Becas Proyectos Innovación Docente UR
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Becas Proyectos Innovación Docente UR: solicitud y plazos
Descripción
La Universidad de La Rioja convoca las Becas Proyectos Innovación Docente UR, para el fomento de la innovación docente, orientada al desarrollo e implementación de métodos innovadores en la enseñanza. Esta convocatoria tiene como objetivo apoyar proyectos que respondan a desafíos educativos, mejoren la calidad del aprendizaje y propongan soluciones novedosas y duraderas en la adquisición de competencias.
Los proyectos deben abordar al menos dos de las siguientes áreas: respuesta efectiva a problemas educativos, mejoras identificadas en procesos de evaluación, nuevas formas de intervención para elevar la calidad del aprendizaje, soluciones innovadoras para la adquisición de competencias, mejoras en la organización académica y en el uso de recursos, o la incorporación de nuevas metodologías de enseñanza y evaluación. El personal docente e investigador de la Universidad de La Rioja debe especificar claramente en su solicitud cómo su proyecto aborda estos aspectos.
Las Becas Proyectos Innovación Docente UR se enfocan especialmente en iniciativas que vayan más allá del aula tradicional, promoviendo el aprendizaje significativo y práctico.
El presupuesto total disponible es de 40.000 €, con un máximo de 2.000 € por proyecto. Los fondos pueden destinarse a la aplicación del proyecto, organización de seminarios, participación en congresos, publicación de materiales y otras actividades relacionadas.
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Datos básicos
- Nº de becas
- No especificado
- Nivel de estudio
- Doctorado
- Máster-Maestrías
- Grado
- Licenciatura
- Diplomatura
- Postgrado-Especialidad
- Postdoctorado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
El objeto de esta convocatoria de Becas Proyectos Innovación Docente UR, es el fomento del desarrollo o implementación de métodos de innovación docente en la Universidad de La Rioja.
Se entienden como innovadores aquellos proyectos que incluyen, al menos, dos de los siguientes puntos:
- a. Responden eficaz y cooperativamente a problemas del ámbito educativo;
- b. Atienden a acciones de mejora identificadas en procesos de evaluación;
- c. Desarrollan nuevas formas de intervención que producen un impacto en la mejora de la calidad del aprendizaje;
- d. Suponen soluciones novedosas que producen cambios significativos y duraderos en la adquisición de competencias;
- e. Introducen mejoras tanto en la organización académica como en la utilización de recursos humanos y materiales.
- f. Incorporan nuevas metodologías para el diseño, evaluación y adquisición del aprendizaje.
- g. Permiten la adquisición de competencias transversales para el estudiantado.
Será obligación del personal docente e investigador destacar explícitamente en su solicitud qué puntos de los anteriormente mencionados resuelve su proyecto de innovación. En caso contrario, la solicitud quedará excluida.
Dotación
- El importe total destinado a esta convocatoria de Becas Proyectos Innovación Docente UR, para el apoyo a los proyectos de innovación docente de la Universidad de La Rioja será de 40.000 €, de los cuales 2.000 € serán con cargo al presupuesto del ejercicio presupuestario de 2024 y 38.000 € serán con cargo al presupuesto del ejercicio presupuestario de 2025, del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado a través de la partida 02.01 200D 162.10.
- Los proyectos podrán ser solicitados sin financiación. En caso de solicitar financiación, la cantidad máxima en cada proyecto no podrá ser superior a 2.000 €. La cantidad asignada a cada proyecto dependerá de la puntuación obtenida según los criterios recogidos en el anexo II.
- Estas ayudas económicas podrán destinarse a:
- La aplicación del proyecto en las aulas universitarias o en las entidades previamente justificadas.
- La celebración de seminarios u otras actividades científicas que complementen o refuercen la formación de los estudiantes.
- La participación en congresos y asistencia a jornadas del personal de la UR miembro del proyecto para la difusión del proyecto de innovación implementado en la Universidad de La Rioja.
- La publicación de materiales docentes elaborados en los proyectos.
- Otro tipo de acciones de difusión de resultados, siempre que estas acciones estén programadas en la memoria inicial del Proyecto de Innovación.
