Universidad de Girona (UdG)

Becas Salario Santander - UdG

Becas de estudiosUniversitarios

INSCRIPCIONES

22/05/202315/09/2023
Finalizada

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Becas Salario Santander - UdG: solicitud y plazos

Descripción

La Universidad de Girona (UdG), en colaboración con el Banco Santander, convoca las Becas Salario Santander - UdG que están destinadas a los alumnos que cursan sus estudios de Grado en un centro propio de la UdG, y que reúnan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

Mediante las Becas Salario Santander - UdG, los beneficiarios de las mismas, recibirán una dotación económica mensual de 600 euros, con lo que la Universidad de Girona (UdG), pretende sufragar parte de los gastos generados con motivo de los estudios que los alumnos están cursando, haciendo más fácil y accesible la finalización de los mismos.

Además, la Universidad de Girona (UdG), otorgará estas becas a los alumnos que más lo necesiten por sus circunstancias económicas, sociales y familiares, lo que además pone en alza el principio de igualdad de oportunidades entre los alumnos.

Por todo ello y si estás interesado en solicitar una de las Becas Salario Santander - UdG, te animamos a consultar toda la información que te ofrecemos a continuación sobre las mismas. Aquí podrás conocer cuales son los plazos de presentación de solicitudes, y los medios por los que debes solicitarlas, además de la documentación que debes aportar.

Datos básicos

Nº de becas
30
Nivel de estudio
  • Grado
Rama
  • Todas las ramas
Carrera
  • Todas las carreras
País de origen
  • España
Nacionalidades
  • Residente en España

Requisitos

Las personas interesadas en ser beneficiarias de estas ayudas tendrán que reunir los requisitos siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

  • a. Matricularse de un curso completo o créditos equivalentes a un curso completo que figura en el plan de estudios oficial de Grado en un centro propio de la UdG. En caso de que a la persona solicitante le falten menos créditos que los equivalentes a un curso completo para finalizar sus estudios de grado, podrá solicitar la ayuda siempre y cuando carezcan de 30 créditos o más. Será requisito matricularse en todos los créditos pendientes para finalizar los estudios de grado.
  • b. No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo nivel o superior.
  • c. Disponer de un nivel de renta familiar y las condiciones académicas equivalentes a las requeridas para obtener la beca de carácter general que concede el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Para los estudiantes que ya han obtenido una ayuda “beca salario” el curso académico 2022-2023 y que continúen sus estudios el curso académico 2023-2024, la comisión evaluadora determinará la renovación de su ayuda sin necesidad de que tengan que presentar de nuevo la solicitud de ayuda si bien tendrán que seguir cumpliendo los requisitos establecidos en estas bases. En caso de que se compruebe que no cumplen estos requisitos, se les revocará la ayuda de acuerdo con la base 18 de la convocatoria.

Dotación

La cuantía de cada ayuda es de 6.000,00 € y consiste en el pago de un importe bruto mensual de 600,00 € durante los meses del curso académico, de septiembre a junio, ambos incluidos.

Esta cuantía está sujeta a las retenciones fiscales legalmente establecidas.

Presentación

Las personas que quieran solicitar esta ayuda se tendrán que inscribir y formalizar la solicitud en la Plataforma del Banco de Santander.

Más información

Objeto

El objeto de este programa es ofrecer 30 ayudas consistentes en un importe mensual a percibir durante los meses de septiembre a junio del curso académico 2023-2024, dirigidas a estudiantes que sufren una situación económica desfavorecida.

De las 30 ayudas, se reservarán las necesarias para los estudiantes que resultaron beneficiarios en la convocatoria 2022-2023, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en el punto 5 de la presente convocatoria. En caso de que alguna de estas ayudas reservadas quede vacante pasará a sumarse a las ayudas de nueva adjudicación. Las restantes ayudas serán de nueva adjudicación a aquellos estudiantes que presenten solicitud y cumplan con los requisitos de la presente convocatoria.

Evaluación, selección y adjudicación de las ayudas

La Sección de Becas y Ayudas a los Estudiantes revisará las solicitudes y gestionará las demandas de información a los organismos que deben proporcionarla. También preparará las sesiones de la Comisión Evaluadora. Corresponde a esta comisión la evaluación de las solicitudes y la elaboración de la propuesta de resolución, que elevará al rector en un plazo máximo de 10 días hábiles.

No podrán formar parte de la Comisión Evaluadora aquellos estudiantes que hayan solicitado ayuda en la presente convocatoria.

La Comisión Evaluadora propondrá como beneficiarios de las ayudas a los estudiantes que resulten de la relación ordenada según la puntuación que obtengan en función de la situación económica familiar y del rendimiento académico.

  1. La situación económica de la unidad familiar del solicitante se determinará en función de la renta familiar.
    1. La renta disponible máxima para optar a la ayuda es la establecida por las becas de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
    2. Con el fin de asignar los puntos correspondientes a este criterio se ordenarán los solicitantes admitidos de mayor a menor renta. El ordinal correspondiente se multiplicará por 0,6.
  2. Para valorar el rendimiento académico se considerará la calificación media de el expediente del solicitante, en función de los siguientes casos:
    1. A los estudiantes de nuevo acceso a una enseñanza de grado se les considerará la nota de acceso a la universidad.
    2. En caso de estudiantes con expediente de grado iniciado, la nota media del expediente, que se calculará ponderando por los créditos correspondientes la última calificación de cada asignatura, incluidos los suspendidos, no presentados y las anulaciones de convocatoria.
    3. En todos los casos, la escala de notas será la de 0 a 10.
    4. Para asignar los puntos se ordenarán los expedientes por la nota media del expediente académico correspondiente de menor a mayor y se multiplicará el ordinal resultante por 0,4.
  3. En ambos criterios, a los resultados coincidentes se les asignará el mismo ordinal y se saltarán los necesarios, de forma que el número de solicitudes evaluadas coincida con el último ordinal asignado. Hecho esto, se sumarán los puntos resultantes y se ordenarán de mayor a menor.

