo que necesitas saber. Te ofrecemos toda la información sobre las Becas de formación CADUS de la US, requisitos, plazos y como solicitarla. Si cumples los requisitos, estas becas pueden ser una oportunidad para ti. Además en nuestra web también podrás encontrar otras becas de la Universidad de Sevilla que puedan interesarte.
Datos básicos
- Nº de becas
- 1
- Nivel de estudio
- Máster-Maestrías
- Grado
- Rama
- Todas las ramas
- Carrera
- Todas las carreras
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Para poder ser beneficiario de las Becas de formación CADUS se deberá tener en cuenta:
- El beneficiario de la beca deberá realizar las actividades de formación desde su incorporación, en el mes de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, durante 25 horas semanales.
- Si existiese crédito presupuestario suficiente en el ejercicio 2025, esta beca se prorrogará automáticamente hasta el 31 de julio de 2025. Si el crédito presupuestario en el ejercicio 2025 no fuese suficiente para prorrogar la beca hasta dicha fecha, ésta se prorrogará hasta la fecha que permita el crédito disponible.
- El contenido de la formación de esta beca se concreta en el Plan de formación que se acompaña como Anexo a esta convocatoria.
- No podrán disfrutar de esta beca aquellos estudiantes que con anterioridad hayan disfrutado de otra beca de formación en la Universidad de Sevilla por la totalidad del periodo establecido en la correspondiente convocatoria, siempre y cuando dicho periodo haya alcanzado de forma continua o discontinua una duración total de 12 meses.
- Aquellos estudiantes que no hayan disfrutado de la totalidad del periodo establecido en otra convocatoria de becas de formación podrán ser beneficiarios de la beca prevista en esta convocatoria por el periodo que reste hasta completar un total 12 meses, contabilizándose en este cómputo el periodo de formación realizado en la beca o ayuda de formación disfrutada anteriormente, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de becas de formación mediante la colaboración en servicios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 8.5/C.G. 20-12-12).
- No podrán disfrutar de esta beca aquellos estudiantes que formen parte o hayan formado parte de la Delegación del CADUS.
- Esta beca está destinada a estudiantes matriculados en el curso 2023-24 en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario en centros propios de la Universidad de Sevilla.
- Estos estudiantes deberán estar matriculados de, al menos, 12 créditos o los créditos que le resten para finalizar sus estudios.
- El beneficiario de esta beca tendrá la obligación de matricularse en el curso 2024-2025 de, al menos, 3 créditos en una titulación oficial conducente a la obtención de un título de grado o máster universitario impartido en un centro propio de la Universidad de Sevilla. En caso de no matricularse en el curso 2024-2025 se le revocará la beca.
- El beneficiario de esta beca deberá tener superado hasta el curso 2022-23, inclusive, al menos, el 25% de los créditos necesarios para obtener un título oficial de grado en la Universidad de Sevilla. En el caso de los estudiantes matriculados en un máster universitario, se considerará la titulación que les da acceso al máster para el cumplimiento de este requisito.
Dotación
Las Becas de formación CADUS dotarán al beneficiario de una cuantía mensual de 450 euros.
Presentación
El estudiante, para participar en las Becas de formación CADUS, deberá seguir los siguientes pasos:
- 1º. Cumplimentar el impreso de esta convocatoria que estará disponible en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Beca de formación en el CADUS: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-deformacion/propias. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación requerida, se deberán presentar de forma telemática (requiere certificado digital de la FNMT), según se establece en el Reglamento sobre administración electrónica de la Universidad de Sevilla. La presentación telemática de la solicitud se realizará a través del Registro General Electrónico del AGE (https://reg.redsara.es), a la que se adjuntará, en formato pdf, la documentación correspondiente, indicando como destinatario en la solicitud “Universidad de Sevilla”. Excepcionalmente, aquellos estudiantes que no reúnan las condiciones para solicitar el certificado digital de la FNMT, podrán presentar su solicitud de forma presencial a través de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Sevilla, sitas en C/San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil). Para ello deberá pedir cita previa en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php (Una vez acceda a este enlace, deberá seleccionar “Registro General” y a continuación elegir cualquiera de las dos Oficinas de Registro) o bien podrán presentar la solicitud en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- 2º. Cumplimentar y aceptar/validar el formulario online que estará disponible en la página web www.santanderopenacademy.com o directamente en el vínculo: https://app.santanderopenacademy.com/program/beca-de-formacion-en-el-cadus-curso-2024-25. En el formulario debe rellenar obligatoriamente el campo de su correo electrónico como estudiante de la Universidad de Sevilla cuyo dominio es @alum.us.es. Así mismo, el estudiante indicará el “número de registro” que figura en el “Recibo de Presentación en Oficina de Registro”, correspondiente a la presentación de su solicitud en la Universidad de Sevilla. También, indicará la “fecha” de presentación de su solicitud en la Universidad de Sevilla, que figura en el “Recibo de Presentación en Oficina de Registro”.