En todo caso, todos estos eventos han de estar claramente vinculados con la innovación docente, también la publicación de materiales elaborados en los proyectos u otro tipo de acciones de difusión de resultados.
Presentación
- Las solicitudes a las Becas Proyectos Innovación Docente UR deberán ser presentadas por la coordinación del proyecto en el registro de la Sede Electrónica de la Universidad de La Rioja con unidad de destino el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, según el modelo de solicitud ubicado en la página web https://www.unirioja.es/rector-y-equipo-rectoral/vicerrectorado-de-profesorado/oficina-de-profesorado/ que no podrá superar la extensión marcada en cada uno de los apartados. Las solicitudes que no cumplan las limitaciones de extensión serán excluidas.
- La solicitud se presentará en Sede electrónica en formato PDF firmado por todos los participantes y también se enviará en formato WORD sin firma a formacion.pdi@unirioja.es.
- La coordinación del proyecto será la responsable de la adecuada realización de la presentación.
- En la solicitud de cada proyecto deberá recogerse la relación de personas que participan en el proyecto, tanto los componentes de la Universidad de La Rioja como los profesionales externos que se consideren oportunos para su realización.Las modificaciones que puedan producirse en el número de miembros del grupo de trabajo serán comunicadas y justificadas por la coordinación del proyecto al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado (formacion.pdi@unirioja.es) hasta el 28 de febrero de 2025, que procederá, en su caso, a la autorización de dichos cambios.
- La solicitud de cada proyecto también recogerá los medios/recursos materiales necesarios para el desarrollo del proyecto, indicando si se dispone de cada uno de ellos, y un presupuesto detallado para la elaboración, aplicación y/o difusión del proyecto. Solo se aceptarán aquellos gastos que estén reflejados en el presupuesto presentado.
- La Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado podrá requerir los documentos complementarios que estime precisos para un adecuado conocimiento de las circunstancias peculiares de cada caso, a los efectos de garantizar la correcta adjudicación de las ayudas.
- El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finalizará a las 23:59 horas del 6 de septiembre de 2024. No se podrán subsanar aquellas solicitudes presentadas con posterioridad.
- Los datos introducidos en el modelo de solicitud relativos a los participantes y la memoria justificativa serán públicos y servirán para elaborar la página Web de presentación de los proyectos. El tratamiento de estos datos está sujeto al Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Serán objeto de exclusión aquellas solicitudes que incumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Más información
Líneas de actuación
Este año, la convocatoria de proyectos de innovación docente estará especialmente dirigida a iniciativas que trasciendan el ámbito tradicional del aula, fomentando un aprendizaje significativo y con impacto en contextos prácticos. Se valorarán prioritariamente aquellos proyectos que promuevan el aprendizaje-servicio, la colaboración con organizaciones e instituciones externas, la implementación de estancias de profesionales de entidades riojanas en la UR y de personal docente e investigador de la UR en entidades riojanas, o cualquier otra actividad que fortalezca la conexión entre el entorno académico y la comunidad. Estas iniciativas deberán demostrar su potencial para generar beneficios tangibles tanto para el estudiantado como para la sociedad, facilitando experiencias de aprendizaje prácticas y relevantes.
También se valorarán de forma preferente aquellos proyectos de innovación que permitan:
- a. Potenciar las fortalezas de los títulos oficiales de la UR en el desarrollo de competencias que impulsen:
- i. la transformación verde, digital y sostenible de la cadena de valor del vino (Enorregión).
- ii. la contribución al despliegue del potencial del español como herramienta de desarrollo territorial (Valle de la Lengua).
- b. Fomentar soluciones que permitan:
- i. evitar la realización fraudulenta de pruebas de evaluación derivadas de un uso inadecuado de la Inteligencia Artificial.
- ii. aprovechar las ventajas de la Inteligencia Artificial en la adquisición y consolidación del aprendizaje académico.
- c. Diseñar propuestas que mejoren las competencias interpersonales y sociales del estudiantado.