En caso de empate en la puntuación final en función de la situación económica y del rendimiento académico entre diferentes solicitudes, se priorizarán las solicitudes en función del rendimiento académico.

Las solicitudes que no hayan sido beneficiarias de ninguna ayuda pasarán a formar parte de una lista de espera que tendrá validez hasta la fecha de inicio del 2º semestre. En caso de renuncias, se realizarán sustituciones según la lista de espera del año en curso de la convocatoria. Estas sustituciones por renuncia se podrán realizar desde la fecha de resolución de las ayudas y hasta el inicio del 2º semestre. Pasado este período, cualquier plaza procedente de una renuncia quedará vacante.

La Comisión Evaluadora podrá interpretar y dirimir las consultas y/o conflictos que se deriven de la aplicación de las bases, así como atender las circunstancias excepcionales que se puedan producir.Se faculta a la Comisión Evaluadora para decidir y resolver todas aquellas cuestiones que no se encuentren previstas en esta convocatoria.

Resolución

El rector de la Universidad de Girona resolverá esta convocatoria en el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de la propuesta de resolución de la Comisión Evaluadora. La resolución se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Girona.

Incompatibilidades de las ayudas

  1. Esta ayuda será incompatible con la beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional y con cualquier otra beca o ayuda que tenga la misma finalidad, con becas y ayudas de colaboración de la Universidad de Girona y con cualquier actividad laboral remunerada.
  2. En caso de que la persona beneficiaria incurra en alguno de los casos de incompatibilidad deberá de renunciar a alguna de las ayudas concedidas, dirigiendo la renuncia a la Sección de Becas y Ayudas a los Estudiantes.
  3. Si en cualquier momento del disfrute de esta ayuda se detectara que se incurre en incompatibilidad, se procederá a su revocación, previa notificación a la persona interesada, desde la fecha en la que se haya producido la incompatibilidad.
Enlaces de interés

https://pro-becas-images-s3.s3.eu-west-1.amazonaws.com/public_documents/5326bab9-4d66-4062-a1f9-8b12a20411b5

Documentación a adjuntar

  • Comprobante de haber solicitado la beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional y/o la beca Equidad de la Generalidad de Cataluña. En caso de no haberlas solicitado, declaración de la renta del año 2022 de todos los miembros computables de la unidad familiar. (En virtud de lo establecido en la base 8, a la solicitud no será necesario adjuntar esta documentación porque se prevé la autorización expresa para solicitar los datos personales, de domicilio y fiscales correspondientes a todos los miembros de la familia, pero la Universidad podrá requerir la acreditación documental en caso de que sea necesario).

Los estudiantes que ya han obtenido una ayuda “beca salario” en el curso académico 2022-2023, no será necesario que presenten la solicitud, sólo tendrán que presentar el autoinforme de evaluación correspondiente y que acrediten el tramo de renta familiar durante el período de presentación de solicitudes, presentando el resguardo de la solicitud de la beca de carácter general del Ministerio de Educación y Formación Profesional y/o de la beca Equidad de la Generalidad de Cataluña. (En virtud delo establecido en la base 8, a la solicitud no será necesario adjuntar esta documentación porque prevé la autorización expresa para solicitar los datos personales, de domicilio y fiscales correspondientes a todos los miembros de la familia, pero la Universidad podrá requerir la acreditación documental encaso de que sea necesario).


En los casos de personas no obligadas a presentar declaración de renta o para aclarar cualquier otro extremo, deberá presentar el certificado de imputaciones. Adicionalmente, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la información adicional que considere pertinente, e incluso entrevistar a las personas solicitantes o los miembros de su unidad familiar, para decidir sobre aspectos que no queden claros a partir de la información documental aportada .

Becas destacadas

Preguntas frecuentes

La Universidad de Girona (UdG), en colaboración con el Banco Santander, convoca las Becas Salario Santander - UdG que están destinadas a los alumnos que cursan sus estudios de Grado en un centro propio de la UdG, y que reúnan el resto de requisitos indicados en la convocatoria.

El plazo de inscripción de la Beca "Becas Salario Santander - UdG" es: desde 22/05/2023 hasta 15/09/2023.

La Beca "Becas Salario Santander - UdG" se puede solicitar para cualquier nivel de estudios.

La Beca "Becas Salario Santander - UdG" es un tipo de beca: 

  • Becas de estudios
  • Becas de movilidad
  • Becas de investigación
  • Becas deportivas
  • Becas altas capacidades
  • Becas comedor
  • Becas de alojamiento o residencia
  • Becas de formación práctica
  • Becas de idiomas
  • Becas de libros
  • Becas de material escolar
  • Becas de matrícula
  • Becas de voluntariado
  • Becas para cursos
  • Becas para desempleados
  • Becas para discapacitados
  • Becas para emprendedores
  • Becas para estudiar en el extranjero
  • Becas para funcionarios
  • Becas para mujeres
  • Becas para opositores
  • Becas para profesores
  • Becas para refugiados
  • Becas para trabajadores
  • Becas transporte
  • Premios, concursos y certámenes