Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información
INSCRIPCIONES
Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información: solicitud y plazos
Descripción
Las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información llegan de la mano de la Universidad de Castilla-La Mancha (UCLM), que convoca 6 ayudas dirigidas a estudiantes de Grado en Ingeniería Informática y/o Máster en Ingeniería Informática.
Estas becas permiten participar en actividades formativas vinculadas a trabajos académicos y Trabajos Fin de Grado (TFG), bajo la tutela de personal investigador del Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información, ofreciendo una oportunidad para ampliar conocimientos, adquirir experiencia práctica y desarrollar competencias profesionales.
Las plazas se distribuyen entre los campus de Ciudad Real y Talavera de la Reina.La duración de las ayudas se extiende desde noviembre de 2026 hasta febrero, marzo o abril de 2027, según la plaza adjudicada. La dedicación será de 10 o 15 horas semanales y la dotación económica mensual oscilará entre 213,33 y 320 euros brutos.
Para optar a las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información, es necesario cumplir los requisitos académicos establecidos, presentar el currículum vitae y acreditar documentalmente los méritos alegados.
Si buscas impulsar tu formación universitaria y acercarte al ámbito de la investigación, estas ayudas pueden ser una excelente oportunidad para dar un paso más en tu trayectoria académica. Descubre todos los requisitos, plazos y detalles de las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información en nuestra web.
Datos básicos
- Nº de becas
- 6
- Nivel de estudio
- Grado
- País de origen
- España
- Nacionalidades
- Residente en España
Requisitos
Requisitos de las personas beneficiarias de las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información:
Podrán participar en esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar matriculado/a en enseñanza oficial de Grado en Ingeniería Informática y/o Máster en Ingeniería Informática de la UCLM durante el curso 2026/2027, siendo necesario que el/la estudiante continúe con dichos estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitarla aquellas personas matriculadas en otras Universidades que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
- No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, excepto si dicha titulación es el requisito académico que ha permitido al alumno/a matricularse en los estudios de máster o doctorado, según proceda, o su adaptación a los estudios de grado correspondientes, por enseñanza oficial, en la Universidad de Castilla-La Mancha.
- No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario/a del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos/as independientes económicamente. En el caso de los/as alumnos/as que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la UCLM obtendrá los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
- No haber disfrutado en cursos anteriores de becas de colaboración de la UCLM que en su conjunto hayan supuesto una duración igual a 22 meses. En el caso de que ese periodo máximo se cumpla durante el disfrute de la beca, la persona beneficiaria cesará automáticamente. A efectos de incorporación a la beca, tanto por llamamiento inicial como por ser llamado de bolsa, la duración a que se refiere el presente apartado se reduce a 21 meses, en aras a dar cumplimiento a las estipulaciones y plazos reglamentarios vigentes en las normas sobre Seguridad Social.
- No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
- No se podrá disfrutar de la beca cuando a la persona solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
- No se podrán beneficiar de una beca de colaboración aquellos/as estudiantes cuyo nombramiento haya sido revocado por incumplimiento de sus obligaciones sin causa justificada, según se dispone a tal efecto en el artículo 11 de la vigente Normativa Reguladora de las Becas de Colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Dotación
Dotación de las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información:
La presente convocatoria tiene un presupuesto máximo de 11.519,98 € (once mil quinientos diecinueve euros con noventa y ocho céntimos) incluidos los costes asociados a las cotizaciones a la seguridad social de estas becas. Los costes de las mensualidades de las becas se imputarán a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/48001 y los costes correspondientes a la seguridad social a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/160, existiendo crédito adecuado y suficiente en ambos conceptos de gasto para cubrir el período de desarrollo de la beca. Este crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria. El gasto tiene carácter plurianual, al extenderse el periodo de disfrute de las becas a los ejercicios 2026 y 2027, y se distribuye en las siguientes anualidades: ejercicio 2026, 4.286,20 € (3.566,20 € con cargo a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/48001 y 720,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/160); ejercicio 2027, 7.233,78 € (6.033,78 € con cargo a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/48001 y 1.200,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 00421372/541A/160), existiendo crédito adecuado y suficiente en ambos conceptos de gasto para cubrir el período de desarrollo de la beca. Este crédito ha sido debidamente retenido con anterioridad a la fecha en la que se hace pública esta convocatoria.