Criterios de valoración de los proyectos
Los proyectos con copia total o parcial de contenidos, objetivos y/o metodología de proyectos propios o ajenos serán inadmitidos. Las solicitudes se revisarán con un programa antiplagio pudiendo quedar excluidos de la convocatoria si se observa un índice de plagio significativo. En caso de detección de plagio se dará traslado al órgano competente para la adopción de las medidas disciplinarias que se estimen oportunas.
La evaluación de los proyectos se basará en los criterios recogidos a continuación y que se especifican en el Anexo II. Será obligación del PDI aclarar en su solicitud qué criterios de los mencionados se cumplen en su proyecto de innovación.
Los criterios de evaluación se definen en la siguiente tabla:
**Consultar tabla en la convocatoria.
A la vista del presupuesto disponible y de las solicitudes recibidas, la Comisión de evaluación establecerá una nota final mínima para la obtención de financiación de un proyecto de innovación docente.
Resolución
La Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado dictará resolución expresa que contendrá la relación definitiva de beneficiarios de las ayudas y la cuantía concedida, así como los excluidos. Esta resolución se dictará en el plazo máximo de 6 meses computados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.
De no recaer resolución expresa en dicho plazo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 25.5 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La resolución que ponga fin a este procedimiento se hará pública en el tablón oficial electrónico de la Universidad de La Rioja. Esta publicación tendrá carácter de notificación a los interesados, y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación.
Las resoluciones serán motivadas, debiendo en todo caso quedar acreditados los fundamentos de la resolución que se adopte, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las ayudas, deberá ser comunicada a la Vicerrectora de Ordenación Académica y Profesorado en el plazo de 15 días hábiles desde que se produzca, pudiendo dar lugar a la modificación de la resolución por la que se otorgó aquella.
Compatibilidad
Estas ayudas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional o de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que, en concurrencia con estas no se supere el gasto efectuado por el beneficiario.
El beneficiario que, de acuerdo al apartado anterior, obtenga otras ayudas o subvenciones y no lo hubiera hecho constar en su solicitud, deberá comunicarlo en el momento de la publicación de la resolución de este procedimiento, mediante escrito en el que señale la entidad financiadora, la cuantía de la ayuda, el objeto de la misma y la fecha de su concesión.
Justificación de la ayuda
Todas aquellas facturas y documentos justificativos de gasto que deban ser imputados al ejercicio 2024, deberán ser remitidas al Vicerrectorado como fecha límite el 1 de diciembre de 2024, salvo aquellos gastos cuyo devengo y correspondiente certificación de conformidad haya sido inmediatamente anterior, o posterior a dicha fecha, los cuales deberán en todo caso ser recibidos por dicho Vicerrectorado antes del 10 de enero de 2025.
Salvo casos excepcionales debidamente justificados, no se financiará material inventariable. En relación con las facturas de cualquier tipo de material, fungible, inventariable o no inventariable, solo se aceptarán aquellas con fecha anterior al 28 de febrero de 2025.
El resto de facturas y documentos justificativos de gasto que deban ser imputados al ejercicio 2024, deberán ser remitidas al Vicerrectorado como fecha límite el 15 de noviembre de 2025.
La emisión de facturas se realizará de forma electrónica, sin excepción por razón de cuantía, por las entidades siguientes:
- Sociedades anónimas.
- Sociedades de responsabilidad limitada.
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español.
- Uniones temporales de empresas.
Cuando la factura sea emitida por un proveedor cuya forma jurídica sea cualquiera de las anteriores, el proveedor deberá seguir las instrucciones del siguiente enlace https://sede.unirioja.es/portal/facturacion-electronica.
Además, los datos a incluir en la factura deberán ser el número de proyecto asignado en la resolución definitiva de la convocatoria y, en el caso de factura electrónica, el código de facturación:
- Oficina Contable - U04500003 - SERVICIO DE GESTIÓN FINANCIERA Y PRESUPUESTOS.
- Órgano Gestor - U04500001 - UNIVERSIDAD DE LA RIOJA.
- Unidad Tramitadora - GE0003838 - UNIDAD TRAMITADORA DE SERVICIOS GENERALES.