- El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual). Cumplimentar solo el formulario en la plataforma del Grupo Santander no implica haber presentado la solicitud de Beca de esta Convocatoria.
Más información
Contenido del plan formativo
El contenido del plan formativo de esta beca se concreta en el siguiente enlace: https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-cadus/PF%20CADUS%2024-25_030624.pdf
Evaluación:
- Se procederá a examinar por el CADUS la documentación presentada por los candidatos, valorando la formación y los méritos alegados.
- Se valorará preferentemente que el solicitante posea conocimientos sobre las normativas, las estructuras de gobierno y gestión interna de la Universidad de Sevilla, así como el funcionamiento de la representación estudiantil, además se valorará positivamente que cuente con habilidades comunicativas.
Baremo:
Para la Resolución de esta convocatoria, se tendrá en cuenta el expediente académico del solicitante, los cursos realizados por éste en relación con el objeto de la beca y la entrevista personal realizada.
Los candidatos se ordenarán de mayor a menor puntuación, de acuerdo con el siguiente baremo:
- a. Se asignarán hasta 3 puntos por la nota media del expediente académico del candidato, obtenida hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado con anterioridad, en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024, de acuerdo con la siguiente escala:
- Nota media entre 5,00 y 5,49: 0,25 puntos.
- Nota media entre 5,50 y 5,99: 0,50 puntos.
- Nota media entre 6,00 y 6,49: 0,75 puntos.
- Nota media entre 6,50 y 6,99: 1,00 punto.
- Nota media entre 7,00 y 7,49: 1,25 puntos.
- Nota media entre 7,50 y 7,99: 1,50 puntos.
- Nota media entre 8,00 y 8,49: 2,00 puntos.
- Nota media entre 8,50 y 8,99: 2,50 puntos.
- Nota media igual o superior a 9,00: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados por primera vez en 1º curso en un Máster Universitario se les asignará la nota media obtenida en la titulación que le da acceso al mismo
- b. Se asignarán hasta 3 puntos por el porcentaje de créditos superados en la titulación en la que se encuentre matriculado en el curso 2023-2024. (sólo se tendrán en cuenta los créditos superados hasta el curso 2022-2023 o último curso universitario realizado con anterioridad), de acuerdo con la siguiente escala: (porcentaje créditos superados y puntuación):
- Hasta 34,99%: 0,25 puntos.
- 35,00% a 44,99%: 0,50 puntos.
- 45,00% a 49,99%: 0,75 puntos.
- 50,00% a 54,99%: 1,00 puntos.
- 55,00% a 59,99%: 1,25 puntos.
- 60,00% a 64,99%: 1,50 puntos.
- 65,00% a 69,99%: 1,75 puntos.
- 70,00% a 74,99%: 2,00 puntos.
- 75,00% a 79,99%: 2,25 puntos.
- 80,00% a 84,99%: 2,50 puntos.
- 85,00% a 89,99%: 2,75 puntos.
- Desde 90%, inclusive: 3,00 puntos.
- A los estudiantes matriculados en Másteres Universitarios se les asignarán 3,00 puntos en este apartado.
- c. Cursos y actividades realizados relacionados con el objeto de la beca: Se sumarán las horas lectivas de todos los cursos realizados por los candidatos relacionados con el objeto de la beca, en los cuales se tendrán en cuenta también actividades relacionadas con la representación estudiantil, asignándose hasta 2 puntos en función del total de horas, de acuerdo con la siguiente escala:
- Hasta 20 horas lectivas de cursos o actividades: 0,50 puntos.
- Hasta 30 horas lectivas de cursos o actividades: 0,75 puntos.
- Hasta 40 horas lectivas de cursos o actividades: 1,00 punto.
- Hasta 50 horas lectivas de cursos o actividades: 1,25 puntos.
- Hasta 60 horas lectivas de cursos o actividades: 1,50 puntos.
- Hasta 70 horas lectivas de cursos o actividades: 1,75 puntos.
- + de 70 horas lectivas de cursos o actividades: 2,00 puntos.
- Las horas lectivas de los cursos organizados por Organismos Públicos podrán multiplicarse por un factor de ponderación del 1,25.
- d. Entrevista personal: Se asignarán hasta 2 puntos por la entrevista personal realiza.
Entrevistas
Estudiadas todas las solicitudes, se seleccionará para una entrevista a los candidatos que presenten suficientes méritos.- la mayor puntuación obtenida en el apartado c) del art. 14.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado b) del art. 14.
- la mayor puntuación obtenida en el apartado a) del art. 14.
- a. La no superación de los umbrales de renta establecidos en el art. 19.3 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- b. La menor renta per cápita de la unidad familiar del solicitante.
- c. El cumplimiento de los requisitos patrimoniales establecidos en el art. 20 de la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional, para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE nº 65 de 17 de marzo de 2023).
- d. Tener superado el mayor porcentaje de créditos necesarios para su titulación hasta el curso 2022-2023, inclusive.
- e. La nota media del expediente académico.