El importe mensual bruto de las becas 1 a 5 es de 320,00 euros mensuales (trescientos veinte euros). El importe mensual bruto de la beca 6 es de 213,33 euros mensuales (doscientos trece euros con treinta y tres céntimos).
Esta ayuda no está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El porcentaje de retención aplicable vendrá determinado por la cuantía de la ayuda, por las circunstancias personales y familiares del interesado/a y por el período de cobro de la citada beca.
Estas becas, dado su carácter formativo en servicios universitarios, quedan expresamente incluidas en el ámbito de aplicación del R.D. 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (B.O.E. de 27/10/2011) por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
Presentación
Las solicitudes de las Becas Colaboración Actividades Formativas TFG Tutela Personal Tecnologías y Sistemas Información, cuya presentación se regirá por lo previsto en el Derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estarán dirigidas al Director/a del Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información de la Universidad de Castilla-La Mancha.
Las solicitudes se presentarán en el registro general de la UCLM, en los registros de Campus de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo y de las sedes de Almadén y Talavera de la Reina, o por cualquier otro medio contemplado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre ellos el registro electrónico de la UCLM.
El plazo para la presentación de solicitudes permanecerá abierto desde la fecha de firma de la presente convocatoria hasta las 14:00 horas del 13 de noviembre de 2026.
Más información
Objeto
1. Se convocan 6 becas de colaboración destinadas a que las personas beneficiarias presten su colaboración, en régimen de compatibilidad con sus estudios, en el Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información (DTSI) en los campus de Ciudad Real y Talavera de la Reina para desarrollo de actividades formativas asociadas a Trabajos y Trabajos Fin de Grado bajo tutela de personal investigador del DTSI, conforme al plan formativo de la beca previsto en el anexo I y la planificación de las actividades del listado de tareas y su programación recogidos en el anexo II.
2. Las personas beneficiarias de las becas quedarán adscritas al DTSI. En la lista siguiente se muestran las características de las 6 becas convocadas, especificándose el identificador de la beca, el campus y el tutor o tutora:
- 1. Ciudad Real. Tutor: Antonio Santos-Olmo Parra.
- 2. Ciudad Real. Tutor: Jesús Fontecha Diezma.
- 3. Talavera de la Reina. Tutor: David Carneros Prado.
- 4. Ciudad Real. Tutora: Aurora Vizcaíno Barceló.
- 5. Ciudad Real. Tutor: Félix Jesús Villanueva Molina.
- 6. Ciudad Real. Tutor: Luis Jiménez Linares.
Periodo de disfrute y horas semanales de colaboración
La actividad que conlleva esta beca comenzará el 1 de noviembre de 2026 o, si fuera posterior, en la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona beneficiaria, y terminará en la fecha que se indica en la siguiente lista, y la dedicación global de cada beca será de las horas semanales indicadas:
- 1. Ciudad Real. Tutor: Antonio Santos-Olmo Parra. Fecha fin: 30-04-2027. Dedicación semanal: 15 horas.
- 2. Ciudad Real. Tutor: Jesús Fontecha Diezma. Fecha fin: 31-03-2027. Dedicación semanal: 15 horas.
- 3. Talavera de la Reina. Tutor: David Carneros Prado. Fecha fin: 31-03-2027. Dedicación semanal: 15 horas.
- 4. Ciudad Real. Tutora: Aurora Vizcaíno Barceló. Fecha fin: 30-04-2027. Dedicación semanal: 15 horas.
- 5. Ciudad Real. Tutor: Félix Jesús Villanueva Molina. Fecha fin: 28-02-2027. Dedicación semanal: 15 horas.