En caso de que el proveedor no se halle dentro de los supuestos anteriormente citados, se deberá presentar ante el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado el correspondiente suplido o gratificación junto con la factura, con expresión del nombre y NIF de empresa o entidad que la expide, número de factura y su fecha, así como el justificante del pago realizado.
En el caso de inscripciones a congresos, conferencias, etc., además se deberá presentar la Comisión de Servicio convenientemente firmada, si se ha realizado desplazamiento, e incluir el certificado de participación o similar.
En cualquier circunstancia, la factura deberá ser firmada por la persona que coordine el proyecto.
Para aquellas partidas relacionadas con la adquisición de material fungible (construcción de prototipos, material para ensayos, etc.), se deberá adjuntar un breve “informe de justificación de fungible” en el que se indique claramente cómo dicho material se ha empleado para la consecución de los objetivos del proyecto.
La solicitud del material inventariable, salvo para aquel de uso común para la transformación digital de la docencia incluido en la línea de actuación definida en el artículo 2.a que se dirigirá al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, se realizará a través del Servicio de Contratación, Compras y Patrimonio. Tendrán la consideración de inventariables los bienes y derechos adquiridos que cumplan, al mismo tiempo, las dos condiciones siguientes:
- a. Vida útil, objetivamente considerados, superior a un año.
- b. Valor unitario superior a CIENTO CINCUENTA EUROS (150 €), excluido el IVA. En cualquier caso, se podrá inventariar cualquier bien o derecho, sin importar su vida útil ni su valor unitario.
La adquisición de material informático requerirá la previa autorización técnica del Servicio Informático de la Universidad de La Rioja. Se excluyen de este requisito las adquisiciones de bienes o servicios, de esta naturaleza, que hayan sido previamente homologados.
En ningún caso se autorizará el pago por adelantado de los gastos previstos.
El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos en esta convocatoria, así como de las condiciones de ejecución de los proyectos de innovación que las justifican, podrá ser motivo de revocación de la ayuda concedida.
Memoria final
Al finalizar el periodo de ejecución del proyecto y hasta el 15 de septiembre de 2025, la coordinación enviará por sede electrónica al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado una memoria final firmada que deberá contener, al menos, los siguientes puntos:
- Título del proyecto de innovación.
- Coordinación.
- Participantes.
- Resumen.
- Introducción.
- Objetivos alcanzados.
- Desarrollo del proyecto.
- Resultados obtenidos.
- Evaluación del proyecto.
- Material elaborado, adquirido y disponibilidad para su uso.
Las memorias finales de los proyectos también serán revisadas con un programa antiplagio pudiendo verse obligados a devolver la financiación obtenida en caso de que presenten una copia total o parcial de contenidos, objetivos y/o metodología de proyectos propios o ajenos.
Publicación de las memorias y de los resultados finales de los proyectos de innovación
Todos los materiales que se vayan a producir en el marco del proyecto (material docente, wikis, prototipos, simuladores, etc.) deben poder ser visibles para la comisión una vez se finalice el proyecto. Con el fin de disponer de un repositorio de buenas prácticas docentes universitarias, susceptibles de ser utilizadas por toda la comunidad universitaria, se podrán hacer públicas las memorias finales y los resultados de los proyectos de innovación desarrollados, para lo cual los derechos de propiedad intelectual se cederán indefinidamente de forma no exclusiva a la Universidad de La Rioja para su posible uso y difusión.
Reconocimiento a los proyectos mejor valorados
Una vez finalizados los proyectos y entregadas las memorias, con el fin de dar reconocimiento al esfuerzo y a la innovación, los proyectos mejor valorados por la Comisión de Valoración tendrán la posibilidad de presentar sus trabajos en las Jornadas G-9 de Innovación Educativa. Este reconocimiento busca destacar las iniciativas que muestren un impacto significativo en el proceso de aprendizaje y en la conexión con el entorno externo. Los criterios de valoración incluirán:
- La originalidad del proyecto.
- Su viabilidad.
- El impacto potencial en el estudiantado y la comunidad.
- La calidad de la colaboración establecida con organizaciones externas.
Enlaces de interés
https://ias1.larioja.org/boletin/Bor_Boletin_visor_Servlet?referencia=%2030423395-1-PDF-563013