Plan de Formación
Las actividades que desarrolle el beneficiario de esta beca estarán orientadas al aprendizaje y desarrollo práctico de competencias y habilidades en el ámbito de las funciones asignadas al CADUS.
Estas actividades quedarán reflejadas en el Plan de Formación que figura como Anexo de esta convocatoria.
El tutor de esta beca será el Sr. Delegado del CADUS, que estará encargado de supervisar el desarrollo de su labor y verificar el aprendizaje y la adquisición de las competencias y habilidades previstas en el Plan de Formación que se adjunta como Anexo a esta convocatoria.
Quinquemestralmente, el beneficiario de esta beca elaborará un informe con las actividades que está desarrollando, que lo presentará a su tutor para que éste lo evalúe. La última memoria irá acompañada de una encuesta de satisfacción general, que el becario deberá entregar. En caso de una evaluación negativa, podrá proponerse a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla la revocación de la beca de formación.
El tutor tendrá que elaborar una memoria final de las actividades desarrolladas en el periodo deformación, que deberá ser remitida a la Comisión General de Becas y Ayudas al Estudio de la Universidad de Sevilla para su conocimiento.
El beneficiario de esta beca estará incluido en el Régimen General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre (BOE nº 259 de 27 de octubre), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Abono
Los beneficiarios de estas becas recibirán el importe de su beca en abonos periódicos mensuales, una vez aplicadas las deducciones que pudieran corresponder (deducción por IRPF y cuota a la Seguridad Social).
Las mensualidades dejarán de percibirse en aquellos casos en los que exista un informe no favorable del CADUS.
Incompatibilidad
El disfrute de estas becas es incompatible con el de cualquier otra beca o ayuda destinada a la colaboración o formación en otro Servicio/Unidad de la Universidad de Sevilla, así como con cualquier actividad laboral o profesional por cuenta propia o ajena relacionada directa o indirectamente con la actividad formativa objeto de la beca.
Enlaces de interés
https://www.us.es/sites/default/files/becas-y-ayudas/becas-formacion/becas-form-cadus/BF%20CADUS%202024-2025%209_030624.pdf
Documentación a adjuntar
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Currículum con la formación documentada del solicitante, con expresión de las actividades relacionadas con la beca que solicita y mencionándose con detalle las desarrolladas a cualquier nivel en la Universidad de Sevilla. El currículum se presentará en un fichero informático en formato PDF.
- Copia de los certificados de los cursos relacionados con el objeto de la beca en un fichero informático PDF. No se valorarán aquellos cursos en los que no se indique el número de horas lectivas realizadas. Aquellos solicitantes que no los aporten, pese a serle requeridos, no serán desistidos de su petición.
- Documentación del diseño de una pieza gráfica en la que se publicite un futuro pleno del CADUS. Se presentará en un fichero en formato pdf.
- Carta de motivaciones para optar a colaborar con la representación estudiantil. Dicha carta deberá contar con la opinión personal de los candidatos referentes a la participación estudiantilen la Universidad de Sevilla, la representación estudiantil en los órganos de gobierno y la gestiónde servicios por parte del estudiantado. Se presentará en un fichero en formato pdf.
- Certificación académica personal de la titulación que da acceso al Máster Universitario, si ésta ha sido cursada en una Universidad distinta a la Universidad de Sevilla en la que se indicará la nota media del expediente académico. En el caso de que la titulación haya sido realizada en una Universidad extranjera, además de la nota media del expediente académico deberán constar los criterios para su cálculo.
- Cualquier otro documento que el solicitante estime conveniente para avalar su solicitud.
- El solicitante, a requerimiento de la Comisión, deberá aportarla documentación acreditativa de los datos declarados.
- Los solicitantes deberán cumplimentar, obligatoriamente, en la solicitud de esta beca, los siguientes extremos:
- Domicilio a efectos de notificación
- Dirección de correo electrónico
- Firma de la solicitud
Aportación de documentación y subsanación de la solicitud
Se publicará una Resolución conteniendo la relación de los solicitantes que deban aportar la documentación relacionada en el art. 9 o cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud, relacionados en el art. 10 de esta convocatoria en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual) y en el Portal de la Universidad de Sevilla, en el Apartado: Estudiar / Becas y Ayudas / Becas y Ayudas de Formación / Propias / Convocatoria de Beca de formación en el CADUS: https://www.us.es/estudiar/becas-ayudas/becas-y-ayudas-de-formacion/propias
La publicación de esta Resolución surtirá los efectos de notificación individual a los solicitantes. Los solicitantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, para aportar la documentación que se establece en el art. 9 de esta convocatoria o para cumplimentar los apartados obligatorios de la solicitud relacionados en el art. 10 de la convocatoria.
Los solicitantes que no presenten la documentación establecida en el art. 9 de la convocatoria, a excepción de la referida en el apartado b) del citado artículo, o que no cumplimenten los apartados establecidos como obligatorios de la solicitud en el art. 10 en los plazos fijados en la Resolución que se establece en este artículo, se les considerará desistidos de su petición, notificándose en la Resolución definitiva de la convocatoria.