- 6. Ciudad Real. Tutor: Luis Jiménez Linares. Fecha fin: 30-04-2027. Dedicación semanal: 10 horas.
El mes de agosto se considera inhábil a todos los efectos y no se tendrá en cuenta en el cómputo de la duración efectiva de la beca, si está comprendido en el período de disfrute de ella.
Prórroga de la beca
En ningún caso la beca objeto de la presente convocatoria será susceptible de prórroga.
Comisión de selección, criterios de selección, propuesta de adjudicación y resolución
1. La adjudicación de la beca se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva, se atenderá en todo caso a los principios de igualdad, mérito y capacidad y se velará por la correcta acreditación de los requisitos para garantizar unas condiciones de efectiva concurrencia.
2. La persona beneficiaria será seleccionada por una Comisión de selección integrada por:
- Macario Polo Usaola, director del Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información.
- Julián Caba Jiménez, subdirector del Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información.
- Santiago Sánchez Sobrino, secretario del Departamento de Tecnologías y Sistemas de Información.
3. La Comisión valorará las solicitudes de los/as aspirantes sobre la base de los méritos aportados, atendiendo al grado de adecuación de dichos méritos al destino y a los requisitos y objetivos previstos. Para ello se tendrá en cuenta:
- a. El expediente académico de las personas candidatas (hasta 6 puntos).
- b. El Currículum Vitae (hasta 1 punto), incluyendo formación recibida/impartida (0,5 pts) y experiencia laboral (0,5 pts).
- c. Otros méritos relacionados con el objeto de la beca (hasta 3 puntos).
4. Si lo considera necesario, la Comisión podrá realizar una entrevista personal para aclarar determinados aspectos de los méritos aportados.
5. La Comisión podrá proponer, en su caso, un listado de suplentes, que conservará vigencia hasta la finalización del período de beca, con el objetivo de cubrir posibles ceses o renuncias de la persona inicialmente becada.
6. Con todo lo anterior, la Comisión formulará la propuesta de concesión provisional, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión provisional de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión, y dará un plazo de tres días hábiles para que los/as interesados/as puedan formular alegaciones.
7. La resolución de concesión provisional se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Departamento.
8. Una vez terminado el plazo de tres días para alegaciones a la resolución de concesión provisional se reunirá nuevamente la Comisión de selección para estudiar las alegaciones recibidas, tras lo que emitirá la propuesta de concesión definitiva, a la vista de la cual el órgano convocante dictará la correspondiente resolución de concesión definitiva de la beca, que recogerá la posición de los/as solicitantes y la puntuación total que hayan obtenido, así como las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión. Si no hubiera alegaciones, la resolución de concesión provisional se elevará a definitiva sin necesidad de que se reúna la comisión.
9. La resolución de concesión definitiva se notificará a todos/as los/as solicitantes a través de su correo electrónico institucional y se publicará tanto en el tablón de anuncios de la UCLM como en la página web del Departamento. Asimismo, la resolución de concesión definitiva se comunicará a la base de datos nacional de subvenciones (BDNS).
Obligaciones de la persona beneficiaria
1. Incorporarse a su actividad en el Departamento desde la fecha establecida como inicio del período de beca.
2. Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
3. Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que por razón de las tareas asociadas a la beca tuviera que tratar. Por ninguna razón y en ninguna circunstancia, el/la becario/a podrá comunicar datos de carácter personal a terceros. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la revocación de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
4. La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la vigente normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
5. Comunicar por escrito al órgano convocante cualquier circunstancia sobrevenida durante el disfrute de la beca que implique que se dejan de cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria.
6. Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el/la becario/a, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la actividad realizada, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca.
7. La persona beneficiaria suscribirá una declaración antes de comenzar a percibir el importe de la beca en la que indique que en ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual (laboral o administrativa), con la UCLM.
Incompatibilidades
1. Estas becas de colaboración son incompatibles con cualquier otra beca o ayuda. A dichos efectos, se declara expresamente la incompatibilidad de estas ayudas tanto con las concedidas por las administraciones públicas como con cualquier otro tipo de beca o ayuda al estudio otorgada por la Universidad de Castilla-La Mancha. Son una excepción las ayudas de carácter general convocadas para el curso correspondiente por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las becas en cuyas convocatorias se recoja la compatibilidad con la convocatoria de becas de colaboración de forma expresa o las ayudas por la realización de prácticas académicas retribuidas, siempre que no se mantenga en el tiempo la situación de incompatibilidad; en este último caso, podrá solicitarse una suspensión temporal durante la realización de las prácticas para continuar con la beca de colaboración a su finalización.
2. No se podrá disfrutar de estas becas de colaboración mientras el/la solicitante mantenga una relación laboral o administrativa con una entidad pública o privada, o esté trabajando por cuenta propia. No obstante, de generarse esta situación una vez iniciado el disfrute de la beca, podría solicitarse una suspensión temporal (con la duración que previamente determine la relación laboral o administrativa) para continuar, a su extinción, con el disfrute de la beca de colaboración.
Renuncia, suspensión y revocación de la beca
1. Deberá renunciar por escrito a la beca de colaboración toda persona beneficiaria que:
- a. Deje de cumplir los requisitos que fundamentan la concesión y disfrute de la misma.
- b. Incurra en alguna de las incompatibilidades establecidas en la presente convocatoria.
La renuncia deberá presentarse mediante escrito dirigido al Director del Departamento. El escrito motivará la causa de dicha renuncia y concretará la fecha a partir de la cual dicha causa concurra. La persona beneficiaria que renuncie justificadamente a la beca de colaboración podrá solicitar, en el mismo escrito de renuncia, su inclusión en el último puesto de la lista de suplentes.
2. Serán causas de revocación de la beca de colaboración:
- a. No cumplir con las obligaciones establecidas en la presente convocatoria, así como un rendimiento insuficiente en el desempeño de las actividades previstas en el plan formativo. En estos casos, la persona beneficiaria debe reintegrar las retribuciones percibidas que corresponda.
- b. Seguir disfrutando de la beca sin tener derecho a ello ni haber renunciado a la misma por circunstancias sobrevenidas, lo cual determinará que la persona beneficiaria reintegre a la Universidad las cantidades indebidamente percibidas, sin perjuicio de las acciones legales que proceda ejercitar por posible fraude.
3. Cobertura de vacantes:
- a. En el caso de que la beca quedase vacante por renuncia, revocación o cualquier otra causa, se otorgaría al/a la suplente que correspondiera en el orden establecido, si cumpliera las condiciones requeridas para el disfrute de dicha beca.
- b. En el mes en el que se produzca la renuncia, suspensión, revocación o cese, el/la becario/a tendrá derecho a la parte proporcional de la dotación de la beca, considerando los días transcurridos hasta entonces. Antes de ese último libramiento se deberá aportar la memoria indicada en la base octava, apartado 6, de esta convocatoria.
- c. En supuestos de enfermedad debidamente justificados o ausencias autorizadas, se suspenderá el disfrute de la beca durante el período en el que persistan las circunstancias determinantes de la suspensión, quedando reanudado una vez que desaparezcan las mismas. Durante ese período, el/la responsable del servicio podrá sustituir al becario/a con el/la suplente que figure a continuación en el listado.
Enlaces de interés
https://sede.uclm.es/documentos/BCEA6C06D75ABE40AE2A13C25341E4DE.pdf
Documentación a adjuntar
Junto a la solicitud se deben presentar los siguientes documentos:
- a. Currículum Vitae (CV).
- b. Documentación justificativa de los méritos reflejados en el CV, sin la cual no serán objeto de valoración.
Las comunicaciones relacionadas con esta convocatoria se realizarán exclusivamente a través de la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la UCLM.






